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										A fin de normar el formato de la Sesión 
										de Congreso General para la apertura de 
										Sesiones Ordinarias del Primer Período 
										del Tercer Año de Ejercicio de la LXI 
										Legislatura; y de regular la recepción y 
										el trámite del Quinto Informe de 
										Gobierno, que presenta el Lic. Felipe de 
										Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de 
										la República. 
										
										
										  
										
										
										Resolutivos: 
										
										
										PRIMERO.- 
										El presente Acuerdo tiene por objeto 
										normar el desarrollo de la Sesión de 
										Congreso General para la apertura del 
										Primer Periodo de Sesiones Ordinarias 
										del Tercer Año de Ejercicio de la LXI 
										Legislatura, y regular el procedimiento 
										y las formalidades necesarias para la 
										recepción y el trámite en el Congreso de 
										la Unión, del Quinto Informe de Gobierno 
										que deberá presentar el Presidente de la 
										República el 1° de septiembre de 2011. 
										Lo anterior, en cumplimiento de lo 
										dispuesto por el primer párrafo del 
										artículo 69 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										La Sesión de Congreso General a que se 
										refiere el presente Acuerdo, tendrá 
										lugar a partir de las 17:00 horas del 1° 
										de septiembre de 2011, en el Salón de 
										Sesiones del Palacio Legislativo de San 
										Lázaro, conforme al siguiente orden del 
										día: 
										
										
										I. 
										
										Lista de asistencia y declaración de 
										quórum. 
										
										
										II.   
										
										
										Declaración de apertura. 
										
										
										III. 
										
										Acuerdo de las Mesas Directivas de las 
										Cámaras de Diputados y de Senadores del 
										Honorable Congreso de la Unión, a fin de 
										normar el desarrollo de la Sesión de 
										Congreso General para la apertura del 
										Primer Periodo de Sesiones Ordinarias 
										del Tercer Año de Ejercicio de la LXI 
										Legislatura, y de regular la recepción y 
										el trámite del Quinto Informe de 
										Gobierno que presenta el licenciado 
										Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, 
										Presidente de la República. 
										
										
										IV. 
										
										Receso. 
										
										
										V. 
										
										Recepción y trámite del Informe 
										Presidencial, con declaratoria formal de 
										recepción por el Presidente del Congreso 
										de la Unión. 
										
										
										VI. 
										
										Acta de la Sesión de Congreso General. 
										
										
										TERCERO.- 
										El Informe Presidencial por escrito a 
										que se refieren los resolutivos 
										precedentes, será entregado el 1° de 
										septiembre de 2011, en la Sesión de 
										apertura del Primer Periodo de Sesiones 
										Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio 
										de la LXI Legislatura, por el Secretario 
										de Gobernación, y recibido por el 
										Presidente del Congreso de la Unión y el 
										Presidente de la Cámara de Senadores, 
										para efecto de su formal presentación en 
										la Sesión de Congreso General. Con 
										objeto de dar cumplimiento a lo 
										anterior, se declarará un receso. 
										
										
										El acto de recepción del Informe 
										Presidencial por escrito, que presente 
										el Presidente de la República, se 
										efectuará en el Salón de Protocolo del 
										edificio “A” del Palacio Legislativo. 
										
										
										De la recepción del documento escrito 
										del Ejecutivo Federal, se extenderá la 
										constancia que corresponda. 
										
										
										CUARTO.- 
										Recibido el Informe Presidencial por 
										escrito, el Presidente del Congreso de 
										la Unión dará cuenta a la Asamblea de su 
										recepción. Acto seguido, formulará en 
										voz alta la siguiente declaratoria: “El 
										Congreso de la Unión declara formalmente 
										cumplida la obligación del Presidente de 
										la República a que se refiere el párrafo 
										primero del artículo 69 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos”. 
										
										
										Posteriormente, el Presidente del 
										Congreso ordenará la remisión a las 
										Cámaras de Diputados y de Senadores, de 
										los ejemplares respectivos del Quinto 
										Informe de Gobierno presentado por el 
										Presidente de la República, a fin de que 
										se aboquen por separado al análisis 
										correspondiente. 
										
										
										QUINTO.- 
										Las intervenciones de los representantes 
										de los Grupos Parlamentarios, respecto a 
										la apertura del Primer Periodo de 
										Sesiones Ordinarias del Tercer Año de 
										Ejercicio Constitucional de la LXI 
										Legislatura, se realizarán en la Sesión 
										que cada Cámara determine, en su caso. 
										
										
										SEXTO.- 
										El análisis del Quinto Informe de 
										Gobierno que presente el Presidente de 
										la República sobre el estado general que 
										guarda la Administración Pública del 
										país, que cada Cámara debe realizar y, 
										en su caso, la comparecencia de 
										servidores públicos para rendir informes 
										adicionales, así como la formulación de 
										preguntas por escrito al Presidente de 
										la República, serán definidos por cada 
										una de las Cámaras del Congreso de la 
										Unión, atendiendo a lo dispuesto en el 
										párrafo segundo del artículo 69 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										SÉPTIMO.- 
										Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y 
										en la Gaceta del Senado. |