Que
reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley del Instituto
Nacional de las Mujeres, para los efectos
del inciso d) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa
presentada por la Dip. Josefina Hinojosa
Herrera (PRI), en Sesión Ordinaria de la
Cámara de Diputados del 28 de noviembre de
2002, LVIII Legislatura.
Iniciativa
presentada por la Dip. Blanca Eppen Canales
(PAN) suscrita por diputados federales
integrantes del Grupo Parlamentario del PAN,
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 4 de diciembre de 2003, LIX
Legislatura.
Iniciativa
presentada por la Dip. Angélica de la Peña
Gómez (PRD) suscrita por diputados federales
integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 9 de diciembre de 2003, LIX
Legislatura.
Iniciativa
presentada por la Dip. Consuelo Muro Urista
(PRI) en Sesión de la Comisión Permanente
del 21 de enero de 2004, LIX Legislatura.
Dictamen a discusión presentado el 27 de
abril de 2004 y aprobado por 408 votos en
pro y una abstención.
Minuta presentada en el Senado el 29 de
abril de 2004.
Dictamen con dispensa de trámites presentado
en el Senado de la República el 28 de abril
de 2005 y aprobado por 68 votos en pro,
devuelto a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso e) del artículo 72
constitucional.
Minuta presentada en la Sesión Ordinaria de
la Cámara de Diputados el 07 de septiembre
de 2005.
Dictamen a discusión presentado el 14 de
diciembre de 2005, aprobado por 352 votos en
pro y devuelto a la Cámara de Senadores para
los efectos del inciso e) del artículo 72
constitucional.
Recibió el Senado la minuta el 15 de
diciembre de 2005.
Dictamen a discusión presentado el 18 de
abril de 2006 en el Senado de la República,
aprobado en votación económica,
se devolvió a la Cámara de Diputados, para
los efectos del inciso d) del artículo 72
constitucional.
Propuesta:
Se observa que la minuta enviada por la
Cámara de Diputados del H. Congreso de la
Unión no respeta el procedimiento
establecido por el inciso e) del artículo 72
constitucional, por lo tanto se desecha. |