Secretaría General |
Datos Relevantes de la Sesión |
1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Diciembre 05, 2002. |
6. MINUTAS
No.
Minuta
Turno o Trámite
1
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria. (Modificaciones para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
Proceso Legislativo:
1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados:
a) Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales (Ley del Servicio de Administración Tributaria), presentada por el Ejecutivo Federal el 5 de abril de 2001.
b) Con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, presentada por el Dip. Martí Batres Guadarrama (PRD), el 18 de julio de 2001.
c) Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, presentada por el Dip. Jorge Alejandro Chávez Presa (PRI), el 29 de abril de 2002.
2. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados, por 405 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención, el 12 de noviembre de 2002.
3. Minuta presentada en la Cámara de Senadores el 14 de noviembre de 2002.
4. Dictamen aprobado con modificaciones (desechado en parte) en el Senado de la República, por 84 votos en pro y 0 en contra, el 28 de noviembre de 2002.
5. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Materia: Tributaria/SAT.
Modificaciones de la Cámara de Senadores:
1. Precisar que cuando la Ley haga referencia a contribuciones, se entenderán comprendidos los aprovechamientos federales.
2. Facultar al SAT para que, cuando sea necesario, pueda solicitar el auxilio de la fuerza pública federal.
3. Especificar que el pago en especie mediante la entrega de obras plásticas que pueden efectuar los autores, se realiza respecto de "contribuciones" y no solamente de "impuestos", toda vez que dicho concepto es más amplio.
4. Establecer la obligación del SAT de llevar un registro de público pormenorizado de las audiencias con contribuyentes, a fin de hacer valer al particular su garantía de audiencia en un marco de legalidad que evite la corrupción al interior del SAT.
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
2
Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, del Código de Comercio, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley del Mercado de Valores, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. (Establecer un marco jurídico seguro que facilite el otorgamiento del crédito y garantice el funcionamiento adecuado de los fideicomisos).
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal, el 22 de mayo de 2002.
2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 83 votos en pro y 6 en contra, el 3 de diciembre de 2002.
Materia: Financiera/Fideicomisos.
Propuesta:
Establecer un marco jurídico seguro que facilite el otorgamiento del crédito y garantice el funcionamiento adecuado de los fideicomisos: Propone:
1. Redactar de manera más clara y precisa, los conceptos de garantía, fideicomiso de garantía y fideicomisario.
2. Ajustar los procedimientos relativos al fideicomiso de garantía, con el objeto de revitalizar su uso en condiciones más accesibles para los deudores y de mayor seguridad jurídica para los fiduciarios y acreedores.
3. Autorizar a algunos intermediarios financieros a celebrar fideicomisos en lo general y fideicomisos de garantías, destacando las normas que se aplicarán a las casas de bolsa y aseguradoras.
4. Incluir prohibiciones en materia del fideicomiso, de acuerdo con el intermediario financiero de que se trate.
5. Sancionar con la suspensión de actividades a la institución de seguros o fianzas que al constituir fideicomisos no observe las reglas que emita el Banco de México.
6. Fortalecer otro tipo de garantías como lo son los créditos refaccionarios y de habilitación o avío, las hipotecas y la caución bursátil, así como la figura del arrendamiento financiero.
7. Promover una impartición de justicia más expedita en materia mercantil.
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
3
Con proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional para Establecer Zona de Restauración Ecológica y de Reserva de Aguas a la Región Lerma-Santiago-Pacífico. (Expedir la Ley para restaurar el equilibrio ecológico y la protección, conservación y el uso sustentable de las aguas superficiales y subterráneas de la Región Lerma-Santiago-Pacífico).
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Omar Raymundo Gómez Flores (PRI), a nombre Subcomisión de Recursos Hidráulicos, denominada Lerma-Santiago-Pacífico, el 11 de abril de 2002.
2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 60 votos en pro, 40 en contra y 1 abstención, el 3 de diciembre de 2002.
Materia: Recursos Naturales/ Región Lerma-Santiago-Pacífico.
Propuesta:
Expedir la Ley para restaurar el equilibrio ecológico y la protección, conservación y el uso sustentable de las aguas superficiales y subterráneas de la Región Lerma-Santiago-Pacífico, dentro de la cual queda comprendido el Lago de Chapala, de conformidad con las siguientes bases:
1. Se establecen como zonas de restauración ecológica y de reserva de aguas, por causa de utilidad pública, las superficies comprendidas dentro del polígono de la Región Lerma-Santiago-Pacífico.
2. Se faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para aplicar y vigilar el cumplimiento de la presente Ley.
3. Se señalan los requisitos que deben contener los programas de restauración ecológica y de reserva de agua elaborados por la Semarnat.
4. Establece que el financiamiento se hará con cargo a los siguientes recursos: del Presupuesto de Egresos de la Federación y los que los estados y municipios asignen para los fines que esta Ley dispone; con el producto de los préstamos internos o externos que el Ejecutivo Federal contrate de acuerdo con la Ley y con las donaciones de personas físicas o morales para efecto de las acciones de sustentabilidad de la cuenca.
Se turnó a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos.
4
Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior. (Garantizar la defensa de los diferentes sectores productivos que participan en el comercio exterior y que se vean afectados por prácticas desleales de comercio).
Proceso Legislativo:
1. Iniciativas presentada en la Cámara de Senadores:
a) Con proyecto de decreto por el que se adiciona las fracciones VII y VIII del artículo 4 de la Ley de Comercio Exterior, presentada por el Sen. Joaquín Montaño Yamuni (PAN), el 29 de noviembre de 2001.
b) Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior, presentada por el Sen. Fidel Herrera Beltrán (PRI), el 31 de octubre de 2002.
c) Con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Comercio Exterior, presentada por el Sen. Joaquín Montaño Yamuni (PAN), el 7 de noviembre de 2002.
2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 105 votos en pro y 0 en contra, el 3 de diciembre de 2002.
Materia: Comercio Exterior/Prácticas Desleales de Comercio.
Propuesta:
Garantizar la defensa de los diferentes sectores productivos que participan en el comercio exterior y que se vean afectados por prácticas desleales de comercio:
1. Fortalecer al Ejecutivo Federal, a través de las Secretaría de Economía, para resolver los conflictos que le son planteados como producto del intercambio comercial con otros países, particularmente en la defensa de los sectores productivos, como el agropecuario, que han sido afectados seriamente por el libre comercio.
2. Permitir que los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda, se inicien de oficio en circunstancias especiales cuando la Secretaría de Economía tenga pruebas suficientes de la discriminación de precios o de subvenciones; pudiendo ser a solicitud de parte.
3. Asegurar la defensa de nuestra producción ante prácticas desleales realizadas por economías centralmente planificadas.
4. Buscar que la promoción de exportaciones tenga como objetivo incrementar la participación de los productos y servicios mexicanos en los mercados internacionales, mediante la resolución "a la brevedad" de los problemas que enfrentan las empresas para concurrir a los mercados internacionales.
Se turnó a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.