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Comisiones y Comités.
La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura. Tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional.
Las comisiones ordinarias tendrán hasta 30 miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccionales y las de investigación.
COMISIONES ORDINARIAS QUE INTEGRAN LA LVIII LEGISLATURA