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COORD-SP-05-02

CURSO DE TÉCNICA LEGISLATIVA

Expositor: Dr. Enrique Cáceres Nieto.

Marzo 2002

Edición:

Dr. Jorge González Chávez

Arturo Ayala Cordero

Patricia Elizabeth Nares Sotelo

Mayo de 2002



Curso de Técnica Legislativa

Febrero 20

Presentación

La Secretaría de Servicios Parlamentarios, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y el Centro de Capacitación, ha organizado una serie de conferencias a cargo de expertos, con el objeto de difundir sus experiencias en las actividades de apoyo parlamentario.

La presente publicación pretende que tales experiencias sean aprovechadas por todas las personas que no pudieron asistir y para aquéllas que se integren al quehacer parlamentario.



Curso de Técnica Jurídica

Sesión del 12 de marzo del 2002

(Clase 1/3)

Expositor: Dr. Enrique Cáceres Nieto

El constructivismo es un enfoque acerca del derecho, que parte del supuesto de que la realidad social es un constructo, es decir, aquello que consideramos completamente real.

Existen diferentes posturas acerca de la relación entre sujeto cognocente y objeto de conocimiento, la primer postura, el idealismo tiene la característica central de partir del supuesto de que todo cuanto existe, existe porque se da al interior del sujeto cognocente.

Así se aplicaría la idea de que el sujeto congnocente es la medida de todas las cosas y que si no hay sujeto cognocente, simple y sencillamente no existe nada, por que todo existe en función de que haya alguien que lo conozca.

Tendríamos que contraargumentarle, que hay muchas cosas fuera del sujeto congnocente que pareciera que son contundentes y que existen independientemente de que hubiera sujeto cognocente o no.

Otra postura radicalmente opuesta a la anterior es el realismo, que nos dice que fuera del sujeto cognocente está el mundo y lo único que hace el sujeto cognocente es percibir la realidad tal cual es. Esta postura podría contra argumentarse preguntando ¿ donde dejan a las entidades matemáticas, los proyectos, un plan estratégico? que son cosas que están en el mundo de las ideas, y por lo tanto no son perceptibles.

Una tercer postura que llamamos fenomenalismo, que se debe a Emanuel Kant, y nos dice que nunca podremos saber lo que las cosas son, fuera del sujeto cognocente, tenemos algo, algo que se llama noumeno, que significa lo que se manifiesta, y de lo único que podemos dar cuenta, es de los fenómenos, las maneras en las cuales se manifiesta el noumeno, es decir, fuera del sujeto cognocente hay una especie de caos, lo único de que podemos dar cuenta, es de la manera en que un sujeto cognocente estructura este caos y entonces conoce una manifestación del mismo. conoce solamente los fenómenos.

Puede considerarse como una buena idea de que hay una realidad objetiva, lo que es muy revisable, si es cierto que en función del equipamiento sicofísico que tenemos se dan las distintas manifestaciones que hagamos de un mundo neuménico y entonces el tipo de realidad que consideramos.

Si asumimos que el hombre pertenece a una sola especie y que por lo tanto tiene el mismo equipamiento sicofísico, tendremos que llegar a la conclusión de que todo es trivial, porque resultaría que todos los hombres perciben la misma realidad, es decir que ante los mismos datos, ante los mismos elementos empíricos, podemos percibir cosas distintas.

En el ámbito de las ciencias este principio ya no es tan cierto o difícilmente los filósofos de la ciencia contemporánea sostendrían la idea de que la ciencia es una estructura objetiva y que todos los científicos a través de sus teorías ven lo mismo.

Einstein podría resumir muy rápidamente con la siguiente frase " No es cierto que la realidad determine mis teorías, más bien son mis teorías las que determinan lo que puedo ver como realidad", lo cual quiere decir que la realidad es el resultado de esquemas cognitivos que condicionan nuestra manera de percibir y de comprender el mundo.

Yo sostengo que además existe, otro tipo de realidad, que le llamo hermenéutica, que puede definirse como un sistema de creencias que no necesariamente tiene contrapartida en el mundo de los hechos y que determinan nuestras secuencias de pensamiento, nuestros sentimiento, actitudes y conductas.

En función de nuestro sistema de creencias, generamos incluso representaciones mentales y se condicionan secuencias de pensamientos, actitudes y conductas.

De alguna manera, yo respeto mucho las creencias religiosas y todo esto, esto no implica que Dios exista, pero podemos decir que un última instancias, si no existiera un sistema de creencias acerca de Dios difícilmente para nosotros Dios existiría.

Pude haber dos tipos de realidades, realidades hermenéuticas espontáneas y realidades hermenéuticas inducidas. Una realidad hermenéutica espontánea es la que se forma por la simple participación, en un proceso de interacción en un contexto cultural determinado, como el caso de las pautas morales, características de la cultura mexicana. Las realidades hermenéuticas inducidas, son realidades que se generan a través de procesos de interlocucion en los que hay una intencionalidad explícita de generar esas realidades en el interlocutor.

Además de la realidad hermenéutica y con su aporte en este concepto, podemos hablar de convergencia hermenéutica, que se da cuando un grupo de sujetos comparten una misma realidad o un mismo sistema de realidad hermenéutica, por ejemplo los miembros de un partido político o de una cultura determinada, comparten el mismo sistema de realidades.

Un concepto final es el modelo del mundo, que tiene que ver con el sistema de realidades hermenéuticas personales, y se refiere al hecho de que a través de un solo modelo de mundo se puede generar un cambio en una convergencia hermenéutica, es decir normalmente un solo hombre, una sola persona, es quien lleva a generar las revoluciones filosóficas, científicas, etc. , impactando en la forma de pensar a través de la comunicación, induciendo sus esquemas de pensamiento, llegando a configurar la forma de pensar de los demás. De una manera tal que todos empiezan a ver el mundo de la manera en la que la ve él.

Hay una relación importante entre lenguaje, procesos mentales y realidades, esto nos permite hablar además ontológicamente de dos niveles de realidad. La realidad ontológicamente objetiva es una propiedad de las cosas que existen independientemente de los sujetos cognocentes, por su parte la realidad ontológicamente subjetiva es cuando su existencia depende de que haya un sujeto cognocente que la conozca.

Concretándolo con el Derecho es fundamental, porque el derecho es un mecanismo que a través del lenguaje y de procesos de interacción comunicativa, participa en la creación de realidades hermenéuticas que dan lugar al surgimiento de realidades ontológicamente subjetivas en la mayoría de los casos, algunas de las cuales están soportadas en realidades ontológicamente objetivas.

Partiendo de que una base ontológicamente objetiva puede dar lugar a dos realidades distintas ontológicamente subjetivas, y el sustracto de las realidades ontológicamente subjetivas no están en el mundo empírico, se encuentran en las realidades hermenéuticas a partir de las cuales podemos ver en el mismos conjunto de hechos

La fuente última de nuestras realidades hermenéuticas, es la norma jurídica que en última instancia es el lenguaje.

Una norma no es otra cosa sino una proposición lingüística, que se encuentra en un código, que da lugar a la generación de una realidad hermenéutica, que produce una cierta decodificación de una realidad ontológicamente objetiva, que tiene como consecuencia una lectura en términos de realidad ontológicamente subjetiva.

La relación con la argumentación es estrecha, ya que argumentamos cuando tratamos de generar modificaciones en los estados mentales de nuestros interlocutores, es decir, es un acto lingüístico y lógico a partir del cual pretendemos convencer o demostrar una consecuencia determinada a un interlocutor determinado para inducir en él un proceso mental que dé lograr a una lectura del mundo que repercuta en términos de conductas que lo modifiquen.

El en debate parlamentario, se emiten actos lingüísticos, de comunicación, estructurados que tratan de llevar al convencimiento de que ciertas conclusiones son las que se siguen de determinadas premisas para, alterando los estados mentales de nuestros interlocutores y obtener una respuesta, una reacción comportamental predeterminada que nosotros queremos inducir.

En un contexto determinado puede ser que algo sea entendido como una realidad hermenéutica valorada positivamente, y en un contexto totalmente distinto valorada como negativa, incluso en el ámbito jurídico podemos tener realidades hermenéuticas parciales.

Lo que sucede cuando estamos en un debate argumentativo y contra argumentativo, es que estamos confrontando realidades hermenéuticas de un sujeto con realidades hermenéuticas de otro sujeto, los dos entran en un debate de argumentación, o bueno, en el escenario ideal, deberán entrar en un debate racional de argumentación y contra argumentación y a partir de ese debate determinar quién triunfa en el proceso de racionalidad de carácter argumentativo. Lo que nos lleva a la hermenéutica o a la convergencia hermenéutica es a la producción de conocimientos, lo que se entiende como epistemología.

Podemos decir que en la base de la generación de realidades hermenéuticas también se encuentra el método a partir del cual las producimos.

Durante la evolución del pensamiento se llegó a considerar que el conocimiento se podía obtener a través de la fe, después llegó el momento en que el método científico se impuso.

Como hemos visto hay una relación muy importante entre lenguaje y argumento y las consecuencias que trae aparejada la argumentación, vamos a familiarizarnos con elementos de semántica del discurso argumentativo.

La semiótica es una disciplina que estudia las relaciones de significado, existen muchos tipos de semiótica, la que nos interesa es la vinculada con el lenguaje humano e implica que podemos analizar el lenguaje desde tres perspectivas distintas; desde la semántica o enfoque semántico, la cual considera al lenguaje en función de sus significados y no toma en cuenta su relación directa con los usuarios, como el diccionario; La pragmática considera al lenguaje en relación con sus usuarios, el uso de una palabra concreta en una comunidad específica, poniéndose en contacto con el nivel socioeconómico, la extracción cultural, los contextos en los que se usa y los distintos significados que tiene; y por último la Sintáctica, que considera al lenguaje estableciendo o estudiando las relaciones que existen entre los símbolos linguísticos sin considerar los contenidos semánticos, ni tampoco la relación entre el contenido semántico y los usuarios, como es el caso de las relaciones entre los símbolos del álgebra.

Algunos conceptos de semántica, como el signo lingüístico, que se debe a Ferdinand de Saussure, el célebre lingüista suizo, que señalaba que el signo lingüístico consta de dos elementos, uno llamado significante y otro significado.

El significante es la parte externa empíricamente perceptible del signo lingüístico, como el sonido, el significado es lo que asociamos al significante y que representamos mediante la asociación mental.

No necesariamente puede haber significados cuyo significante tenga una representación mental.

También puede haber expresiones que tengan además de significado y representación mental, un referente.

En el caso del derecho tenemos expresiones significantes, que tienen significado, que no tiene representación mental y que no tienen tampoco referente, por lo menos no en la mayoría de los casos, la expresión derecho subjetivo ¿ que tipo de referente podría tener?

También puede suceder, que un mismo significante tenga más de un significado en cuyo caso estamos en presencia de la polisemia, a la cual es relevante poner atención, por que nuestros argumentos pueden ser falaces. Si por ejemplo utilizamos una palabra en la premisa mayor en un sentido y la utilizamos en la premisa menor con otro sentido.

Puede suceder que dos significantes compartan el mismo significado de manera paralela, pero bien puede suceder que una palabra sea polisémica y que sea sinónima de otra solamente en alguno de los significados de su polisemia.

La antinomia es cuando dos palabras tiene significantes diferentes.

La ambigüedad proceso producto, se refiere a que la palabra es polisémica, pero que en un sentido uno denota a un proceso, y en el otro la misma palabra denota al producto que se obtiene de ese proceso.

La designación de una expresión, de un significante, está determinada por el conjunto de propiedades que determinan su significado, por el conjunto de propiedades que la definen.

Cuando yo me refiero a la palabra, digo que estoy mencionando la palabra, cuando hago alusión a lo que refiere la palabra, digo que la estoy usando.

Cuando menciono una palabra utilizo como elemento para distinguir que la estoy mencionando, se debe poner esa palabra entre comillas, una comilla de cada lado.

La designación de una palabra, es el conjunto de propiedades constitutivas del significado de la palabra, es su definición.

La denotación de una palabra es el conjunto de todas las entidades a las cuales me puedo referir con la palabra, por ejemplo, la denotación de la palabra hombre, los denota a todos ustedes, a los americanos, a los finlandeses, a los japoneses, a los que han muerto o los que vendrán.

Designación: las propiedades que definen el significado de la palabra.

Denotación: todo aquello a lo cual me puedo referir con la palabra.

Entre designación y denotación existe una relación inversamente proporcional, significa que entre más propiedades designativas existirán en el significado de la palabra, más restringido serán su dominio de denotación y a la inversa.

La connotación de una expresión es la carga emotiva de esa expresión, puede suceder que dos expresiones tengan el mismo significado y por lo tanto que tenga la misma denotación, pero que tenga una connotación distinta.

La vaguedad, significa que la expresión no tiene un conjunto definido de propiedades designativas que me permitan determinar cuando utilizar la palabra con toda precisión y cuando no.

Hay dos tipos de vaguedad, la vaguedad por requisito del quórum que es cuando no hay un conjunto de propiedades designativas para saber cuándo utilizar la expresión, y vaguedad por requisito de quantum, que se refiere a que no se sabe que tanto de una misma propiedad debe estar presente, esto es muy relevante en nuestros procesos de argumentación y contraargumentación, por que muchas veces, alguien puede estar entendiendo el significado de una expresión, atribuyendo ciertas propiedades designativas y el interlocutor puede no estar de acuerdo, él puede estarle atribuyendo otro conjunto de propiedades designativas.

Lo anterior es parte también de lo que hace la Corte cuando establece cuales deben ser las propiedades designativas con las que se debe entender el significado de una expresión.

No puedo definir por exclusión, si no tengo simplemente dos categorías y una de esas dos categorías es una categoría absolutamente clara, es inapropiado en términos de técnica de la definición, así es, técnicamente inadmisible y hay muchas otras cosas inadmisibles, como las falacias ad

dominen, que es cuando en lugar de atacar el argumento de la contraparte, lo que hago es atacar y descalificar a la contraparte, para lograr el efecto de que se descalifique al argumento por la descalificación indirecta de la contraparte.

Metalenguaje y lenguaje objeto; desde el lenguaje podemos hablar de cosas, podemos hablar del mundo, pero a través del lenguaje también podemos hablar del lenguaje. Cuando hablamos de el lenguaje, desde un lenguaje, decimos que el lenguaje del que hablamos, es el lenguaje objeto y el lenguaje desde el que hablamos del lenguaje objeto, es un metalenguaje.

Para evitar hablar del lenguaje, del metalenguaje, del metalenguaje, se habla también del nivel, tendríamos entonces, nivel cero, nivel uno, nivel dos, así hasta el infinito.

En el debate parlamentario, debería hacerse la metargumentación, es decir argumentar a nivel de metalenguaje, teniendo como lenguaje objeto los argumentos de mis contrapartes, desafortunadamente eso pasa muy poco, o es la descalificación al sujeto, o por otra parte es, contestar con algo que no tiene nada que ver con el argumento que señale la otra parte.

Una estipulación es una definición que se emite de manera arbitraria, autoritaria, se puede decir para ciertos efectos.

La expresión equivale a la parte externa visible de una secuencia de palabras formada conforme a las reglas sintácticas del español, el enunciado es la parte lingüística perceptible y la proposición es el significado de esa cadena o secuencia de palabras o enunciados, para formar un enunciado se implica, que se hayan utilizado las reglas de sintaxis de un idioma determinado, gramaticales o sintácticas de una lengua.

Hay distintos tipos de enunciados y preposiciones, una preposición es descriptiva cuando expresa algo acerca del mundo y puede ser evaluado en términos de verdadera o falsa que depende de los contextos, es decir siempre que hacemos una afirmación acerca de algo y este algo puede ser contrastado con el mundo y ser verdadero o falso, estamos emitiendo una proposición descriptiva.

Las preposiciones prescriptivas, tiene la característica de indicar conductas a realizar, no debe hablar del mundo, sino indicar conductas a realizar, y no pueden ser evaluadas como verdaderas ni falsas.

Las preposiciones performativas, son aquellas que al pronunciarse generan un cambio determinado en el mundo, John Austin dijo " Hay ciertas expresiones que parecen descriptivas, se puede formular en presente del indicativo, sin embargo, me doy cuenta que la función que cumple es otra totalmente distinta". Cuando se utilizan las palabras crea cosas, ejemplo " te bautizo", "te juro", hay ciertos verbos que se llaman realizativos que tiene la consecuencia de crear cosas o estados de cosas en el mundo cuando son emitidos, a las preposiciones que contiene estos verbos realizativos, se le llama performativas, consta de distintas partes, una es el acto locusionario que consiste en la emisión de la proposición, el acto locusionario es la cosa que se hace al emitirlo. Así como las proposiciones descriptivas podrán ser verdaderas o falsas, las perfornativas pueden ser afortunadas o desafortunadas si no ocurre el acto locusionario.

Las condiciones de afortunabilidad, se refieren a que el acto locusionario sea emitido por el sujeto concreto que debe emitirlo, otra de ellas a que se emita dentro de un ritual o respetando cierto procedimiento.

Otro tipo de proposiciones, son las expresivas, las que además tiene dudosa clasificación, debe destacarse que un mismo enunciado no solamente puede tener distintos significados, sino que puede cumplir distintas funciones lingüísticas, algunas predominantes con respecto a otras, es decir, puede ser que una proposición o un enunciado, externamente sea descriptivo, pero que tenga aparejada una función principal de carácter prescriptivo.

Las proposiciones, así como las palabras se integraban en secuencia de palabras que integran enunciados o proposiciones, las proposiciones se estructuran en unidades más amplias, que se conoce con el nombre de discurso. Así como la proposición se expresa a través de enunciados y los significados a través de significantes, los discursos se expresan a través de textos, que es la manera en la que expresamos un discurso específico y podemos identificar clases de discursos, así podemos distinguir, por ejemplo, géneros literarios, uno correspondiente al literario de la poesía, otro al de la novela, al de la narrativa, etc…, todo en función de la característica de su discurso.

Lo anterior tiene que ver con la argumentación, con que ésta es un tipo de discurso, estructurado de cierta manera en el que tenemos premisas y de las premisas se siguen conclusiones, las premisas están constituidas de enunciados y proposiciones y los enunciados o proposiciones están constituidos de palabras, cada una de las cuales tiene un conjunto de propiedades.

Para hablar de argumentos, tenemos que hablar de proposiciones.

Como ejemplo de análisis de expresión sinónima, veremos la palabra constitución, en un primer sentido sería constitución física, constitución política, lo que quiere decir que es una palabra polisémica, en la acepción jurídica un sinónimo sería Carta Magna, al respecto existe un contexto y no podemos utilizar esta palabra de manera equivalente, tampoco ley suprema, ya que esta expresión tiene un ámbito de denotación más amplio que Constitución, el artículo 133 constitucional dice que la ley suprema son la Constitución, los tratados internacionales, las leyes federales, por lo cual tampoco es sinónima de constitución.

Acerca de que tanto funciona realmente la Técnica de la Argumentación en las prácticas parlamentarias, en donde hay votos por bloque por disciplina partidista, entonces habría que decir que eso es una cuestión que habitualmente no tiene que ver con la argumentación, de donde no podemos inferir que no tendríamos que utilizar técnica de argumentación.

Tenemos que utilizar prácticamente expresiones con la misma denotación, lo que estamos manipulando es la connotación del lenguaje, una carga emotiva del lenguaje.

Pesamos la connotación de las palabras para saber que tipo de impacto queremos crear en nuestros interlocutores.


Curso de Técnica Legislativa

Sesión del 13 de marzo de 2002

(Clase 2/3)

Mi intención es que el día de hoy veamos algunas cuestiones de lógica, y que reservemos para la tercera sesión ejercicios tanto de carácter semántico, como de carácter lógico. Creo que hacer los ejercicios ayuda a que se afiancen más los conocimientos.

De nuestra clasificación proposicional de enunciados descriptivos, prescriptivos, preformativos, expresivos, vamos a tratar de identificar a qué categoría corresponden cada uno de los siguientes:

La nieve es blanca. Es de carácter descriptivo.

Aquí nos vamos a encontrar con un caso muy interesante:

El cielo es el hábitat de los ángeles y de los querubines; el infierno, de los demonios y de las almas en pena. En principio, tiene una estructura que parece ser descriptiva; sin embargo, tenemos aquí un pequeño problema que nos da lugar a un tipo de enunciados que no vimos ayer, porque antes necesitamos estar familiarizados con los descriptivos. ¿Este enunciado puede ser evaluado como verdadero o falso? ¿Tenemos criterios para contrastarlo como tal? No. Tiene una estructura de enunciado descriptivo, pero en realidad es un enunciado de carácter metafísico que no nos está hablando acerca del mundo, que no aporta conocimiento, sino representaciones mentales.

Un Estado democrático es aquél que cuenta con mecanismos eficaces de participación y control de la función pública de modo cotidiano, y no únicamente para elegir a sus gobernantes. En el fondo es prescriptivo. Nos está diciendo que si quieres ser un Estado democrático, entonces organízate de tal suerte que haya mecanismos eficaces de control cotidiano de la función pública. La función preponderante de este enunciado efectivamente es de carácter prescriptivo.

Con vista en las actuaciones del presente expediente y de conformidad con las valoraciones probatorias y elementos de derechos conducentes, declaro al señor Juan Pérez responsable del delito de fraude, y lo sentencio a una pena de ocho años en prisión. Preformativo. Los verbos realizativos los tendríamos en declaro y en sentencio. Al decir declaro, estoy declarando; al decir sentencio, estoy sentenciando.

Determine cuál es la función lingüística dominante en cada uno de los pasajes siguientes. Una vez más vamos a identificar si la función es predominantemente descriptiva, prescriptiva, preformativa o expresiva:

Después de la libertad y la justicia, viene la importancia en la educación popular, sin la cual no puede mantenerse de manera permanente ninguna libertad ni ninguna justicia. En el fondo es prescriptiva; fíjense que podría parecer que tiene una estructura descriptiva, pero en realidad no. Esto es relevante, porque en nuestros procesos de argumentación y contrargumentación cuántas veces no encontramos algo que puede tener la apariencia de descriptivo, pero que en el fondo tiene una función prescriptiva. También puede suceder que haya otros que aparentemente tengan una estructura prescriptiva, pero que en el fondo tengan una función descriptiva. Cuando tenemos uno con apariencia descriptiva, debemos preguntarnos si tenemos criterios para evaluarlo en términos de verdadero o falso, y en ese caso, si es una cosa o la otra, porque en muchas ocasiones compramos un argumento tal como nos lo presentan, simplemente porque tenga estructura descriptiva, y no nos preguntamos si la afirmación que está implícita en la descripción es verdadera o falsa, lo cual es fundamental para poder hacer una aceptación o refutar un argumento. Tenemos que aprender a distinguir diversos niveles de lenguaje, distintas funciones lingüísticas, para poder identificar argumentos de distintas clases y contestarlos de distinta manera.

La guerra es la mayor maldición que puede afligir a la humanidad; destruye a la religión, destruye a los estados, destruye a la familia. Cualquier flagelo es preferible a ella. Hay que leer primero que puede haber más de una proposición; es decir, que en un discurso –ésta es una porción discursiva- puede haber más de una proposición, y las distintas proposiciones pueden ser de clases lógicas distintas. En este caso, vamos a analizar la primera: La guerra es la mayor maldición que puede afligir a la humanidad; si la consideramos descriptiva, ¿podría ser evaluada en términos de verdadero o falso?, y si es evaluada así, si es verdadera o falsa.

En mayor maldición ¿qué figura de análisis del lenguaje, de las que vimos ayer, estaría presente? No estamos hablando de la clasificación proposicional, sino de las palabras mayor maldición, las cuales estarían afectadas de vaguedad, con la variedad de que dependen de las propiedades designativas que le atribuyen los diferentes sujetos; efectivamente se considera que la guerra queda denotada por mayor maldición o no. Hay una carga subjetiva de una persona que considera por una definición que le atribuye mayor maldición, que guerra queda denotada por mayor maldición. Pues demos la incidencia de la vaguedad en una expresión, en la aceptación de la misma.

No hagamos la guerra. Todo el texto en realidad cumple una función en su conjunto,

de carácter prescriptivo. El mensaje sería No hagan la guerra.

Tenemos una claramente descriptiva: destruye la religión, destruye los estados, destruye la familia. Esto lo podríamos evaluar en términos de verdadero o falso; será verdadero si efectivamente la guerra destruye la religión, si efectivamente destruye la familia, si efectivamente destruye los estados; si no, el enunciado sería falso.

El lenguaje, la sangre del alma del Señor en la cual corren nuestros pensamientos y de la cual surgen. Sería una proposición metafísica; eso nos la descarta como descriptiva. Los enunciados metafísicos dan la apariencia de estar ofreciendo conocimiento, de estarnos permitiendo conocer algo; mientras que los expresivos sólo manifiestan los estados de ánimo. Cuando analizamos y empezamos a ver qué tanto de un discurso en realidad es argumento, nos podemos dar cuenta de que la mayor parte es mera relación hilada de proposiciones, una detrás de otra, que no hay argumento consistente. En esa porción discursiva una enorme cantidad es de carácter metafísico, que en realidad no nos está aportando nada de conocimiento. Digamos que un trabajo parlamentario y técnico tendría que prescindir de la parte metafísica, y la parte no metafísica tendría que concretarse a ser de carácter explicativo; es decir, un discurso construido por enunciados descriptivos, susceptibles de ser evaluados como verdaderos o falsos.

En el proceso parlamentario, la inferencia final puede ser de carácter prescriptivo, por lo tanto, hay que legislar en materia de, y no sólo eso, se legisla pretendiendo que con ello se modifique el estado de cosas no deseado, para dar lugar a uno deseado. Los argumentos son mecanismos para hacer manipulación de procesos mentales; lo que voy haciendo es dar los elementos para llevar a mi contraparte a que infiera lo que yo quiero que infiera.

Indicar en cada uno de los pasajes siguientes cuál es la proposición –si la hay- que se pretenda afirmar; si puede suponerse que se pretende provocar alguna acción manifiesta, indicar cuál es, y si expresa algo acerca del que habla, indicar qué es:

Benjamín Disraelí es un hombre que se ha hecho a sí mismo y que adora a su creador. Dependiendo de cómo interpretemos el significado de adora a su creador, que es una expresión polisémica, podemos entender que está diciendo que Benjamín Disraelí se quiere mucho, porque él es su propio creador. Si le atribuimos un significado dos, diría que Benjamín Disraelí quiere mucho a Dios; entonces vemos cómo una sola expresión, adora a su creador, afectada de polisemia, puede dar lugar a que el mismo enunciado exprese más de una proposición. En cualquiera de sus dos interpretaciones, el enunciado puede ser verdadero o falso.

¿Recuerdan que habíamos comentado que los contextos pueden tener una incidencia en la atribución de significado de los enunciados? Efectivamente, puede ser que el contexto histórico sea el que le da un significado distinto a un enunciado, aunque no en todos los casos.

La técnica de contrargumentación no solamente se dirige a destruir argumentos completos, sino a echar por tierra proposiciones aisladas de carácter descriptivo, de la siguiente forma: tengo una proposición que en términos de lógica sería representada así:

Para todo X, si X es A, entonces X es B. Esto es equivalente a No existe ningún X tal que XA y X noB.

Hay muchos tipos de lógica: tenemos lógica proposicional de primer orden, lógica cuantificacional, lógica de óntica, lógica epistémica, lógica erotética ... y cada una nos sirve para cosas distintas. Si yo quiero demostrar un axioma no me va a servir para nada la lógica dialéctica, sino la lógica matemática, la lógica formal, particularmente la lógica deductiva. Todas las lógicas son limitadas o son valiosas en función de para qué las queremos utilizar.

La lógica matemática no nos permite explicar procesos de argumentación reales; digamos que hay una frontera donde se puede formalizar lógicamente, pero más allá de esa frontera hay muchas cosas que ocurren en la práctica, que no puede explicar la lógica formal.

Para esos casos se habla de argumentación informal y hay autores como Cohen, que tienen técnicas de diamagración de argumentos, etc., que no es proponente lógica dialéctica, son técnicas de análisis argumentativo que no utilizan la formalización lógica.

Cuando podemos hacer formalización lógica, el rigor que nos lo permite es aplastante; cuando puedo formalizar un argumento, la contraparte no tiene para dónde hacerse; si lo formalizo y tiene que aceptar las reglas de inferencia lógica, no tiene ninguna otra alternativa, más que aceptar la conclusión.

Tenemos que distinguir entre lo que se llama el contexto del descubrimiento y el contexto de la justificación; el primero tiene que ver con la forma en que elijo las premisas, y eso está más allá de la lógica, pero una vez que nos desprendemos de la fuente de la cual se eligieron, desde un punto de vista estrictamente lógico, es tan formalizable, como lo era lo otro. Tan estructura lógica tiene su argumento, como la tiene lo otro.

En el caso de la lógica, nos quedamos en la parte a partir de la cual tengo las premisas y analizo los argumentos y los debato, dando por supuesto el argumento dado, sin tener que meterme a analizar cuál fue la fuente de la que surgieron las premisas; debato con los argumentos hechos, no con sus fuentes.

Tenemos un texto jurídico, una ley, por ejemplo, y tenemos un enunciado. Éste, como hemos dicho, puede tener distintas proposiciones: proposición uno, proposición dos, proposición tres, proposición cuatro. Puede ser que yo le atribuya el significado uno y que obtenga la proposición uno a través de una interpretación histórica, por decir algo.

Puede ser también que yo atribuya un significado dos a través de una interpretación analógica, o que le atribuya un significado tres a partir de una interpretación literal, o que le atribuya un significado cuatro, a partir de la interpretación n; esto queda circunscrito dentro del contexto del descubrimiento de la proposición.

La lógica no se mete en esta parte, sino que aparece una vez que ya hice la atribución de significado, y entonces tengo mi proposición, y la resultante puede tener una forma lógica tal que yo puedo representar formalmente, independientemente de la fuente con la que le atribuí el significado; las técnicas de interpretación jurídica son técnicas de atribución de significado, es decir, de generación de proposiciones a partir de enunciados lingüísticos, pero la lógica no se mete en esa primera parte, no discute esto. La lógica parte del supuesto: una vez que construiste tu proposición, si se puede formalizar, o si no, qué inferencias lógicas se siguen de ello.

Aquí podríamos tener que el resultado de esta interpretación fuera si P entonces Q, y podría ser que el resultado de esta interpretación fuera A y B, y el resultado de esta interpretación si y sólo si A entonces B. Como vemos, la lógica puede formalizar distintas proposiciones que pueden ser obtenibles a partir de distintas atribuciones de significados.

Vamos a ver este ejemplo –fíjense además qué raro era Hegel para redactar-: En un pueblo no concebido en un estado de carencia de leyes y desorganización, sino como una totalidad autodesarrollada y verdaderamente orgánica en tal pueblo, la soberanía es la personalidad del todo, y ésta se haya representada en la realidad por la persona del monarca. En lugar de decir en un estado sin leyes, en un pueblo no concebido, en un estado de carencia de leyes. Eso es rizar el rizo. ¿Qué función predominante tendría? Prescriptiva, ¿y qué está prescribiendo?, ¿es una apología de qué? De la monarquía. Nos está diciendo organícense en la monarquía, y desde luego aquí puede entrar otra vez un contrargumento que nos diga que la soberanía no radica en la persona del monarca, sino en el pueblo. Entonces, en función de una construcción alternativa presentamos un argumento diferente, alternativo.

Vamos a ver si en estos enunciados encontramos algún elemento que nos indique que hay una relación metalingüística:

Los animales concretamente son objetos y no sujetos de Derecho. Así se desprende de varios artículos del Código Civil. Como tales, están el 753, que se refiere a bienes semovientes (sic), el 854 y el 855 y siguientes, previsores de la protección de animales.

Según lo dispuesto por el artículo 330, fracción I de la Ley Federal del Trabajo de 1931, la prescripción de las acciones derivadas de riesgo profesional, empieza a correr desde el momento en que se determina de manera definitiva el grado de incapacidad que haya quedado al trabajador. ¿Hay alguna relación metalingüística? ¿Cuál sería el lenguaje objeto?, el artículo 330, fracción I de la ley fulana de tal, efectivamente, y todo esto es metalenguaje. Siendo tal, ¿de qué carácter es: descriptivo, prescriptivo, preformativo o expresivo? No es prescriptivo, es descriptivo ¿qué nos está describiendo? Según lo dispuesto por el artículo fulano de tal, la prescripción… está describiendo que lo dicho por el artículo 330 es: lo siguiente. Igual que en el caso anterior, podríamos evaluarlo como verdadero o falso, contrastándolo directamente con el artículo 330, fracción I.

¿Qué significa describir en el Derecho? Hay una manera muy trivial de hacer descripción del Derecho, y particularmente estaríamos hablando de que el discurso de la dogmática jurídica es un metalenguaje sobre el Derecho Positivo.

Cuando un autor repite exactamente lo que dice un artículo de la ley, está haciendo una descripción. Si algún autor nos dice: según lo que dice el artículo 10 del Código Penal, a quien comete homicidio se le sancionará con pena de diez a veinte años de prisión, es un metaenunciado de carácter descriptivo que podemos evaluar como verdadero o falso, contrastándolo con lo que dice el Código Penal. Será verdadero si efectivamente dice que a quien cometa homicidio se le sancionará con pena de 10 a 20 años, y en caso contrario será falso, pero no todas las ocasiones que decimos que describimos el material normativo se limita a repetir lo que dice el Código. En muchas ocasiones, lo que hacemos son trabajos de reformulación a partir de los enunciados del Derecho Positivo y hacemos complejas reconstrucciones normativas.

En ese caso, solemos hacer pasar como si fuera descripción, el producto de una interpretación y lo que determinará si es verdadera o falsa la propuesta que estamos dando, de que nuestro enunciado sea descriptivo de lo que dice el Derecho Positivo.

Aquí nos estaría diciendo: debe interpretarse de esta manera, pero fíjense que no lo hace, porque yo así lo interpreto. Según lo dispuesto con el artículo fulano de tal, alguien podría hacer una interpretación alternativa y encontrar entonces que a su juicio lo que dice este artículo es otra cosa. ¿Y Cómo podría rebatir a la Corte? Diciendo lo que estás diciendo es falso, porque no es cierto que en la ley se diga lo que tú dices que dice, sino que la ley dice otra cosa, y esta descripción la obtengo a partir de una interpretación alternativa.

De la misma manera que podemos generar argumentos alternativos, podemos generar definiciones o interpretaciones alternativas que se presentan como contrargumentos a descripciones que se presentan desde una interpretación distinta.

Existe una falacia que se llama falacia por autoridad, en la que hacemos una inferencia de la siguiente manera: A dice B, luego entonces B, y eso es una falacia. No podemos seguir de que el hecho de que A precisamente diga B, porque ella lo haya dicho, se siga B. Es decir, B se debe seguir por la fuerza del argumento, no por el hecho de haber sido dicho por A.

Ya sabemos que en Derecho tenemos la interpretación auténtica de lo que nos hablaba Quelcin (sic), que la interpretación de las instituciones, pero desde un punto de vista de teoría de la argumentación, el hecho de que la Corte haya decidido en un sentido determinado, no la exime de haber podido construir argumentos falaces. Aunque ella sea la última palabra, desde un punto de vista de técnica de la argumentación yo podría mostrar, por ejemplo, como teórico, como doctrinario, que un argumento de la Corte no es consistente y puede ser que la pueda derrotar desde el punto de vista de la teoría de la argumentación, aunque no desde el punto de vista de la creación de estados de derecho finales.

En principio ya habíamos concluido con la parte de semántica. Ahora veríamos la segunda parte, que sería la lógica de la argumentación, y vamos a ver algunas nociones de lógica formal, de lógica matemática, para después tener alguna idea de cómo se utiliza para la formalización de argumentos.

El lenguaje lógico es de carácter sintáctico, es decir, que únicamente considera las relaciones entre los símbolos, sin tomar en consideración los contenidos que éstos puedan tener.

Vamos a ver la definición de un lenguaje al que vamos a llamar lenguaje L. Un lenguaje lógico, lenguaje formal, que no tiene ninguna interpretación, se constituye al igual que cualquier otro, por tres elementos fundamentales: un primer elemento, que es el léxico del lenguaje, que podemos definirlo como el conjunto de todos los símbolos que integran el lenguaje.

Así como en el español tenemos el conjunto de todas las palabras que forman parte del lenguaje, que están integradas en un diccionario, de la misma manera podemos decir que en el caso del léxico de la lógica tenemos un conjunto cerrado de símbolos, que serían los símbolos del lenguaje L.

En segundo lugar, así como en el lenguaje hay reglas de gramática, reglas para la formación de oraciones bien estructuradas, en el caso de la lógica tenemos también reglas para la formación de proposiciones bien elaboradas.

De la misma manera que en un lenguaje como el español, a partir de una proposición podemos derivar otras tantas, también en el caso de la lógica tenemos reglas de transformación.

El léxico de nuestro lenguaje L consta de los siguientes elementos:

Primero, unos símbolos lógicos, llamados funtores y cuantificadores. Vamos a hacer un resumen de lógica profesional de primer orden, de lógica cuantificacional y de cálculo de predicados.

Los funtores lógicos son los siguientes: este símbolo que se llama conjunción, cuyo equivalente aproximado en español sería Y. Este símbolo se llama disyunción, y su equivalente aproximado en español sería O. Este símbolo, esta flechita, se llama condicional, y se lee si … entonces.

El condicional tiene dos partes: antes de la flechita, a la que se le llama antecedente, y después de ella, al que se le llama consecuente. Ya hemos visto algunos ejemplos de este condicional: si P, entonces Q, por ejemplo, donde P sería el antecedente y Q, el consecuente. Que si A, entonces B, por ejemplo. Éste se llama bicondicional y se lee: Si y sólo si A –por ejemplo-, entonces B.

Por último tenemos la negación, que equivaldría en español a no. Además tenemos los cuantificadores, que son dos: esta A de cabeza, que se llama cuantificador universal, y esta A al revés, que se llama cuantificador existencial. El primero se lee para todo. Ya vimos ejemplos en para todo X, si X es A, entonces X es B. El cuantificador existencial se lee existe al menos una X tal que.

Entonces tenemos símbolos lógicos funtores y cuantificadores, y además tenemos símbolos no lógicos que son letras enunciativas: de la p a la w; letras predicativas: de la P a la Z, y letras individuales que pueden ser de dos clases: variables X, Y y Z, o constantes, A, B y C.

Utilizamos las constantes X, Y y Z cuando no vamos a individualizar una formalización lógica; por ejemplo, para todo X, y X es A, entonces X es B, estamos utilizando la variable X.

Cuando queremos individualizar, utilizamos constantes, que son letras minúsculas, entonces podemos decir: para todo x, si x es a, entonces x es b, se puede convertir en x es a, donde a es igual a Pedro –por ejemplo-, entonces x es b, donde b sería , por ejemplo es mortal. En ese caso utilizamos constantes.

Además de esto tenemos como símbolos auxiliares a los paréntesis. Más adelante vamos a ver qué funciones tienen, cómo se conectan, etc.

Nuestros símbolos DL pueden dar lugar a fórmulas de dos tipos: atómicas y moleculares. ¿Cuál es nuestra definición de fórmulas? Una letra enunciativa es una fórmula atómica, entonces P, por ejemplo, es una fórmula atómica; Q, también; R, igualmente. Una letra predicativa, seguida de una constante individual, es una fórmula atómica. Por ejemplo: PA, QAB.

Siguiendo un símil con la química, podemos hablar de combinación de las fórmulas atómicas en estructuras más complejas, que dan lugar a las fórmulas moleculares.

¿Cuáles son las reglas de formación de las fórmulas que pertenecen al lenguaje L? Así como hay ciertas oraciones que pertenecen al español si están bien formadas y hay otras que no, si no siguen las reglas de la gramática; en el caso de la lógica, si respetan ciertas reglas, las fórmulas pertenecen a L y si no respetan ciertas fórmulas en ciertas reglas, entonces no pertenecen a L.

La regla uno: sólo reglas bien formadas son fórmulas de L. Es decir, las combinaciones de los símbolos que hemos visto que no respetan ciertas reglas de combinación no forman parte de L. ¿Cuáles son? Una fórmula atómica es una fórmula bien formada, lo cual quiere decir que una letra enunciativa o una letra predicativa, seguida de una constante individual son fórmulas bien formadas y por lo tanto forman parte de L.

Si A es una fórmula bien formada, entonces no A es una fórmula bien formada. Es decir, también formarán parte de L las negaciones de fórmulas bien formadas.

Si A y B son fórmulas bien formadas, entonces A y B, A o B, si A entonces B, si y sólo si A entonces B, son fórmulas bien formadas. Por ejemplo, fíjense dónde está el lugar del funtor lógico: se encuentra en medio de las dos fórmulas bien formadas. En los casos de la conjunción, de la disyunción, del condicional y en el del bicondicional, siempre tenemos que la regla es que el funtor lógico se encuentra en medio de las dos fórmulas bien formadas.

Esto significa que si, por ejemplo, yo escribo P y Q, es una fórmula bien formada, porque el funtor lógico está en medio de las fórmulas bien formadas, pero si yo escribiera P y Q, es decir, primero la disyunción y después P y Q, ya no sería una fórmula bien formada, porque la regla es que esté en medio de las dos preposiciones. Si yo escribiera P, Q y después el funtor, ya no sería una fórmula bien formada. Si escribo P o Q sería una fórmula bien formada.

Si escribo la disyunción P,Q ¿sería una fórmula bien formada? No. Si escribo, por ejemplo, condicional P, Q no es una fórmula bien formada. P, Q y el signo del bicondicional, tampoco es una fórmula bien formada.

Ya sabemos que las fórmulas bien formadas son las letras predicativas: de la p minúscula, en adelante, o las letras mayúsculas de la P en adelante, seguidas de una constante individual; las letras a,b,c, etc., minúsculas. Ahora veremos cómo se aplica.

Una fórmula molecular es aquélla que incluye uno o más símbolos lógicos. Ya sabemos que una fórmula atómica puede ser, por ejemplo, sólo P, o Pa, pero una fórmula molecular implica la presencia de por lo menos un símbolo lógico. Por ejemplo P y Q es una fórmula molecular, porque ya tiene incluido el funtor lógico y; P o Q también lo es, porque tiene al menos un funtor lógico.

Y así podemos escribir larguísimas cadenas que constituyan fórmulas moleculares, a través de la combinación de fórmulas atómicas con los funtores lógicos. Si P y Q o R, entonces S, es un ejemplo de fórmula molecular. Si P o Q si y sólo si P o Q, entonces R y S, también lo es; no tenemos límite para hacer la construcción de este tipo de fórmulas.

Hay una cierta jerarquía de los funtores: hay algunos que tienen más peso que otros. El bicondicional es el que tiene más peso de todos, seguido del condicional, la conjunción, la disyunción, y el más débil de todos es la negación. Vamos a dar ejemplos de esto.

Si yo tengo P y Q, es una fórmula molecular, porque tiene por lo menos un funtor lógico. Decimos que puede tener largas cadenas que constituyan fórmulas moleculares muy complejas, no tengo límite en ello. Podré escribir P y Q entonces R. Fíjense que aquí tengo dos funtores lógicos, el de la bicondicional y el de la conjunción. Esto se podría leer: P y si y sólo si Q entonces R; o podría leerse: si y sólo P y Q entonces R.

En el primer caso, la fórmula completa sería una conjunción; en el segundo, un bicondicional. Como tengo pesos en mis funtores lógicos, y el que más peso tiene es el bicondicional, entonces yo sé que esto es una fórmula bicondicional, porque el bicondicional tiene más peso que la conjunción. Esto equivale a, si uso los paréntesis, si y sólo si, si P y Q entonces R. Si yo tengo P y Q entonces R, como tengo el condicional, y éste tiene más peso, yo sé que esta estructura completa es un condicional, que éste es el antecedente y éste el consecuente.

Tenemos un caso problemático: el de la conjunción y el de la disyunción, que tienen el mismo peso. En este caso, para resolver problemas de ambigüedad sintáctica, utilizo los paréntesis. Si yo escribo esto, puede tener dos lecturas, puede querer decir P y Q o R, o puede querer decir (P y Q) o R. Para resolver la ambigüedad, utilizo paréntesis. Si yo quiero que esto diga P y Q o R, entonces pongo (P y Q) o R, y si yo quiero que diga lo otro, pongo P y (Q o R). Entonces, para el caso de la disyunción y de la conjunción, las ambigüedades sintácticas son resueltas a través del uso de los paréntesis.

Respecto al lenguaje, la lógica nos sirve para formalizar proposiciones lingüísticas que hemos visto, las propiedades de las palabras, estas estructuras en proposiciones lingüísticas, distintos tipos de proposiciones, y ahora vamos a ver cómo estas últimas pueden ser transformadas en fórmulas lógicas, y una vez hecho esto, podemos ver la solidez de las inferencias que hacemos a partir de ellas, de una manera que no podríamos ver si estuviéramos manejando simplemente lenguaje.

Para ello tenemos que dar alguna convención muy simple: hay algo llamado lógica de predicados, que utiliza las letras predicativas. Si podemos sustituir proposiciones lingüísticas por nuestras letras enunciativas. Si escribo, por ejemplo Si alguien comete homicidio se le sancionará con pena de 10 a 20 años de prisión, tenemos dos proposiciones: cometer homicidio y sancionar con pena de 10 a 20 años de prisión. Yo puedo transformar esta proposición lingüística en una proposición lógica, y le puedo asignar valores a cada una de las proposiciones, en términos de letras enunciativas.

Entonces, si digo P es igual a cometer homicidio, y Q, a sancionar con pena de 10 a 20 años de prisión, puedo hacer mi formalización que quedaría si P entonces Q. Así, si alguien comete el delito de homicidio será sancionado con una pena de 10 a 20 años de prisión, lo transformo en términos de lógica proposicional: si P entonces Q.

También puedo hacer la formalización de expresiones en las que se predica algo de un sujeto; para esos casos utilizo las letras predicativas, que son las mayúsculas, seguidas ya sea de variables o de constantes, según sea el caso. (...) La letra predicativa me servirá para formalizar el predicado que estoy haciendo acerca de un sujeto.

También podemos hacer fórmulas con este tipo de letras predicativas: Si Juan es inteligente, entonces Juan es brillante. Si sustituimos B por es brillante, tendríamos: si Juan es inteligente, entonces Juan es brillante.

De esta manera vemos cómo podemos forma proposiciones moleculares, utilizando también representaciones de predicados, cálculo de predicados.

Las reglas para hacer formalización lógica son muy simples; la primera es considerar el enunciado o el discurso lingüístico; la segunda, identificar cuáles son las proposiciones implícitas; tercera, hacer la asignación, las variables de las letras predicativas, etc., y hacer la formalización lógica, a continuación.

Para poder identificar las proposiciones, hay que buscar en el discurso expresiones que sean equivalentes a aquéllas que son nuestros funtores lógicos. Vamos a ver un ejemplo muy simple: si usted está en Madrid o en México, entonces su reloj no debe marcar la hora de Japón. El primer paso es identificar qué proposiciones tenemos; para distinguirlas una pauta puede ser identificar las palabras que sean equivalentes a nuestros funtores lógicos: conjunción, disyunción, condicional, etc: si, entonces nos hablan de que hay un condicional. Q, nos habla de una disyunción, y no, de una negación. Las proposiciones lingüísticas, es decir, lo que se encuentra en los funtores lógicos serían: Está en Madrid; Usted está en México; su reloj no debe marcar la hora de Japón. Hay una regla fundamental cuando formalizamos: debemos hacerlo siempre en afirmativo; ponemos las negaciones en el momento de hacer la representación simbólica, pero al identificar las proposiciones, las ponemos siempre en afirmativo.

Asignándoles ya valores de letras enunciativas, las proposiciones serían: P, igual a usted está en Madrid. Q, igual a usted está en México. R, igual a su reloj debe marcar la hora de Japón. Recuerden la regla que acabamos de mencionar: cuando identificamos las proposiciones, las ponemos en afirmativo; la negación viene al momento de la formalización.

Vamos a la parte de la formalización: la estructura lógica de este texto, combinando P,Q y R con funtores lógicos sería C,P,O,Q entonces no R.

Esto fue un ejemplo de formalización en lógica proposicional de primer orden, pero existe otro tipo de lógica: la cuantificacional, que sería de la siguiente manera: la expresión todo padre tiene hijos quedaría formalizada así: primero debemos identificar cuáles son los predicados, que en este caso serían es padre y es hijo, lo cual definimos con P,X, si sólo X es padre, Q,X, si sólo X es hijo, y la formalización quedaría: para todo X si para cualquier sujeto, si X es padre, si sólo X tiene hijos. Aquí sería más bien: tiene hijos, para todo X si sólo X es padre. Entonces X tiene hijos.

Podemos hacer una sustitución, y aquí vemos la diferencia entre el uso de las variables y de las constantes. Ya no estar hablando únicamente de X, es decir, de toda la clase universal, sino que podemos sustituir, por ejemplo, Pedro por X, en cuyo caso cambiamos la X por una constante individual, y si Pedro es igual a A, entonces tendríamos la formalización si y sólo si Pedro A es padre, entonces Pedro tiene hijos.

Al momento de aterrizar en un sujeto concreto en la predicación, dejamos de utilizar variables, y utilizamos constantes individuales, y al hacerlo desaparece la cuantificación universal. Vamos a ver ejemplos de cómo se aplica en la realidad:

La realidad puede mutar; nuestra pregunta no es si cambia, esto no es algo que la congele, sino que nos permite formalizar el lenguaje. Si el discurso cambia, éste es susceptible de ser formalizable, y lo podremos formalizar en cualquiera de las etapas de su evolución. Desde luego que tiene limitaciones, y desde luego que no podemos formalizar todas las características del lenguaje natural en términos de lógica formal, pero también lo es que constituye una herramienta muy poderosa que nos permite hacer muchas más cosas que no podríamos llevar a cabo si nos quedáramos simplemente con el lenguaje coloquial.

Tenemos ciertas reglas para atribuir valores de verdad a las proposiciones moleculares; fundamentalmente me interesan dos: la primera, una proposición molecular P y Q ¿es verdadera?, ¿si y sólo si P es verdadero y Q es verdadero? Si una de ellas es falsa, entonces P y Q es falso. Una proposición molecular P y Q es verdadera, si y sólo si P es verdadero y Q es verdadero.

Una proposición molecular de disyunción P o Q es verdadera, si el caso que P es verdadera o Q es verdadera o ambas lo son, si es suficiente que una lo sea para que sea verdadera P o Q, con más razón es verdadero si son verdadero P y además Q.

Además de esta regla, hay otro tipo de disyunción, llamada disyunción excluyente, que se representa con otro signo que no estamos viendo aquí. Esto se los comento nada más de paso, que significa que P o Q es verdadera, si sólo si P es verdadera o Q es verdadera; si ambas lo son, entonces P o Q es falsa, en este segundo tipo de disyunción que menciono.

Estas dos son las que me interesan, porque son las más intuitivas, las que más utilizamos. Les comento las otras dos, las del condicional y las del bicondicional: si P entonces Q es verdadera, si sólo si P es verdadera y Q es verdadera, o si P es falsa y Q es falsa, o si P es falsa y Q es falsa. Es decir, si P entonces Q es falsa, únicamente si P es verdadera y Q es falsa, en todos los demás casos es verdadera, y si sólo si P entonces Q es verdadera, si P es verdadera y Q es verdadera, o si P es falsa y Q es falsa. Esto es obvio para garantizar la relación bilateral, la relación bicondicional. Si una es verdadera, la otra tiene que serlo también; para que la bicondicional sea verdadera, o las dos tienen que ser falsas, si no respetaríamos el sentido de la equivalencia entre P y Q.

La lógica sería realmente muy trivial si se concretara únicamente a repetir en lenguaje formal lo que podemos expresar en lenguaje natural. La lógica nos permite hacer otras cosas a partir de la formalización de proposiciones; nos garantiza la consistencia de nuestras indiferencias, es decir, nos garantiza si aplicamos ciertas reglas de inferencia lógica; si tenemos ciertas proposiciones, nuestra inferencia va a ser totalmente consistente; esto es, que nos garantiza que en un argumento, si nuestras premisas fueran verdaderas, no existe ninguna posibilidad, es absolutamente imposible que las conclusiones fueran falsas.

Eso nos garantiza la lógica, que nuestras estructuras inferenciales, si la premisas fueran verdaderas, no habría ninguna posibilidad de que las conclusiones fueran falsas, lo cual no quiere decir que pueda haber inferencias verdaderas a partir de proposiciones falsas, sino que si las proposiciones fueran verdaderas, las conclusiones lo serían también, y no habría posibilidad alguna de que fueran falsas.

Existen ciertas reglas de inferencia lógica. Vamos a ver algunas de ellas y el cómo son bastante más intuitivas de lo que pudieran parecer: Tenemos primero una regla de inferencia llamada modus ponendo ponens, que nos dice que si la premisa mayor es un condicional que dice si P entonces Q y P, y la premisa menor es P, ¿qué puedo inferir? Pues Q, y es el caso que P, luego entonces infiero Q. La explicación larga sería que si tenemos una estructura, un argumento, esto ya es un argumento que tiene como premisa mayor un condicional, y como premisa menor el antecedente del condicional de la premisa mayor; entonces infiero el consecuente.

Existe otra regla de inferencia llamada modus tollendo tollens: si P entonces Q y es el caso que no Q, ¿qué infiero? No P, que se leería: si tengo un argumento que tiene una estructura tal en la que la premisa mayor es un condicional y la menor es la negación del consecuente de la premisa mayor, infiero la negación del antecedente de la premisa mayor.

Tenemos otra que es modus tollendo ponens, que nos dice: P o Q, pero es el caso que no P, entonces infiero Q, pues es la única alternativa que me queda, y lo mismo pasa a la inversa: Q y no Q, entonces infiero P; manzanas o melones y no hay melones, pues manzanas.

Nuestras reglas de la lógica son muy parecidas a las de las matemáticas, y seguimos de manera formal las reglas de la lógica para obtener las inferencias. La garantía que tenemos es que así como aplicando las reglas de aritmética vamos a poder generar operaciones que nos permiten modelar el mundo, pues de la misma manera construimos aquí un modelo acerca del lenguaje. Esa es la relación que existía entre matemáticas y lógica; otra muy importante es que la lógica se ha convertido en el fundamento de la matemática, y no a la inversa. Cuando los matemáticos quieren fundamentar sus axiomas y sus teoremas, utilizan la lógica, pero en es sentido sí tiene un paralelo con la matemática.

La negación de una negación es igual a la afirmación. Desde aquí tenemos la regla de la doble negación: si tengo P puedo inferir no no P, y si tengo no no P, infiero P. Si tengo P, que es una afirmación, puedo inferir la doble negación de P, que es lo equivalente. No no vayas al parque es igual a ve al parque.

Tenemos que hacer la distinción del no, no vayas al parque, y no no vayas al parque. Una cosa es decir no, no vayas al parque, en donde estoy repitiendo dos veces la misma negación, a decir no no vayas al parque. Te estoy negando que no vayas al parque. En ese caso sería equivalente a ve al parque; puede tener esas dos lecturas, la enfática, en la que estoy subrayando solamente la primera negación, repitiéndola, y la otra lectura, en la que estoy negando la negación. La lectura de negar la negación es la equivalente a la doble negación.

El lenguaje coloquial presenta ese problema de ambigüedad, pero ya sabemos qué nos resuelve la lógica, nos permite resolver ese problema de las dobles negaciones. No es cierto que no me debes 100 pesos, luego entonces me debes 100 pesos.

Así como la lógica sirve para hacer modelos econométricos, nos sirve para modelar argumentos; es decir, para transformarlos en modelos formales y, por ejemplo, revisar la consistencia de sus inferencias. También podemos decir que tiene una segunda función: nos sirve como recurso metodológico o como técnica para construir argumentos consistentes.

Ésas serían las finalidades que tendría la aplicación de la lógica en la argumentación.

Ahora, no necesariamente tenemos que pensar que el discurso retórico más persuasivo es lógicamente el más consistente. Es más, el discurso lógico puede ser bastante árido, pero en su aridez se puede demostrar la consistencia superior a un argumento muy retórico. Es decir, quien maneja tener la argumentación, puede poner en entredicho muy fácilmente las falacias de un argumento retórico, y en ese sentido romper el carácter persuasivo del argumento retórico a través de la utilización de las técnicas de argumentación.

Tenemos reglas de simplificación: si tengo P y Q, si tengo melones y manzanas, infiero entonces P, o puedo inferir Q. Si tengo melones y manzanas, puedo inferir que tengo melones o que tengo manzanas, porque tengo las dos.

La ley de la transitividad no tiene nada que ver con corrupción. Si P entonces Q y si Q entonces R, si P entonces R. Muchas de nuestras inferencias lógicas presuponen largas cadenas inferenciales de esta naturaleza. Si P entonces Q, si Q entonces R, si R entonces S, si S entonces T, entonces si P, entonces T. Si tengo P hago directamente toda mi cadena inferencial y llego a la última conclusión.

Ley de la adjunción: tengo por un lado P y por otro Q, melones aquí, manzanas acá. Entonces puedo inferir que P y Q en este caso, porque tengo los dos, tengo A por un lado, y tengo B por el otro, pues tengo A y B, PQ y Q, infiero P y Q.

La ley de la bicondicionalidad: si y sólo si P , entonces Q, puedo inferir que si P entonces Q, pero también que si Q, entonces P, por la relación bicondicional. También podría inferir si P entonces Q y si Q entonces P, las dos en una conjunción.


Curso de Técnica Jurídica

Sesión del 14 de marzo del 2002

(Clase 3/3)

La lógica nos debe permitir mostrar con toda certeza, que una inferencia lógica es una inferencia correcta, para lo cual hay un procedimiento mecánico, que consiste en poder mostrar, que cada una de las inferencias que se van siguiendo aplicando las reglas de inferencia, el modus ponem, el modus tolent, etc.. nos permite justificar cada uno de los pasos de las inferencias que estamos haciendo.

No todo sistema proposicional es un argumento, un argumento es un sistema constituido por distintas proposiciones que entre sí tienen una relación tal, que de algunas de ellas se sigue, como consecuencia o como inferencia, otra proposición que sería la conclusión. Eso es a lo que denotamos con la palabra argumento.

Un argumento se puede expresar, o varios argumentos pueden ser expresados a partir de distintas argumentaciones, la argumentación sería la manera externa en la que se presenta un argumento.

(Una argumentación es una manera en la que se expresa un argumento y un argumento puede ser expresado a través de distintas argumentaciones). De la misma manera que ocurre con respecto a los enunciados y a las proposiciones o los significantes y los significados.

Hay una relación entre un argumento y algo que podemos llamar la forma argumental.

La forma argumental es la estructura lógica de un argumento, si por ejemplo escribo: todos los hombres son mortales, y Sócrates es hombre, luego entonces Sócrates es mortal.

Entonces nos encontramos con que un argumento o dos argumentos distintos pueden ser instancia de sustitución de la misma forma argumental y que un mismo argumento puede ser expresado a través de distintas argumentaciones.

La validez de un argumento, es determinada por su forma argumental, por la forma argumental de la cual ese argumento es una instancia de sustitución.

Puede haber argumentos inválidos, también argumentos en los cuales no serían instancias de sustitución de ninguna forma argumental que garantizara que si las premisas fueran verdaderas la conclusión también fuera verdadera.

Pude haber algo que nos de la impresión de que es un argumento, pero que en realidad no lo sea, además de las falacias, puede ser también que algo esté afectado de petición de principio, es decir que pareciera que hay una inferencia lógica, pero en realidad lo único que tenemos es que la misma proposición está siendo expresada de manera distinta.

Un argumento es sólido cuando sus premisas son verdaderas y además el argumento es válido, si tenemos que el argumento es la instancia de sustitución de una forma argumental que nos garantiza que si las premisas fueran verdaderas, las conclusiones serían verdaderas, pero además, resulta que las premisas del argumento en cuestión son verdaderas, entonces estamos ante un argumento sólido.

El argumento sólido es el que, es válido pero además de serlo, sus premisas son verdaderas. Si se cumplen estas dos condiciones, validez y la verdad de las premisas, el argumento es sólido.

Inferir implica ir de algo que está establecido en las premisas a una conclusión que es distinta a las premisas, y si lo único que hago es repetir en un enunciado distinto la misma proposición, en realidad no estoy concluyendo nada nuevo, simplemente estoy repitiendo de manera distinta lo mismo, por eso se llama petición de principio.

En principio hay dos clases de argumentos, que son las estructuras deductivas y de estructura inductiva. Los de estructura deductiva, son los que tiene una premisas o conjunto de premisas de las cuales se infiere una conclusión.

Los argumentos deductivos, de un conjunto de premisas dadas, se pueden inferir una conclusión, que en principio suele ser generalizaciones. El argumento inductivo está basado en la probabilidad.

Analizo mi generalización, busco un contraejemplo, presento el contraejemplo y echo por tierra el valor de la generalización. Si el argumento es de carácter deductivo y está apoyado en la generalización, luego entonces, tumbo, por tierra el argumento completo.

Algunas de las palabras que nos permiten identificar donde están las conclusiones y diferenciarlas de las premisas, serán las siguientes, se sigue que, de ahí que, por eso C, donde C es la conclusión, P en consecuencia C, P, luego C.

También tenemos indicadores de premisas, por ejemplo, c, puesto que P, c, porque P, c, ya que P. Estas palabras nos permiten distinguir dónde están las premisas de dónde están las conclusiones, que es el primer paso para identificar o reconstruir argumentos, podemos hacer reconstrucción de un argumento a partir de un texto.

Lo importante es ver, primero, como tenemos que distinguir las premisas de las conclusiones, y segundo que en muchas ocasiones el argumento es el resultado de una reconstrucción, ya que no nos está esperando etiquetado con una diferencia nítida entre conclusiones y premisas, sino que tenemos que reconstruirlo.

En ocasiones los argumentos no tienen indicador o la conclusión se encuentra al principio, puede suceder que no haya indicador argumentativo, o que la conclusión se encuentre en otra parte del texto, no necesariamente al principio. La reconstrucción debe tomar en cuenta estos elementos, analizar el texto buscando algún indicador argumentativo y si no tratar por el contexto de identificar dónde está la premisa y donde está la concusión.

Se pueden evaluar de verdaderas o falsas a cada una de las proposiciones e incluso la relación supuestamente lógica de consecuencia entre las premisas y las conclusiones.

Una de las principales dificultades para la reconstrucción de argumentos puede ser que parte de las premisas no estén declaradas.

Pude suceder que en un texto determinado podamos inferir una conclusión que no esté tan claramente o tan explícitamente derivada de premisas establecidas en el texto. Lo que tenemos que hacer en ese caso es reconstruir el argumento que nos está permitiendo llegar a esa conclusión, tendremos que ver de dónde sacas la conclusión de esa premisa.

Una de las dificultades que más nos encontramos en la reconstrucción de argumentos puede ser que las premisas no están todas dentro del texto, lo que tenemos que hacer es identificar cuales son las premisas presupuestas, explicitarlas y reconstruir el argumento.

Los argumentos inductivos, son aquellos en los cuales obtenemos una generalización a partir de la consideración de una serie de casos individuales.

Una argumentación inductiva y una argumentación deductiva, pueden estar vinculadas o pueden estar conectados, es decir puede ser que la generalización a partir de la cual yo hago una deducción, haya sido obtenida por vía inductiva. El tipo de argumentación de carácter inductivo está basada fundamentalmente en probabilidad.

En el caso de la argumentación deductiva tengo la certeza absoluta de que la conclusión se sigue de las premisas, en el caso de la argumentación inductiva la conclusión no me garantiza que en el próximo caso que se observe se vaya a refutar la conclusión, lo cual no sucede con las deducciones, en las cuales tenemos una conclusión clara incontrovertible.

El peso de la argumentación está dato por la autoridad que lo emite. Cuando hacemos análisis de los textos con los que nos enfrentamos diariamente, nos podremos encontrar con que lo que tenemos es un rompecabezas en el que simplemente se ensamblan proposiciones, una proposición tras otra, una afirmación tras otra y que en realidad no hay una ilación lógica entre ellas tampoco hay un argumento.

Los procesos de argumentación y contra argumentación tienen que ver con acuerdos y desacuerdos, podemos tener acuerdos en las creencias, acuerdos en las actitudes o acuerdos bidireccionales, un acuerdo en las creencias tiene lugar cuando dos o más sujetos coinciden en que un hecho determinado ha ocurrido. Puede haber acuerdo también en las actitudes esto tiene lugar cuando dos o más sujetos coinciden en la valoración que hacen de algo que aconteció.

Puede haber un acuerdo bidireccional, es decir, que pueden coincidir tanto en las creencias como en las actitudes, pero también puede haber desacuerdos. Puede haber desacuerdos, en términos de disputa verbal, que esto es muy frecuente en los debates parlamentarios.

Una disputa verbal es aquella que tiene lugar cuando los interlocutores están utilizando una misma expresión, pero la están empleando en sentidos diferentes, entonces, creen estar hablando de lo mismo, pero en realidad están hablando de cosas totalmente distintas.

Puede haber auténticos desacuerdos, por ejemplo los relativos a las en las creencias, que se dan cuando dos o más sujetos no coinciden en que algo aconteció, equivale a decir que mientras uno asignaría valor de verdad a un enunciado que sostuviera que el hecho "x" aconteció, el otro le asignarían valor de falsedad.

También podemos tener actitudes en las actitudes puede ser que dos personas coincidan en los hechos, en las creencias, pero que no coincidan en la valoración de las creencias.

Podemos hablar de ciertas estructuras que parecen argumentos pero que en realidad no lo son, estas se conocen con el nombre de falacias, las de carácter formal, son las de lógica matemática y las no formales son las que a continuación se describen.

Falacia adominem, la cual es moneda de curso corriente en los procesos parlamentarios, y se da cuando no me meto a analizar el argumento, no contra argumento, sino que descalifico al emisor del argumento y por un peculiar efecto psicológico, mis interlocutores asociarán la descalificación del emisor y la van a transferir a la descalificación del argumento exactamente.

No puedo inferir la falsedad de su argumento por la descalificación del sujeto, lo que tendría que considerar es la solidez o no del argumento, independientemente de si él lo emite o no.

En el caso de la falacia adominem circunstancial, se descalifica también al emisor del argumento, la diferencia con el anterior es que en esta situación no se le descalifica por las características intrínsecas del emisor del argumento, sino se le descalifica por una circunstancia en la cual se encuentra.

Ejemplo, en el supuesto de que formemos parte de los socios de una empresa y la empresa tiene problemas económicos, ninguno de los socios, salvo uno, tiene la posibilidad económica de comprar acciones, pero él es quien sugiere, que la única manera de salvar la empresa es emitiendo más acciones para llegarse recursos. Alguien podría decir que eso es incorrecto, por que él es el único que puede comprarlas y convertirse en socio mayoriatario.

El argumento ad baculum o apelación a la fuerza, en este caso el poder persuasivo del argumento no proviene de la estructura lógica del argumento en sí, sino que proviene de una relación de poder del emisor sobre el receptor, es decir se acepta el argumento por la relación de poder que tiene el emisor y no por el argumento en sí.

El argumento ignorantian, se refiere a que del hecho de no poder probar la verdad o falsedad de un enunciado, no puedo inferir la verdad o falsedad de la negación del enunciado. En el caso del derecho, utilizamos por ejemplo, en la interpretación a contrario sensu, en donde tenemos un argumento falaz, del hecho de que yo no pueda probar A no puedo seguir que se hubiera dado B, en absoluto, si no puedo probar A lo único que puedo hacer es no probar A y nada más.

El argumento al misericordian, llamado también la piedad, se refiere al caso de cuando no se esta argumentando para demostrar que una conclusión se siga de las premisas, sino que estoy apelando a la misericordia del auditorio para que el auditorio acepte una conclusión determinada.

Ejemplo, en los casos de juicio con jurado popular donde los abogados, defensores deben hacer una caricatura, una descripción dramática de la situación en la que se encuentra el inculpado, para conmover a los jurados y que los jurados entonces tomen una decisión favorable al mismo.

Argumento ad derecundian o apelación a la autoridad, en el caso del derecho apelamos mucho a la autoridad, hay que acostumbrarnos, más bien a analizar los argumentos independientemente de quién vengan, como si le pusiéramos un anónimo de la procedencia, y analizar el argumento nada más.

Otro tipo de argumento es el llamado argumentum populum, que apela a los sentimientos del auditorio, no necesariamente mediante la misericordia, sino por otras razones como la simpatía de la gente hacia determinada postura o bien manipulando sus posiciones ideológicas.

Ejemplo notorio de lo anterior es el caso de Hitler, quién apeló a los sentimientos nacionalistas o a los sentimientos patrióticos.

La falacia por accidente es la que se lleva a cabo cuando se hace la aplicación inadecuada de una regla general a un caso especial.

Ejemplo, en algunos de los tratados de Platón decía, supongamos que hay una regla que nos dice que si alguien nos da a guardar algo y es de supropiedad, cuando nos lo pida tenemos que devolvérselo, sin embargo podría haber un caso en el cual por ciertas circunstancias especiales, esta regla sería incorrecto aplicarla.

Supongamos que Cayo me presta sus armas o de da sus armas para que se las guarde, pero resulta que se vuelve loco peligroso, cuando me pida las armas sería inadecuado hacer la inferencia de que me está pidiendo las armas y yo tenga que entregárselas, siendo inadecuado, pues no considero un elemento relevante, que cambian las circunstancias originales en las cuales sería aplicable la regla, al estar loco ya no procede entregárselas porque sé que puede hacer daño al resto de la gente.

La falacia por generalización inadecuada, es una generalización que se hace a partir de casos atípicos no relevantes, es decir cuando se toman casos aislados como regla, cuya inferencia de ellos es incorrecta.

Falacia por falsa causa post oc ergo propter oc, se refiere a la consideración del hecho de que algo sea causa de otra cosa y de que A sea causa de B y B sea causa de C, entonces infiero que A también es causa de C y esto no necesariamente es así, puede ser que haya una relación causal entre A y B y que haya una relación causal entre B y C, pero que entre A y C no haya ningún tipo de relación causal.

Un ejemplo lo tendríamos, en la extrañísima teoría penal, que decía que la causa de la causa es la causa de lo causado, entonces resultaba que alguien mataba a otra persona, entonces teníamos que buscar y sancionar a quien había vendido la pistola, al que la había transportado, al que había sacado el metal de la mina, al que lo había fundido, al que había hecho la bala, por que si no se hubiera dado alguno de esos elementos de la cadena casual entonces no hubiera ocurrido el homicidio.

La falacia de petición de principio, significa que las premisas y las conclusiones se complican, por ejemplo Chanel 5 es en mejor perfume por que lo usa Claudia Schiffer, ¿ y por que lo usa Claudia Schiffer? Pues por que es el mejor perfume. Lo anterior da origen a este tipo de falacia.

Por otra parte existe algo que no es directamente una falacia, pero que nos llevan a razonamientos falaces, que se conocen con el nombre de preguntas complejas, que pueden ser; las que implican que cualquier respuesta asuma admitir un enunciado implícito; o bien aquellas que reducen las alternativas a un cierto número de calificativos posibles.

Las falacias por equívoco, se refieren a cuando una palabra es policémica y resulta que la utilizo, en un sentido en una premisa y en otro como una conclusión.

Por ejemplo, todas las leyes son descripción del universo, el Impuesto Sobre la Renta es una ley, por lo tanto el Impuesto Sobre la Renta es una descripción del universo, con lo cual se advierte, que utilizar la palabra ley en dos sentidos distintos nos lleva a una conclusión inadecuada.

La falacia por anfibología, es cuando hacemos una inferencia inadecuada a partir de una expresión que sintácticamente puede tener más de un significado.

La falacia por énfasis, se lleva acabo muchas veces cuando dependiendo del énfasis que pongamos en ciertas palabras, podemos inducir que se lleven a cabo ciertas inferencias.

Ejemplo de este tipo, es el del famoso chiste, de cómo amaneciste poniendo énfasis en una parte ¿cómo? ¿amaneciste?.

La falacia por composición es aquella en la que se parte del supuesto de que de las propiedades de los miembros de un conjunto, se pueden traducir a las propiedades del conjunto en sí, y puede suceder a la inversa, es decir que del conjunto de las propiedades de un conjunto considerado globalmente, tratemos de hacer una transposición a los miembros del conjunto, lo que sería la falacia por división.

Por ejemplo en el caso de que el jugador "A" de fútbol, el jugador "B" de fútbol, el jugador "C" de fútbol, sean excelentes jugadores, de ahí tratamos de hacer una inferencia diciendo, "el equipo debe ser maravilloso" lo cual es incorrecto, ya que no podemos hacer una inferencia directa transfiriendo las propiedades de las partes al todo, por que puede suceder que aunque todos sean tan buenos jugadores, sean tan personalistas que no sepan jugar en equipo.

La falacia por atinencia es cuando no existe ninguna relación lógica entre una premisa y una supuesta conclusión, no tiene nada que ver, de una cosa no se sigue la otra.


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