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										Por el que se establece el tiempo para 
										llevar a cabo votaciones nominales 
										respecto de la discusión en lo 
										particular, del dictamen de las 
										Comisiones Unidas de Puntos 
										Constitucionales y de Gobernación, con 
										opinión de la Comisión de Participación 
										Ciudadana sobre la minuta del Senado de 
										la República con proyecto de decreto, 
										que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										en materia de reforma política. 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										PRIMERO.- 
										El tiempo máximo para cada votación 
										nominal será de tres minutos. Las 
										votaciones serán sucesivas, por lo que 
										el lapso entre una y otra será de dos 
										minutos. No habrá discusión alguna, dado 
										que la misma ya se produjo. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										Publíquese en la Gaceta Parlamentaria. |