Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Alma Lucia Arzaluz
Alonso (PVEM) el 22 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 01 de diciembre de
2015. (LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 01 de diciembre de 2015.
Proyecto de decreto aprobado por 416 votos. Pasó a la Cámara de
Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida en Cámara de Senadores el 03 de diciembre
de 2015. (LXIII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 18 de febrero de 2016. (LXIII
Legislatura)
Dictamen a discusión del 23 de febrero de 2016. Proyecto
de decreto aprobado por 82 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(LXIII
Legislatura)
Propuesta:
Establecer que no se podrá otorgar autorización de cambio
de uso del suelo en terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años y
que se acredite a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
que el ecosistema se ha regenerado.
Tipificar como infracción el realizar en terrenos
incendiados, cualquier actividad o uso distintos a la restauración o al
manejo forestal sustentable, dentro de los 20 años siguientes a que haya
ocurrido un incendio, conducta sancionable con multa de 150 a 30,000
días de salario mínimo. |