Acuerdo que establece lineamientos para el
desarrollo de las sesiones de la Comisión
Permanente del Primer Receso del Tercer Año
de Ejercicio Constitucional de la LIX
Legislatura.
Resolutivo Único:
Se
modifican los artículos tercero, sexto y
décimo quinto del Acuerdo que establece
lineamientos para el desarrollo de las
sesiones de la Comisión Permanente del
Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio,
para quedar como siguen:
Artículo Tercero.
La última hora de cada sesión será destinada
para la discusión de puntos de la Agenda
Política, previo acuerdo de la Mesa
Directiva y dependiendo del número de
asuntos contenidos en el orden del día.
Las
inactivas de ley o decreto y las
proposiciones con punto de acuerdo que no
hayan sido presentadas al llegarse la última
hora de la sesión, serán turnadas a las
comisiones que correspondan el trámite dado
será publicado en la Gaceta Parlamentaria,
salvo que exista petición expresa y oportuna
del legislador para reprogramar su
presentación.
Artículo Sexto.
Sólo en el caso de proposiciones con punto
de acuerdo, el documento original podría ser
suscrito por algún integrante de la Comisión
Permanente del mismo Grupo Parlamentario del
proponente. En todos los casos, las
iniciativas deberán contener la firma
autógrafa del legislador autor de la misma,
sin la cual no podrán incluirse en el orden
del día.
Artículo Décimo
Quinto.
Iniciativas hasta por
cinco minutos; |