Influidas
por los ideales liberales y aprovechando la situación
de España en 1808, tras la invasión napoleónica
y la abdicación del rey, algunas de las colonias
trataron de definir su situación política, al
no reconocer la autoridad de José 1, hermano de
Napoléon, quien ocupaba el trono en lugar de Fernando
VII. En la Nueva España se designó una Junta Suprema
de México, con el virrey a la cabeza, lo cual
representó el primer paso para la emancipación
política, sin lograr tener éxito. Este intento
por alcanzar la soberanía dejó una profunda huella.
Con el tiempo, nuevas oportunidades se presentarían
para manifestar el descontento.
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El
documento emanado de ese ejercicio legislativo,
fue la Constitución de Cádiz, de 1812, cuya vigencia
sería breve. La vuelta al absolutismo, con el
retorno de Fernando VII al trono español, en 1814,
implicó la cancelación temporal de este esfuerzo
liberal: abolió la Constitución, disolvió las
Cortes e inclusive se encarceló a diputados. Cádiz
significó sólo un aspecto del ansia de libertad
que prevalecía en los territorios hispanoamericanos.
La Nueva España había elegido otra vía para lograr
las condiciones de igualdad. El 16 de septiembre
de 1810, encabezados por el cura Miguel Hidalgo,
los americanos despertaron a la lucha por la independencia;
fue entonces también cuando las posibilidades
de una nueva nación comenzarían a surgir. A lo
largo de once años de lucha se mostró el anhelo
de liberación de los novohispanos. No en vano,
el caudillo Hidalgo había abolido la esclavitud
y posteriormente José María Morelos dictó la supresión
de las castas, el pago de gabelas, y la repartición
de tierras a los indios.
Después
de la muerte de los primeros caudillos, el movimiento
se encaminó hacia dos posiciones: la militar y
la política. En agosto de 1811, en Zitácuaro se
constituyó la Junta Nacional Americana, depositaria
de la autoridad y encabezada por Ignacio López
Rayón, José Sixtos Verduzco y José María Liceaga.
En
1813, José María Morelos y Pavón consideró necesario
crear un cuerpo representativo, investido de autoridad
y del que emanara la voluntad nacional. En septiembre
se iniciaron los trabajos del Congreso de Chilpancingo;
los representantes designados a participar en
este primer esfuerzo legislativo nacional fueron
letrados, eclesiásticos y abogados. Se inauguró
con un discurso leído por Morelos, los Sentimientos
de la Nación, en el que se expresaban las disposiciones
de orden político, económico y social que deberían
considerarse en la futura legislación nacional.
La
realización de este congreso puso de manifiesto
la capacidad de la nación para gobernarse a sí
misma, para dictar sus propias leyes. Entre los
23 puntos contemplados por Morelos destacaron,
por su trascendencia, la declaración de la independencia;
la preservación de la religión católica; el ejercicio
de la soberanía; la división de los Poderes en
Ejecutivo, Legislativo y Judicial; el otorgamiento
de los empleos para los americanos; la condena
a los gobiernos tiránicos; la capacidad del Congreso
para hacer las leyes; el ataque a los cuerpos
privilegiados; la proscripción de la esclavitud
y la distinción de castas.
El
6 de noviembre de 1813, por medio del Acta de
Independencia de la América Septentrional, dada
en el Palacio Nacional de Chilpancingo y firmada
por Andrés Quintana Roo, Ignacio Rayón, José Manuel
de Herrera, Carlos María Bustamante, José Sixto
Verduzco, José María Liceaga y Cornelio Ortiz
de Zárate, se planteó formalmente la separación
de España y la posibilidad de los novohispanos
de gobernarse a sí mismos.
Un
año más tarde, vio la luz el primer esbozo de
constitución mexicana, la de Apatzingán, que recibió
el nombre del sitio donde se sancionó el 22 de
octubre de 1814. En él se estableció que la América
Mexicana era libre, que la soberanía residía en
el pueblo y su ejercicio en la representación
nacional, que eran mexicanos todos los nacidos
en América; que su religión única sería la católica,
apostólica y romana; que el Poder se dividiría
en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El legislativo
estaría representado en una sola Cámara de Diputados.
Los ideales consagrados en este documento consignaban
ya la emancipación total de España y otorgaban
a los habitantes la libertad necesaria para ilustrarse,
trabajar y progresar sin restricción alguna. De
acuerdo con su contenido se llevó a cabo la elección
de tres miembros que debían ejercer el Poder Ejecutivo,
el cual recayó en un triunvirato formado por José
María Liceaga, José María Morelos y José María
Cos.
A
partir de 1815 el movimiento independentista entró
en una fase diferente. Morelos fue hecho prisionero
y fusilado; el congreso cayó en un franco desorden,
provocado por la ambición de poder y los intereses
particulares surgidos entre sus dirigentes, y
ningún caudillo, llegó a tener la importancia
de sus predecesores. Hacia 1816 la lucha insurgente
prácticamente había terminado. Para la autoridad
virreinal se cerró una etapa de la guerra a pesar
de la llegada del español Xavier Mina y las guerrillas
emprendidas por Guadalupe Victoria y Vicente Guerrero.
En
1820, con la restauración de la Constitución liberal
de Cádiz de 1812, se restableció la monarquía
constitucional lo cual trajo consigo nuevas restricciones
al rey y redujo el poder de la Iglesia, posibilitó
la colonización extranjera en territorios hispanoamericanos
y liberalizó el comercio.
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Agustín
de Iturbide, del bando realista, fue considerado
como el personaje idóneo para acercarse al caudillo
insurgente Vicente Guerrero y plantear la emancipación
como la vía ideal para contrarrestar el constitucionalismo
liberal hispano. Iturbide y Guerrero se entrevistaron
y acordaron, en el Plan de Iguala, la independencia
bajo la forma de un gobierno monárquico constitucional
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Resuelta
la situación en la Nueva España había que tratar
lo relativo a la metrópoli. La llegada de Juan
O'Donojú, capitán general y jefe político superior,
favoreció el entendimiento. Con los Tratados de
Córdoba se dio término a la guerra y, a la vez,
se permitió la subsistencia de la monarquía, al
frente de la cual estaría un miembro de la Casa
Borbón, en la otrora colonia española.
Los
Sentimientos de la Nación consigna las disposiciones
de orden político, económico y social que deberán
considerarse en la futura legislación.
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