1.   COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con modificación de turno de minutas.

 

2.   OFICIOS

 

3.   CONTESTACIONES A PUNTO DE ACUERDO

 

4.   SOLICITUDES DE DIPUTADAS

 

a) Para retirar iniciativas.

 

b) Para retirar proposición con punto de acuerdo.

 

5.   MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

 

De solicitud de licencia.

 

6.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto.

 

7.   INICIATIVAS

 

8.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto.

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

10.   PROPOSICIONES

 

11.   POSICIONAMIENTO

 

12.   AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 22

   

 

 

7.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona los artículos 27 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

12 de abril de 2016.

Congreso del Estado de Chihuahua

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que los municipios de manera concurrente con la asamblea ejidal y de las comunidades, podrán, regularizar el régimen de tenencia de la tierra y determinar el uso de suelo de ejidos y comunidades con fines de asentamientos urbanos en los términos que para el efecto establezca la Ley.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Diputada

Araceli Saucedo Reyes

(PRD)*

Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

Crear el Registro Nacional de Programas y Acciones para el Desarrollo Social el cual tiene como propósito, garantizar una mayor articulación, transparencia y rendición de cuentas de los programas y acciones para el desarrollo social de los tres niveles de gobierno.

3

Que expide la Ley General de Justicia Integral para Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Dip.

José Hernán Cortés Berumen

(PAN)*

Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos de la Niñez, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar los derechos humanos de los adolescentes a quienes se les impute o resulten responsables de la comisión de hechos tipificados como delitos. Establecer los procedimientos y mecanismos en la investigación para determinar su responsabilidad penal y determinar la aplicación de las medidas de tratamiento.

4

Que reforma los artículos 127 y 128 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de abril de 2016.

Dip.

Antonio Tarek Abdala Saad

(PRI)

Comisión de Economía, para dictamen

Considerar caso particularmente grave cuando exista cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado, en perjuicio de los consumidores.

5

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Publicado en GP:

Anexo VI

07 de abril de 2016

Dip.

Mónica Rodríguez della Vecchia

(PAN)

Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

Facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para supervisar el respeto a los derechos de los hijos de mujeres en estado de reclusión que habiten con ellas en alguno de los centros que conforman el sistema de reinserción social del país, lo anterior mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden en relación con las necesidades de los infantes que ahí habiten, privilegiando en todo momento el interés superior de las niñez.

6

Que reforma el artículo 1º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

Lluvia Flores Sonduk

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que quedan prohibidas todas las formas de esclavitud, incluidos, el matrimonio forzado y prácticas análogas, en los Estados Unidos Mexicanos.

7

Que expide la Ley General que establece el Derecho a recibir un Apoyo Económico a los Enfermos en Situación Terminal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Dip.

Wendolin Toledo Aceves

(PVEM)

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer el derecho de los enfermos terminales a recibir un apoyo económico mensual e incluir la asignación presupuestal a la Secretaría de Salud en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

8

Que reforma el artículo 66 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Blanca Margarita Cuata Domínguez

(Morena)

Comisión de Justicia, para dictamen

Precisar que en las audiencias, el imputado podrá defenderse debiendo estar asistido por un licenciado en derecho o abogado titulado que haya elegido o se le haya designado como Defensor.

9

Que reforma el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Dip.

Verónica Delgadillo García

(MC)

 

Suscrita por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC)

Comisión de Puntos Constitucionales , para dictamen

Eliminar la pensión por retiro y otras prerrogativas, otorgadas a ex Presidentes de la República.

10

Que reforma los artículos 3o. y 18 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Dip.

Mariano Lara Salazar

(NA)

Comisión de Competitividad, para dictamen

Fortalecer el vínculo jurídico entre las universidades e instituciones de educación superior y las empresas, a través del Consejo Nacional de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

11

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Publicado en GP:

Anexo VI

07 de abril de 2016

Dip.

Ana Guadalupe Perea Santos

(PES)

Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

Facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para integrar el Consejo Técnico Interdisciplinario o cualquier órgano consultivo de cada reclusorio, para la observancia y seguimiento del resultado del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria vigente, conforme a la legislación aplicable.

12

Que reforma los artículos 3o. y 18 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

11 de febrero de 2016.

Dip.

Beatriz Vélez Núñez

(PRI)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

Adicionar el concepto de “atención médica integral”, entendido como la atención médica integrada por especialistas en diversas ramas. Garantizar a los adultos mayores, la prestación de este servicio.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de abril de 2016.

Dip.

María de los Ángeles Rodríguez Aguirre

(PAN)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Cambio Climático, para opinión

Disponer de una normatividad actualizada en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica de observancia obligatoria en todo el territorio nacional; inducir una política de gestión de la calidad del aire a nivel nacional, bajo el enfoque de administración de cuencas atmosféricas, orientado a fortalecer instrumentos de regulación proactiva y fomento del uso de herramientas modernas para el diagnóstico de la gestión integral de la calidad del aire; establecer definiciones necesarias y suficientes para su propia comprensión que sean técnicamente correctas; fortalecer las políticas de calidad del aire para que la concurrencia en la materia entre los órdenes de gobierno sea más eficiente en el desarrollo de programas, acciones y medidas que conlleven a una gestión integral de la calidad del aire en las principales cuencas atmosféricas del país. 

14

Que reforma el artículo 84 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.**

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Rafael Hernández Soriano

(PRD)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer que la Autoridad Educativa u Organismo descentralizado, sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o equivalente en las entidades federativas, no podrá reincorporar a ningún empleo, cargo o comisión que permita relación con infantes o adolescentes, al docente o servidor público que haya cumplido con la sanción prevista por el delito de pederastia y publicar en su página de internet, el nombre del docente o servidor público.

15

Que reforma los artículos 209 Bis y 400 del Código Penal Federal.**

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

Rafael Hernández Soriano

(PRD)

Comisión de Justicia, para dictamen

Aumentar la penalidad al delito de pederastia, así como a los encubridores de este.

16

Que reforma el artículo 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicado en GP:

Anexo VI

07 de abril de 2016

Dip.

Mario Machuca Sánchez

(PVEM)

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Transportes, para dictamen

Establecer que los conductores deberán abstenerse de utilizar dispositivos electrónicos portátiles.

17

Que reforma el artículo 12 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Sergio René Cancino Barffuson

(MORENA)

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

Impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del sistema educativo nacional, garantizándoles uno por ciento de la matrícula total, desarrollando y aplicando normas y reglamentos que aseguren su inclusión en las instituciones educativas, proporcionen los apoyos didácticos, materiales y técnicos y cuenten con personal docente capacitado.

18

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Víctor Manuel Sánchez Orozco

(MC)

Comisión de Puntos Constitucionales , para dictamen

Prever que las Cámaras podrán integrar comisiones especiales en los términos de su reglamentación interna para la investigación de asuntos de interés público. Tanto las comisiones especiales, como de investigación podrán invitar a participar en su seno como miembro con derecho a voz, a cualquier persona que consideren justificable para la consecución de sus fines. Prever que las comisiones de investigación y las comisiones especiales podrán citar a rendir testimonio en su seno a cualquier servidor público o ciudadano que consideren tiene relación con el objeto de su investigación.

19

Que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Luis Alfredo Valles Mendoza

(NA)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Regular que las comisiones no podrán ser iguales o mayores a las autorizadas en el año anterior por la Junta de Gobierno de la Comisión. Integrar a favor de la cuenta individual del trabajador una fracción de la comisión cobrada, cuando las inversiones realizadas por la administradora generen un rendimiento negativo imputable a la administradora, en detrimento del ahorro para el retiro del trabajador en el periodo de tiempo en que se maneja su cuenta individual y establecer que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro emitirá disposiciones para regular la distribución de la comisión en caso de rendimientos negativos.

20

Que eforma los artículos 32 y 57 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2016.

Dip.

Norma Edith Martínez Guzmán

(PES)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Atribuir a las autoridades educativas velar porque a ningún niño, niña o adolescente, inscrito en la educación pública o impartida por particulares, le sea negado el acceso por razones económicas. Establecer que los particulares que impartan educación deben garantizar el acceso a la educación, documentos y constancias probatorios a sus alumnos inscritos, sin discriminación, impedir la suspensión por falta de pago e informar en confidencialidad y respeto a los padres de familia sobre la situación financiera de los pagos de sus hijos.

 

 

* Sin intervención en Tribuna.

** Presentadas en una sola intervención.

 

 

 

 

 

 

 

 

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