Secretaría General

Dirección General de Apoyo Parlamentario

Primer Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio de la LIX Legislatura/Noviembre 25, 2003.

   
3. OFICIOS DE LA CÁMARA DE SENADORES 5. MINUTAS

4. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

Con proyecto de decreto para que se inscriba en Letras de Oro el nombre de "Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá", en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro.

(Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre del Jurista Mexicano Manuel Cresencio García Rejón y Alcalá, por considerar que fue un ciudadano dejó huella en la historia del país).

Senador

Orlando Paredes Lara

(PRI)

 

Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Parlamentaria

Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre del Jurista Mexicano Manuel Cresencio García Rejón y Alcalá, por considerar que fue un ciudadano que dejó huella en la historia del país.

Otorgar reconocimiento a Manuel Cresencio García Rejón y Alcalá, por ser considerado el padre del Juicio de Amparo en nuestro país y ser un precursor del movimiento de reforma liberal del siglo XIX, así como creador de

reformas políticas encaminadas al fortalecimiento de la democracia.

2

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 29, inciso IX, y 176, fracción VII, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

(Determinar deducciones en los impuestos pagados por pago de colegiaturas en instituciones educativas, útiles escolares, uniformes, transportación escolar, y erogaciones por estudios de los dependientes económicos del contribuyente, así como erradicar el Impuesto al Valor Agregado en la enajenación de libros, útiles, uniformes, transportación escolar, periódicos y revistas).

Senador

José Antonio Aguilar Bodegas

(PRI)

 

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Fiscal

Determinar deducciones en los impuestos pagados por pago de colegiaturas en instituciones educativas, útiles escolares, uniformes, transportación escolar, y erogaciones por estudios de los dependientes económicos del contribuyente, así como erradicar el Impuesto al Valor Agregado en la enajenación de libros, útiles, uniformes, transportación escolar, periódicos y revistas.

1. Fortalecer la hacienda pública a fin de lograr la obtención de los recursos suficientes que permitan defender la educación publica, y evitar el rezago educativo en el país.

2. Establecer deducciones en los impuestos pagados por bienes y servicios, referentes a la educación, como lo son pago de colegiaturas en instituciones educativas, útiles escolares, uniformes, transportación escolar, y erogaciones por estudios de los dependientes económicos del contribuyente desde nivel primaria hasta concluir la formación del educando.

3. Determinar la exención en el pago del Impuesto al Valor Agregado en la enajenación de bienes tales como: libros, útiles, uniformes, transportación escolar, periódicos y revistas.

3

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 114 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

(Determinar la exención de retenciones y enteros mensuales a personas cuyo salario sea inferior a cuatro salarios mínimos generales, así como calcular el pago de la retención con base en una sola tarifa a aplicarse directamente a la remuneración grabada al trabajador).

Senador

José Antonio Aguilar Bodegas

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Fiscal

Determinar la exención de retenciones y enteros mensuales a personas cuyo salario sea inferior a cuatro salarios mínimos generales así como calcular el pago de la retención con base en una sola tarifa a aplicarse directamente a la remuneración grabada al trabajador.

1. Elaborar una única tarifa del Impuesto Sobre la Renta para ser aplicada directamente a la remuneración gravada del trabajador, en lugar de ser aplicadas tres tarifas, a fin de evitar complicación administrativa así como la inseguridad jurídica.

2. Determinar que el Impuesto Sobre la Renta no se sume a los costos de nomina que los patrones deban absorber como Seguridad Social, INFONAVIT e Impuesto Estatal Sobre Nominas, a fin de motivar la contratación de nuevos trabajadores y evitar el desarrollo de la economía informal.

4

Con proyecto de decreto que adiciona y reforma los artículos 2º y 2º-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 32, fracción II, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

(Crear mecanismos tributarios claros y sencillos tendientes a que los contribuyentes irregulares se incorporen a la economía formal estableciendo la aplicación de la tasa del 10% en el Impuesto al Valor Agregado, a actos o actividades que se realicen en la región fronteriza, así como también que las personas físicas con actividades empresariales que solo enajenen bienes o presten servicios al publico en general, no se encuentren obligadas al pago del impuesto por dichas actividades).

Senador

José Antonio Aguilar Bodegas

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Fiscal

Crear mecanismos tributarios claros y sencillos tendientes a que los contribuyentes, irregulares se incorporen a la economía formal estableciendo la aplicación de tasa del 10% en el Impuesto al Valor Agregado, a actos o actividades que se realicen en la región fronteriza, así como también que las personas físicas con actividades empresariales que solo enajenen bienes o presten servicios al publico en general, no se encuentren obligadas al pago del impuesto por dichas actividades.

1. Establecer la aplicación de tasa del 10% en el Impuesto al Valor Agregado, a actos o actividades que se realicen en la región fronteriza, comprendiendo esta 20 Km. paralelos a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país.

2. Determinar que las personas físicas con actividades empresariales que solo enajenen bienes o presten servicios al publico en general, no se encuentren obligadas al pagó del impuesto por dichas actividades.

5

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el párrafo quinto del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

(Determinar que la compensación como forma de extinción de las obligaciones fiscales, no se tramite de oficio ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, por considerar que tal procedimiento afecta el patrimonio de los contribuyentes).

Senador

Eduardo Ovando Martínez

(PRI)

 

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Fiscal

Determinar que la compensación como forma de extinción de las obligaciones fiscales, no se tramite de oficio ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, por considerar que tal procedimiento afecta el patrimonio de los contribuyentes.

1. Eliminar la compensación de contribuciones de oficio, procediendo excepcionalmente cuando el contribuyente quiera compensar un saldo a favor.

2. Evitar que la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico lleve acabo el procedimiento de compensación de oficio debido a que con ello se violan los principios de legalidad y seguridad jurídica de los contribuyentes contemplados en la Constitución.

6

Con proyecto de decreto por la que se abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación.

(Abrogar la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación por considerar que el combustible empleado para aeronaves que regula dicha Ley no se administra mas a las actuales aeronaves, así como por la determinación que los subsidios para empresas de aviación son inoperantes, por no existir una partida presupuestal destinada a cubrir dichos subsidios).

Diputado

Francisco Agustín Arroyo Vieyra

(PRI)

En una solo intervención presentó las 5 iniciativas

a) Se instruyó la publicación integra en el Diario de los Debates, de ésta y las siguientes iniciativas.

b) Se turnó a la Comisión de Hacienda Y Crédito Público.

 

Abrogar la Ley de subsidios para empresas de aviación por considerar que el combustible empleado para aeronaves que regula dicha Ley no se administra mas a las actuales aeronaves, así como determinar que los subsidios para empresas de aviación son inoperantes, por no existir una partida presupuestal destinada a cubrir dichos subsidios.

Dejar insubsistente la Ley de subsidios para Empresas de Aviación por considerar que el combustible empleado para aeronaves que regula dicha Ley no se administra mas a las actuales aeronaves, así como determinar que los subsidios para empresas de aviación son inoperantes, por no existir una partida presupuestal destinada a cubrir dichos subsidios.

7

Con proyecto de decreto por la que se abroga la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.

(Abrogar la Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como servidores del Estado por considerar que cronológicamente es imposible que dichos ciudadanos participantes en la Revolución Mexicana sobreviven al día de hoy).

Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

 

Abrogar la Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como servidores del Estado por considerar que cronológicamente es imposible que dichos ciudadanos participantes en la Revolución Mexicana sobreviven al día de hoy.

Dejar sin vigencia la ley a favor de los veteranos de la Revolución como servidores del Estado por considerar que cronológicamente es imposible que dichos ciudadanos en la Revolución Mexicana sobrevivan al día de hoy.

8

Con proyecto de decreto por la que se abroga la Ley para Conservar la Neutralidad del País.

(Abrogar la Ley para Conservar la Neutralidad del país por considerar que el carácter de neutralidad del Estado mexicano carece de vigencia en la actualidad).

Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

 

Abrogar la Ley para conservar la Neutralidad del país por considerar que el carácter de neutralidad del Estado mexicano carece de vigencia en la actualidad

Dejar insubsistente la Ley para conservar la Neutralidad del país por considerar que el carácter de Neutralidad del Estado Mexicano carece de vigencia en la actualidad.

9

Con proyecto de decreto por la que se abroga la Ley sobre Construcción de Cercas en Predios no Edificados.

(Abrogar la ley sobre Construcción de Cercas en Predios no Edificados, dado que la finalidad de dicha Ley era actualizar las tarifas establecidas en la ley original sobre construcción de cercas en predios no edificados respecto del pago de derechos por metro lineal de las cercas construidas).

Se turnó a la Comisión de Desarrollo Social.

 

Abrogar la Ley sobre Construcción de Cercas en Predios no Edificados, dado que la finalidad de dicha Ley era actualizar las tarifas establecidas en la ley original sobre construcción de cercas en predios no edificados respecto del pago de derechos por metro lineal de las cercas construidas.

Dejar sin vigencia la Ley sobre Construcción de Cercas en Predios no Edificados, dado que la finalidad de dicha Ley era actualizar las tarifas establecidas en la ley original sobre construcción de cercas en predios no edificados respecto del pago de derechos por metro lineal de las cercas construidas.

10

Con proyecto de decreto por la que se abroga la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo.

(Abrogar la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo por considerar que las razones y objetivos por los cuales fue creada no son vigentes en la actualidad).

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

 

Abrogar la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo por considerar que las razones y objetivos por los cuales fue creada no son vigentes en la actualidad.

Dejar insubsistente la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo por considerar que las razones y objetivos por los cuales fue creada no son vigentes en la actualidad, dado que dicha Ley fungía como instrumento que permitía la adjudicación de bienes de países considerados como enemigos para nuestro país.

3. OFICIOS DE LA CÁMARA DE SENADORES 5. MINUTAS