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CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE YDEL TEXTO QUE SE PROPONE
INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES(PAN)
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 31.
La Junta de Coordinación Política expresa la pluralidad de la Cámara, en ella concurren la representación institucional de la Mesa Directiva y la expresión política de los Grupos Parlamentarios para impulsar entendimientos, convergencias y para alcanzar acuerdos que permitan el cumplimiento de las facultades que la Constitución asigna a las Cámaras.
Artículo 33.
1. La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
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