Que
reforma el articulo 82 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos
Mexicanos, a fin de restablecer los requisitos que para ser Presidente de la
Republica señalo el Constituyente de 1917, presentada por el diputado Jaime
Martinez Veloz, en la sesion del martes 16 de abril de 2002
El suscrito, diputado a la LVIII
Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la
fracción II del artículo 71 y 131 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento
Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la
consideración del Constituyente Permanente el siguiente proyecto de decreto que
reforma la fracción I del artículo 82 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, a fin de restablecer los requisitos que para ser
Presidente de la República señaló el Constituyente de 1917, de acuerdo con la
siguiente
Exposición de Motivos
En un mundo desigual donde los
pueblos de muchas naciones sufren las consecuencias de una despiadada
competencia económica, para algunos sectores de las élites gobernantes el
sentimiento de nacionalidad cada vez se hace más extraño, lejano o exótico. La
globalización, nueva expresión del capitalismo financiero, ha traído la
mundialización del intercambio comercial, pero ha trastocado asimismo las
raíces de la cultura, los valores, las tradiciones y costumbres, y con ello,
los fundamentos de nuestra nacionalidad.
En aquellas naciones que se
caracterizan por su pluriculturalismo, las formas de integración o acoplamiento
comunitarios a los grandes cambios implícitos en la globalización, varían en
forma y grado. En las sociedades con fuertes vínculos de fraternidad y sentido
de pertenencia al país, los efectos nocivos de la globalización son resistidos
y repudiados sin conflictuarse con los aspectos positivos de un mundo más
interrelacionado.
En aquellas naciones sin la
fortaleza institucional que refleje nítidamente el involucramiento democrático
social, los efectos de la globalización son más perjudiciales sin lugar a
dudas. México es la referencia obligada. Hoy, en nuestro país, los conceptos
patrios parecen estar en confusión. Parecemos olvidar a La Nación; ese conjunto
de vínculos que nos une con la tierra de nuestros antepasados, las convicciones
en el destino libre, la herencia de las generaciones anteriores, el lazo que
une al pasado, el presente y el futuro de una comunidad humana sobre una
geografía que nos cobija.
Las convicciones sociales,
especialmente aquellas que se refieren a la Nación y a la Patria, se adquieren
en el seno familiar. Los hombres y mujeres son reflejos de sus infancias. Los
sentimientos de nacionalidad y patriotismo se nutren en el seno de la comunidad
más inmediata, la de los padres, hermanos y parientes. Reflexionar por las
luchas pasadas de nuestro pueblo; emocionarse por las victorias nacionales
sobre quienes nos quisieron doblegar o someter. La Nación y la Patria son esos
hilos invisibles que nos conectan con los sucesos de la historia y nos
identifican como una sola identidad. Aquí no se aceptan sentimientos difusos o
confusos. La Nación requiere definiciones absolutas, entregas totales.
El artículo 82 de nuestra
Constitución, en lo que se refiere al requisito de ser hijo de padres mexicanos
para ser Presidente de la República, ha tenido tres etapas: en la primera, que
abarca del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana hasta
la Constitución de 1917, no se exigió a los presidentes que fueran hijos de
padres mexicanos por nacimiento. No fue sino hasta la Constitución de
Querétaro, cuando se impone dicho criterio, como consecuencia de los debates
que se suscitaron con motivo de la Ley de Extranjería de 1886, cuando José Ives
Limantour, el representante más puro de los científicos porfirianos, solicitó
la modificación de esta Ley, para permitir que los hijos de extranjeros,
nacidos en el territorio nacional, pudieran ocupar cargos públicos.
El criterio revolucionario de 1917
fue consecuencia del espíritu reaccionario que caracterizó al porfirismo, con
su natural desprecio a la identidad nacional, y su pseudoideario de progreso,
factible sólo por la virtual entrega del país a intereses extranjeros. La
segunda etapa restrictiva de este tema se sitúa de 1917 a 1999, año en el cual
entra en vigor el Decreto del 1° de julio de 1994, que modificó el artículo
para permitir que los hijos de padres mexicanos naturalizados, puedan ocupar el
cargo de Presidente de la República. La tercera etapa, que va de 1999 a la
fecha, nos demuestra lo sabio que fueron los próceres nacionales. Por ejemplo,
la Constitución de Apatzingán de 1814, exigía para ser miembro del Supremo
Gobierno, ser ciudadano con ejercicio de sus derechos, 30 años de edad,
“patriotismo acreditado con servicios positivos”, y “tener luces no vulgares”.
El sentimiento patrio languidece
cuando los símbolos patrios empiezan a ser mutilados, los héroes abandonan las
paredes del recinto presidencial y Morelos, Hidalgo, Juárez, Zapata y Cárdenas
se registran en el discurso oficial como simples difuntos. No se debe permitir
la sustitución de la historia por la pericia propagandística. El sentimiento
patrio se ofende cuando sus hijos dejan la ira a un lado, frente a las ofensas
a la dignidad de nuestros nacionales. No podemos perder la capacidad de
indignación. Es la historia la que ha forjado nuestro país; descartarla,
olvidarla, significa traicionar la memoria de los próceres y comprometer el
presente y el futuro de México, y el de nuestros seres queridos.
El sentimiento patrio se vulnera
cuando preferimos proteger a los agricultores del exterior que a nuestros
campesinos, en aras de un cuestionable respeto a tratados comerciales
francamente inequitativos. El sentimiento patrio se postra cuando abandonamos
nuestras tradiciones internacionales, que nos han hermanado con los pueblos de
América y del mundo. Es tiempo, pues, de restablecer las bases de nuestro
nacionalismo, hoy, cuando en aras de la globalización, se pone en peligro la
soberanía nacional.
El actual texto se introdujo en el
contexto de la modernidad del neoliberalismo social, impulsado en 1993 por
Carlos Salinas de Gortari, en un acuerdo cupular con el Partido de Acción
Nacional, sin el consenso del pueblo mexicano y desoyendo las razones de los
legisladores progresistas de esa legislatura.
Por las razones expuestas y con
fundamento en las normas jurídicas invocadas, me permito someter a la
consideración del Constituyente Permanente la siguiente iniciativa de decreto que reforma la fracción I del artículo 82 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
Unico.- Se reforma la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, a través de la modificación a la fracción I del artículo 82,
para quedar como sigue:
“Artículo 82.
Para ser Presidente se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de
sus derechos, hijo de padres mexicanos por nacimiento y haber residido en el
país al menos durante los últimos 20 años.
II a VII. ...”
Transitorio
Unico.-
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo,
a los 16 días del mes de abril del año 2002.
Diputado Jaime Martínez Veloz (rúbrica)
(Turnada a la Comisión
de Puntos Constitucionales. Abril 16 de 2002.)