Propuesta de modificación al documento presentado por la Dip. Heidi Storsberg a la Comisión de Relaciones Exteriores

GRUPOS PARLAMENTARIOS DE AMISTAD

I.- Antecedentes

Debido al torrente de transformaciones políticas, económicas, sociales, culturales y científico - tecnológicas que ha traído consigo el proceso de globalización, hoy resulta indispensable que los órganos legislativos de todo el mundo sostengan un intercambio permanente de opiniones sobre diversos temas que por su naturaleza trascienden las fronteras de cada país.

El fortalecimiento de las relaciones interparlamentarias contribuye a un doble propósito: a mejorar el entendimiento y aprovechamiento de las oportunidades que ofrece un entorno globalizado y a incrementar posibles soluciones a problemas que aquejan a la humanidad.

La creación de espacios para la reflexión de temas de alcance internacional, y de algunos puntos a discusión en la agenda de trabajo no sólo fortalecen las relaciones parlamentarias sino permiten el intercambio invaluable de experiencias sobre aspectos políticos, económicos y sociales de los respectivos países, lo que a su vez facilita la consecución de objetivos comunes.

De esta forma se establece la necesidad de asentar a instituir con mayor vigor y periodicidad los contactos interparlamentarios para que fomenten el debate sobre asuntos de trascendencia internacional con aquellos países que han jugado un rol estratégico en las relaciones exteriores de México.

Es en ese sentido que la conveniencia de mantener reuniones informales con diversos parlamentos a través de la modalidad "Grupos de Amistad" conformado por ciudadanos diputados o diputadas y senadores o senadoras de diferentes países del mundo, constituye un instrumento valioso de diálogo y de enlace con los órganos legislativos de las naciones con los que México sostiene relaciones diplomáticas.

II.- Consideraciones

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en las fracciones I y II de su artículo 76, se asigna al Senado de la República importantes atribuciones en materia de política exterior, y a su vez, se establece en la Ley Orgánica del Congreso General, articulo 46, párrafo tercero que "A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el pleno podrá constituir grupos de amistad para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas".

III.- Propuesta

El fuerte vacío existente como producto de inercias pasadas debe enfrentarse vía la institucionalización. Se propone, por lo tanto, elaborar un manual de objetivos y funcionamiento de los Grupos Parlamentarios de Amistad que señale: derechos, obligaciones, funciones, atribuciones y mecanismos de evaluación.

Se propone que dichos lineamientos pasen a formar parte de las normas internas de la Comisión de Relaciones Exteriores de la H. Cámara de Diputados sometiéndolos a consideración de la Junta de Coordinación Política para efecto de su conocimiento y observación o en su caso como un Acuerdo Parlamentario relativo a la constitución y funcionamiento de los Grupos Parlamentarios de Amistad suscrito por la Juntas de Coordinación Política (cámara de diputados y de senadores) como complemento de las disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En cuanto a criterios de selección para presidir los grupos de amistad, estos deben ser proporcionales a la representatividad de los partidos y con criterios de pluralidad y oportunidad para todos ellos.

Se sugieren establecer por lo menos los siguientes criterios:

1. Funciones y atributos de los Grupos Parlamentarios de Amistad

2. Mecánica de trabajo de los Grupos Parlamentarios de Amistad

3. Funciones y obligaciones de los Presidentes, Secretarios y Vocales.

IV.- Funciones y atributos de los Grupos Parlamentarios de Amistad

Los Grupos Parlamentarios de Amistad tienen funciones protocolarias sirviendo como órganos de enlace y cooperación entre los Congresos. Dentro de dichas funciones se deben desagregar sus atributos:

1. Mantener contacto permanente entre parlamentos y entre legisladores.

2. Sostener un intercambio permanente de opiniones sobre diversos temas de interés común de forma que se estrechen los vínculos de cooperación bilateral.

3. Divulgar las políticas nacionales sobre una variedad de temas y ofrecer una visión objetiva de la realidad nacional.

4. Estrechar el diálogo político para generar un mejor entendimiento de las distintas realidades nacionales y generar nuevas formas de acercamiento.

5. Fortalecer las relaciones a partir del intercambio de experiencias parlamentarias para contribuir al desarrollo y cumplimiento de objetivos comunes.

6. Allegar información sobre determinados temas y puntos de interés entre los congresos por medio del intercambio epistolar o vía internet así como de trabajos y publicaciones sobre materia legislativa.

V.- Mecánica de trabajo de los Grupos Parlamentarios de Amistad

Se propone la siguiente mecánica:

1. Se constituyen como una visita de cortesía

2. El parlamento que desea constituir un grupo de amistad con el Congreso Mexicano lo notifica y se acuerdan las fechas de la visita de cortesía.

3. Dentro de la agenda de la visita se contempla la constitución del grupo de amistad mediante un Punto de Acuerdo.

4. Este grupo se integra por miembros de cada partido político representado en el Congreso Mexicano, siendo designados por los coordinadores de cada fracción parlamentaria.

5. Se designa a un presidente del grupo de amistad para que dé seguimiento a los acuerdos del mismo y continúe la comunicación y los contactos.

6. Constituido el grupo de amistad se comunica al Pleno su formación.

7. Durante la visita de cortesía los parlamentarios invitados extienden una invitación para hacer recíproca la visita.

8. En el caso de grupos de amistad anteriormente constituidos serán remplazados los legisladores cuyas funciones hayan cesado, con los que cada coordinador designe. Haciendo estas designaciones del conocimiento del Pleno de la Comisión de Relaciones Exteriores.

9. Los grupos parlamentarios de amistad tienen funciones protocolarias sirviendo como lazos de cooperación entre los congresos de los distintos países.

VI.- De los Presidentes, Secretarios y Vocales

Del Presidente (a)

1. El ciudadano diputado o diputada que presidirá un determinado grupo de amistad debe surgir del acuerdo político de las fracciones parlamentarias y la Comisión de Relaciones Exteriores.

2. Proponer una agenda específica de trabajo

3. Recoger aquellos temas que por su interés e importancia quedaron pendientes en la legislatura pasada y llevar acciones en consecuencia para que propicien un mejor desarrollo y aplicación.

4. Formular un informe anual por escrito para dar a conocer las principales tareas realizadas y turnarlo a! Secretario Técnico.

5. Establecer los contactos necesarios e informar al Secretario Técnico de las fechas acordadas de visitas.

6. En caso de haberse dado una visita de cortesía, el presidente de determinado grupo de amistad deberá presentar un informe por escrito relatando la visita. Así como anexar cualquier información que considere relevante para los trabajos de la Cámara de Diputados.

7. Hacer un balance el último año de la Legislatura sobre actividades realizadas a fin de presentarlo a los órganos de gobierno de ambas cámaras así como turnarlo al Secretario Técnico para que sea archivado y pueda ser de objeto de conocimiento general.

De los Secretarios (as)

1. Formar un registro de asistencia.

2. Extender las actas de las sesiones o reuniones de trabajo y firmarlas después de que hayan sido aprobadas.

3. Cuidar de que las Actas queden escritas y firmadas en el libro correspondiente.

4. Suscribir los protocolos de constitución de los Grupos Parlamentarios de Amistad.

5. Recibir las solicitudes para presidir los Grupos Parlamentarios de Amistad de aquellos diputados interesados. En caso de ser necesario establecer un mecanismo de selección.

6. Mantener comunicación permanente con aquellos diputados que presiden determinados grupos de amistad.

7. Formular y aplicar el programa de actividades en relación al establecimiento del Grupo Parlamentario de Amistad de conformidad a las decisiones tomadas o pactadas.

8. Dar seguimiento a las acciones y llevar un registro y control sobre los expedientes de grupos de amistad.

9. Organizar la recepción de visitas de cortesía en la Cámara de Diputados.

10. Informar sistemáticamente a la Junta de Coordinación Política la constitución de los citados grupos o en su caso la remoción de algunos de sus integrantes.

11. Solicitar a los diputados que presiden los grupos de amistad entregar un informe anual por escrito de su participación y resultados así como un balance de actividades realizadas en el último año de la legislatura.

12. Fungir como hilo conductor entre la presente legislatura y la pasada inmediata.

13. Mantener sistemáticamente vía Internet el intercambio de experiencias con los parlamentos y los embajadores acreditados ante nuestro país para que realicen visitas de cortesía a la H. Cámara de Diputados.

14. Impulsar y realizar lo necesario para practicar la diplomacia parlamentaria bilateral.

De los vocales

1. Coadyuvar en el desahogo de actividades encargadas por el presidente.

2. Sustituir a los secretarios o en su caso al presidente en caso de ausencia.