Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

2° Período Ordinario de Sesiones del 3er Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Abril 08, 2003

10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

Intervenciones

Estadística

1

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso al C. Alejandro Reyes Silvestre para aceptar y usar la Medalla de la Orden de Río Branco que le confiere el Presidente de la República Federativa del Brasil.

     Proceso Legislativo:

     Solicitud de particular presentada el 1º de abril de 2003.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

    Se concede permiso al C. Alejandro Reyes Silvestre para aceptar y usar la Medalla de la Orden de Río Branco que le confiere el Presidente de la República Federativa del Brasil.

     a) En votación económica se les dispensó la segunda lectura a éste y los siguientes dictámenes a discusión que conceden permisos.

     b) Se reservó para su votación nominal en conjunto.

No hubo No hubo

2

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso al C. Adalberto Javier Ramones Martínez para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado en grado de Comendador, que le confiere el Gobierno de la República de El Salvador.

     Proceso Legislativo:

     1. Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en el Senado de la República el 20 de marzo de 2003.

     2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores, por 83 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones, el 1º de abril de 2003.

     3. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 3 de abril de 2003.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

     Se concede permiso al C. Adalberto Javier Ramones Martínez para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado en grado de Comendador, que le confiere el Gobierno de la República de El Salvador.

Se reservó para su votación nominal en conjunto.

No hubo No hubo

3

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso al C. Alexander Richards Young, para desempeñar el cargo de Agente Consular de los Estados Unidos de América, en Acapulco, con circunscripción consular en el Estado de Guerrero.

     Proceso Legislativo:

     Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 4 de diciembre de 2001.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

     Se concede permiso al C. Alexander Richards Young, para desempeñar el cargo de Agente Consular de los Estados Unidos de América, en Acapulco, con circunscripción consular en el Estado de Guerrero.

Se reservó para su votación nominal en conjunto.

No hubo No hubo

4

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso a la C. Anne Rosenstein Harris, para desempeñar el cargo de Agente Consular de los Estados Unidos de América, en Cozumel, con circunscripción consular en el Estado de Quintana Roo.

      Proceso Legislativo:

     1. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 4 de diciembre de 2001.

     2. Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en la Comisión Permanente el 23 de enero de 2002.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

     Se concede permiso a la C. Anne Rosenstein Harris, para desempeñar el cargo de Agente Consular de los Estados Unidos de América, en Cozumel, con circunscripción consular en el Estado de Quintana Roo.

Se reservó para su votación nominal en conjunto.

No hubo No hubo

5

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso a los CC. Óscar Rafael Pintos Franzone, Daniel Humberto Maya Guerrero y Claudia Fernanda Trejo Angulo, para prestar servicios en el Consulado de Canadá en Acapulco, Guerrero, y en la Embajada de Canadá en México.

     Proceso Legislativo:

     Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 1º de abril de 2003.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivos:

     1. Se concede permiso al C. Óscar Rafael Pintos Franzone para prestar servicios como Asistente Consular en el Consulado de Canadá en Acapulco, Guerrero.

     2. Se concede permiso al C. Daniel Humberto Maya Guerrero para prestar servicios como Chofer Mensajero en la Embajada de Canadá en México.

     3. Se concede permiso a la C. Claudia Fernanda Trejo Angulo para prestar servicios como Asistente Comercial en la Embajada de Canadá en México.

Se reservó para su votación nominal en conjunto.

No hubo No hubo

6

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso a los CC. Nuria Iveth Sauer Calvo y Víctor Hugo Espinosa Ahedo para que puedan prestar servicios como Oficial de Visas y como Auditor Interno, respectivamente, en la Embajada de Australia en México.

     Proceso Legislativo:

     1. Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado en el Senado de la República el 20 de marzo de 2003.

     2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores, por 83 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones, el 1º de abril de 2003.

3. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 3 de abril de 2003.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

     Se concede permiso a los CC. mexicanos Nuria Iveth Sauer Calvo y Víctor Hugo Espinosa Ahedo para que puedan prestar sus servicios como Oficial de Visas y como Auditor Interno, respectivamente, en la Embajada de Australia en México.

     a) Se reservó para su votación nominal en conjunto.

     b) Aprobados, éste y los anteriores dictámenes a discusión que conceden permisos, en votación nominal por 397 votos en pro, 0 en contra y 4 abstenciones.

     c) Los dictámenes primero y quinto se turnaron a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

     d) Los dictámenes segundo, tercero, cuarto y sexto se turnaron al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

No hubo No hubo
No hubo

7

Comisión de Salud

     Con proyecto de decreto que adiciona los artículos 17 bis, 17 bis 1, 17 bis 2 y reforma los artículos 313, fracción I y 340, a la Ley General de Salud. (Incorporar en la Ley General de Salud a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; y ampliar las facultades de control de dicho organismo).

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por el Dip. José Francisco Yunes Zorrilla (PRI), a nombre propio y de los diputados Eduardo Abraham Leines Barrera y José Socorro Velázquez Hernández del Grupo Parlamentario del PRI, el 3 de julio de 2002.

     Materia: Salud/ Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

     Propuesta:

     Incorporar en la Ley General de Salud a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; y ampliar las facultades de control de dicho organismo:

     1. Establece en la Ley General de Salud la naturaleza de órgano desconcentrado y las atribuciones de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

     2. Amplía las facultades de la Comisión en materia de:

     a) Control sanitario de las donaciones y trasplantes de órganos, tejidos y células de seres humanos.

     b) Control sanitario de la disposición de sangre.

     a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

      c) Aprobado en lo general y en lo particular con las modificaciones propuestas por la Comisión al artículo 17 bis, en votación nominal, por 399 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

     d) Se turnó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen y presentar modificaciones a nombre de la Comisión:

Dip. Eduardo Abraham Leines Barrera
(PRI)

PRI           1

 

 

Subtotal: 1

8

Comisión de Salud

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 260 de la Ley General de Salud, con relación a los responsables sanitarios en farmacias y boticas. (Precisar quiénes pueden ser responsables sanitarios en las farmacias y boticas que expenden estupefacientes o psicotrópicos).

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por el Dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoletto (PAN) el 5 de diciembre de 2002.

     Materia: Salud/Responsable Sanitario.

     Propuesta:

     Precisar quiénes pueden ser responsables sanitarios en las farmacias y boticas que expenden estupefacientes o psicotrópicos:

     1. Estipula que las farmacias y boticas que expendan medicamentos que contengan estupefacientes o substancias psicotrópicas requieren dar aviso de responsable.

     2. Contempla que dicho responsable podrá ser un farmacéutico, químico farmacéutico, químico farmacéutico industrial, un químico industrial, un médico así como cualquier profesional cuya carrera se encuentre relacionada con la farmacia.

     a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

     c) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 396 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

     d) Se turnó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión:

Dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoletto (PAN)

PAN 1
 

Subtotal: 1

9

Comisión de Salud

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 258 de la Ley General de Salud, en lo referente a la Farmacopea Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. (Obligar a los establecimientos encargados de la elaboración y venta de medicamentos a "cumplir" con lo establecido en Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos).

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por el Dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoletto (PAN), a nombre propio y de la Dip. María Eugenia Galván Antillón (PAN), el 12 de noviembre de 2002.

     Materia: Salud/Farmacopea.

     Propuesta:

     Obligar a los establecimientos encargados de la elaboración y venta de medicamentos a "cumplir" con lo establecido en Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos:

     1. Ordena que las fábricas, laboratorios y boticas de medicamentos o productos biológicos para uso humano, y que estén dedicados "a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado y manipulación de medicamentos que contengan estupefacientes y psicotrópicos; vacunas; toxoides; sueros y antitoxinas de origen animal, y hemoderivados", deben "cumplir con lo establecido en la última edición de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos oficiales elaborados por la propia Secretaría".

     2. Obliga a los establecimientos distintos a los anteriores a "cumplir con lo establecido en los suplementos de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos relativos a la venta y suministro de medicamentos".

     a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

     c) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 396 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

     d) Se turnó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión:

Dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoletto
(PAN)

PAN        1

 

 

 

Subtotal: 1

 

10

Comisión de Justicia y Derechos Humanos

     Con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Eliminar el reenvío de sentencias; obligar al órgano jurisdiccional a resolver todas las violaciones procesales o formales; y precisar los efectos para los que se concede el amparo, -en los casos de amparo por vicios de procedimiento-; así como crear la figura de "amparo adhesivo" en el caso de amparo directo).

     Proceso Legislativo:

     Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Pérez Noriega (PAN), a nombre propio, de diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y del Dip. José Manuel del Río Virgen (CDPPN), el 27 de marzo de 2003.

    Materia: Judicial/Amparo.

    Propuesta:

     Eliminar el reenvío de sentencias; obligar al órgano jurisdiccional a resolver todas las violaciones procesales o formales; y precisar los efectos para los que se concede el amparo, -en los casos de amparo por vicios de procedimiento-; así como crear la figura de "amparo adhesivo" en el caso de amparo directo:

     1. Señala la obligación de los Tribunales Colegiados de Circuito para que en los juicios de amparo que versen sobre vicios de ilegalidad cometidos en la sentencia o en el laudo definitivos, una vez que haya declarado fundados los conceptos de violación que se hayan formulado en la demanda de garantías, deberán dictar la ejecutoria pertinente "en la que deberá establecer los términos precisos en los que quede la sentencia o laudo reclamados, sin ordenar reenvío alguno al tribunal responsable".

     2. Prevé que las sentencias que se dicten en los juicios de amparo deberán contener "el examen integral de los conceptos de violación o de los agravios, analizando y decidiendo respecto de todas las violaciones procesales o formales hechas valer en la demanda, o las que, cuando proceda, se adviertan en suplencia de la queja".

     3. Contempla que cuando el amparo se conceda por vicios en el procedimiento "deberán precisarse en el último considerando de la sentencia, los efectos para los que se concede el amparo, para su estricto cumplimiento".

     4. Crea la figura de "amparo adhesivo" en los casos de amparo directo, con el propósito de que la parte que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, esté legitimada para promover dicha figura "dentro del plazo de quince días siguientes a partir de la fecha en que se corra traslado de la demanda principal, el cual se tramitará en el mismo expediente; su presentación y tramite se regirá, en lo conducente, por lo dispuesto para el amparo principal, y seguirá la misma suerte procesal".

     a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

     c) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 376 votos en pro, 12 en contra y 9 abstenciones.

     d) Se turnó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión:

Dip. José Elías Romero Apis
(PRI)

Para hablar en pro del dictamen:

Dip. José Manuel del Río Virgen
(CDPPN)

Para hablar en contra del dictamen:

Dip. Norma Patricia Riojas Santana
(PSN)

PRI 1
PSN 1
CDPPN 1

 

 

 

 

Subtotal: 3

11

Comisión de Energía

      Con relación a la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan las fracciones I, II y III del artículo 3 de la Ley del Sistema Horario en los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo único, fracción I, del Decreto que establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos. (Proyecto de decreto, en materia del horario estacional para el Estado de Durango, desechado en su totalidad en la Cámara de Diputados y devuelto al Senado de la República para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en el Senado de la República por el Sen. Adrián Alanís Quiñones (PRI), el 15 de marzo de 2002, a nombre de senadores integrantes de diversos grupos parlamentarios.

     2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 25 de marzo de 2002.

     3. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 26 de marzo de 2002.

     4. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     Materia: Metrología/ Horario Estacional para el Estado de Durango.

      Propuesta:

     La Cámara de Diputados desecha en su totalidad la minuta del Senado de la República, que pretende mantener al Estado de Durango en la ubicación de 90º, en lo relativo a los husos horarios para la aplicación del horario de verano, y no en la zona de 75º establecida actualmente en la Ley, con el propósito de no afectar la actividad económica, social, comercial, educativa y cultural de la entidad.

     a) En votación económica se autorizó dar lectura exclusivamente a los resolutivos del dictamen.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido.

     c) Aprobado en votación económica.

     d) Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional..

No hubo No hubo

9. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

11. EXCITATIVAS