1.   OFICIOS

 

2.   COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con modificación de turno de iniciativas.

 

3.   SOLICITUD DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas.

 

4.   COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

6.   MOVIMIENTO DE C. DIPUTADA

 

De reincorporación.

 

7.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto.

 

8.   INICIATIVAS

 

9.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto.

 

10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

11. PROPOSICIONES

 

12. EFEMÉRIDE

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 17

   

 

 

 

8.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de marzo de 2016

Congreso del Estado de Baja California*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Establecer que en la previsión y orientación del desarrollo económico y social del país se tomarán en cuenta los derechos humanos. Prever que toda persona conforme a sus posibilidades tendrá el derecho de propiedad y a constituir un patrimonio lícito propio. Las autoridades en ejercicio de sus funciones tributarias respetarán el derecho a la propiedad y al patrimonio del contribuyente garantizando en todas las decisiones y actuaciones el derecho al mínimo vital, legalidad y necesidad de la contribución pública.

2

Que se reforma la fracción III del artículo 1° de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de marzo de 2016

Congreso del Estado de Nuevo León*

Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

Considerar a la talla pequeña como motivo de discriminación.

3

Que reforma el artículo 12 de la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en GP:

Anexo I

29 de marzo de 2016

Sen.

Ana Gabriela Guevara Espinosa

(PT)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Aumentar la cuota a $132.18 por la prestación de los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional.

4

Que reforma el artículo 127 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicado en GP:

Anexo III.

29 de febrero de 2016.

Dip.

Jesús Salvador Valencia Guzmán

(PRD)*

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Considerar como integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral, al consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, y al comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Imponer de un mes a cuatro años de prisión al que abandone a un adulto mayor y de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia, y pago, al que abandone a los ascendientes que tengan el carácter de personas adultas mayores, teniendo la obligación de proveerlos. Perseguir de oficio el delito de abandono de ascendientes que sean adultos mayores, y declarar extinguida la acción penal cuando a juicio del juez, los descendientes otorguen garantías suficientes para su subsistencia. Imponer de diez a sesenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que encuentre abandonado a un adulto mayor y no diere aviso inmediato a la autoridad u omitiera prestarles el auxilio.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Integrantes de diversos grupos parlamentarios*

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Fortalecer los derechos de los infantes. Establecer que será derecho de niñas, niños y adolescentes el adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad. Prever que los tres órdenes de gobierno deberán establecer políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de infantes de su entorno familiar. Precisar que el DIF, en coordinación con las Procuradurías de Protección, deberán otorgar medidas especiales de protección cuando éstos se encuentren en desamparo familiar. Prever el procedimiento que deberá seguirse en caso de que los centros de asistencia social reciban a un infante en situación de indefensión o desamparo familiar.  Establecer los criterios relativos al proceso de adopción.

6

Que reforma los artículos 10 y 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM*

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Proteger a niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad por haber nacido o vivir en algún centro penitenciario con su madre privada de la libertad.

7

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

Edith Yolanda López Velasco

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Facultar a los municipios para otorgar licencias y permisos para el funcionamiento de entidades financieras, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, previa autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

8

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y General de Cambio Climático.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

María de los Ángeles Rodríguez Aguirre

(PAN)

Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción,  y a la Comisión de Cambio Climático, para dictamen.

Establecer que la adquisición o arrendamiento de automóviles para transporte público o particular cumpla con estándares mínimos de eficiencia energética, cero emisiones y que cuenten con elementos técnicos mínimos que permitan transitar del uso de transporte de combustión interna al uso de automóviles híbridos, eléctricos o de gas. Incorporar la evaluación, el uso, fomento y fabricación de automóviles no contaminantes, particularmente los híbridos y los eléctricos, o los de gas. Prever que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y los municipios, incorporen en sus acciones y políticas de mitigación la contratación de automóviles eléctricos e híbridos, así como los propulsados por gas.

9

Que reforma y adiciona el artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD)

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Implementar mecanismos de asesoría y orientación dirigidos a personas que ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, para que lleven a cabo tareas de crianza.

10

Que reforma el artículo 83 Quat de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Diputado Cándido Ochoa Rojas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

Considerar en las sanciones al que posea balas o municiones que excedan las cantidades permitidas.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

Mariana Trejo Flores

(MORENA)

Comisión de Salud, para dictamen.

Prever que los establecimientos en donde se practiquen las técnicas de tatuaje micro pigmentación, perforación o técnicas similares de decoración corporal, deberán garantizar en todo momento las medidas de higiene, seguridad y mantenimiento de las instalaciones.   Establecer que los tatuadores, perforadores o micropigmentadores, antes de realizar cualquier tipo de técnica de tatuaje o perforación, promoverán la donación de sangre con el propósito de fomentar una mayor cultura de donación de sangre.

12

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

María Candelaria Ochoa Ávalos

(MC)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Considerar al municipio en las diversas tipologías que determinen las legislaciones locales como base de la división de los estados; precisar que el municipio libre será gobernado por un Ayuntamiento y reconocer en los estados donde así lo determinen sus constituciones y leyes locales, las distintas formas de municipio, gozar de autonomía para definir su forma de gobierno y garantizar la división territorial por región, municipio y comunidad.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

15 de marzo de 2016

Dip.

Carlos Gutiérrez García

(NA)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para dictamen.

Prevenir y erradicar la violencia escolar. Establecer mecanismos de atención inmediata a niñas, niños y adolescentes que sean víctimas de violencia escolar. Crear un registro local de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia escolar.

14

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Víctimas.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

09 de febrero de 2016.

Dip.

Francisco Escobedo Villegas

(PRI)

Comisión de Justicia, para dictamen.

Adicionar como derecho de las víctimas, la protección y resguardo de la identidad de ésta, en cuyos delitos o acciones puedan ocasionar una revictimización, por lo que se deberá omitir en cualquier tipo de acto jurídico, todos los datos personales que puedan servir para identificar a la víctima.

15

Que reforma los artículos 150, 155 y 189 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo V

15 de marzo de 2016

Dip.

María Verónica Agundis Estrada

(PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Convocar al diputado proponente de una iniciativa o proposición, a la Reunión de Comisión en donde se prevea la discusión del dictamen respectivo.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

11 de febrero de 2016.

Dip.

David Jiménez Rumbo

(PRD)

Comisión de Salud, para dictamen.

Facultar a las autoridades sanitarias, educativas y laborales, para ofrecer la instalación de sistemas de purificación de agua y/ obligar a los dispensadores de agua potable a ofrecer agua embotellada dentro de los centros de trabajo; y, oficinas gubernamentales federales, estatales y municipales

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, y del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

Sofía González Torre

(PVEM)

 

A nombre propio y de los integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Establecer que no se pagará el impuesto sobre automóviles nuevos ni el IVA por la enajenación de ciertos automóviles eléctricos y/o híbridos.  Prever que no se pagarán dichos impuestos cuantos los automóviles referidos no excedan los 450 mil pesos. Establecer que no se pagará el IVA en los automóviles señalados que hayan sido manufacturados, ensamblados o producidos en territorio nacional.

18

Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

Ernestina Godoy Ramos

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Modificar el proceso para ocupar el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para lo cual, el Presidente de la República, el Consejo de la Judicatura Federal, las instituciones de educación superior y las organizaciones de la sociedad civil, podrán proponer candidatos; el Senado los preseleccionará; el Instituto Nacional Electoral realizará un proceso electoral para elegir al candidato que ocupará el cargo de Ministro.

19

Que reforma el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

Jonadab Martínez García

(MC)

Comisión de Transparencia y Anticorrupción., para dictamen.

Considerar en los programas anuales de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas y en los respectivos presupuestos de las dependencias y entidades, asegurar los servicios sanitarios de toda instalación pública, contar con cambiadores de pañal y destinar espacios exclusivamente para salas de lactancia o adecuar espacios destinados únicamente para tal fin, procurar la privacidad y el cuidado de la salud e integridad corporal del lactante.

20

Que reforma los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

Jonadab Martínez García

(MC)

Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Ampliar a dos años posteriores al parto de su hijo, el periodo de lactancia que disfrutaran las mujeres. Garantizar que la extracción manual de leche será en salas de lactancia. Establecer que con motivo de la extracción manual de leche o por amamantar a sus hijos, la madre podrá reducir en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado.

21

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

17 de marzo de 2016

Dip.

Angélica Reyes Ávila

(NA)

Comisión de Salud, para dictamen.

Considerar materia de salubridad general y servicios básicos de salud los referentes a la salud de los órganos reproductivos. Incluir en los servicios, la promoción y desarrollo de programas para la prevención, diagnóstico, atención y control de los tipos de cáncer, padecimientos y enfermedades que afectan a los órganos reproductivos y atribuir a la Secretaría de Salud establecer la normatividad.

 

 

*Sin intervención en tribuna.

 

 

 

 

 

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