Secretaría General

Lic. Patricia Flores Elizondo

Dirección General de Apoyo Parlamentario

Lic. Norma López Cano y Aveleyra

DATOS RELEVANTES DE LA SESIÓN

Sesión Ordinaria N° 6/ Septiembre 21, 2004.

3. OFICIO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN 5. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

4. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4 y 73, fracción XXIX-J, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

José Manuel Carrillo Rubio

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Deporte

Reconocer en el marco constitucional, el derecho al deporte, así como señalar la obligación del Estado a su fomento y promoción.

1. Establecer el derecho de toda persona a la cultura física y a la práctica del deporte.

2. Determinar como obligación del Estado el promover, difundir, fomentar y estimular el deporte.

2

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos en contra de la función pública.

Diputado

Francisco Barrio Terrazas

(PAN)

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Penal

Establecer un régimen de responsabilidades de servidores públicos, que sirva de instrumento para prevenir e inhibir conductas que demeriten el ejercicio de la función pública, ampliando los supuestos que originen tales conductas delictivas.

1. Uniformar las hipótesis delictivas, referentes a los Servidores Públicos, cambiando las denominaciones de los capítulos del ordenamiento penal por: "Incumplimiento de los principios rectores de la Función Pública"; "Otorgamiento y contratación ilegal de actos administrativos"; "Aplicación discrecional de recursos económicos"; "Conflicto de Intereses y aprovechamiento de información reservada y "Desvío de recursos".

2. Cambiar la hipótesis para identificar al enriquecimiento ilícito, señalándolo éste como el incremento patrimonial desproporcionado en comparación con los ingresos legítimos percibidos, en el que se precise lo que se detenta y lo lícitamente obtenido, y determinando que el delito deba configurarse durante el tiempo en que el sujeto activo se desempeña como servidor público y no con motivo de sus funciones.

3. Precisar que el momento de consumación de conductas delictivas, por parte de los servidores públicos, deba ser aquél en que el servidor público incremente su patrimonio desproporcionadamente quedando la sanción de tal conducta, sujeta a una condición objetiva de punibilidad, consistente en la imposibilidad del sujeto activo para justificar la legítima procedencia de los bienes que lo componen.

4. Establecer la prohibición para el servidor público de desempeñar otro empleo, cargo o comisión distinto al que tenga encomendado y que por su propia naturaleza se traslape en su jornada laboral, a fin de propiciar el adecuado cumplimiento de la función encomendada y evitar distracciones o abusos en detrimento del propio servicio público.

5. Sancionar el otorgamiento, en contravención de la norma específica, de apoyos económicos a través de programas sociales para el desarrollo de los distintos sectores de la población y el manejo discrecional de tales recursos económicos.

6. Establece como delito la conducta del servidor público relacionada con la gestión, trámite, promoción o litigio de cualquier asunto ajeno al ámbito de sus responsabilidades, excluyendo el calificativo de "ilícito".

7. Tipificar la participación de terceras personas, en la comisión de delitos referentes a los servidores públicos, precisando la posibilidad de que el ofrecimiento u otorgamiento de la dádiva o beneficio pueda dirigirse a un tercero distinto del servidor público involucrado.

8. Determinar criterios para la reducción de la pena cuando el autor del delito fuera primodelincuente, se declare confeso de los hechos que se le imputan y proporcione datos corroborables que permitan conocer la intervención de otros sujetos en la consumación del delito, o bien, cuando éste repare la totalidad del daño o perjuicio causado.

3

Con proyecto de decreto que reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 17 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

 

Diputado

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(PVEM)

A nombre propio y del Grupo Parlamentario del PVEM

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Fiscal

Establecer en el Presupuesto de Ingresos de la Federación 2005, la asignación de un estímulo por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico no excedente a 3 mil millones de pesos.

Determinar que en materia de estímulos fiscales durante el ejercicio fiscal del 2004 se aplique un estímulo por los proyectos en investigación y desarrollo tecnológico, que contemple un monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio de 3 mil millones de pesos para el año 2005.

4

Con Proyecto de decreto que adiciona un Título Séptimo y un Capítulo único a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que crea el Programa Seguro por Desempleo para protección de los empleados públicos.

Diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos

(PT)

a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Seguridad Social.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Laboral

Crear el programa del seguro por desempleo para la protección de los empleados públicos al servicio del Estado.

Establecer el Seguro por desempleo como obligación del Estado mexicano para proteger a los empleados públicos al servicio del estado despedidos de su empleo por razones ajenas a su voluntad.

5

Con proyecto de decreto que adiciona los artículos 182 Bis, 211 Bis y 211 Ter, y deroga los artículos 212 y 213 del Código Civil Federal, en materia de régimen de separación de bienes.

Diputada

María del Carmen Izaguirre Francos

(PRI)

a) Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Civil

Establecer equidad en los derechos emanados de la unión conyugal, erradicando posibilidades de discriminación contra alguno de los cónyuges e hijos que aporten trabajo no remunerado al patrimonio familiar.

1. Establecer que en los casos de matrimonio bajo régimen de separación de bienes o por sociedad conyugal en el que uno de los cónyuges tengan bienes propios que produzcan frutos de cualquier naturaleza, los beneficios que se obtengan y que se conserven como ahorro o se inviertan en bienes, derechos, acciones con o sin beneficio patrimonial, puedan ser afectados para una indemnización a favor del cónyuge no propietario y de los hijos, que no rebase en ningún caso el cincuenta por ciento de los frutos que en líquido, efectivo o en otras inversiones de bienes, derechos y acciones que se posean al momento de la separación familiar, del divorcio, de la nulidad del matrimonio, de la substitución del régimen económico o de una acción de alimentos que implique el rompimiento de relaciones económicas de los miembros de la familia.

2. Determinar que las relaciones económicas que de hecho o por derecho se generen entre miembros de la familia, con independencia de su forma de constitución deban ser entendidas como relación patrimonial derivada de una sociedad familiar, en la que los miembros de la familia tengan igualdad de derechos a los beneficios, ganancias y ahorros que uno o varios de estos puedan obtener por actividades personales, comerciales, industriales y artísticas.

3. Precisar que para calcular la indemnización sobre frutos gananciales de bienes propios del cónyuge propietario, la autoridad judicial tome en cuenta el número de años de convivencia familiar, otorgando diez por ciento cuando esta no sobrepase de dos años; veinte por ciento cuando tenga más de dos años y no llegue a cuatro años; treinta por ciento cuando tenga cuatro años y no llegue a seis años; cuarenta por ciento cuando cumpla seis años y no llegue a ocho años; y cuando sobrepase ocho años hasta el cincuenta por ciento.

6

Con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputada

Norma Patricia Saucedo Moreno

(PAN)

a) Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Comisión Bicameral del Canal del Congreso

Definir mecanismos que permitan dar pleno funcionamiento a la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión.

1. Determinar que la Comisión Bicameral del Canal del Congreso, cuente con una mesa directiva integrada por una presidencia y dos secretarías, renovable anualmente y rotatorias entre los partidos políticos representados en la Comisión.

2. Establecer que la Comisión Bicameral del Canal del Congreso deba reunirse en sesión ordinaria por lo menos una vez al mes, señalando que la sede pueda ser alternada en ambas Cámaras del Congreso.

3. Determinar como atribuciones de la Comisión Bicameral del Canal del Congreso aprobar políticas internas de orden general, definir la designación y remoción del titular de la Dirección del Canal del Congreso, nombrar y remover funcionarios de segundo nivel del Canal, a propuesta fundada y motivada del titular de la Dirección.

4. Evaluar y aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Canal, así como su programa de trabajo correspondiente.

5. Fijar reglas de transmisión de sesiones plenarias, de comisiones y comités del Congreso, así como celebrar convenios de colaboración con organismos gubernamentales, nacionales y extranjeros.

7

Con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 2° del Código Federal de Procedimientos Penales.

Diputado

Jorge Uscanga Escobar

(PRI)

A nombre de la Diputación Veracruzana del

(PRI)

a) Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Penal

Acotar la discrecionalidad en el actuar del Ministerio Público sobre el ejercicio o desistimiento de la acción penal.

Determinar que el Ministerio Público Federal en la averiguación previa acuerde y notifique personalmente al ofendido o a la víctima el no ejercicio de la acción penal o el desistimiento.

8

Con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 81 de la Ley General de Salud.

Diputado

José Ángel Córdova Villalobos

(PAN)

Se turnó a la Comisión de Salud.

Salud

Garantizar que las autoridades de academias, colegios, consejos ó asociaciones de profesionales de las disciplinas para la salud, deban solicitar la opinión a la Secretaría de Salud y al Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, para el caso de registro de especialidades y recertificación de éstas.

Precisar que las autoridades educativas competentes soliciten la opinión de la Secretaría de Salud y del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, para el registro de certificados de especialidades médicas ó del registro de la recertificación.

9

Con proyecto de decreto que crea la Ley para Regular las Remesas de Dinero.

Diputada

Laura Elena Martínez Rivera

(PRI)

a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios; con opinión de la Comisión de Relaciones Exteriores.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Migración / Remesas

Regular la transferencia, recepción y cambio de las remesas de dinero que transfieren los Migrantes nacionales a nuestro país, así como las partes que intervienen en dicha operación.

1. Incorporar a la Secretaría de Relaciones de Exteriores para coordinar con autoridades extranjeras y celebrar convenios con Estados de la Unión Americana, respecto de los envíos de dinero a México.

2. Establecer que las entidades financieras y empresas comerciales transparenten los costos de envío de remesas monetarias, así como evitar la disminución de su valor por el tipo de cambio aplicado al momento del cobro.

10

Con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para articular políticas de atención y protección a los derechos de las niñas, niños, personas con discapacidad y adultos mayores.

Diputado

Homero Ríos Murrieta

(PAN)

a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Grupos Vulnerables

Facultar al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación en materia de grupos vulnerables entre los distintos órdenes de gobierno.

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, Entidades Federativas, Distrito Federal y Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de niños y niñas, personas con discapacidad y adultos mayores.

11

Con proyecto de decreto por el que se adicionan una fracción X al artículo 1º, así como los artículos 86 y 87 dentro de un Capítulo Único, bajo el Título Sexto, de la Ley General de Desarrollo Social, con relación a la confidencialidad del registro de beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social, y de las responsabilidades y sanciones de los servidores públicos que tienen acceso a la información de los registros de beneficiarios de los programas establecidos por la política nacional de desarrollo social; asimismo, se adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Diputado

Quintín Vázquez García

(PRI)

a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Desarrollo Social.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Transparencia en la Información

Garantizar la secrecía y confidencialidad de la información generada, en relación al registro y padrón único de beneficiarios de los programas establecidos en la política nacional de desarrollo social.

1. Determinar como causa de responsabilidad administrativa de los servidores públicos usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente, y de manera indebida, información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso, conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión.

2. Determinar como causa de responsabilidad administrativa de los servidores públicos actuar con negligencia, dolo o mala fe, en la difusión de la información; entregar información considerada como reservada o confidencial; no entregar información que haya sido requerida por el Poder Judicial de la Federación.

12

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41 y 46 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Diputado

Víctor Manuel Alcerreca Sánchez

(PRI)

a) Se turnó a la Comisión de Gobernación.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Símbolos Patrios

Determinar la obligación del Estado de incluir en la programación diaria al inicio y cierre de las transmisiones la ejecución del Himno Nacional, versión cantada con la totalidad de sus estrofas, letra y música.

1. Del tiempo que por Ley le corresponde al Estado en las frecuencias de la radio y en los canales de televisión, en los términos legales de la materia, se incluirá en su programación diaria al inicio y cierre de las transmisiones la ejecución del Himno Nacional completo, en la versión cantada con la totalidad de sus estrofas, letra y música y para el caso de la televisión, simultáneamente la imagen de la Bandera Nacional.

2. Es obligatoria la enseñanza del Himno Nacional en todos los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria.

13

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 420 del Código Penal Federal.

Diputado

Eugenio Mier y Concha Campos

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Penal

Establecer parámetros por parte del Ejecutivo Federal, para determinar los medios de pesca no permitidos.

Determinar que el Ejecutivo Federal, por conducto de las autoridades pesqueras federales, establecezca mediante norma oficial mexicana cuáles deban ser los medios de pesca no permitidos, a efecto de proteger la población de especies marinas.

14

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 1°, párrafo segundo y 37 fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 2° párrafo segundo, 7° fracción II párrafo tercero y veintitrés de la Ley Federal de la Competencia Económica, así como los artículos 112, párrafo II y 114 fracción I del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología, Normalización.

Diputado

Gonzalo Moreno Arévalo

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Economía.

Economía

Precisar el término de Secretaria de Economía, en las diversas legislaciones y dar certeza jurídica, para el caso de señalar actos de autoridad y autoridad responsable.

Actualizar la normatividad, a efecto de identificar plenamente a la Secretaria de Economía como autoridad reconocida y responsabilizándola por los actos y competencias que le sean inherentes.

15

Con Proyecto de decreto que adiciona un quinto párrafo en el artículo 14 y la actualización del segundo párrafo del artículo 17, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Hugo Rodríguez Díaz

(PRI)

a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Constitucional

Otorgar a las autoridades judiciales la opción de aplicar los principios de justicia, equidad e igualdad reconocidas en el ordenamiento Constitucional.

1. Determinar que en los juicios de todo orden la sentencia definitiva deba ajustarse al texto de la ley aplicable tal y como se ordena, siempre y cuando no se cause perjuicios a otra persona.

2. Establecer que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales competentes, en el que se disciernan y reconozcan derechos y obligaciones, precisando que los tribunales estén expeditos para impartirla bajo los plazos y términos que fijen las leyes y los principios de justicia, equidad e igualdad que reconozca la Constitución.

16

Con Proyecto de decreto que elimina el inciso e) de la fracción II y adiciona el inciso f) a la fracción III del artículo 106 de la Ley Aduanera.

Diputado

Omar Bazán Flores

(PRI)

a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

b Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Régimen de Importación Temporal

Determinar que para el caso del régimen de importación temporal, se establezca un plazo de seis meses para vehículos de mexicanos que acrediten estar laborando en el extranjero.

Determinar un plazo de seis meses y un año para la internación de vehículos al país por parte de mexicanos, siempre que la importación sea efectuada por mexicanos con residencia en el extranjero o que acrediten estar laborando en el extranjero por un año o más, comprueben mediante documentación oficial su calidad migratoria que los autorice para tal fin y se trate de un solo vehículo en cada periodo anual.

17

Con Proyecto de Ley Federal para las Víctimas y Ofendidos del delito.

Diputado

Miguel Ángel Osorio Chong

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Penal

Reglamentar el artículo 20 constitucional Apartado B, a efecto de establecer los derechos y recursos de las víctimas y ofendidos del delito, creando medios de asesoría jurídica adecuados para las víctimas, e articulándolos en un sistema de seguridad social jurídica.

1. Crear el Centro de Atención a Víctimas, a fin de ayudar a la víctima y a su familia, estableciendo una serie de programas de atención integrada.

2. Establecer un fideicomiso integrado por aportaciones públicas y privadas, a efecto de garantizar a la víctima de escasos recursos la reparación del daño en los casos procedentes y para el caso de no ser suficiente el monto aportado por el responsable del delito, así como contemplar la obligación solidaria del Estado de reparar el daño por los delitos cometidos por sus servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.

3. OFICIO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN 5. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA