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										El Presidente de la Mesa Directiva hizo 
										la siguiente declaración: 
										
										
										  
										
										
										PRIMERO.- 
										La Cámara de Diputados del Honorable 
										Congreso de la Unión, en cumplimiento a 
										lo dispuesto por el artículo 30 de la 
										Ley General de Desarrollo Social hace la 
										declaratoria de las zonas de atención 
										prioritaria para el año 2012. 
										
										
										I.     
										Zonas de Atención Prioritaria Rurales, 
										las de los 849 municipios que se 
										encuentran en 22 entidades federativas, 
										de las cuales, 441 zonas son de muy alta 
										marginación y 408 son de alta 
										marginación, y registran una población 
										de 11 millones de habitantes, mismas que 
										se encuentran contenidas en el Anexo A 
										de esta Declaración; y 
										
										
										II.    
										
										Zonas de Atención Prioritaria Urbana, 
										las 335, 418 manzanas en 2,105 
										localidades urbanas de 1,259 municipios 
										cuya población registra índices de 
										pobreza y marginación y que se 
										encuentran definidas en el Anexo B de 
										esta Declaración. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										Publíquese la presente Declaratoria en 
										el Diario Oficial de la Federación, 
										junto con el Presupuesto de Egresos de 
										la Federación para el Ejercicio Fiscal 
										2012. 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: Anexo III. 15 de 
										noviembre de 2011. 
										
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