Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo presentada por el diputado José del Carmen Enríquez Rosado, del grupo parlamentario de la Revolución Democrática, presenta.

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

El turismo es una de las alternativas que tiene nuestro país para potenciar su desarrollo. De acuerdo con datos oficiales esta actividad represente el 10% del producto interno bruto nacional.

Los lugares turísticos son uno de los espacios donde las familias descansan y conviven. La familia ha sido y seguirá siendo la base más importante de nuestra estructura social. México se ha caracterizado, a diferencia de la mayoría de los países con los que nos hemos asociado comercialmente, por la solidez de los lazos de unión familiar. En el cual los días de descanso, ya sean semanales u obligatorios, constituyen una fuente de convivencia del núcleo familiar.

El turismo es una actividad que se ve beneficiada durante los días de descanso semanal u obligatorios de los trabajadores. Para la generalidad de los trabajadores de nuestro país los días de descanso semanal son sumamente breves; por ello, el disfrute de los días de descanso obligatorio es visto como una manera de recuperar las fuerzas pérdidas y de convivir con su familia, además de celebrar fechas importantes para el país o los propios trabajadores.

Uno de los derechos contemplados en la Ley Federal del Trabajo, es el de los descansos obligatorios. La razón de ser de éstos descansos obligatorios difiere de la del descanso semanal, que se justifica por el hecho que el trabajador necesita, por lo menos, de un día completo a la semana para romper con la tensión a que está sujeto en virtud del trabajo; su finalidad es que el trabajador recupere las energías perdidas por la misma causa. El descanso obligatorio está orientado a que los trabajadores puedan celebrar o conmemorar, ciertos sucesos relevantes para el país o para los mismos trabajadores. Es obligatorio porque tal carácter le otorga la misma ley.

La realidad nos ha demostrado que el tiempo que tiene un trabajador para convivir con su núcleo familiar es realmente limitado. La Ley Federal del Trabajo establece que por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, es decir, es solamente un día a la semana aquel en que tiene efectivamente el trabajador para convivir con su familia y realizar diversas actividades sociales, culturales, deportivas o de cualquier especie.

Otro derecho de vital importancia para la clase trabajadora es el de las vacaciones, cuyo objeto es, como el descanso semanal que en un periodo más o menos largo, el trabajador se olvide de su trabajo y recupere las energías pérdidas. Sin embargo, este derecho también es insuficiente, sobre todo, si lo comparamos con los trabajadores al servicio del Estado, que tienen como mínimo 20 días de vacaciones anuales. Si bien es cierto, la Constitución y la ley sólo establecen los derechos mínimos, también lo es, que son únicamente los sindicatos de trabajadores bien organizados los que llegan a obtener beneficios superiores.

Los días de descanso que la ley concede como mínimo al trabajador, sumando el descanso semanal, más los obligatorios, que son más o menos siete al año, más el periodo vacacional, dan un total de 14 días al año, para los trabajadores que sólo tienen un año de antigüedad, cantidad a todas luces insuficiente para conseguir un descanso efectivo del trabajador y la convivencia con su núcleo familiar.

En virtud de que son pocos los descansos a que tienen derecho los trabajadores, regidos por la Ley Federal del Trabajo, resulta lógico, que éstos anhelen que los mismos coincidan con otros días de descanso, tomando en ocasiones un día laborable intermedio, entre el descanso semanal y el día de descanso obligatorio, a lo que se ha denominado "puentes"; interrumpiendo las actividades normales del centro de trabajo, en perjuicio de las labores normales de la empresa o establecimiento.

Al trasladar los días de descanso obligatorio al lunes se verán beneficiados los trabajadores al permitirles disfrutar de dos o tres días seguidos de descanso, pero también el sector turístico.


De acuerdo con las cifras de la Secretaría de Turismo, el sector generó empleos para más de 2 millones de personas. El 7.6% de las remuneraciones totales que se pagaron a los asalariados provino de la actividad turística. En 1998 los ingresos por turismo alcanzaron los 8 mil millones de dólares.

De acuerdo con nuestros cálculos, representados en la siguiente tabla, se muestran los ingresos que se generan en los "fines de semana largos", suponiendo que la ocupación crece al 100% y que la estancia promedio es de 3.5 días.

Tipo

Cuartos

Ocupación

Estadia

Precio

Ingresos al 1005
de ocupación*

5 estrellas 81, 389 64.2% 3.5 1,003 102,286,358
4 estrellas 73,044 60.5% 3.5 533 53,824,115
3 estrellas 66,558 52.9%% 3.5 304 33,355,142
2 estrellas 47,410 60.3% 3.5 170 11,198,953
1 estrella 42,,943 47.9% 3.5 94 7,360,817
Sin cat. 85, 624 57.2% 3.5 51 6,541,502
TOTAL         214,566,887

                  *=[cuartos x (1-ocupación) x estadía x precio]

                      Según la Sectur, la integración del PIB turístico es la siguiente:

à El 26.5% transporte, 25% restaurantes y bares, 13.3% comercio, 12% alojamiento, 12% artesanía y 11.2% otros.

Así tenemos que si durante un "fin de semana largo" se generan 214 millones 600 mil pesos por ingresos de alojamiento, que representan el 12% de la generación total, entonces el valor agregado de un "fin de semana largo" alcanza los 1,788.057,394 pesos o 188 millones de dólares.

Si nuestra propuesta es aprobada, cuatro "fines de semana largos" generarían 752 millones de dólares de valor agregado, un incremento de casi el 10% en los ingresos del sector turístico nacional.

Hay que hacer notar que la encuesta de precios los considera a 1998, por lo que sí quisiéramos actualizar las cifras, éstas se tendrían que indexar en por lo menos un 20%.

Por su parte, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo considera como días de descanso obligatorio los siguientes:

I. El 1o. de enero;

II. El 5 de febrero;

III. El 21 de marzo;

IV. El 1o de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El 20 de noviembre;

VII. El 25 de diciembre;

VIII. El 1o de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

La propuesta considera:

à Que los días de descanso correspondientes a los días 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 20 de noviembre cuando correspondan a martes, miércoles, jueves, viernes, sábado o domingo se trasladen al lunes siguiente.

En la iniciativa propuesta, lo único que se trasladaría es el día descanso. Las ceremonias, eventos cívicos y las conmemoraciones que se celebran en dependencias oficiales y escuelas se deberán seguir realizando en la fecha histórica.

Una faceta importante de esta idea es fomentar el turismo social. Es bien sabido que la población de mayores ingresos, generalmente aprovecha los periodos vacacionales de verano e invierno para salir con la familia, inclusive al extranjero. De concretarse esta propuesta, se estarían abriendo espacios para que los estratos de la población de menos ingresos puedan disfrutar del descanso. Otra gran ventaja de prefijar las fechas de los fines de semana largos, es que las vacaciones se podrán promocionar por parte de los prestadores de servicios turísticos y planear por los vacacionistas con la debida anticipación.

Será de la mayor importancia el promover que los prestadores de servicios turísticos ofrezcan paquetes vacacionales al alcance de todos los bolsillos para fomentar el turismo social y obtener una auténtica cultura de turismo doméstico.

Los beneficios que trae consigo esta reforma son entre otros, los siguientes:

à Económicos.

Según cifras que se ha presentado, un "fin de semana largo" genera ingresos adicionales por 188 millones de dólares. Cuatro "fines de semana largos" generarían 752 millones de dólares adicionales, casi el 10% adicional de los ingresos del sector.

à Educativos.

Cuando se presenta un día de asueto a mitad de una semana, se genera un rompimiento en la actividad educativa, que según algunos pedagogos, disminuye considerablemente la eficiencia escolar, tanto de los alumnos como de los maestros.

Seguramente la educación sobre la historia y la geografía del país se facilitara en la medida en que los alumnos puedan conocer mejor cada uno de los rincones del país.

à Sociales y familiares.

2517, 2518 y 2519

La unión familiar, es una de las más importantes fortalezas de nuestro país. En México, es a través de la familia como se transmiten los valores humanos más importantes y trascendentes. Una vez que se haya creado en México la cultura de las vacaciones en los "fines de semana largos" se ofrecerán paquetes al alcance de todos los bolsillos. El salir de vacaciones en familia, ayudará a fortalecer la unión entre padres e hijos.

à Turismo social.

El turismo social debe ser considerado como una prioridad dentro de nuestro país dados los importantes beneficios sociales que genera y que son bien conocidos. Esta propuesta crearía un ambiente propicio para fomentar el turismo social.

à Eliminación de "puentes".

Es sabido que una costumbre de algunas personas es tomar días adicionales a los autorizados oficialmente para hacer un "puente". Esta práctica genera ausentismo no planeado o autorizado en centros de trabajo y educativos. En caso de que la propuesta sea autorizada se eliminaría esta práctica indeseable.

à Productivos.

Algunas empresas con procesos productivos continuos, requieren de tiempo para iniciar y para finalizar sus equipos. Nuestra propuesta, en caso de ser aprobada, eliminaría un ciclo de inicio y fin ya que éste se ligaría con el cierre de la semana anterior.

à Oportunidad de planeación.

El hecho de saber con la debida anticipación las fechas de los "fines de semana largos", permitirá que los prestadores de servicios turísticos puedan ofrecer y promocionar paquetes al alcance de todos los bolsillos y a los paseantes, planear adecuadamente sus viajes.

Trasladar estos días de descanso obligatorio al lunes más próximo, permitiría en la mayoría de los casos otorgar durante algunas semanas al año un descanso continúo de dos días, para los trabajadores, no interrumpiendo a su vez, las actividades de la empresa o establecimiento a mitad de la semana.

Con esta reforma saldrían beneficiados los trabajadores al ver incrementados sus descansos semanales, al sumársele el descanso obligatorio, pero también el patrón al encontrar un beneficio directo en su empresa, pues al trasladar el descanso obligatorio al lunes o viernes más próximos, no interrumpe sus labores a mitad de la semana. En alguna medida será provechoso para los centros turísticos, al ser visitados por los trabajadores que se encuentran disfrutando de estos días de descanso.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados federales de la LVII Legislatura que firmamos al calce sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea, la siguiente

INICIATIVA

De decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo primero
. Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 74
. Son días de descanso obligatorio:

I a la IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En caso de que los descansos correspondientes a los días 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo y 20 de noviembre, correspondan a martes, miércoles, jueves, viernes, sábado o domingo deberán ser disfrutados por el trabajador el lunes siguiente.

ARTICULO TRANSITORIO

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo anterior solicito a usted, señor Presidente, turne a las comisiones de Turismo y Trabajo y Previsión Social, la presente iniciativa.

Atentamente.

México, D.F., a 29 de abril de 2000.- Diputado federal Carmelo Enríquez Rosado.»

Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.