No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS
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1 |
Que adiciona el artículo 31 de la Ley del Servicio
de Administración Tributaria.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de septiembre de 2016 |
Diputados
Cecilia Soto González y Francisco Martínez Neri
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Incluir que se desglose de manera más detallada la
información correspondiente al ingreso de los hogares del decil X y se
desagregue la información de dicho decil, para tener una referencia
clara en cuanto proporción equitativa en el pago de impuestos. |
2 |
Que reforma el artículo 47 de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de septiembre de 2016 |
Diputados
Juan Fernando Rubio Quiroz, Waldo Fernández González y
Evelyn Parra Álvarez
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Destinar los recursos del Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de las Entidades Federativas para apoyar programas y
proyectos destinados a la preservación y restauración del equilibrio
ecológico y la protección ambiental, y de la biodiversidad. |
3 |
Que reforma y adiciona los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de septiembre de 2016 |
Emplear los recursos por derechos sobre minería
atendiendo el cumplimiento del Programa Estatal de Desarrollo Regional
Sustentable para las Zonas Mineras, precisar la integración de los
proyectos de construcción, públicos y comunitarios para el
establecimiento, construcción o conservación de la infraestructura
ambiental y productiva en las regiones mineras, de innovación,
investigación y desarrollo científico y tecnológico para el desarrollo
sustentable. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de septiembre de 2016 |
Dip.
Sergio López Sánchez
(PRD)* |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen |
Crear el Consejo de Auditoría de la Auditoría Superior de
la Federación, el cual será de carácter honorífico y tendrá como
atribuciones fungir como órgano consultivo. |
5 |
Que reforma los artículos 29, 47, 50 y 54 de la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Publicación en GP:
Anexo IV
13 de septiembre de 2016 |
Dip.
Gianni Raúl Ramírez Ocampo
(PRI) |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen |
Adicionar que en la contratación de obras públicas, las
dependencias y entidades optarán por personas físicas y empresas
mexicanas. Establecer que el retraso en el pago de estimaciones en que
incurran las dependencias y entidades, diferirá en igual plazo la fecha
de terminación de los trabajos. |
6 |
Que
se expide la Ley de Designaciones de la Cámara de Diputados; y se
reforman y derogan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión, Federal de Competencia
Económica, del Sistema Nacional de Información Estadística y
Geográfica, del Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación, General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y
General de Responsabilidades Administrativas.
Publicación en GP:
Anexo VIII
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
María Guadalupe Cecilia Romero Castillo
(PAN) |
Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública, para opinión. |
Expedir la Ley de designaciones de la Cámara de Diputados
en la que se uniformen los requisitos que deberán cubrir los titulares
de los Órganos Internos de Control y de los Órganos Constitucionales
Autónomos que ejercen recursos del Presupuesto de Egresos de la
Federación, la duración de su encargo, el procedimiento de remoción, así
como el contenido de la convocatoria y el procedimiento a desarrollar
por los órganos correspondientes de la Cámara de Diputados, de manera
tal que en todos los nombramientos se observen las mismas disposiciones.
Se establece que a los titulares de los OIC de los OCA sean sujetos de
responsabilidad conforme a la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, para que sean debidamente sancionados por incurrir en
alguna de las causales de responsabilidad en ella prevista. |
7 |
Que reforma el artículo 69 del Código Fiscal de la
Federación.
Publicación en GP:
Anexo III
20 de septiembre de 2016 |
Dip.
Araceli Saucedo Reyes
(PRD) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Prever que el Sistema de Administración Tributaria (SAT)
publicará los motivos por los cuales son cancelados o condonados los
créditos fiscales. |
8 |
Que reforma y adiciona el artículo 132 de la Ley Federal
del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo VI
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
José Refugio Sandoval Rodríguez e integrantes del PVEM |
Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen. |
Incluir dentro de las obligaciones de los patrones el
otorgar a los trabajadores permiso con goce de sueldo por un máximo de
24 horas para acudir a donar sangre o cualquiera de sus componentes de
manera voluntaria, debiendo el trabajador presentar el comprobante
correspondiente, expedido por una institución del Sector Salud o por el
banco de sangre. |
9 |
Que reforma y adiciona los artículos 34 Bis y 34 Ter de
la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Publicación en GP:
Anexo III
20 de septiembre de 2016 |
Dip.
Blanca Margarita Cuata Domínguez
(MORENA) |
Comisión de Transportes, para dictamen. |
Establecer la obligatoriedad de incorporar sistemas de
geo posicionamiento local, por sus siglas (GPS), videocámaras, y botones
pánico en el parque móvil de las empresas concesionarias del servicio
público de autotransporte federal de pasajeros, a fin de mejorar las
condiciones de seguridad para los pasajeros y el personal. |
10 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código
Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
Jorge Álvarez Máynez
(MC) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Modificar el tipo penal para el delito de desaparición
forzada de personas, para adecuarlo con los estándares internacionales
en la materia, contenidos en los instrumentos internacionales que el
Estado Mexicano ha ratificado y, que forman parte de la jurisprudencia
de los tribunales. Tipificar del delito de desaparición por particulares
y la declaración de ausencia. |
11 |
Que reforma y adiciona el artículo 20 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la
verdad.
Publicación en GP:
Anexo VI
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
Jorge Álvarez Máynez
(MC) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Incluir dentro de los derechos de las víctimas
participar activamente en la búsqueda de la verdad de los hechos, y en
los diferentes mecanismos previstos en los ordenamientos legales, en los
cuales se les permitirá expresar sus opiniones y preocupaciones cuando
sus intereses sean afectados así como el derecho imprescriptible a
conocer la verdad y a recibir información específica sobre las
violaciones de derechos humanos o los delitos que las afecten
directamente, incluidas las circunstancias en que ocurrieron los hechos
y, en los casos de personas desaparecidas, ausentes, no localizadas,
extraviadas o fallecidas, a conocer su destino o paradero o el de sus
restos. |
12 |
Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prueba confesional.
Publicación en GP:
Anexo VII
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
Jorge Álvarez Máynez
(MC) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Incluir dentro de los derechos del inculpado que en
ningún caso la confesión podrá ser prueba plena, siempre deberá ser
confrontada con otros medios de prueba. |
13 |
Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 7o. de la Ley
de Ciencia y Tecnología.
Publicación en GP:
Anexo VI
27 de Septiembre de 2016 |
Dip.
Carlos Gutiérrez García
(NA) |
Comisión de Ciencia y Tecnología, para dictamen. |
Aumentar el número de sesiones del Consejo General de
Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, de dos
veces al año a cuatrimestralmente durante el año en forma ordinaria, el
primer día hábil del citado periodo, publicar las sesiones y las actas,
a través del portal de internet del Consejo y establecer la posibilidad
de la suplencia para el Presidente de la República y los secretarios de
estado, miembros del Consejo General, por servidor público que al efecto
designen, con nivel mínimo de subsecretario u homólogo. |