GLOSA DE ASUNTOS ABORDADOS

1.MOVIMIENTOS DE DIPUTADO

a)  De Licencias

b) De Reincorporaciones

2 COMUNICACIONES

a) De Diputado

b) Del Congreso del Estado de Puebla

c) De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

d) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal

3.CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) Del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas

b) Del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

c) De la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

d) De la Secretaría de Gobernación

4. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

5.OFICIOS

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

b) De la Secretaría de Gobernación

6.PRONUNCIAMIENTOS

7. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto

8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto

III. PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO.

 Sesión N° 12, Marzo 09, 2006.

 

2. COMUNICACIONES

 

c) De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

 

No.

ORIGEN

CONTENIDO

TURNO O TRÁMITE

1

 

Presidente de la Diputación Permanente

 

Publicado en GP:

Marzo 9, 2006

 

Remite punto de acuerdo por el que ese órgano legislativo le solicita al Lic. Vicente Fox Quesada, Presidente Constitucional, y a los integrantes de las Cámaras de Diputados y de Senadores de la República, el apego irrestricto a lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción XI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 177 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Resolutivo Único:

Se hace un atento exhorto al Presidente Vicente Fox Quesada, a los integrantes de las Cámaras de Diputados y de Senadores de la República y se rechace la iniciativa presentada por el senador Joel Ayala Almeida que pretende modificar la Ley del ISSSTE, se cumpla lo dispuesto en el artículo 123 constitucional y se dé cumplimiento irrestricto a lo dispuesto por: 

"... Artículo 177. Si llegare a ocurrir en cualquier a tiempo que los recursos del Instituto no bastaren para cumplir con las disposiciones a su cargo establecidas por la ley, el déficit que hubiese será cubierto por las dependencias y entidades en la proporción que a cada una corresponda...", de la Ley del ISSSTE.

Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.