| 
											
											
											No. | 
											
											
											MINUTA  | 
											
											
											CONTENIDO | 
											
											
											TURNO | 
									
									
										| 
										
										
										1 | 
										
										
										
										Que adiciona
										cuatro 
										párrafos al artículo 33 de la 
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Federico Döring 
										Casar (PAN), el 11 de diciembre de 2007. 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 1 de abril de 2008. 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 3 de 
										abril de 2008. Proyecto de decreto 
										aprobado por 104 votos. Se turnó a la 
										Cámara de Diputados, para los efectos 
										del Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										Minuta recibida el 8 de abril de 2008. 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 9 de diciembre de 2008. 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 19 de marzo de 
										2009. Proyecto de decreto aprobado por 
										314 en pro, 4 en contra y 5 
										abstenciones. Pasó a la Cámara de 
										Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 
										2009. 
										(LX 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 1 de Diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 8 de Diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 70 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado D) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										ARTÍCULO ÚNICO.- 
										Se desecha la Minuta Proyecto de decreto 
										por el que se adicionan cuatro párrafos 
										al artículo 33 de la Ley General de 
										Salud, para los efectos de lo dispuesto 
										por la fracción e) del artículo 72 
										Constitucional. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										2 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley General de Salud, 
										en materia de medicina paliativa. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge 
										Quintero Bello (PAN) el 26 de abril de 
										2007. (LX Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 4 de octubre de 2007. (LX 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 9 de octubre de 
										2007. Proyecto de decreto aprobado por 
										370 votos en pro y 1 abstención. Pasó a 
										la Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 11 de octubre 
										de 2007. 
										(LX 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 6 de Diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 8 de Diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 70 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado D) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										ARTÍCULO ÚNICO.- 
										Se desecha la Minuta Proyecto de decreto 
										por el que se reforman y adicionan 
										diversas disposiciones de la Ley General 
										de Salud, en materia de medicina 
										paliativa. | 
									
										| 
										
										
										3 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. 
										Francisco Salvador López Brito (PAN) el 
										14 de noviembre de 2002 (LVIII 
										Legislatura). 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 21 de septiembre de 2004. (LIX) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 23 de 
										septiembre de 2004. Aprobado por 344 
										votos en pro y 2 abstenciones. 
										
										
										Pasó a la Cámara 
										de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										((LIX Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en el Senado de la 
										República el 28 de septiembre de 2004. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										en el Senado de la República el 25 de 
										abril de 2006. (LIX Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado en el 
										Senado de la República el 26 de abril de 
										2006. Aprobado por 78 votos en pro. Se 
										devolvió a la Cámara de Diputados, para 
										los efectos del inciso e) del artículo 
										72 Constitucional. (LIX) 
										
										
										Minuta presentada el 5 de septiembre de 
										2006. 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 13 de febrero de 2007. 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 1 de marzo de 
										2007. Proyecto de decreto aprobado por 
										unanimidad de 363. Pasa a la Cámara de 
										Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 
										2007. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 1 de Diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 8 de Diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 70 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado D) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										ARTÍCULO ÚNICO.- 
										Se desecha la Minuta proyecto de decreto 
										que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley General de 
										Salud, para los efectos del inciso e) 
										del artículo 72 constitucional. | 
									
										| 
										
										
										4 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley de Desarrollo Rural Sustentable. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. María 
										del Carmen Izaguirre Francos (PRI) el 17 
										de marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 27 de septiembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 330 votos. Pasó a la 
										Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 29 de 
										septiembre de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 13 de Diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 14 de Diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 70 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado D) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										PRIMERO.- 
										Se da por concluido el procedimiento 
										legislativo de la Minuta con Proyecto de 
										Decreto por el que se reforman y 
										adicionan diversas disposiciones de la 
										Ley de Desarrollo Rural Sustentable. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										Archívese el proyecto de decreto 
										mencionado en el presente dictamen como 
										concluido. | 
										
										Comisión de 
										
										Desarrollo Rural, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										5 | 
										
										
										
										Que reforma las 
										fracciones I y III del artículo 61 de la
										
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										senadores Guillermo Tamborrel Suárez, 
										Felipe González González, Alfredo 
										Rodríguez y Pacheco, José Antonio Badía 
										San Martín, Martha Leticia Sosa Govea, 
										Minerva Hernández Ramos, Beatriz Zavala 
										Peniche, Juan Bueno Torio y Héctor Pérez 
										Plazola el 1 de marzo de 2011. 
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 1 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 77 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Llevar a cabo la atención de la mujer 
										durante el embarazo, el parto y el 
										puerperio; así como la detección 
										temprana y en su caso tratamiento del 
										VIH/SIDA y otras ITS en mujeres 
										embarazadas a fin de evitar la 
										trasmisión perinatal. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										6 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 148 y adiciona el artículo 148 
										Bis y una fracción VI al artículo 155 de 
										la 
										
										
										Ley Agraria. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por la 
										Senadora Martha Leticia Sosa Govea el 14 
										de diciembre de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										Diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 78 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que el Registro Agrario 
										Nacional operará de manera eficaz, 
										oportuna, expedita y transparente, en su 
										reglamento se regularán los 
										procedimientos y requisitos para 
										realizar cualquiera de los trámites de 
										conformidad con la Ley. 
										
										
										El Reglamento Interno del Registro 
										Agrario Nacional establecerá las normas 
										de organización y funcionamiento, 
										necesarias para garantizar que el 
										ejercicio de sus facultades se realice 
										de manera pronta, expedita y 
										transparente. Asimismo delegará a sus 
										representaciones en los estados las 
										facultades necesarias, a fin de 
										cumplimentar lo anterior. 
										
										
										Facultar al Registro Agrario Nacional 
										para tramitar de manera expedita todas 
										las solicitudes que le sean planteadas 
										y, en todo caso emitirá una respuesta en 
										un plazo que no exceda de sesenta días 
										naturales, contados a partir de la fecha 
										de recepción de la solicitud. | 
										
										Comisión de 
										Reforma 
										Agraria, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										7 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 181 de la 
										
										
										Ley Agraria. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										Integrantes de la Comisión de Reforma 
										Agraria, Senadores: Eduardo Tomás Nava 
										Bolaños, Francisco Herrera León, Arturo 
										Herviz Reyes, Alfredo Rodríguez y 
										Pacheco y Julio César Aguirre Mendez el 
										14 de diciembre de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										Diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 76 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que presentada la demanda o 
										realizada la comparecencia, el tribunal 
										del conocimiento la examinará y si 
										advierte que es notoriamente 
										improcedente, la desechará de plano. 
										
										
										En caso de haber irregularidades en la 
										demanda o se hubiese omitido alguno de 
										los requisitos previstos legalmente, el 
										tribunal prevendrá al actor para que lo 
										subsane dentro del término de ocho días 
										y si transcurrido este plazo no 
										manifestara nada el promovente o la 
										prevención no fuera desahogada en los 
										términos requeridos, también se 
										desechará. 
										
										
										En todos los casos la resolución que se 
										dicte, deberá ser fundada y motivada. | 
										
										Comisión de 
										Reforma 
										Agraria, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										8 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 242 de la 
										
										
										Ley del Seguro Social. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										senadores Rogelio Humberto Rueda 
										Sánchez, María de los Ángeles Moreno 
										Uriegas y Raúl José Mejía González 
										(PRI), el 8 de noviembre de 2011. 
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 1 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 60 votos en pro y 21 en 
										contra. Pasa a la Cámara de Diputados 
										para los efectos del Apartado A) 
										del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que todos los sujetos que 
										voluntariamente se incorporen al seguro 
										de salud para la familia, incluidos los 
										familiares y cualquier familiar 
										adicional pagarán anualmente la cuota 
										establecida correspondiente, 
										clasificándose por el grupo de edad a 
										que pertenezcan. El Consejo Técnico 
										podrá determinar anualmente el importe 
										de las cuotas a aplicar, previa 
										realización de los análisis y estudios 
										actuariales pertinentes, sin detrimento 
										del principio de solidaridad social. | 
										
										Comisiones Unidas de Seguridad Social 
										y de Hacienda y Crédito Público, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										9 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 112 de la 
										
										
										Ley de Migración. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Sen. 
										Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) el 20 de 
										septiembre de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 
										
										6 de diciembre de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 69 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										La Comisión Nacional de Derechos Humanos 
										y los Comités Estatales del Sistema 
										Nacional de Seguimiento y Vigilancia de 
										la Aplicación de la Convención de los 
										Derechos Humanos de la Niñez, 
										coadyuvarán en la garantía y protección 
										de los derechos de niñas, niños y 
										adolescentes migrantes extranjeros. 
										
										
										Corresponderá al Sistema Nacional para 
										el Desarrollo Integral de la Familia, 
										coordinar y coadyuvar con los Sistemas 
										Estatales DIF y del Distrito Federal que 
										corresponda, el eficaz retorno de la 
										niña, niño o adolescente migrante 
										nacional no acompañado con sus 
										familiares adultos. | 
										
										Comisión de 
										
										Población, Fronteras y Asuntos 
										Migratorios, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										10 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley General de Educación. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										Senadores Silvano Aureoles Conejo, José 
										Luis Máximo García Zalvidea, Rubén 
										Fernando Velázquez López, Antonio Mejía 
										Haro y Lázaro Mazón Alonso (PRD), el 13 
										de noviembre de 2008. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 12 de 
										mayo de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por la 
										Senadora María del Socorro García Quiroz 
										(PRI) el 5 de octubre de 2010. 
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) el 13 
										de julio de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										En la Cámara de Senadores, el Senador 
										Rubén Camarillo Ortega, Presidente de la 
										Comisión de Relaciones Exteriores, 
										Organizaciones no Gubernamentales, 
										remitió las Recomendaciones No 
										Vinculatorias al Senado de la República 
										de Organizaciones de la Sociedad Civil 
										de y para Personas con Discapacidad, 
										tituladas: Propuestas de reformas 
										legislativas para armonizar la Ley 
										Federal del Trabajo con la Convención 
										sobre los Derechos de las Personas con 
										Discapacidad, y Propuestas de Reformas 
										Legislativas para Armonizar la Ley 
										General de Educación con la Convención 
										sobre los Derechos de las Personas con 
										Discapacidad, el 8 de noviembre de 2011.
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 10 de 
										noviembre de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 72 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										La educación que impartan el Estado, sus 
										organismos descentralizados y los 
										particulares con autorización o con 
										reconocimiento de validez oficial de 
										estudios asegurará la inclusión de los 
										educandos en el sistema educativo 
										nacional, en un marco de respeto, 
										igualdad y equidad. Asimismo, promoverán 
										y fomentarán el respeto a los grupos 
										vulnerables para contribuir en su 
										proceso de desarrollo e integración 
										social. 
										
										
										Las autoridades educativas en el ámbito 
										de sus respectivas competencias 
										desarrollarán programas de asesoría y 
										apoyo a los maestros que atiendan 
										alumnos con discapacidad. 
										
										
										La formación y capacitación de maestros 
										de educación especial promoverá el trato 
										digno a las personas con discapacidad 
										por parte de los educadores; asimismo, 
										desarrollará las habilidades necesarias 
										para sensibilizar al resto de la 
										comunidad educativa sobre esta condición 
										y las aptitudes para comunicarse en 
										Lenguaje de Señas Mexicana, en el 
										Sistema de Escritura Braille, o 
										cualquier otro sistema que garantice el 
										adecuado aprovechamiento de los 
										educandos. 
										
										
										Quienes presten servicios educativos en 
										el marco del sistema educativo nacional 
										atenderán las disposiciones en materia 
										de accesibilidad señaladas en la Ley 
										General para la Inclusión de las 
										Personas con Discapacidad, en la Ley 
										General de la Infraestructura Física 
										Educativa, y en las demás normas 
										aplicables. | 
										
										Comisión de 
										
										Educación Pública y Servicios Educativos, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										11 | 
										
										
										
										Que adiciona un 
										segundo párrafo al artículo 199 de la
										
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Antonio Mejía Haro (PRD) el 8 de febrero 
										de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de Diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer la obligación de los 
										Gobiernos de las Entidades Federativas 
										para ejercer la verificación y control 
										de los establecimientos que expendan o 
										suministren al público alimentos y 
										bebidas no alcohólicas, respecto de la 
										publicidad del contenido calórico y 
										nutricional de los platillos y bebidas 
										en los menús que ofrecen al público. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										12 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 32 de la 
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Lázaro Mazón Alonso (PRD) el 1 de marzo 
										de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de Diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 76 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Permitir que la atención médica pueda 
										proporcionarse a la población apoyada en 
										medios electrónicos, acorde a la 
										normatividad secundaria emitida por la 
										Secretaría de Salud. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										13 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 72 y 73 de la 
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por las 
										senadoras Margarita Villaescusa Rojo, 
										Norma Esparza Herrera, Carmen Guadalupe 
										Fonz Sáenz, María del Socorro García 
										Quiroz, Rosario Green Macías, Amira 
										Gricelda Gómez Tueme y María Elena 
										Orantes López (PRI) el 17 de noviembre 
										de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de Diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 71 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que se entendera por salud 
										mental, el estado de bienestar que una 
										persona experimenta como resultado de su 
										buen funcionamiento en los aspectos 
										cognoscitivos, afectivos y conductuales 
										y, en última instancia el despliegue 
										optimo de sus potencialidades 
										individuales para la convivencia, el 
										trabajo y la recreación. Asimismo, la 
										prevención y atención de los trastornos 
										mentales y del comportamiento, deberá 
										brindarse con un enfoque comunitario, de 
										reinserción psicosocial y con estricto 
										respeto a los derechos humanos de los 
										usuarios de estos servicios, en los 
										sectores público, privado y social. 
										
										
										Establece que la Secretaría de Salud, 
										las instituciones de salud y los 
										gobiernos de las entidades federativas, 
										en coordinación con las autoridades 
										competentes en cada materia, fomentarán 
										y apoyarán: la implementación 
										estratégica y gradual de servicios de 
										salud mental ambulatorios e 
										interdisciplinarios, en establecimientos 
										de la red del Sistema Nacional de Salud, 
										que permita abatir la brecha de 
										atención; las acciones y campañas de 
										prevención y detección de trastornos 
										mentales y del comportamiento en áreas 
										educativas, en coordinación con las 
										instancias e instituciones 
										correspondientes; la investigación 
										multidisciplinaria materia de salud 
										mental; la participación de observadores 
										externos para vigilar el pleno respeto 
										de los derechos humanos de las personas 
										con trastornos mentales y del 
										comportamiento, que son atendidas en los 
										establecimiento de la red del Sistema 
										Nacional de Salud; la coordinación de un 
										Sistema Nacional de Información y 
										Vigilancia, con el objeto de identificar 
										los principales trastornos mentales y 
										del comportamiento que afectan a la 
										población; la coordinación y promoción 
										con instancias de la Secretaría del 
										Trabajo y Previsión Social, de 
										dispositivos laborales que garanticen el 
										trabajo semi y protegido, y la 
										capacitación para personas con 
										trastornos mentales y del 
										comportamiento; así como la coordinación 
										y promoción con instancias de desarrollo 
										y asistencia social, de dispositivos 
										sociales vinculados a la salud mental 
										como programas que garanticen 
										residencias asistidas y subsidiadas. | 
									
										| 
										
										
										14 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Juan Fernando Perdomo Bueno (CONV) el 28 
										de julio de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										senadores Guillermo Tamborrel Suarez y 
										Ernesto Saro Boardman (PAN), el 10 de 
										noviembre de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar los términos de “invalidez” y 
										“minusválidos” por el de 
										“discapacitados” o “personas con 
										discapacidad”. Inserta como materia de 
										Salubridad General a la prevención de la 
										discapacidad; rehabilitación y 
										habilitación de las personas con 
										discapacidad. 
										
										
										Modificar en la Ley el término de 
										“Secretaría de Comercio y Fomento 
										Industrial” por el de “Secretaría 
										Economía”. | 
									
										| 
										
										
										15 | 
										
										
										
										Que reforma la 
										Fracción II del artículo 185 de la
										
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										senadores Ludivina Menchaca Castellanos 
										(PVEM), María del Socorro García Quiroz 
										(PRI), Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) 
										y Javier Orozco Gómez (PVEM) el 8 de 
										marzo de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 71 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir a los jóvenes y grupos de 
										riesgo, como parte de la educación que 
										se imparte sobre los efectos del consumo 
										de alcohol en la salud y en las 
										relaciones sociales. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										16 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 12, fracción VII; 31, fracción 
										III; 108, fracción II; 135; 214, y se 
										adicionan un párrafo tercero al artículo 
										19; un segundo párrafo al artículo 40 
										recorriéndose el subsecuente en su 
										orden; y un segundo párrafo a la 
										fracción I del artículo 102 de la 
										
										
										Ley del Instituto de Seguridad Social 
										para las Fuerzas Armadas Mexicanas. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 22 
										de septiembre de 2009. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el 
										Ejecutivo Federal el 22 de junio de 
										2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar al ISSSFAM para aprobar y 
										expedir su “Estatuto Orgánico”. 
										
										
										La afiliación de los hijos menores del 
										personal militar se podrá realizar con 
										la sola presentación de la copia 
										certificada del acta de nacimiento del 
										hijo de que se trate o por mandamiento 
										judicial. 
										
										
										Otorgar una pensión vitalicia a la viuda 
										de los soldados caídos en acción de 
										armas, la cual no será menor a 10 mil 
										pesos mensuales. Asimismo, los 
										familiares del militar fallecido en 
										actos del servicio, tendrán acceso a la 
										prestación del crédito a la vivienda 
										como una excepción a la regla que 
										establece cuando menos diez años de 
										permanencia en el servicio activo. 
										
										
										Establece que la instancia competente 
										para dirimir los conflictos que surjan 
										sobre la aplicación de la Ley, serán los 
										Tribunales Locales de acuerdo con la 
										naturaleza de la causa. | 
										
										
										Comisión de 
										
										Defensa Nacional, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										17 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Ley de Aeropuertos. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Fernando Castro Trenti (PRI) el 28 de 
										octubre de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 13 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 78 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Resolver aspectos incorrectamente 
										regulados o no previstos, que dan pauta 
										a que exista gran discrecionalidad por 
										parte de la autoridad, situación que 
										inhibe la inversión en dicho sector, 
										para ello se crean en la ley, medios que 
										estimulen la competencia, la oferta 
										aeroportuaria, el impulso del desarrollo 
										de los prestadores de servicios en 
										igualdad de condiciones, la aplicación 
										de alternativas para solucionar 
										problemas relacionados con dicho sector 
										y para que las tarifas por la prestación 
										de dicho servicio, sean más accesibles 
										para los usuarios. | 
										
										Comisión de 
										
										Transportes, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										18 | 
										
										
										
										Que adiciona un 
										segundo párrafo al artículo 12 de la
										
										
										
										Ley Federal de Protección al Consumidor. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Raúl Mejía González (PRI) el 4 de 
										noviembre de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 
										
										13 de diciembre de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 78 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Obligar a los proveedores de bienes o 
										servicios a entregar al consumidor 
										factura, recibo o comprobante, en el que 
										consten los datos específicos de la 
										compraventa, servicio prestado u 
										operación realizada, sin perjuicio de lo 
										dispuesto por la legislación fiscal. 
										
										
										El proveedor deberá exhibir en un lugar 
										visible, así como en su publicidad 
										impresa, el monto de las comisiones 
										aplicables a cada forma de pago, en caso 
										de que éstas existan. Asimismo, se 
										establecerá en el comprobante de venta 
										correspondiente, en el caso de existir, 
										el monto de la comisión cargado en el 
										precio. | 
										
										Comisión de 
										Economía, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										19 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 24 de la 
										
										
										Ley Federal de Protección al Consumidor. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) el 15 de 
										febrero de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 
										
										13 de diciembre de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 72 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Obligar a los proveedores a coadyuvar 
										con las autoridades competentes para 
										salvaguardar los derechos de la 
										infancia, adultos mayores, personas con 
										discapacidad e indígenas; y para que 
										publiquen, a través de cualquier medio, 
										los productos y servicios que con motivo 
										de sus verificaciones sean detectados 
										como riesgosos o en incumplimiento a las 
										disposiciones jurídicas aplicables. | 
									
										| 
										
										
										20 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 46, 76 y 105 de la 
										
										
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Ramiro Hernández García (PRI) el 28 de 
										abril de 2008. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Humberto Andrade Quezada (PAN) el 19 de 
										octubre de 2010. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por los 
										senadores José González Morfín, Santiago 
										Creel Miranda, y Humberto Aguilar 
										Coronado del (PAN); Manlio Fabio 
										Beltrones Rivera y Melquíades Morales 
										Flores del (PRI); Carlos Navarrete Ruiz 
										del (PRD); Arturo Escobar y Vega del 
										Partido (PVEM); Dante Alfonso Delgado 
										Rannauro del Partido (CONV); y Ricardo 
										Monreal Ávila del (PT); y como 
										integrantes de la Junta de Coordinación 
										Política el 24 de marzo de 2011. 
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Héctor Pérez Plazola (PAN) el 12 de 
										abril de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 14 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el
										
										
										15 de diciembre de 2011. 
										Proyecto de decreto aprobado por 84 
										votos en pro y 3 en contra. Pasa a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Derogar las facultades del Senado de la 
										República de autorizar mediante decreto 
										aprobado por el voto de las dos terceras 
										partes de los individuos presentes, los 
										convenios amistosos que sobre sus 
										respectivos límites celebren las 
										entidades federativas y de resolver de 
										manera definitiva los conflictos sobre 
										límites territoriales de las entidades 
										federativas que así lo soliciten, 
										mediante decreto aprobado por el voto de 
										las dos terceras partes de los 
										individuos presentes. 
										
										
										Asimismo, eliminar excepción de que la 
										Suprema Corte de Justicia de la Nación 
										conozca en controversia constitucional 
										del conflicto de límites territoriales 
										entre los Estados miembros de la 
										Federación. | 
										
										Comisión de 
										Puntos 
										Constitucionales, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										21 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										párrafos primero y último del artículo 
										25, así como el párrafo primero y 
										tercero del apartado A del artículo 26 
										de la 
										
										
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Eloy Cantú Segovia, a nombre propio y de 
										los senadores del Grupo Parlamentario 
										del PRI el 22 de febrero de 2011. 
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 14 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 15 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 87 votos en pro Y 2 en 
										contra. Pasa a la Cámara de Diputados 
										para los efectos del Apartado A) 
										del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir a la competitividad entre los 
										principios constitucionales que rigen el 
										desarrollo económico de la Nación, 
										definiéndola como el conjunto de 
										condiciones necesarias para generar un 
										mayor crecimiento económico, promoviendo 
										la inversión y la generación de empleo. 
										
										
										Implementar una política nacional para 
										el desarrollo industrial, que incluya 
										vertientes sectoriales y regionales.
										 
										
										
										Anexar a la competitividad en el esquema 
										de planeación del desarrollo previsto en 
										el artículo 26 de la Constitución 
										Política. | 
										
										Comisión de 
										Puntos 
										Constitucionales, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										22 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 81 Bis de la 
										
										
										Ley Orgánica de la Armada de México
										
										
										y 175 Bis de la 
										Ley Orgánica del Ejército y Fuerza 
										Aérea Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 8 de 
										febrero de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 14 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 15 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que la licencia por edad 
										límite es la que se concede a los 
										miltares o a los miembros de la Armada 
										de México con veinte, o más años de 
										servicios efectivos que estén próximos a 
										ser colocados en situación de retiro por 
										edad límite. Esta licencia será 
										concedida por una sola ocasión, con goce 
										de las percepciones que esté recibiendo 
										el militar sin interrumpir su tiempo de 
										servicios, en los términos y condiciones 
										que establezca el Reglamento 
										correspondiente. | 
										
										
										Comisión de 
										
										Defensa Nacional, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										23 | 
										
										
										
										Que reforma las 
										fracciones IX y X y se adiciona una 
										fracción XI al artículo 1 de la 
										
										
										Ley Federal de Protección al Consumidor. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										
										presentada 
										en la Cámara de Senadores por el Senador 
										Luis Walton Aburto (MC) el 14 de 
										septiembre de 2011. 
										
										(LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 13 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 72 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Fortalecer el marco jurídico de 
										protección a los derechos de los 
										consumidores y fomentar la creación de 
										grupos u organizaciones que promocionen 
										y defiendan estos derechos. 
										 
										
										
										Establecer la libertad de constituir 
										grupos u otras organizaciones de 
										consumidores sin contravenir las 
										disposiciones de esta ley, que sean 
										garantes de los derechos del consumidor. | 
										
										Comisión de 
										Economía, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										24 | 
										
										
										
										Que adiciona un 
										segundo párrafo a la Fracción VIII del 
										Artículo 5 de la 
										
										
										Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte 
										Federal. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. María de 
										la Paz Quiñones Cornejo (PRI) el 8 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. 
										Alejandro del Mazo Maza (PVEM) el 25 de 
										mayo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 4 
										de octubre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 11 de octubre de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										375 votos en pro y 3 abstenciones. Pasó 
										a la Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 13 de octubre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 1 de diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 8 de diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 75 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado E) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer una cuota de peaje 
										diferenciada para automóviles y 
										motocicletas. Las motocicletas pagarán 
										el 50 por ciento del peaje que pagan los 
										automóviles. | 
										
										Comisión de 
										
										Transportes, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										25 | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 94 y 113, fracción VI de la
										
										
										
										Ley General de Población. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										      De la LIX Legislatura: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. Martha 
										Laguette Lardizábal (PR), el 20 de 
										octubre de 2005. 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Blanca 
										Eppen Canales (PAN), el 10 noviembre de 
										2005. 
										
										
										      De la LX Legislatura: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. Irma 
										Figueroa Romero (PRD), el 11 de 
										noviembre de 2006.  
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Ruth T. 
										Hernández Martínez (PAN), el 2 de 
										febrero de 2006.  
										
										
										Iniciativa Presentada por la Dip. 
										Marisol Urrea Camarena (PAN), el 7 de 
										marzo de 2006.  
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. 
										Marisol Vargas Barcena ( PAN), el 24 de 
										mayo 2006.  
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Tomás 
										Gloria Requena (PRI), el 17 de abril de 
										2007. 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Gerardo 
										Vargas Landeros (PRI), el 26 de abril de 
										2007. 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. 
										Maricela Contreras Julián. (PRD), el 29 
										de noviembre de 2007. 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Bertha 
										Yolanda Ramírez (PRI), el 30 de abril de 
										2008.  
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Manuel 
										Portilla Diéguez (PVEM), el 7 de octubre 
										de 2008.  
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Humberto 
										Dávila Esquivel (PAN), el 11 de 
										diciembre de 2008. 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. 
										Alejandro Chaniba Burguete (CONV), el 24 
										de febrero de 2009. 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 20 de abril de 2010. 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 21 de abril de 
										2010. Proyecto de decreto aprobado por 
										297 votos y 1 abstención. Pasa a la 
										Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 22 de abril de 
										2010. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 6 de diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 8 de diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 72 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado E) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que los tres órdenes de 
										gobierno serán auxiliares de la 
										Secretaría de Gobernación para adoptar 
										el uso de la Clave Única de Registro de 
										Población como fuente de información 
										para la realización de trámites 
										oficiales, procurando evitar solicitar a 
										las personas documentos adicionales para 
										la obtención de datos de identidad que 
										no requieran elementos de identificación 
										física. | 
										
										Comisión de 
										
										Población, Fronteras y Asuntos 
										Migratorios, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										26 | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la
										
										
										
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos, 
										en materia de reforma política. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Rafael Melgoza 
										Radillo (PRD) el 13 de octubre de 2005. 
										(LIX Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por la Sen. Minerva Hernández 
										Ramos (PRD) el 10 de octubre de 2006. (LX 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Gabino Cué 
										Monteagudo (CONV) el 22 de noviembre de 
										2007. (LX Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los Sens. Tomás Torres 
										Mercado (PRD), Rosalinda López Hernández 
										(PRD) y Ramón Galindo Noriega (PAN), el 
										11 de marzo de 2008. (LX Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Congreso del Estado de 
										Tlaxcala el 14 de mayo de 2008. (LX 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por la Sen. Beatriz Zavala 
										Peniche (PAN) el 9 de julio de 2008. (LX 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por la Sen. Lázara Nelly 
										González Aguilar (PAN) el 4 de noviembre 
										de 2008. (LX Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Luis Albertp 
										Coppola Joffroy (PRD) a nombre propio y 
										de diversos diputados de su Grupo 
										Parlamentario, el 24 de febrero de 2008. 
										(LX Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Congreso del Estado de 
										Michoacán el 17 de marzo de 2009. (LX 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por la Sen. Martha Leticia 
										Sosa Govea (PAN) el 29 de octubre de 
										2009. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Silvano Aureoles 
										Conejo (PRD) el 19 de noviembre de 2009. 
										(LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Ejecutivo Federal el 15 
										de diciembre de 2009. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Arturo Núñez 
										Jiménez (PRD), a nombre de legisladores 
										de los Grupos Parlamentarios del PRD, 
										del PT y de Convergencia, el 18 de 
										febrero de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Manlio Fabio 
										Beltrones Rivera (PRI), a nombre del 
										Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de 
										febrero de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Tomás Torres 
										Mercado (PRD) el 25 de febrero de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Arturo Escobar y 
										Vega (PVEM), a nombre del Grupo 
										Parlamentario del PVEM, el 4 de marzo de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por la Sen. Claudia Sofía 
										Corichi García (PRD) el 22 de abril de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Luis Maldonado 
										Venegas (CONV) el 9 de junio de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Sergio Álvarez 
										Mata (PAN) el 21 de septiembre de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los Sens. Manlio Fabio 
										Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Mejía 
										González (PRI), el 11 de noviembre de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Raúl José Mejía 
										González (PRI) el 2 de diciembre de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 26 de abril de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a Discusión presentado el 27 de 
										abril de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 94 votos en pro, 5 en 
										contra y 8 abstenciones. Se remitió a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida el 28 de abril de 2011 (LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 25 de octubre de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										418 votos en pro, 15 en contra y 2 
										abstenciones. Pasa a la Cámara de 
										Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 8 de noviembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura con dispensa 
										de trámites 
										el 13 de diciembre de 2011. Proyecto de 
										decreto aprobado por unanimidad de 95 
										votos. Pasa a la Cámara de Diputados
										
										para los efectos del Apartado E) 
										del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer como derecho de los 
										ciudadanos solicitar el registro de 
										candidatos ante la autoridad electoral 
										así como su propio registro como 
										candidatos independientes. Tendrán 
										derecho a ser nombrados para cualquier 
										empleo o comisión en el servicio 
										público; tendrán prerrogativas para 
										iniciar leyes en los términos y con los 
										requisitos que señalen la Constitución y 
										la ley del Congreso; así como votar en 
										consultas populares sobre temas de 
										trascendencia nacional, éstas serán 
										convocadas por el Congreso de la Unión a 
										petición del Presidente de la República, 
										por el 33% de los integrantes del 
										Congreso de la Unión; o por los 
										ciudadanos en un número equivalente al 
										menos al 1% de los inscritos en la lista 
										nacional de electores. Si el resultado 
										de dicha consulta corresponda al menos 
										al 25% de la lista nominal de electores, 
										el resultado será vinculatorio para los 
										poderes Ejecutivo y Legislativo 
										Federales, y para las autoridades 
										competentes. Los senadores y diputados 
										podrán ser reelectos en forma inmediata 
										en cada ocasión, los primeros por 1 
										periodo adicional y los segundos por 2. 
										 No podrán ser objeto de consulta 
										popular la restricción a los derechos 
										humanos; los principios consagrados en 
										el artículo 40 de la Constitución; la 
										materia electoral; los ingresos y gastos 
										del Estado; la seguridad nacional y la 
										organización, funcionamiento y 
										disciplina de la Fuerza Armada 
										permanente. La Suprema Corte de Justicia 
										de la Nación resolverá, previa 
										convocatoria que realice el Congreso de 
										la Unión, sobre la constitucionalidad de 
										la materia de la consulta. Sólo se podrá 
										realizar una consulta popular por año y 
										no podrá coincidir con el desarrollo del 
										proceso electoral federal. 
										
										
										El día de apertura de cada periodo 
										ordinario de sesiones el Presidente de 
										la República podrá presentar hasta dos 
										iniciativas para trámite preferente, las 
										cuales deberán ser discutidas y votadas 
										por el Pleno de la Cámara de origen en 
										un plazo máximo de 30 días naturales.  
										Incorporar como facultad del Congreso 
										legislar sobre iniciativa ciudadana y 
										consulta popular. Incorporar como 
										facultades exclusivas del Senado 
										ratificar los nombramientos de 
										embajadores, integrantes de órganos 
										colegiados encargados de la regulación 
										en materia de telecomunicaciones, 
										energía y competencia económica. 
										Establecer que cuando la convocatoria al 
										Congreso General sea para erigirse en 
										Colegio Electoral y designe presidente 
										interino o sustituto, la aprobación de 
										la convocatoria se hará por mayoría. 
										Establecer que en tanto el Congreso 
										realiza el nombramiento del presidente 
										interino o sustituto, el Secretario de 
										Gobernación asumirá la titularidad 
										provisional del Poder Ejecutivo. | 
										
										Comisiones Unidas de Puntos 
										Constitucionales y de Gobernación, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										27 | 
										
										
										
										Que adiciona la 
										fracción XVIII Bis al artículo 3 y se 
										reforma la fracción I del apartado B del 
										artículo 13 de la 
										
										
										Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. María 
										Cristina Díaz Salazar (PRI) el 19 de 
										octubre de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad el 29 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 7 de abril de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										321 votos en pro y 2 abstenciones. Pasa 
										a la Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 12 de abril de 
										2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 8 de diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 14 de diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 74 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado E) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que sea materia de salubridad 
										general, la prevención, tratamiento y 
										control de las enfermedades bucodentales. | 
										
										Comisión de 
										Salud, 
										para dictamen. | 
									
										| 
										
										
										28 | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 47 Bis de la 
										
										
										Ley General del Equilibrio Ecológico y 
										la Protección al Ambiente. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										1 de febrero de 2012. | 
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. José 
										Luis Cabrera Padilla (PRD) el 27 de 
										abril de 2006. (LIX Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 12 de febrero de 2009. (LX 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 5 de marzo de 
										2009. Proyecto de decreto aprobado por 
										304 votos y 1 abstención. Pasa a la 
										Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos 
										(LX Legislatura) 
										
										Minuta recibida en 
										la Cámara de Senadores el 9 de marzo de 
										2009. 
										(LX 
										Legislatura) 
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado
										
										
										el 8 de Diciembre 
										de 2011. 
										(LXI 
										Legislatura) 
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 14 de diciembre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por unanimidad de 74 votos. Pasa a la 
										Cámara de Diputados 
										para los 
										efectos del Apartado E) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Eliminar la posibilidad de introducir 
										especies compatibles con el 
										funcionamiento y la estructura de los 
										ecosistemas originales para la 
										rehabilitación de las subzonas de 
										recuperación de las áreas naturales 
										protegidas, y sólo podrán utilizarse 
										para su rehabilitación, especies nativas 
										de la región. | 
										
										Comisión de 
										Medio 
										Ambiente y Recursos Naturales, 
										para dictamen. |