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2° Período Ordinario de Sesiones del 3er Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Marzo 25, 2003 |
7. INICIATIVAS
No.
Iniciativa
Origen
Turno o Trámite
Materia
Propuesta
1
Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2-A y 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y se deroga el artículo vigésimo quinto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003.
(Aplicar la tasa de 0% del IVA a la venta de revistas que editen los propios contribuyentes).
Senador
Adalberto Arturo Madero Quiroga
(PAN)
Se turnó a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.
Fiscal-
Presupuestaria/
Tasa 0% del IVA a Revistas
Aplicar la tasa de 0% del Impuesto al Valor Agregado a la venta de revistas que editen los propios contribuyentes:
Deroga al mismo tiempo, la disposición del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, que establece un subsidio por concepto del IVA a los contribuyentes que en el país editen o importen revistas dedicadas a la cultura, al análisis y seguimiento de la vida nacional en materia política, económica y social, así como a la investigación científica y tecnológica.
2
Con proyecto de Ley del Servicio Aduanero Mexicano.
(Sustituir a la actual Administración General de Aduanas, dependiente del Servicio de Administración Tributaria, por un nuevo organismo descentralizado denominado Servicio Aduanero Mexicano).
Diputado
Omar Fayad Meneses
(PRI)
a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Aduanera/
Servicio Aduanero Mexicano
Expedir una nueva Ley que regule la organización y funcionamiento del Servicio Aduanero Mexicano:
1. Sustituye a la actual Administración General de Aduanas, dependiente del Servicio de Administración Tributaria, por un nuevo organismo denominado Servicio Aduanero Mexicano (SAM).
2. Otorga al Servicio Aduanero Mexicano el carácter de órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envestido de autoridad fiscal y aduanera, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
3. Integra el Servicio Aduanero con:
a) La Junta de Gobierno, encabezada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y con representación del SAT, de la SRE, la SCT y un representante del sector industrial y comercial del país.
b) El Jefe del Servicio Aduanero Mexicano, nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.
c) Las Unidades Administrativas Centrales que establezca su Reglamento.
4. Crea el Instituto Aduanero de Carrera, dirigido por un Secretario Ejecutivo, encargado del servicio civil de carrera del Servicio Aduanero Mexicano.
5. Faculta al SAM para operar, conjuntamente con las instancias federales de seguridad, un sistema de información para prevenir la delincuencia organizada en las aduanas.
3
Con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de suprimir la aprobación de la Asamblea Ejidal al momento de otorgar el dominio pleno sobre tierras-parcelas.
Diputado
Francisco Javier Flores Chávez
(PAN)
a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Constitucional/
Ejidal
Eliminar el requisito constitucional de aprobación por parte de la Asamblea Ejidal, para otorgar al ejidatario el dominio sobre su parcela:
Establecer a nivel constitucional que la Ley garantizará al ejidatario "adoptar de manera libre y voluntaria el dominio pleno sobre su parcela".
4
Con proyecto de Ley de Profesiones, Reglamentaria del Artículo 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal en asuntos de Orden Común y en toda la República en asuntos del Orden Federal.
(Expedir una nueva Ley que regula la organización y el ejercicio de las profesiones en la República Mexicana).
Diputado
Eduardo Abraham Leines Barrera
(PRI)
A nombre propio, del Dip. Eduardo Andrade Sánchez (PRI) y Legisladores del Grupo Parlamentario del PRI.
a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Educativa/
Ejercicio de las Profesiones
Expedir una nueva Ley que regule la organización y el ejercicio de las profesiones en la República Mexicana:
1. Mantiene a la Secretaría de Educación Pública y a la Dirección General de Profesiones como autoridades rectoras en materia de profesiones.
2. Fortalece la figura de Colegios de Profesionistas como asociaciones civiles constituidas por rama profesional, con personalidad jurídica y normatividad estatutaria propia.
3. Crea Comisiones Técnicas como órganos de consulta de la Dirección General de Profesiones.
4. Constituye una Federación de Colegios para agrupar a los colegios de una misma profesión y una Federación General que conjunte a los colegios y federaciones de todas las disciplinas.
5. Reúne los procedimientos de Acreditación y Certificación en un sólo Consejo para cada profesión.
6. Constituye un Consejo Nacional de Acreditación y Certificación, como órgano colegiado para alcanzar acuerdos generales relativos a los procesos de acreditación y certificación que realicen los colegios respectivos.
7. Otorga mayores facultades a los profesionistas colegiados en la planeación en la materia.
8. Abroga la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, publicada el 26 de mayo de 1945, y su Reglamento.
5
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de veto presidencial.
(Precisar la figura de veto parcial por parte del Ejecutivo Federal; y sustituir el requisito de mayoría calificada por el voto de mayoría absoluta, para que el Congreso de la Unión pueda aprobar las observaciones que el Presidente de la República haga a un Proyecto de Ley o Decreto).
Diputado
Narciso Alberto Amador Leal
(PRI)A nombre propio y de diputados del Estado de Puebla del Grupo Parlamentario del PRI.
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Constitucional/
Veto Presidencial
Precisar la figura de veto parcial por parte del Ejecutivo Federal, y sustituir el requisito de mayoría calificada por el voto de mayoría absoluta, para que el Congreso de la Unión pueda aprobar las observaciones que el Presidente de la República haga a un Proyecto de Ley o Decreto:
1. Hace explícita la figura de "veto parcial" a cargo del Poder Ejecutivo Federal, precisando que dicho veto "hará observaciones únicamente a algunos parágrafos, numerales o incisos del Proyecto. Las partes no observadas de los proyectos vetados parcialmente podrán ser aprobadas y publicadas por el Poder Ejecutivo en caso de que posean autonomía normativa y si su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del Proyecto sancionado por el Congreso".
2. Establece que las Cámaras del Congreso de la Unión deberán aprobar "por la mayoría de los votos de los miembros que integran dicha Cámara" las observaciones a los proyectos de Ley o Decreto desechados en todo o en parte por el Ejecutivo Federal.
6
Con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
(Regular los procedimientos para la realización de trasplantes).
Diputada
Adela del Carmen Graniel Campos
(PRD)
Se turnó a la Comisión de Salud.
Salud/
Transplantes
Regular los procedimientos para la realización de trasplantes:
1. Permite la realización de un transplante entre personas que no sean familiares.
2. Garantiza que la persona pueda revocar su deseo de donar, en cualquier momento.
3. Considera como causales independientes de pérdida de vida del donante, la muerte cerebral o el paro cardiaco irreversible.
4. Posibilita que con el consentimiento de los familiares, se pueda prescindir de los medios artificiales que evitan que en una persona que presenta muerte cerebral comprobada se manifieste el paro cardiaco.
5. Precisa la definición de "cadáver".
7
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 121 de la Ley Aduanera.
(Implementar el esquema de "tiendas libres de impuestos" en los puntos de entrada para pasajeros procedentes de vuelos internacionales).
Diputado
Omar Fayad Meneses
(PRI)
A nombre propio y del Grupo de Trabajo en materia Aduanera de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Aduanera/
Tiendas Libres de Impuestos
Implementar el esquema de "tiendas libres de impuestos" en los puntos de entrada para pasajeros procedentes de vuelos internacionales:
1. Permite que los pasajeros de vuelos internacionales que ingresen a territorio nacional puedan comprar mercancías no sujetas al pago del Impuesto al Comercio Exterior y de cuotas compensatorias.
2. Limita la compra de mercancías libres de impuestos a 300 dólares, esto es al monto a que tiene derecho a introducir al territorio nacional cada pasajero nacional y extranjero.