De
reformas al articulo 123 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de seguridad social, presentada por el diputado Samuel
Aguilar Solis, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, en la sesion del martes 26 de diciembre de 2000
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Samuel Aguilar Solís, en mi
carácter de diputado federal de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la
Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional; con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los
artículos 55, fracción II; 56 y 62 del Reglamentó Interior del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos; me permito someter a consideración de la H.
Cámara de Diputados, la presente Iniciativa que Adiciona un párrafo al artículo 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
• Los orígenes de la seguridad social
Entre los modelos teóricos e
históricos más significativos de la seguridad social como sistema de protección
hacia la sociedad destacan, en primer lugar, el Sistema del Seguro Social en la
Alemania de 1883, creado por el canciller Otto Leopold von Bismarck,
enmarcándose como el origen del Estado de bienestar social.
Es importante mencionar que se
presenta más como un sistema de seguros sociales que como sistema de seguridad
social, que van surgiendo paulatinamente: en 1883 el seguro de enfermedad
administrado por las mutuales ya existentes; el de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales, administrado por las asociaciones de empleadores, y
el de invalidez y vejez a cargo de las autoridades provisionales en 1889.
Los fondos se integran con la
afiliación y cotización obligatoria con participación tripartita.
Es de señalarse que en 1919 el
Código General de Seguros Sociales se institucionaliza a través de su
incorporación a la Constitución de Weimar de 1919.
Hasta la actualidad, se trata de
un amplio seguro obligatorio establecido por el Estado que en sus ramas
clásicas, como enfermedad, accidentes, invalidez y vejez, y se remonta a la
legislación social de Bismarck.
El papel que jugó la seguridad
social en el proceso de industrialización alemán, constituye sin duda un factor
determinante en la evolución no sólo económica sino social de dicho país, y
surge no como una demanda sentida de la sociedad, sino como producto de la
voluntad política de unificación de un Estado.
Este Estado, no se concibe con la
concepción moderna, sino con la concepción de un Estado fuerte, organizador del
proyecto de nación y de economía atendiendo los distintos componentes del
desarrollo, y dentro de él, el cuidado de la fuerza de trabajo como eje
central.
Así, la característica primordial
del modelo de seguro social implantado por Bismarck, se enmarca en la cobertura
de la fuerza de trabajo asalariada y su familia; lógica que se articula en el
cuidado físico e intelectual del trabajador, su familia y las futuras
generaciones, otorgándose las prestaciones en función de las necesidades de los
trabajadores, independientemente de sus aportes individuales.
Un segundo modelo se constituye a
partir del Informe de Sir William Beveridge al Gobierno Británico en 1942
“Sobre seguros sociales y sistemas afines”.
En dicho planteamiento, se impulsó
en forma importante la transformación del sistema de seguros sociales al
régimen de seguridad social. Dicho planteamiento sentaba las bases para una
nueva organización social, a efecto de dar respuesta a la problemática social
surgida como consecuencia de la segunda guerra mundial.
Como producto de dicho modelo se
proponen bases de seguridad social más amplias, bajo una perspectiva de
seguridad social integral, como parte de una amplia política de progreso social
promovida desde el Estado.
• Evolución de la seguridad social en México
Los primeros antecedentes del
establecimiento de un sistema de seguridad social para los trabajadores y sus
familias en México, se remontan a la época Porfirista, promulgándose en el
estado de México una Ley de Accidentes de Trabajo que data de 1904.
Asimismo, en el año de 1906 en el
estado de Nuevo León, se promulga de igual forma por el Gobernador
constitucional, la Ley sobre Accidentes de Trabajo. En ambos ordenamientos
jurídicos, se reconocía la obligación para los empresarios de atender a sus
empleados en casos de enfermedad, accidente o muerte, derivados del
cumplimiento de sus labores.
El precedente histórico
fundamental de la seguridad social surge en la construcción del Estado Mexicano
en 1917, contemplándose en el artículo 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos promulgada en 5 de febrero de dicho año.
En dicho precepto, se enmarca a la
seguridad social dentro de las cajas de seguros populares, tales como
invalidez, vida, cesación voluntaria en el trabajo y accidentes entre otros
preceptos; estableciéndolos como “de utilidad social”.
Posteriormente, en el año de 1925
se discutió un proyecto de Ley sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales, en el cual se propuso la creación del Instituto Nacional de
Seguros Sociales, cuya administración sería tripartita, y las aportaciones
exclusivamente patronales, lo cual fue el motivo de la falta de consenso para
su aprobación.
De la misma forma, en 1929,
mediante la modificación de la fracción XXIX del artículo 123 constitucional,
se estableció la necesidad de una Ley del Seguro Social, que comprendiera los
seguros de invalidez, de vida, de cesación involuntaria de trabajo, de
enfermedades y accidentes.
Así, durante la segunda mitad del
mandato del Presidente Lázaro Cárdenas se presentó un proyecto de Ley del
Seguro Social, con el objeto de crear un Instituto de Seguros Sociales para los
trabajadores del sector industrial y agropecuario con administración y
aportación tripartita, cubriendo riesgos de enfermedades profesionales,
accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales y maternidad y vejez;
mismo que fue rechazado en 1938.
Con la creación de la Secretaría
de Trabajo y Previsión Social en el gobierno de Manuel Avila Camacho en 1942,
se envía al H. Congreso de la Unión la iniciativa de Ley del Seguro Social,
misma que es aprobada y publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 19 de enero de 1943.
Es de destacarse que dicha Ley
señala que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho humano
a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y
los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo; a
través del Instituto Mexicano del Seguro Social , el cual, una vez que entró en
operación, recibió, mediante una reforma a la Ley en cuestión, aportaciones de
carácter obligatorio.
En 1962, al efectuarse reformas a
la Ley Federal del Trabajo, los servicios de guardería infantil para los hijos
de trabajadoras quedan a cargo del IMSS.
La capacidad de crecimiento del
IMSS no alcanzaba a los crecientes grupos sociales que demandaban sus
servicios, sobre todo en las regiones del país en las que su presencia era
limitada, aunado al incremento de sus prestaciones, lo que originó que en 1973
se diera una nueva legislación que regulara la seguridad social durante los
siguientes 22 años.
• Reformas al sistema de seguridad social en México
La seguridad social, surge como
una demanda del pueblo, producto de la Revolución Mexicana, lo que ha permitido
que los cambios en la legislación mexicana en torno a este tema, sean producto
de demandas sentidas y conquistas invaluables de los trabajadores.
En este sentido, la seguridad
social ha enfrentado nuevos retos y experimentado importantes cambios con el
objetivo de continuar brindando protección y bienestar a nuestra población.
Gracias a la visión de las reformas y al consenso con la población, la
seguridad social ha permitido alcanzar importantes logros: mejores condiciones
de salud de la población, prestaciones sociales y pensiones más justas y
equitativas, que garantizan bases más sólidas para el crecimiento y la mejora
de la calidad de vida de la población.
• La seguridad social en un sentido amplio
La seguridad social en nuestro
país, expresada a través de sus instituciones: el Instituto Mexicano del Seguro
Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado fundamentalmente, ha coadyuvado a la formación de una sociedad más justa
y sana, pero sobre todo: humana, bajo los principios de equidad, universalidad,
eficiencia y solidaridad.
La protección social pública para
el bienestar de los mexicanos y mexicanas, para el sustento y el desarrollo de
nuestro país, ha tenido su más alta expresión en la seguridad social. Esta,
como conquista invaluable de los trabajadores y las trabajadoras de México.
Sin embargo, en virtud de que la
seguridad social adquiere sentido en su finalidad de proteger al hombre frente
a todos los riesgos tradicionalmente considerados, proporcionarle prestaciones
en especie o en dinero y servicios sociales, de acuerdo con las necesidades y
apremios de cada nación, que tienden a mejorar sus niveles de vida, en México,
la seguridad social no sólo se enmarca al IMSS y al ISSSTE, sino que las
fuerzas armadas, y los gobiernos de entidades federativas y municipios, han
procurado otorgar prestaciones sociales a sus trabajadores; e incluso el
Instituto Mexicano del Seguro Social, ha ampliado su cobertura a través de
convenios o mediante incorporación voluntaria.
Los servicios médicos y sociales
de la seguridad social crean nuevas necesidades entre los sectores mayoritarios
de la población, permitiendo un mayor desarrollo social y económico para los
mexicanos.
Asimismo, la seguridad social es
un factor del nuevo ordenamiento de la convivencia humana y constituye una
manifestación siempre activa, de la solidaridad que anima, como principal
exponente, el progreso social de un pueblo.
La trascendencia social de sus
preceptos son la mejor guía para que su materialización se traduzca en el
bienestar de millones de familias; por tanto, su preservación y mejoramiento
constituye una demanda que ha encausado importantes reformas en nuestro sistema
de seguridad social.
•
La seguridad social hoy, trascendencia, trayectoria y perspectivas
El Instituto Mexicano del Seguro
Social es una de las más grandes y más queridas instituciones de los mexicanos,
en tanto que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado, atiende a quienes trabajan en el Gobierno Federal y donde también
se hace un gran esfuerzo para mejorar sus servicios y asegurar su existencia
futura.
En tal sentido, hoy, cerca de 60
millones de mexicanos cuentan con los beneficios de la seguridad social,
recibiendo atención y servicios médicos, sistemas de guarderías; prestaciones
sociales; pensiones por cesantía, vejez o invalidez, así como protección en
caso de riesgos de trabajo.
•
La seguridad social: una responsabilidad del Estado, un derecho de todos los
mexicanos
La seguridad social, permite
cumplir con los objetivos de política social y económica; es un elemento que
coadyuva a la distribución del ingreso; es expresión de solidaridad social y
baluarte de equidad y estabilidad.
Aunado a lo anterior, garantiza el
derecho a la salud; la atención médica; la protección de los medios de
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar no sólo
individual; sino colectivo.
En tal sentido, la seguridad
social en México, por su trascendente valor no sólo para consolidar el
desarrollo social de la nación sino para preservar la armonía y la paz social,
debe constituirse como una responsabilidad del Estado; como una política social
inherente al Estado y más que nada, como un derecho inalienable de los
mexicanos.
La expresión de éste derecho como
un principio rector de la vida comunitaria del país que coadyuve a preservar a
la seguridad social como una vía para hacer efectivos los derechos sociales e
individuales debe de salvaguardarse expresamente en nuestra Carta Magna.
Lo anterior, fundado no sólo en la
vital importancia de la seguridad social, sino como expresión de que en la
dinámica constitucional, es posible y es menester del legislador adecuar los
preceptos a la realidad social y a la demanda y a las aspiraciones sociales de
los mexicanos.
Así, expongo la presente
Iniciativa de adición al artículo 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos con el fin de incorporar a la seguridad social dentro
del contexto de dicho artículo en el cual se enmarcan diversas garantías de
naturaleza tanto social como individual, a los trabajadores de México, bajo un
sentido amplio de la previsión social.
Los derechos sociales consagrados
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde 1917, han prevalecido
como derechos inquebrantables para los mexicanos.
En tal sentido, la seguridad
social no sólo es de interés público, sino menester del Estado proporcionarla,
sin estar sujeto a programas económicos o bien a necesidades político‑electorales,
sino más bien como una mezcla de lo económico, lo político y lo cultural, que
le da origen a la vida social de los mexicanos.
Con fundamento en lo anteriormente
expuesto, presento el siguiente
Proyecto de Decreto que reforma
el artículo 123 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos
Articulo
Unico.‑ Se adiciona un párrafo al artículo 123 para quedar
como sigue:
Artículo
123. ...
Los trabajadores y trabajadoras
gozarán de un sistema de seguridad social, como garantía del Estado.
Transitorio
Unico.‑ El
presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la H. Cámara de Diputados
del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 26 días del
mes de diciembre de 2000.
Dip. Samuel Aguilar Solís