Los Consejos de Cuenca deberán:

1.- Fomentar la administración integral del agua en la cuenca para alcanzar el  equilibrio, con el objeto de garantizar su desarrollo integral sustentable.

2.- Desarrollar una responsabilidad común, efectiva y solidaria entre los tres niveles de gobierno y los usuarios en la administración del agua, en su uso y aprovechamiento, y en la conservación de su calidad y cantidad.

3.- Establecer un mecanismo efectivo de coordinación, concertación y participación para formular y ejecutar el programa hidráulico de la cuenca.

            Para lograr lo anterior se han firmado Consejos de Cuenca, Comisiones de Cuenca y Comités Técnicos de Aguas Subterráneas. Al respecto véanse los Cuadros 12, 13 y 14.

 

Cuadro 12. Consejos de Cuenca.

 

Consejos de Cuenca

Fecha de Instalación

Región de CNA

Baja California

Alto Noroeste

Río Fuerte

Río Balsas

Cuencas de la Costa de Oaxaca

Río Bravo

Nazas - Aguanaval

Lerma - Chapala

Río Pánuco

Río Papaloapan

Costas de Chiapas

Península de Yucatán

Valle de México

En gestación

19- marzo- 1999

En gestación

26- marzo- 1999

07- abril- 1999

21- enero- 1999

1- diciembre- 1998

28- enero- 1993

En gestación

En gestación

En gestación

En gestación

16- agosto- 1995

I Península de Baja California

II Noroeste

III Pacífico Norte

IV Balsas

V Pacífico Sur

VI Bravo

VII Cuencas Centrales del Norte

VIII Lerma-Santiago-Pacífico

IX Golfo Norte

X Golfo Centro

XI Frontera Sur

XII Península de Yucatán

XIII Valle de México

Fuente: CNA, en base al texto Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. pag. 70

 

Santiago

Pánuco

San Fernando- Soto La Marina

Altiplano

Baja California

Mocorito - Quelite

Península de Yucatán,

Usumacinta – Grijalva

Yaqui – Mátape y Mayo

Fuente: ROJAS, Yolanda. Consejos de Cuenca para preservar el Agua. Investigación y Desarrollo (ID), Suplemento de La Jornada, Septiembre del 2000, No. 88, año IX, pag. 7.

 

 

Cuadro 13. Comisiones de Cuenca.

Comisión de Cuenca

Fecha de Instalación

Región CNA

Río San Juan (Pánuco)

Río Santiago

Cuenca propia del Lago Chapala

Ayuquila-Armería

Río Conchos

1- agosto- 1997

17- diciembre- 1997

2- septiembre- 1998

15- octubre- 1998

21- enero- 1999

IX Golfo Norte

VIII Lerma- Santiago- Pacífico (*)

VIII Lerma- Santiago- Pacífico

VIII Lerma- Santiago- Pacífico

VI Bravo

Fuente: CNA, en base al texto Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. pag. 70

(*) Esta se convertirá en Consejo de Cuenca antes del Año 2000.

 


 

Cuadro 14. Comités Técnicos de Aguas Subterráneas.

Cotas

Fechas de Instalación

Región CNA

Santo Domingo

Los Planes

La Paz-Carrizal

San José del Cabo

Vizcaíno

Querétaro

Amazcala

Huimilpan

Celaya

Laguna Seca

León

Silao-Romita

Irapuato-Valle de Santiago

Pénjamo-Abasolo

Salvatierra-La Cuevita

23-abril-1998

24-abril-1998

7-julio-1998

21-octubre-1998

1-marzo-1999

20-febrero-1998

25-septiembre-1998

10-diciembre-1998

28-noviembre-1997

28-noviembre-1997

1-octubre-1998

1-octubre-1999

6-noviembre-1998

6-noviembre-1998

7-enero-1999

I Península de California

I Península de California

I Península de California

I Península de California

I Península de California

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

VII Lerma-Santiago-Pacífico

Fuente: CNA, en base al texto Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. pag. 70

 

 

En enero de 1993 se formó el Consejo de Cuenca Lerma- Chapala, el primero en México. En los últimos años se han puesto en marcha otros que se enlistan en el Cuadro 12, además recientemente se han constituido los Consejos de Cuenca del Río Santiago, Pánuco, San Fernando- Soto La Marina, Altiplano, Baja California, Ríos Mocorito al Quelite, Península de Yucatán, Ríos Usumacinta – Grijalva y Ríos Yaqui – Mátape y Mayo; dando un total de 24 (incluidos los del Cuadro 12)[1]. Estos deben aún fortalecer su estructura, definir con mayor determinación y claridad su agenda del agua, crear las condiciones para que participen los actores en la gestión del agua. Conviene apuntar algunos avances que se aprecian en el Cuadro 15.

 

Cuadro 15. Algunos resultados relevantes en los Consejos de Cuenca.

Lerma - Chapala

·           Acuerdo de Distribución de Aguas Superficiales (1991-1999).

·           Programa de Saneamiento, con 48 plantas construidas, para una capacidad de 6037 lps (1989-1994).

·           Inicio del proceso de reglamentación de acuíferos, mediante la creación de 10 Comités Técnicos de Aguas Subterráneas.

·           Creación de un centro de información interinstitucional para la cuenca.

Río San Juan

(Pánuco)

·           Se elaboraron los Balances Hidráulicos Superficial y Subterráneo de la cuenca como punto de partida para el programa de ordenamiento de las aguas superficiales y subterráneas.

·           Inicio del programa de saneamiento de la cuenca, mediante el acuerdo de rehabilitación de la Planta de Tratamiento de San Juan del Río y construcción de plantas en otras poblaciones.

Balsas

Bravo

Alto Noroeste

Nazas-Aguanaval

Valle de México

Costas de Oaxaca

·           Consenso de un diagnóstico hidráulico y lineamientos estratégicos para cada cuenca.

·           Revisión, integración y consenso de Planes de Gestión Integral del Agua por Cuenca Hidrológica.

Fuente: CNA, en base al texto Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. pag. 71.

 

Debido a que el abastecimiento de agua potable a poblaciones y a un número importante de industrias y zonas agrícolas se realiza mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, estas se encuentran sometidas a una fuerte demanda en algunas regiones. Se ha promovido la formación de los Comités Técnicos de Aguas Subterráneas (COTAS), los cuales se espera sean la simiente de las comisiones y consejos de cuenca de sus regiones hidrológicas y se integren a ellas. Actualmente existen 20 COTAS, ubicados principalmente en el Bajío y Península de Baja California.

 

En resumen, los COTAS, comisiones y consejos de cuenca permitirán alcanzar el equilibrio del agua en sus zonas de influencia y mejorar los servicios del agua, sanear las descargas, conservar la red hidrográfica, atender con urgencia el manejo del trinomio cubierta vegetal- suelo- agua y, en general, mejorar la gestión del agua de cada región.

 

 

 

7.3.1.2.            Consejos de Cuenca y grupos auxiliares.

 

La creación y el desarrollo de Consejos, Comisiones y Comités de Cuenca en las principales cuencas, subcuencas y acuíferos del país, en donde los representantes de los diversos usos del agua y las autoridades federales, estatales y municipales coordinan acciones y concertan objetivos y planes para dar solución a los problemas asociados al aprovechamiento y uso del recurso, contribuyen a la mejor administración del agua, al desarrollo de la infraestructura hidráulica y a la preservación de las cuencas.

 

La gestión del agua ha avanzado en aspectos técnicos, institucionales, jurídicos, sociales y políticos. Sin embargo, la componente organizacional y de participación -de la mayor importancia en la gestión del agua- se encuentra poco desarrollada. La gestión integral del agua por cuenca hidrológica aconseja hacer participar a todos los actores involucrados: usuarios, gobierno y sociedad.

 

La forma idónea de hacer participar a estos actores es crear foros operativos en los que se compartan puntos de vista, aspiraciones y voluntades, que asuman objetivos con claridad, que establezcan de manera consensual la agenda del agua en la cuenca hidrológica, y con ello que adopten, proyecten, financien y cumplan programas de trabajo para resolver esa agenda en beneficio de todos. Estos foros pueden evolucionar hasta ser esenciales: sin ellos la gestión del agua por cuenca hidrológica no podrá realizarse. Estos foros son los Consejos de cuenca, sustentados jurídicamente desde la promulgación de la Ley de Aguas Nacionales (1º de diciembre de 1992) y en proceso de instalación o consolidación a partir de 1993 y, de una manera mucho más intensa, de 1997 a la fecha.

 

Para instrumentar la política hidráulica de gestión integral a nivel de cuenca y facilitar y alentar la participación activa de los usuarios del agua y la presencia amplia y plural de la sociedad, se han vinculado las figuras asociativas de Consejo, Comisión y Comité a territorios de Macrocuenca (o cuencas hidrológicas agrupadas), Subcuenca y Microcuenca, respectivamente. En el caso de acuíferos, se constituyen los Comités Técnicos de Aguas Subterráneas. (Ver Mapa 5)

 

 

 

 

Mapa 5. Territorios y Jerarquías de Consejos, Comisiones y

Comités de Cuencas y Comités Técnicos de Aguas Subterráneas.

 

 

 


Acuífero o territorio de un Comité Técnicode Aguas Subterráneas, COTAS.

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Fuente: Tomado de la información proporcionada por la Biblioteca del IMTA en visita realizada en Noviembre de 1999 por personal de la División de Política Social del Servicio de Investigación y Análisis. Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. Pag. 66.

Las actividades de los Consejos de Cuencas se orientan a alcanzar los siguientes objetivos:

Sanear las cuencas, corrientes y cuerpos de agua.
·          Promover el uso eficiente del agua.
·          Ordenar el aprovechamiento y regular la distribución y los usos del agua.
·          Conservar el suelo y el agua.
·          Promover el reconocimiento del valor social, ambiental y económico del agua.

Sobre estos objetivos se establecen programas y acciones específicas, de acuerdo a las prioridades y alcances de atención en función de la problemática de cada cuenca.

En un sentido amplio, y complementariamente a las funciones definidas tanto en el artículo 13 de la Ley de Aguas Nacionales como el artículo 16 de su Reglamento, las funciones de los Consejos de Cuenca y sus órganos auxiliares son:

Prevenir y dar cauce a los conflictos asociados a la distribución y usos del agua.

Identificar, analizar, caracterizar, diagnosticar y pronosticar los problemas, situaciones, demandas y necesidades  de agua en una cuenca hidrológica.

Conciliar propósitos, sumar voluntades y recursos y definir planes y programas que tienen finalidad de aumentar la eficacia en la gestión del agua; mejorar su administración, procurar el saneamiento de sus corrientes, cauces y cuencas, y ordenar y eficientar sus usos, manejo y aprovechamiento.

Los Consejos de Cuenca están integrados por el Director General del Consejo Nacional del Agua (CNA), quien preside el Consejo; un Secretario Técnico, un representante de los usuarios de la cuenca por cada tipo de uso que se haga del recurso; y por los Titulares del Poder Ejecutivo Federal de las entidades federativas comprendidas dentro del ámbito del Consejo de Cuenca de que se trate. Como invitados, pueden participar las instituciones, organizaciones y representantes de las diversas agrupaciones de la sociedad interesadas, cuya participación se considere conveniente para el mejor funcionamiento del mismo.[2]

7.3.2.           La Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.[3]

Objetivo: La ley de Aguas Nacionales tiene por objeto regular el uso de las aguas nacionales, su distribución y control, así como la preservación de su calidad y cantidad, para lograr su desarrollo integral sustentable.

Títulos:

Primero.- Bases constitucionales, alcances de regulación y definiciones.

Segundo.- Facultades del Ejecutivo Federal, atribuciones del Secretario Titular del Ramo y del Director de la CNA, y establecimiento de Consejos de Cuenca.

Tercero.- Formulación, implantación y programación hidráulica.

Cuarto.- Concesiones, asignaciones, derechos y obligaciones de los usuarios, transmisión de derechos y Registro Público de Derechos de Agua.

Quinto.- Zonas de veda y zonas de reserva de agua.

Sexto.- Usos del agua.

Séptimo.- Preservación, conservación y mejora de la calidad del agua.

Octavo.- Inversión en infraestructura y mejora de la calidad del agua.

Noveno.- Bienes nacionales a cargo de la CNA.

Décimo.- Infracciones, Sanciones y recursos.

Décimo Primero.- Conciliación y Arbitraje.

Con base en la reorganización del Sector, es conveniente retomar de los Foros de Consulta sobre la Legislación en Materia de Agua. Al respecto véase el documento 2 de esta investigación “Foros Regionales sobre la Legislación en Materia de Agua: Un análisis temático de la opinión de los usuarios.” Algunas propuestas de modificaciones a la Ley, se exponen a continuación.:

7.3.2.1. Modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales.[4]

Ramos Valdés, C. sostiene que:

 

Es necesario adecuar el marco jurídico vigente, a fin de que sea acorde a la problemática actual de los recursos hidráulicos en el país. Sugiere que, con base en la experiencia alcanzada por la Comisión Nacional del Agua, se analicen las disposiciones de la propia ley en lo que se refiere a Consejos de Cuenca. Como estas instancias se sustentan en la coordinación y concertación entre usuarios y los niveles de gobierno federal, estatal y municipal, propone que tengan estructuras de gobierno, atribuciones y autoridad, para resolver los problemas que ofrece la administración del agua (tanto en cantidad como en calidad) y el uso de la infraestructura hidráulica y la prestación de los servicios inherentes.

También observa Ramos: que la conducta de los usuarios y particulares es persistente al perforar pozos sin autorización y ocupar cauces, vasos y zonas federales sin concesión, por lo que es necesario ampliar las disposiciones, procedimientos y estructuras de vigilancia e inspección, para controlar y resolver la sobreexplotación de acuíferos, así como el problema social que se complica con la presencia de fenómenos hidrometeorológicos. Desde el punto de vista de las faltas y sanciones, se recomienda modificar las fracciones I, VII, VIII, X y XIV del artículo 119 de la Ley, ya que en cada una de estas se establecen dos o tres faltas, mientras que el artículo 120 señala una multa por cada una de las fracciones, lo que origina controversia respecto de la conducta, infracción y sanción al emitir la resolución.

 

7.3.2.2. Modificaciones al Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales.

 

En lo relativo al Reglamento de la Ley , plantea modificar lo siguiente:

 

a)       Consejos de Cuenca.

 

Arts. 15 y 16:

La nueva organización para la administración de los usos de agua se basa en dos aspectos: el aprovechamiento, conservación y preservación del recurso, considerando los límites naturales de las cuencas hidrológicas y la activa participación de los usuarios.

El 10 de diciembre de 1997 se modificaron los artículos 15 y 16 buscando que los Consejos de Cuenca, en donde los usuarios están representados por lo menos en un 50% de los integrantes con derecho a voz y voto, están presididos por el Director General de la CNA, quien podrá nombrar un representante para resolver los asuntos relacionados con la administración del recurso.

 

b) Caducidad de Volúmenes.

La concesión podrá terminar por caducidad declarada por la Comisión, cuando se dejen de explotar, usar o aprovechar los volúmenes concesionados de aguas nacionales durante tres años consecutivos.

Antes del vencimiento, los titulares podrán disponer o transmitir en términos de la Ley y su Reglamento, en forma temporal o definitiva, parcial o total, los volúmenes de agua no utilizados.

Se incentiva a los usuarios que han mejorado sus procesos industriales y de servicios, a realizar un uso más eficiente el agua, y se impulsa el tratamiento y reuso de las aguas residuales.

 

Los principales casos en los que la caducidad no opera, son los siguientes:

 

*      Construcción de obras de infraestructura para usar más eficientemente el agua.

*      Cuando se cuente con capacidad instalada suficiente, pero no se esté utilizando el volumen de agua total, porque se reserve para futuro crecimiento o expansión.

*      Cuando se requieran más de tres años para contar con la infraestructura e instalaciones necesarias para aprovechar el volumen total de agua concesionada.

 

c) Transmisiones de Derechos.

 

En los términos de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento:

 

·          El usuario que transmite debe tener título de concesión vigente, debidamente inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua. (REPDA).

·          Si es agua subterránea, los volúmenes adquiridos se deben seguir extrayendo del mismo acuífero y si es superficial de la misma cuenca.

·          Se puede transmitir el total del volumen o parte de éste, ya sea en forma temporal o definitiva.

 

Las autorizaciones de las transmisiones de títulos de concesiones, se sujetarán a lo siguiente:

 

Mediante autorización previa de la C.N.A. en los siguientes casos:

 

1.         Se puedan afectar los derechos de terceros.

2.         Se puedan alterar o modificar las condiciones hidrológicas o ecológicas de las cuencas o acuíferos.

3.         Se modifiquen las características del título.

 

Los usuarios podrán efectuar la transmisión de derechos en forma separada del derecho de propiedad de la tierra, incluyendo la factibilidad del cambio de uso.

Esto facilitará que se amplíe la capacidad de las plantas productivas, impulsando la creación de nuevas fuentes de empleo, y propiciará reducir costos de transacción que implica tener que comprar tierra que no va a ser utilizada.

 

d) Otorgamiento de Permisos de descarga.

 

·          La población con menos de 2,500 habitantes, así como las empresas que no descarguen sustancias tóxicas y cuyo volumen vertido sea menor de 300 m3/día, no tendrán que realizar los análisis físico- químicos y bacteriológicos, ni presentar la memoria técnica para cumplir con las normas.

·          Esto facilitará la regularización de los usuarios y les significará un importante ahorro económico, ya que evita la contratación de servicios de laboratorios distantes y costosos.

 

Derechos.- Son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público.

 

Conceptos que recauda la CNA:

 

e) Servicios de trámite y expedición de asignaciones, concesiones o permisos.

 

·          Uso o aprovechamiento de aguas nacionales.

·          Uso, goce o aprovechamiento de inmuebles federales.

·          La extracción de materiales, y

·          Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales.

 

f) Causación del Derecho por Uso o Aprovechamiento de Aguas Nacionales.

 

Están obligadas a pagar el derecho sobre agua, las personas físicas o morales que usen o aprovechen aguas nacionales, cuenten o no con título de asignación, concesión, autorización o permiso.

 

 

No son contribuyentes de este derecho las personas cuyas instalaciones se encuentren conectadas a los sistemas operadores de agua potable de los municipios.

 

La contribución está en función de la disponibilidad del agua del municipio en donde se efectúe su extracción, conforme a la división territorial del país en la que se establecen 9 zonas de disponibilidad.

 

Existen dos esquemas tarifarios distintos:

 

·          Régimen general, aplicable a cualquier tipo de uso del agua.

·          Para usos específicos, por ejemplo para Organismos Operadores de agua potable y alcantarillado, generación de energía hidroeléctrica, acuacultura, balnearios y centros recreativos.

 

 

g) Exención pago del derecho.

 

·          Uso de agua en actividades agrícolas y pecuarias.

·          Uso o aprovechamiento de aguas, efectuado por organismos operadores de agua potable y alcantarillado, públicos o privados, que abastezcan de agua para consumo doméstico a poblaciones con un número igual o inferior a 2,500 habitantes.

·          Uso o aprovechamiento de las aguas interiores salobres, cuando se obtenga certificado expedido por la CNA en el que se establezca que dicha agua contiene más de 5,500 mgs/ litro de sólidos disueltos totales.

·          Por las aguas que se regresen a su fuente original o sean vertidas en otro sitio previamente autorizado por la CNA, excepto las usadas para la generación de energía hidroeléctrica. Para que proceda esta exención, es necesario que dichas aguas cuenten con el certificado de calidad del agua, expedido por la CNA, en el que se señale que cumplen con los parámetros de calidad del agua establecidos en la Ley Federal de Derechos y que se anexe una copia del mismo a la declaración del ejercicio.

 

 

h) Ley Federal de Derechos (LFD). Descargas de Aguas Residuales en Cuerpos Propiedad de la Nación.

 

 

1.       Condiciones para ser causantes del derecho:

 

ü       Ser persona física o moral,

ü       Usuario de bienes de la nación como cuerpos receptores de descargas,

ü       Descargar concentraciones de contaminantes superiores a lo señalado en la Ley Federal de Derechos.

 

 

2. El derecho se determina según:

 

ü       El tipo de cuerpo receptor (A, B o C),

ü       El volumen,

ü       La concentración promedio de contaminantes (CPC).

 

 

3. Calculo del Derecho:

 

Contaminantes básicos, metales pesados y cianuros:

1.      Se obtiene la carga de contaminantes.

2.      Se determina el índice de Incumplimiento.

3.      Se selecciona el rango que le corresponda conforme a la tabla III de la LFD y se identifica la cuota para multiplicar por la carga de contaminante.

4.      Para contaminantes básicos el resultado a su vez se multiplica por un factor (0.56 para tipo "A", 1.0 para "B" y 1.2 para "C").

PH y coliformes fecales:

Se multiplica volumen por cuota.

Es una obligación fiscal:

Pagar el derecho de acuerdo al procedimiento que establece la Ley Federal de Derechos.

 

i) Incentivos.

 

No pagarán derecho por descargas de aguas residuales, los usuarios que rebasen los límites máximos permisibles establecidos en la LFD, que hayan presentado y cumplan un programa de acciones para mejorar la calidad de sus descargas de aguas residuales.

 

Descuentos del 6% al 44% en el uso de aguas nacionales para quienes cuenten con planta de tratamiento y la calidad de sus descargas sea mejor a la establecida en la LFD, conforme al tipo de receptor.

 

j) NOM-001-ECOL/96.

 

Regula las descargas a cuerpos de aguas nacionales (ríos, presas, lagos, pantanos, humedales y mar).

 

Parámetros:

 

Básicos:

Temperatura, Ph, grasas y aceites, material flotante, sólidos condensados, SST, DBO nitrógeno total y fósforo total.

Metales Pesados:

(As, Cd, Cu, Cr, Hg, Ni, Pb, Zn) y cianuros.

Patógenos:

Bacterias, virus, coliformes fecales, huevos de helminto.

 

Metas graduales para asegurar su cumplimiento y ejecución

Ciudades (población)

Industria

y Servicios

(Ton SST/día)

96

97

98

99

00

01

02

03

04

05

06

07

08

09

10

>50,000

>3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

20,001-50,000

1.2 - 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2,501-20,000

<1.2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ejecución del programa de construcción.

 

 

 

Cumplimiento de la norma.

 

                                         

Fuente: Comisión Nacional del Agua. "Marco legal en materia de Aguas Nacionales". Conferencia Magistral … Op. Cit

 

-Los usuarios que excedan más de cinco veces algún parámetro, deberán presentar a la C.N.A. un programa inmediato de tratamiento.

-Las plantas existentes deberán continuar operando.

-Incentivos por cumplir por arriba de los límites de la norma

-Presentar un programa constructivo para tratamiento de aguas residuales antes de determinada fecha para estar exento del derecho por descarga.

-Metas graduales para asegurar su cumplimiento.

 

 7.3.3.Instrumentos de apoyo para la administración del agua.

 

7.3.3.1. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.

 

Hasta mediados de la década de los años ochenta no existía en el país una verdadera política de desarrollo tecnológico en materia de agua. Esta situación ha sido parcialmente subsanada mediante la creación y consolidación del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA).

 

El IMTA tiene como misión realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua, a fin de contribuir al desarrollo sustentable del país.

 

La investigación es el proceso mediante el cual se genera nuevo conocimiento. La investigación aplicada es motivada por la necesidad de desarrollar o mejorar metodologías existentes para resolver cierto tipo de problemas.

 

El desarrollo de tecnología es el proceso mediante el cual el conocimiento y la experiencia  se transforman en productos utilizables por la sociedad, en particular por uno o varios usuarios para su beneficio. La tecnología nueva puede desarrollarse cuando, para una determinada necesidad tecnológica no exista tecnología desarrollada, o bien, porque dicha tecnología es inadecuada o muy costosa. Se pueden señalar dos niveles en el desarrollo de tecnología:

 

ü      La adaptación tecnológica y

ü      La transferencia, validación y adopción de tecnología.

 

El desarrollo reciente de la investigación y la tecnología del agua en México, se ha orientado hacia dos direcciones principales: la primera dirigida a proporcionar apoyo tecnológico para la instrumentación de los programas hidráulicos del gobierno federal derivados de la política del agua y la segunda a buscar soluciones tecnológicas a problemas relativamente nuevos del sector.

 

El IMTA ha instrumentado un sistema de investigación y desarrollo tecnológico basado en la búsqueda de una tecnología integral compatible con las necesidades y condiciones actuales y futuras de la nación, que contiene:

 

a) Tecnología Hidráulica: desarrolla un sistema computacional para la distribución del agua.

 

b) Tecnología Hidrológica: Modelaje y dimensionamiento, operación y prioridad de construcción de la infraestructura hidráulica. Modelaje para el control de ríos.

 

c) Hidrología subterránea: Se ha logrado avanzar en el conocimiento de diversos acuíferos del país que presentan grados avanzados de sobreexplotación y contaminación.

 

d) Tecnología de tratamiento y calidad del agua.

 

e) Tecnología de riego y drenaje: entre el 25 y el 50% queda almacenada en el suelo.

 

f) Tecnología de comunicación y participación.

 

g) Tecnologías informática.

 

 

Estratégicamente hablando, es necesario adelantarse a los problemas relacionados con el agua. La investigación y el desarrollo tecnológico en áreas relativamente nuevas: la preservación y el uso eficiente del recurso, estas son indispensables para satisfacer las demandas actuales pero además son los únicos medios verdaderamente factibles para garantizar un desarrollo sustentable del sector.

Por otro lado como la complejidad de los problemas relacionados con el agua requieren de soluciones integrales.[5] El IMTA se ha preocupado también a la formación de recursos humanos, a la capacitación y adiestramiento y al desarrollo integral del especialista.

 

 

7.3.3.2.            Proyecto para la Modernización del Manejo del Agua. (PROMMA)

 

En el PROMMA las principales líneas estratégicas se basan en el alejamiento del nivel federal en el marco de la descentralización y la creación de un marco institucional. Entre sus programas prioritarios están los del agua potable, del saneamiento, de la infraestructura hidroagrícola, del control de los sistemas hidráulicos y de la contaminación del agua. En el ámbito del agua potable y del saneamiento, proyectos importantes están en marcha en México, Guadalajara, Monterrey, Puebla, Ciudad Juárez, etc. Destacan los de Guadalajara, y el proyecto del Valle de México que engloba la ciudad y el Estado de México y está financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo y por la OECF.

 

Los recursos financieros públicos no son suficientes para responder a la demanda de las grandes urbes y de las ciudades de carácter especialmente turístico. En este sentido estima Cesar Herrero Toledo al ser entrevistado por la Revista Hydroplus que la llamada al sector privado, mexicano y extranjero, es necesaria. Actualmente  las ciudades de Aguascalientes y de Cancún ya han adoptado la formula de la delegación de servicios. La puesta en marcha de 13 agencias regionales de la CAN y el PROMMA, financiado con más de la mitad por el Banco Mundial, y la modificación de la ley local del agua, ya puesta en marcha en algunos estados, como los de Querétaro y Guanajuato, deberían reforzar la presencia del sector privado en estos proyectos que apoyamos, termina Herrera.[6]

 

 

7.3.3.3.            El Centro Nacional de Transferencia de Tecnología de Riego y Drenaje. (Cenatryd)

 

En México, 80 por ciento del agua disponible para consumo se emplea en el riego de 6 millones de hectáreas y sólo 40 por ciento se utiliza eficientemente. La superficie total destinada a la agricultura en el país es de 22 millones de hectáreas, de las cuales 16 mil millones son de temporal y 6 millones son abastecidas por los propios agricultores, es decir, dependen de sistemas de riego.

 

Ante la necesidad de dar un mejor aprovechamiento al recurso asignado a actividades agrícolas, desde 1998 opera en Sinaloa el Centro Nacional de Transferencia de Tecnología de Riego y Drenaje (Cenatryd), que brinda capacitación a autoridades y técnicos de la Asociación Nacional de Usuarios de Riego (ANUR), integrada a su vez por más de 400 agrupaciones de agricultores que se rigen por este sistema.[7]

 

En 1998 se logró capacitar a 239 técnicos en 18 cursos con temas como el diseño de sistemas de riego, control y combate de maleza acuática, operación de distritos de irrigación, regulación y reglamentación de presas, así como distribución y aplicación del agua de riego, drenaje agrícola y recuperación de suelos salinos entre otros.

 

Ubicadas en un predio de 100 hectáreas, en el distrito de riego 076, en el Carrizo, Sinaloa, el CENATRYD ha instruido a especialistas provenientes de 11 entidades del país, así como de Argentina y República Dominicana. La ANUR y el IMTA, apoyados por la CNA, lograron establecer un campo agrícola experimental en el que se tiene previsto realizar investigaciones sobre contaminantes.

 

El Doctor Benjamin de León Mojarro, Coordinador de Tecnología de Riego y Drenaje del IMTA, refiere que para elaborar el programa de capacitación para 1999, la ANUR y el propio instituto realizaron una evaluación acerca de las necesidades de capacitación de las asociaciones de usuarios. Así, se consideró que además de los conocimientos técnicos es importante complementarlos con temas como la gestión de distritos de riego, en la que intervienen disciplinas como administración, contabilidad, derecho fiscal y laboral. Además, el programa incluye conocer el reglamento de operación de fuentes de abastecimiento: dotación volumétrica y estructuras de regulación; elaborar y supervisar los programas de conservación, rehabilitación y modernización; control integral de malezas acuáticas; recuperación de suelos salinos, diseño de sistemas de riego presurizado y por gravedad; pronóstico de riego en tiempo real y calidad de agua entre otros.

 

El Cenatryd estableció un programa entre instituciones de México y España a largo plazo, para conformarlo como el centro de capacitación más importante en el área hidroagrícola y el apoyo más confiable para reactivar la producción  de los distritos de riego en México y en otros países latinoamericanos. (La entrega oficial de las instalaciones fue el 19 de junio de 1998).

 

Entre sus objetivos a futuro se encuentra la investigación, selección y adecuación de tecnología para sistemas de lluvia y niebla, para abastecer de agua a poblaciones a 200 habitantes de los Altos de Chiapas.[8]

 

 

7.3.3.4.            Centro Mexicano de Formación para los Oficios del Agua.

 

La creación de un Centro Mexicano de Formación del Agua y el Saneamiento[9], administrado por una asociación civil. Ha detectado las necesidades de formación en materia de irrigación. Estarán a cargo de los explotadores hasta en un 50% mientras la Federación financia la otra mitad. A la fecha prácticamente se ha terminado la transmisión de las obras hidráulicas a los irrigadores. (Queda un 10%). La mejora del rendimiento hidráulico de las instalaciones de irrigación a través de programas de apoyo es prioridad. En lugar de continuar el desarrollo de la infraestructura, se prefiere aportar apoyo a la mejora de las estructuras existentes.

 

Las aguas residuales ya son ampliamente utilizadas para la irrigación. Cuando no están tratadas no se pueden emplear para cualquier tipo de cultivo, especialmente hortalizas. En cuanto a programas hidráulicos, un esquema director a escala nacional está en preparación.

 

Este Centro se construirá a las orillas del lago de Texcoco sobre un terreno de  10 hectáreas, a las afueras de México, en proximidad del emplazamiento de la futura gran planta de depuración en proyecto para el Distrito Federal.

 

Nació de una reflexión común franco mexicana, dice Luis Heredia Lozano, Coordinador del proyecto en el seno de la Comisión Nacional del Agua: <<Constituye una respuesta adaptada a nuestras necesidades de formación de nuestro personal encargado de la administración y el funcionamiento de los servicios del agua potable y del saneamiento. El centro no tendrá como vocación la formación de investigadores ó de ingenieros, sino la formación de personal de planta y técnicos>>. A México le hace falta personal intermedio entre los obreros y los ingenieros. Las formaciones estarán dirigidas hacia cuestiones muy prácticas. A través de unos cuestionarios que hemos hecho llegar  al los servicios municipales, hemos podido identificar ya varios temas relativos a la gestión de las plantas de agua potable, el tratamiento de las aguas residuales, la rehabilitación de las redes de agua potable, la búsqueda de fugas y el funcionamiento[10] en general de los sistemas operativos.

 

Obsérvese que de darse una coordinación adecuada, se vislumbran elementos suficientes para iniciar un verdadero proceso de reestructuración del sector agua en el país.[11]

 



[1] ROJAS, Yolanda. Consejos de Cuenca para preservar el Agua. Investigación y Desarrollo (ID), Suplemento de La Jornada, Septiembre del 2000, No. 88, año IX, pag. 7.

[2] Información proporcionada por la Biblioteca del IMTA en visita realizada en Noviembre de 1999 por personal de la División de Política Social del Servicio de Investigación y Análisis. Consejos de Cuenca y Grupos Auxiliares. Pag. 65-71.

[3] Comisión Nacional del Agua. "Marco legal en materia de Aguas Nacionales". Conferencia Magistral … Op. Cit.

[4] Ramos Valdés, Cesar O. “Problemática del Agua en México”, Conferencia Magistral… Op. Cit.

[5] Aldama Rodríguez, Alvaro y Gómez Ugarte, Luís. Fortalecimiento de la Capacidad Institucional del Sector Agua en MéxicoOp. Cit,.pag. 4-13

[6] Los dos Vectores de Desarrollo de los Proyectos de Agua Descentralización y Llamamiento a las Financiaciones Privadas, Entrevista a Cesar Herrera Toledo, Hydroplus, Noviembre 1998, pag. 76

[7] La instalación y puesta en marcha la cubrió la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el resto la Comisión Nacional del Agua (CNA), el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) y la propia asociación de usuarios. El Cenatryd tiene como antecedente el Centro de Capacitación en Irrigación y Drenaje Benito Juárez, fundado por la Secretaría de Recursos Hidráulicos en 1972, en el distrito de riego No. 072, Valle del Carrizo, Sinaloa, en el marco del Programa de Mejoramiento Parcelario.

[8] Serrano Torres, Raúl. En Busca del Mejor Aprovechamiento del Agua de Riego. ID, Septiembre de 1999, México, pag. 8. Documento proporcionado por el Centro de Consulta del Agua del IMTA.

[9] La contribución francesa se reparte entre una donación del Ministerio de Economía y Finanzas (5,5 MF), el suministro de asistencia técnica y la compra de formación  por parte de los grupos Générale des Eaux y Suez Lyonnaise des Eaux (8MF) y el suministro de materiales y equipamientos ofrecidos por empresas francesas (5 MF)

[10] Centro de Formación Mexicano para los oficios del agua, Hydroplus. Noviembre de 1998, México, pag. 94.

[11] Véase Anexo 10. Convocatoria para la Selección de candidatos a instructores del Centro Mexicano de Capacitación en agua y saneamiento.

 

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