No
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Iniciativa
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Origen
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Turno o Trámite |
Materia
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Propuesta
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1
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Con proyecto de decreto que
reforma la fracción IV del
artículo 115
de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
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Congreso del Estado de
Jalisco
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Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales de la
Cámara de Diputados. |
Contribuyentes
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Precisar la exención que
proceda respecto las contribuciones que
establezcan las Legislaturas a favor de los
Municipios.
Disponer que solo estarán exentos de las
contribuciones, los bienes del dominio
público de la Federación, de los Estados o
los Municipios.
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2
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Con proyecto de decreto
que reforma el
artículo 48
de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
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Congreso del Estado de Sonora
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Se turnó a la
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados. |
Territorial
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Establecer que las islas de
los mares adyacentes del territorio nacional
dependerán directamente de los gobiernos de
los estados.
1.
Señalar que las islas de los
mares adyacentes que forman parte del
territorio nacional dependerán directamente
y se entenderá que forman parte del
territorio de los Estados a los que
correspondan por su ubicación geográfica o
por haber ejercido éstos jurisdicción sobre
ellas.
2.
Estipular que la
administración de las islas sobre las cuales
la Federación ha ejercido jurisdicción,
pasará a las Entidades Federativas,
adquiriendo jurisdicción sobre las mismas.
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3
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Proyecto de decreto por
el que se, adiciona un párrafo al
artículo 4º
constitucional; se adicionan dos párrafos
del
artículo 22
de la
Ley Federal del Trabajo;
se modifica la denominación del Titulo
Octavo, Capítulo II y, se adiciona un
artículo 205 bis
del
Código Penal Federal.
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Senadora
Emilia Patricia Gómez Bravo
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales,
de Trabajo y Previsión
Social, de Justicia y de
Estudios Legislativos, de la Cámara de
Senadores. |
Penal
Laboral |
Prohibir el empleo de los
niños menores de 14 años.
1.
Prohibir el empleo o
utilización del trabajo de los menores de
catorce años
y menores de dieciséis que no
hayan terminado su educación básica, y
facultar a las Autoridades Federales, del
Distrito Federal, de los Estados y
municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, para velar por la observancia
a esta prohibición, sancionando, en todos
los casos la violación a este precepto,
conforme a las leyes aplicables.
2.
Imponer al establecimiento o negociación que
haya empleado ilícitamente menores de edad,
una multa de 6000 días de salario mínimo
general vigente en el Distrito Federal, por
cada uno de los menores.
3.
Estipular en el Código Penal Federal que
quien empleé o utilice, bajo cualquier
denominación, el trabajo de menores de 14
años se le aplicará la pena de prisión de 5
a 12 años y multa equivalente de 3000 a
30,000 días de salario mínimo general
vigente en el Distrito Federal,
incrementando dichas penas en una mitad, por
cada menor, independientemente de las
sanciones que prevea este código, por la
concurrencia de otros delitos. |
4
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Proyecto de decreto que
modifica el
título del Capítulo VI del
Título Primero; adiciona el Capítulo V al
Título Segundo
en materia de salinas; reforma los
artículos 63, 64, 232-C, 263,
264 y 267
y se adicionan los
artículos 211-A y 211-Bde
la
Ley Federal de Derechos, en
materia de Minería.
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Diputada
María Eloisa Talavera
Hernández
(PAN)
A
nombre de la Dip. Elizabeth Yáñez Robles
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y Crédito Público
de la Cámara de Diputados. |
Fiscal
Minera
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Plantear un
sistema fiscal de pago de derechos para las
salinas.
1.
Adecuar el pago de derechos de la extracción
de roca de sal en función de las hectáreas
de terreno necesarias para la exploración,
explotación y uso del mineral.
2. Cambiar el nombre de la Secretaría
de Comercio y Fomento Industrial por el de
Secretaría de Economía en el Capítulo VI del
Título Primero denominado de los Derechos
por la Prestación de Servicios.
3. Adicionar el Capítulo V al
Título Segundo en materia de Salinas, en
donde especifica los derechos por el uso o
aprovechamiento de las mismas.
4.
Exentar del pago al derecho a que se refiere
el artículo 232-C de esta Ley, cuando la
zona federal marítimo terrestre, los
terrenos ganados al mar o cualquier otro
depósito de aguas marinas, se usen, gocen o
aprovechen para la explotación de salinas
formadas de aguas provenientes de mares
actuales, superficiales o subterráneos,
naturales o artificiales. |
5
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Proyecto
de
Ley Federal para el Desarrollo Ixtlero.
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Diputado
Fernando Ulises Adame de León
(PRI)
A nombre propio y del Dip. Alfonso Juventino
Nava Díaz (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Agricultura y Ganadería
de la Cámara de Diputados.
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Agricultura
Comercio |
Coadyuvar en el combate de la
pobreza extrema de los desfibradores o
talladores de la fibra de lechuguilla a
partir del fomento y el desarrollo de la
cadena productiva y la ampliación de los
programas sociales que atiendan las
necesidades de los ixtleros.
1.
Fomentar y desarrollar el
tallado y la producción, la explotación
sustentable, la industrialización y la
comercialización de la fibra de ixtle de
lechuguilla y sus derivados.
2. Facultar a la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación formular la política y
programas en materia de Ixtle.
3. Desarrollar el
Programa Integral para el Desarrollo Ixtlero.
4.
Desarrollar programas educativos, sociales y
de infraestructura básica en apoyo a las
zonas ixtleras.
5.
Responsabilizar al Ejecutivo Federal, para
prever en la Iniciativa de Presupuesto de
Egresos de la Federación para el año fiscal
correspondiente, e incluir en el Decreto
respectivo, la previsión económica que
tendrá como objeto coadyuvar en la
estabilización y fortalecimiento del sector
productivo del Ixtle, mediante la entrega de
recursos que permitan de manera permanente,
responder a las demandas de apoyo de los
productores compensando sus ingresos.
6.
Crear la Comisión Mexicana de Fomento y
Desarrollo del Ixtle con patrimonio propio y
provista de facultades legales para actuar
en nombre del Gobierno Federal, en las
tareas que la Ley le asigne, así también
será la encargada de operar el Registro
Nacional de Productores, Industrializadores,
Comercializadores y Exportadores de ixtle.
7. Establecer una Junta de Gobierno como órgano de
dirección de la Comisión, integrado por los
representantes que al efecto designen
conjuntamente la Cámara de Diputados y/o
Senado de la República. |
6
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Proyecto
de decreto, que reforma el
artículo 1350
del
Código de Comercio,
en materia de substanciación de incidentes.
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Diputado
Jesús Emilio Martínez Álvarez
(PC)
Nota:
Sin intervención en tribuna.
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a)
Se turnó a la
Comisión de Economía
de la Cámara de Diputados.
b)
Se instruyó
insertar
en el
Diario de los Debates
y en la Gaceta Parlamentaria
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Comercial
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Disponer que los incidentes de un juicio se
desahoguen por cuenta separada.
Substanciar los incidentes por cuerda
separada, sin que suspendan el trámite del
juicio en lo principal. |