| 
                                    
                                    
                                    Por el que se establece el formato que 
                                    regulará la sesión ordinaria de la Cámara de 
                                    Diputados del 5 de septiembre de 2010. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Acuerdo: 
                                    
                                    
                                    PRIMERO.- 
                                    El presente Acuerdo tiene por objeto 
                                    establecer y regular el formato de la Sesión 
                                    Ordinaria de la Cámara de Diputados del 5 de 
                                    septiembre de 2010, en los términos del 
                                    artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley 
                                    Orgánica del Congreso General de los Estados 
                                    Unidos Mexicanos. 
                                    
                                    
                                    SEGUNDO.- 
                                    El Orden del Día de la Sesión Ordinaria 
                                    mencionada en el primer resolutivo del 
                                    presente, será el siguiente: 
                                    
                                    
                                    1. Declaratoria de Quórum. 
                                    
                                    
                                    2. Lectura del Acta de la Sesión 
                                    Preparatoria. 
                                    
                                    
                                    3. Comunicaciones y oficios. 
                                    
                                    
                                    4. Elección de integrantes de la Mesa 
                                    Directiva que funcionará durante el Segundo 
                                    Año de Ejercicio de la LXI Legislatura. 
                                    
                                    
                                    5. Protesta de integrantes de la Mesa 
                                    Directiva electos. 
                                    
                                    
                                    6. Intervenciones de los Grupos 
                                    Parlamentarios con motivo del inicio del 
                                    Primer Periodo Ordinario de Sesiones del 
                                    Segundo Año de Ejercicio de la LXI 
                                    Legislatura, de manera ascendente, y hasta 
                                    por 15 minutos cada una. 
                                    
                                    
                                    TERCERO.- 
                                    Para los efectos de la elección de la Mesa 
                                    Directiva, se establece lo siguiente: 
                                    
                                    
                                    a) 
                                    Para el caso de presentación de planilla 
                                    única, se sujetará al siguiente 
                                    procedimiento: 
                                    
                                    
                                    I. 
                                    Se dará cuenta de la lista de los candidatos 
                                    a integrar la Mesa Directiva en los términos 
                                    de los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica 
                                    del Congreso General de los Estados Unidos 
                                    Mexicanos. 
                                    
                                    
                                    II. 
                                    La Presidencia someterá a la consideración 
                                    del Pleno, la lista de candidatos propuesta 
                                    por los Grupos Parlamentarios. 
                                    
                                    
                                    III. 
                                    La elección de la Mesa Directiva se llevará 
                                    a cabo utilizando el sistema electrónico de 
                                    asistencia y votación. 
                                    
                                    
                                    IV. 
                                    Realizada la votación y de obtenerse los dos 
                                    tercios de los diputados presentes, se 
                                    procederá a tomar la protesta a los 
                                    integrantes de la Mesa Directiva que 
                                    funcionará durante el Segundo Año de 
                                    Ejercicio de la LXI Legislatura. 
                                    
                                    
                                    b) 
                                    
                                    Para el caso de la presentación de dos o más 
                                    planillas, se sujetará al siguiente 
                                    procedimiento: 
                                    
                                    
                                    I. 
                                    
                                    La Presidencia de las Mesa Directiva dará 
                                    cuenta al Pleno de las planillas 
                                    registradas. 
                                    
                                    
                                    II. 
                                    
                                    En cualquier caso, la elección se llevará a 
                                    cabo mediante el sistema electrónico de 
                                    asistencia y votación. 
                                    
                                    
                                    III. 
                                    
                                    La elección se llevará a cabo, en su caso, 
                                    de manera sucesiva, hasta que se logre la 
                                    votación calificada por alguna de las 
                                    planillas. El orden para someterlas a 
                                    consideración, será determinado por el 
                                    Presidente de la Cámara de Diputados en 
                                    función de aquellas que presenten un mayor 
                                    consenso o respaldo de los Grupos 
                                    Parlamentarios. 
                                    
                                    
                                    IV. 
                                    
                                    Una vez alcanzado el consenso de la votación 
                                    calificada por alguna planilla, concluirá el 
                                    proceso de elección correspondiente, en cuyo 
                                    caso el Presidente instruirá la inscripción 
                                    en el Diario de los Debates de las restantes 
                                    planillas a efecto de dejar la constancia 
                                    respectiva. 
                                    
                                    
                                    V. 
                                    Posteriormente, se procederá a tomar la 
                                    protesta a los integrantes de la Mesa 
                                    Directiva que funcionará durante el Segundo 
                                    Año de Ejercicio de la LXI Legislatura. 
                                    
                                    
                                    CUARTO.- 
                                    De presentarse situaciones no previstas en 
                                    este Acuerdo, la Mesa Directiva en funciones 
                                    tendrá las facultades para interpretarlo, de 
                                    conformidad con las atribuciones que le 
                                    confiere el artículo 20 de la Ley Orgánica 
                                    del Congreso General de los Estados Unidos 
                                    Mexicanos. 
                                    
                                    
                                    QUINTO.- 
                                    Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta 
                                    Parlamentaria. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Intervenciones: 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Para hablar en contra: 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
                                    
                                    
                                    Dip. Porfirio Muñoz Ledo (PT) |