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Sen. Diego Fernández de
Cevallos, Presidente de la Comisión
Permanente del Congreso de la Unión |
En cumplimiento a lo
dispuesto por la segunda parte del artículo
69 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, remite oficio
que contiene el informe en torno a
los motivos para que la Comisión Permanente
convocara a las Cámaras del Congreso de la
Unión a un Periodo de Sesiones
Extraordinarias, a partir de éste día.
Conforme a lo que marca
el artículo 78 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, La Comisión
Permanente, en su Sesión del 8 de junio de
2005, dio cuenta con la iniciativa del
Presidente de la Cámara de Diputados en la
que proponía convocar a un Período de
Sesiones Extraordinarias de esa Cámara para
atender asuntos de su competencia exclusiva,
así como proyectos de ley acordados por los
Grupos Parlamentarios.
Durante el análisis de la iniciativa
referida, la Comisión correspondiente de la
Comisión Permanente recibió las solicitudes
y propuestas de los Senadores para que los
términos de la iniciativa se ampliaran para
convocar también al Senado de la República a
Sesiones Extraordinarias y estar así en
posibilidad de abordar temas de su interés
que podían ser despachados sin esperar hasta
el inicio del Periodo Ordinario en el mes de
septiembre.
La
urgencia de estos asuntos se consideró a
partir de la necesidad de que el Poder
Legislativo se ocupara, dentro del ámbito de
sus facultades, de diversos temas que el
interés nacional mantiene vigentes y con
expectativas sobre su aportación para el
fortalecimiento de nuestro estado de
Derecho.
En
esta virtud, la Comisión Permanente aprobó
el pasado 15 de junio un decreto para que
las Cámaras del Congreso, en Sesiones
Extraordinarias, se ocuparan de los
siguientes asuntos:
1.
Reformas a la Legislación Electoral;
2.
Proyecto de Ley de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria;
3.
Reformas a la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública
Federal;
4.
Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos;
5.
Ley para el Aprovechamiento de las Fuentes
Renovables de Energía;
6.
Reformas Constitucionales y Legales en
materia de seguridad pública, procuración,
impartición y administración de justicia.
7.
Ley de la Caña de Azúcar;
8.
Reformas constitucionales y legales sobre la
organización y funcionamiento del Congreso
de la Unión;
9.
Reformas a la Ley del Instituto Nacional de
las Mujeres;
10.
Reformas a la Ley de Amparo;
11.
Decretos por los que se establecen las
características de diversas monedas
conmemorativas;
12.
Proyecto de Decreto mediante el cual se
reforman los artículos 46; 73; 76 y 105
Constitucionales, relacionados al
establecimiento de límites entre los
Estados, y
13.
Toma de Protesta y en su caso
reincorporación de legisladores que de
conformidad con la Constitución y la Ley
deban asumir el cargo.
Para la cámara de Diputados se dispuso
que se ocupara dentro de los asuntos de su
exclusiva competencia, de lo relativo al
Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2005 y de la elección de
un Vicepresidente de la Mesa Directiva, así
como de la creación, integración y cambios
en comisiones y comunicados de Órganos de
Gobierno.
Por su parte, la Cámara de Senadores
conforme a sus facultades exclusivas se
ocupará del Dictamen del Estatuto de Roma de
la Corte Penal internacional.
Anexo a esta comunicación el decreto de
convocatoria aprobado por la Comisión
Permanente, con lo que doy cumplimiento a lo
que establece el artículo 69 constitucional,
señalado al inicio. |
Se instruyó que se
insertara en
Diario de los Debates. |