Subcomisión
de Evaluación y Seguimiento de Programas
Calendario
de Actividades de Subcomisiones de Trabajo
Coordinador: Diputado Aarón Irizar López
Tiene como objetivo establecer los mecanismos que permitan a la Comisión
evaluar y dar seguimiento a la operación de los programas de la Secretaría
de Desarrollo Social, así como a la aplicación de recursos destinados
a dichos programas y que fueron aprobados en el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación.
P
R O G R A M A
1. OPINION SOBRE INDICADORES DE EVALUACIÓN Y DE
GESTIÓN ASÍ COMO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS.
a) La Comisión
dará su opinión a la Secretaría de Desarrollo Social sobre los Indicadores
de Evaluación y de gestión de los programas, con el fin de procurar
el mejor desarrollo de los programas y para evaluar el logro de los
objetivos de cada uno de ellos en el combate a la pobreza.
b) El Decreto del Presupuesto de Egresos para el año 2001 establece
en el artículo 70 párrafo 6 "…Las Comisiones Legislativas de la Cámara
podrán emitir opinión con respecto de los indicadores de evaluación
y de gestión de los programas, enviando dicha opinión a las dependencias
correspondientes ……" lo que es fundamento para opinar y participar en
la elaboración de los Indicadores de Evaluación.
c) En cuanto a las Reglas de Operación, no obstante que no se
establece la participación de la Comisión en el Decreto, ésta solicitará
ante la Secretaría, el participar con su punto de vista. Esto en base
a el artículo 45 numeral 6 inciso g) de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: "Las comisiones
tendrán las siguiente tareas……….g) Realizar las actividades que se derivan
de esta Ley, de los ordenamientos aplicables, …..y los que adopten por
sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia."
2. ANÁLISIS Y OPINIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.
a) La Comisión
formulará una opinión sobre el Plan Nacional de Desarrollo 2000 2006
en materia de su competencia, así mismo formulará las observaciones
que estime conveniente en la ejecución, revisión y adecuaciones del
propio plan.
b) Esto se realizará en cumplimiento al artículo 5 de la Ley
de Planeación.
c) La emisión de opiniones tanto en el punto a) como c) deberán
ser aprobadas por la comisión.
3. TRABAJO DE CONTROL PROGRAMÁTICO / PRESUPUESTAL
CON LA SEDESOL.
Para el cumplimiento de las obligaciones de la
Comisión en lo relativo al análisis del grado de avance y aplicación
de los recursos del ramo 20, es necesario un trabajo de control programático,
a través de:
a) Visitas de Evaluación. Estas deberán ser programadas por lo
menos 6 al año, mismas que podrán realizarse con la Secretaría, o bien
de forma independiente por la Comisión. En todos los casos las visitas
serán integradas con representantes de todos los grupos parlamentarios,
para lo cual se deberá:
Calendarizar visitas a los Distritos Electorales Federales que correspondan
a regiones de alta marginación. Se trata de vincular de manera eficaz
y práctica los programas de Gobierno con las funciones propias de la
representación de los Diputados federales, marcadamente las relativas
a la atención de la demanda ciudadana.
Analizar
y dar seguimiento a la política social de Estado y específicamente determinar
si la propaganda del Gobierno Federal respecto a los programas sociales,
cumple con el espíritu de imparcialidad y uso no partidista.
Promover mecanismos
legales de contraloría social a fondos y proyectos y fortalecer y ejercer
funciones de control del poder legislativo a través de la vigilancia
en la aplicación de recursos de los programas sociales.
Monitoreo de todos
los programas.
Sistematización
de los informes trimestrales de Sedesol.
b) Evaluación de los Programas por terceros.
Se deberá revisar
la posibilidad de que a través de Instituciones de Educación Superior
o instituciones privadas se realicen muestreos que permitan tener una
evaluación independiente de los programas.
c) Concursos de Tesis.
Promover la realización
de Concursos de Tesis sobre los programas de la Secretaría de Desarrollo
Social.
Esto se realizará conforme a lo establecido en el artículo 39 numeral
3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unicos Mexicanos.
4. GLOSA DEL INFORME PRESIDENCIAL
a) La Comisión
emitirá su opinión y participará en la Glosa del Informe Presidencial
en materia de Desarrollo Social.
b) Esto conforme a lo dispuesto en el artículo 93 primer párrafo
de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
5. CUENTA PÚBLICA
a) Con base al artículo 74, fracción IV párrafos 4, 5 y 6 de
la Constitución Política, la Comisión emitirá su opinión sobre la Cuenta
Pública respecto a los resultados de la gestión financiera, el respeto
a los criterios señalados por el presupuesto y el cumplimiento de los
objetivos contenidos en los programas.
6. DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS
a) La Comisión deberá emitir su opinión sobre el proyecto de
presupuesto de egresos de la Federación, a la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública en lo relativo al ramo 20, con el objeto de incorporar
al Presupuesto los puntos de vista de la Comisión.
Este programa es genérico por lo que se puede modificar, adicionar o
suprimir conforme a las necesidades generadas en el transcurso del año
a que hace referencia este Plan de Trabajo.