No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
De Decreto, para emitir una moneda conmemorativa por
el Centenario de la promulgación de la Constitución de 1917.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Diputados
Alberto Martínez Urincho y María Cristina Teresa García
Bravo
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Emitir una moneda conmemorativa por el Centenario de la
promulgación de la Constitución de 1917. |
2 |
Que reforma y adiciona el artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Diputados
Alberto Martínez Urincho y María Cristina Teresa García
Bravo
(PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes
generales en materia de protección a personas defensoras de derechos
humanos y periodistas. |
3 |
Que adiciona el artículo 111 de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Alberto Martínez Urincho
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer reglas que faciliten el cumplimiento de las
obligaciones fiscales de los contribuyentes que tengan su domicilio
fiscal en poblaciones o en zonas rurales y sin servicios de Internet. |
4 |
Que reforma el artículo 3º de la Ley Orgánica de
la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Alberto Martínez Urincho
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que la Procuraduría de la Defensa del
Contribuyente podrá prestar servicios de representación, sin importar la
cuantía del asunto, cuando se estime que el mismo es socialmente
trascendente y se afecte a pequeños productores, comunidades indígenas o
núcleos de población ejidal, que por su situación los coloque en
condición de vulnerabilidad. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Alberto Martínez Urincho
(PRD)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen. |
Incluir dentro de las facultades de la Federación el
expedir reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones
jurídicas para regular el manejo integral de los residuos en caminos o
puentes federales, así como su clasificación y prevenir la contaminación
o llevar a cabo su remediación cuando ello ocurra y el celebrar
convenios con los gobiernos de las entidades federativas para prevenir
la contaminación, o llevar a cabo actividades coordinadas para su
remedición cuando ello ocurra, por residuos en caminos o puentes a su
cargo. |
6 |
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Daniela De Los Santos Torres
(PVEM)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de
garantizar el derecho a vivir en familia de toda persona susceptible de
ser adoptada. Prever los Derechos de los Adoptados. Establecer que los
sistemas DIF nacional y de las entidades de la República contarán con un
Consejo Técnico de Adopción, como órgano colegiado interdisciplinario
cuya finalidad es procurar la adecuada integración de niñas, niños y
adolescentes y mayores de edad discapacitados sujetos de adopción, a una
familia que les proporcione las condiciones necesarias para su pleno y
armonioso desarrollo. Prever los requerimientos para adoptar. Establecer
el procedimiento para la entrega voluntaria de una niña, niño o
adolescente con propósito de adopción. Derogar las disposiciones
contenidas en el Código Civil Federal, relativas a las actas de
adopción, así como de la adopción. |
7 |
Que expide la Ley General de Adopción y se derogan
diversas disposiciones del Código Civil
Federal.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Daniela De Los Santos Torres
(PVEM)* |
Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia,
para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para
opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de
garantizar el derecho a vivir en familia de toda persona susceptible de
ser adoptada. Prever los Derechos de los Adoptados. Establecer que los
sistemas DIF nacional y de las entidades de la República contarán con un
Consejo Técnico de Adopción, como órgano colegiado interdisciplinario
cuya finalidad es procurar la adecuada integración de niñas, niños y
adolescentes y mayores de edad discapacitados sujetos de adopción, a una
familia que les proporcione las condiciones necesarias para su pleno y
armonioso desarrollo. Prever los requerimientos para adoptar. Establecer
el procedimiento para la entrega voluntaria de una niña, niño o
adolescente con propósito de adopción. Derogar las disposiciones
contenidas en el Código Civil Federal, relativas a las actas de
adopción, así como de la adopción. |
8 |
Que reforma el artículo Décimo Cuarto Transitorio
de la Ley de Hidrocarburos.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Jorge López Martín
(PAN)* |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Establecer que a partir del 1o de enero de 2016, los
precios de las gasolinas y el diésel se determinarán bajo condiciones de
mercado, quedando a cargo de la Comisión Federal de Competencia
Económica la regulación de los precios máximos al público de dichos
hidrocarburos. |