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Desde inicios
del XVI, se habían dictado innumerables leyes casuísticas
y variables para satisfacer las necesidades del gobierno,
como las propias de la vida económica y social . Llegó
un momento en que surgió un desorden legislativo por
la complejidad y número de leyes, ya difíciles de aplicar
y conocer. De esta manera hubo que rescatarlas y ordenarlas.
El interés
de los Habsburgo por reunir las disposiciones legales,
hechas para América, generó la publicación de una obra
en España: la Recopilación de las leyes de los Reinos
de Indias (1681), compendio de carácter oficial, que
contuvo el derecho vigente de aquel momento y que rescataba
casi por completo su formulación original. Más de un
siglo llevó su proceso de creación y correspondió a
Carlos II (El Hechizado), último rey de aquella dinastía,
promulgarla.
La Recopilación
de las Leyes reunió las pragmáticas y cédulas reales,
los autos acordados, las ordenanzas, así como cualquier
otra fuente legal, con registros de quiénes las habían
puesto en vigor y cuándo se originaron; constituyó así
un cuerpo legal del conjunto de disposiciones legislativas
reunidas.
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