Secretaría General

Lic. Patricia Flores Elizondo

Dirección General de Apoyo Parlamentario

Lic. Norma López Cano y Aveleyra

DATOS RELEVANTES DE LA SESIÓN

Sesión N° 24/ Noviembre 30, 2004.

4. INICIATIVAS 6. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

5. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

1

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 28 y 48 y se adicionan por un lado una fracción XXXVII al artículo 3° y por otro los artículos 47-Bis 47-Bis-1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Sen. Verónica Velasco Rodríguez (PVEM) en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 21 de octubre de 2003 (LIX Legislatura).

2. Dictamen presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la república del 28 de abril de 2004 y aprobado por 75 votos en pro y 0 en contra.

3. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2004.

Materia: Medio Ambiente.

Propuesta:

Fortalecer el régimen jurídico de las áreas naturales protegidas y adecuar las disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en esta materia.

Quedó de primera lectura.

2

Comisión de Salud

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 314, fracción II, y 350 Bis-6 de la Ley General de Salud.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en Sesión Ordinaria del Senado de la República el 5 de diciembre de 2002 por la Sen. Francisco Fraile García (PAN).

2. Dictamen presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 15 de diciembre de 2003 y aprobado en la misma por 81 votos en pro.

3. Minuta presentada en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 16 de marzo de 2004.

Materia: Salud.

Propuesta:

1. Considerar al cadáver como el cuerpo de todo ser humano independientemente de cual sea el estado de desarrollo en que se encuentre, en el que se compruebe la presencia de los signos de muerte referidos en la fracción II, de del artículo 343 de la Ley General de Salud.

2. Autorizar por la autoridad de Salud de acuerdo a las disposiciones legales aplicables, la utilización de fetos para el apoyo de la docencia e investigación de las instituciones autorizadas que lo soliciten.

Quedó de primera lectura.

4. INICIATIVAS 6. DICTÁMENES A DISCUSIÓN