El Presidente de la Mesa Directiva hizo la siguiente
declaración:
PRIMERO.
Zonas de Atención Prioritaria para el año 2016 con base en los criterios
generales para la determinación de las Zonas de Atención Prioritaria
2016, emitidos en junio de 2015 por el Consejo Nacional de Evaluación de
Política de Desarrollo Social, así como los resultados de los estudios
de medición y de la pobreza y los indicadores asociados.
I.
Zonas de Atención Prioritaria Rurales (Anexo A):1,080
municipios que se encuentran en 26 unidades federativas y que cumplen
con alguna de las siguientes condiciones: son de Muy Alta o Alta
Marginación, tienen un Muy Alto o Alto grado de Rezago Social o al menos
el 25 por ciento de la población se encuentra en pobreza
multidimensional extrema.
II.
Zonas de Atención Prioritaria Urbanas (Anexo B): 18 mil
139 Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEBs) urbanas en 3 mil 950
localidades urbanas de 2 mil 271 municipios, que incluye a un total de
6.54 millones de hogares censales y que cumplen las siguientes
condiciones: AGEBs urbanas con Muy Alto o Alto Grado de Marginación y
Grado de Rezago Social Bajo, Medio y Alto, adicionalmente las AGEBs
urbanas con Grado de Rezago Social Alto o Medio y Grado de Marginación
Medio.
SEGUNDO.
Publíquese la presente declaratoria en el Diario Oficial
de la Federación, junto con el Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2016.
Publicación en GP.
Pendiente. |