1 |
Por el que se reforma la fracción II del artículo
36 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo I
13 de octubre de 2015.
|
Sen.
Martín Orozco Sandoval
(PAN)
|
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
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Sujetar la deducción de inversiones en automóviles sólo
hasta por un monto de $248,000.
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2 |
Que reforma el artículo 33 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo III
22 de septiembre de 2015. |
Dip.
Jericó Abramo Masso
(PRI) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Implementar un programa nacional de becas a los
estudiantes de escasos recursos económicos que cursen la educación
básica y media superior, en instituciones públicas, cuyo otorgamiento no
estará sujeto a la obtención de altos promedios escolares en función de
la disponibilidad presupuestaria y a efecto aumentar la matrícula
escolar, así como de disminuir los altos niveles de deserción escolares. |
3 |
Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo II
24 de septiembre de 2015. |
Dip.
Jorge López Martín
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Eliminar la tasa del 16% a la enajenación de los
alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en
que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser
consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a
domicilio. |
4 |
Que reforma el artículo 4º de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
6 de octubre de 2015. |
Dip.
José Santiago López
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer la obligación de los jueces a salvaguardar la
integridad física y psicológica del niño cuando exista controversia
sobre el mejor derecho en materia de guardia y custodia, por cualquier
medio en cuanto se tenga conocimiento del asunto y no esperar hasta
sentencia definitiva. |
5 |
Que reforma el artículo 7° de la Ley General de
Protección Civil.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Diputados
Eduardo Francisco Zenteno Núñez y Javier Octavio Herrera
Borunda
(PVEM) |
Comisión de Protección Civil, para dictamen.
|
Procurar que los recursos del Fondo para la Prevención de Desastres
Naturales sean equivalentes por lo menos al diez por ciento del
presupuesto asignado al Fondo de Desastres Naturales. |
6 |
Que reforma los artículos 52 y 53 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Modesta Fuentes Alonso
(MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Determinar en el Sistema de Listas, una Lista Nacional y
cinco Regionales, constituir cinco circunscripciones electorales
plurinominales en el país para la elección de los 200 diputados según el
principio de representación proporcional y el Sistema de Listas
Regionales. Integrar en las cinco circunscripciones electorales
plurinominales Regionales 150 diputados según el principio de
representación proporcional y en una sexta circunscripción electoral
plurinominal Nacional 50 miembros de los pueblos originarios o
indígenas. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley General de Cambio Climático.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Ma. Victoria Mercado Sánchez
(MC) |
Comisión de Cambio Climático, para dictamen. |
La instrumentación del Atlas del Clima y la Salud
Nacional, con el propósito de prevenir y contener los problemas de salud
vinculados con los fenómenos climatológicos. |
8 |
Que adiciona un artículo 211 Bis 8 al Código Penal
Federal.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
María Eugenia Ocampo Bedolla
(NA) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Tipificar como delito la revelación, divulgación,
utilización, publicación o circulación de cualquier información
videograbada, fotografías, filmaciones o imágenes obtenidas de la red
pública o privada o de las redes sociales de telecomunicaciones,
sistemas de cómputo, aparatos electrónicos o de telefonía, sus
sucedáneos avances tecnológicos, de menores de 18 años de edad o
aquellos declarados como inimputables, que atenten contra su dignidad,
prestigio, honor público y libre desarrollo de la personalidad,
asignándole una sanción de 3 a 5 años de prisión y multa de 100 a 300
días de salario mínimo general vigente en el DF. Incrementar la sanción
de este delito, entre 4 a 6 años y multa de 200 a 500 días de salario
mínimo general vigente en el D.F; si la información es utilizada para
cometer los delitos de violación, robo, extorsión, fraude y los
contemplados en el título octavo. |
9 |
Que reforma el Artículo Décimo Octavo Transitorio
de la Ley del Seguro Social, publicada en el DOF el 21 de diciembre de
1995.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
José Alfredo Ferreiro Velazco
(PES) |
Comisión de Seguridad Social, para dictamen. |
Otorgar la pensión por vejez cuando los trabajadores
hayan cumplido los requisitos de edad y número de semanas cotizadas, aun
cuando a la fecha de solicitud de pensión se hubiese excedido el período
de conservación de derechos. |
10 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo II
24 de septiembre de 2015. |
Dip.
Nora Liliana Oropeza Olguín
(PRI) |
Comisiones Unidas de Economía, y de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, para dictamen. |
Incluir el Concepto de “Responsabilidad social
empresarial”. Establecer la suscripción convenios o acuerdos de
coordinación con las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, con el
objeto de que asuman compromisos de protección y preservación del medio
ambiente y recursos naturales. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
las Leyes de Coordinación Fiscal, y Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II
22 de septiembre de 2015. |
Diputados
Ximena Tamariz García y Alfredo Javier Rodríguez Dávila
(PAN) |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de
Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Entregar un presupuesto a los municipios y demarcaciones
territoriales, previo convenio de colaboración, en los tiempos
establecidos por la Ley y los acuerdos de coordinación fiscal. |
12 |
Que
reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
6 de octubre de 2015. |
Dip.
Evelyn Parra
Álvarez
(PRD) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer que se entiende por salud un estado de completo bienestar
físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o
enfermedades, en cualquiera de estas dos situaciones, el estado
garantizará la existencia de los medicamentos necesarios para su
tratamiento. |
13 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
10 de septiembre de 2015. |
Dip.
María Ávila Serna
(PVEM)
Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer el consentimiento presunto
para la donación en materia de órganos, tejidos, células y cadáveres.
Presumir como donante a toda persona mayor de edad con capacidad
jurídica, a quien se le haya diagnosticado la muerte salvo que existiese
una manifestación de su voluntad en contrario. Establecer la posibilidad
de revocar en cualquier momento la expresión afirmativa o negativa por
el manifestante, y su irrevocabilidad por persona alguna después su
muerte. Determinar que los gastos en que se incurra con motivo de la
extracción del órgano que se dona o que se entrega en donación, forman
parte de los gastos propios del trasplante y serán imputables al sistema
de salud receptor. |
14 |
De decreto, para declarar el 5 de junio de cada
año, “Día del Cuidado y Atención Infantil”.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Patricia Elena Aceves Pastrana
(MORENA) |
Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen. |
Declarar el 5 de junio de cada año, “Día del Cuidado y
Atención Infantil”. |
15 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, del Código Penal Federal y del Código Nacional de
Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Jorge Álvarez Maynez
(MC)
Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a
la Comisión de Justicia, para opinión. |
Establecer que sólo habrá lugar a prisión preventiva por
causas de riesgo fundado de fuga, interferencia en la investigación o
exista riesgo para la víctima o la sociedad. Modificar las causales por
las que se concederá libertad preparatoria. Modificar la facultad
conferida al Ministerio Público y a los órganos jurisdiccionales de la
federación, para atraer los delitos contra la libertad de expresión. |
16 |
Que reforma los artículos 8º y 11 de la Ley para
Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad
de la Economía Nacional.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
José Bernardo Quezada Salas
(NA) |
Comisiones Unidas de Competitividad, y de Economía, para
dictamen. |
Atribuir al Comité Nacional de Productividad la
introducción de materias específicas en los planes educativos, que
permitan a los educandos contar con los conocimientos y habilidades
requeridas por el sector para poder emplearse de inmediato una vez
egresados y promover el fortalecimiento de la relación entre la planta
productiva nacional o de ciertos sectores específicos de la economía
nacional con las instituciones de educación media superior y superior,
en las políticas de carácter transversal, sectorial y regional. |
17 |
Que reforma los artículos 171 y 172 del Código
Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo II
29 de septiembre de 2015. |
Dip.
Juan Manuel Cavazos Balderas
(PRI) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Incrementar la sanción prevista para quien en estado de
ebriedad o bajo el influjo de drogas cometa alguna infracción a los
reglamentos de tránsito, imponiendo prisión de uno a tres años y hasta
trescientos días multa. Imponer de uno a tres años de prisión al
conductor que utilizando cualquier aparato de comunicación, cause
lesiones que pongan en peligro la vida de una persona o lo prive de la
misma. |
18 |
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la
Industria Eléctrica.
Publicación en GP:
Anexo II
15 de septiembre de 2015. |
Dip.
Martha Cristina Jiménez Márquez
(PAN) |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Establecer que la Comisión Reguladora de Energía fijará
una tarifa especial para todos los servicios que destinen la energía
para uso exclusivamente doméstico y bajo determinadas condiciones
individuales y climáticas. |
19 |
Que reforma los artículos 65 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o. de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
6 de octubre de 2015. |
Dip.
Julio Saldaña
Morán
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el primer periodo de sesiones ordinarias del Congreso
iniciará el 1 de agosto. |
20 |
Que reforma el artículo 46 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
María Chávez García
(MORENA) |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen. |
Prohibir, en áreas naturales protegidas, realizar obras y
actividades de explotación minera a cielo abierto o de tajo abierto. |
21 |
Que reforma el artículo 96 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III
8 de octubre de 2015. |
Dip.
Angélica Reyes
Ávila
(NA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de
Justicia, el presidente de la República someterá una terna que incluya
representación de ambos géneros, a consideración del Senado, el cual,
previa comparecencia de las personas propuestas,
designará al Ministro que deba cubrir la vacante. |
22 |
Que reforma el artículo 2º de la
Ley del Servicio Militar.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Germán Ernesto Ralis Cumplido
(MC) |
Comisión de Defensa Nacional, para dictamen. |
Eliminar la disposición que establece que se cuidará de
que la instrucción del Servicio Militar que se imparta a las niñas,
tienda a capacitarlas para labores propias de su sexo y conexas con el
servicio militar. |
23 |
Que
reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
José Adrián
González Navarro
(PAN)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que las autoridades en el ámbito de sus competencias, no
podrán exceder el plazo de noventa días hábiles a partir de la
substanciación de la acción respecto de las modalidades impuestas a la
propiedad privada. |
24 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Diputados del Grupo
Parlamentario del PRD* |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Incluir el concepto
“Candidato joven” como la persona que cuenta con la edad mínima
establecida en la ley para ocupar un cargo de elección popular y un
máximo de 30 años cumplidos el día de la elección;
y
requerir para ser candidato joven a diputado federal o senador de la
República contar con la edad mínima establecida en la ley para ocupar el
cargo respectivo y un máximo de 30 años cumplidos el día de la elección.
Garantizar que en las listas de representación proporcional en cada
bloque de cinco, por lo menos sea integrada una fórmula compuesta por
candidatos jóvenes en las que se alternarán también en cada bloque a fin
de cumplir la paridad de género. |
25 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza
(PAN)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Coordinar el sistema fiscal de la Federación con los
estados, el distrito federal, los municipios y las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal y determinar las condiciones por las
que la federación transferirá a las haciendas públicas las aportaciones
federales y publicar las variables y fuentes de información disponibles
a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada
entidad, con la finalidad de que el Ejecutivo federal, por conducto de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pueda aplicar la fórmula de
distribución a nivel municipal. |