La Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática
Cubanas fue signada en marzo de 1996 por el presidente Clinton
e impulsada por dos adversarios suyos, el senador Jesse Helms
y el representante Dan Burton
Cuando el hotel María Isabel Sheraton echó el 3 de
febrero a empresarios norteamericanos y funcionarios cubanos
reunidos en uno de sus salones, y alojados en esa hospedería,
no sólo incurrió en un abuso mercantil y una falta de
cortesía. Mostró también y sobre todo el dilema que
cotidianamente padecen empresas norteamericanas donde quiera
que operen, a causa de la pretensión del gobierno de Washington
de gobernar al mundo. No es una frase hecha, en el estilo de
la vieja retórica izquierdista. Es que ese y no otro es el
sentido de la legislación contra Cuba, que para ser eficaz
requiere ser aplicada extraterritorialmente, o hacer de todo
el mundo territorio norteamericano.
La ley Helms-Burton se llama en realidad Ley para la
Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas. Es una muestra
del más grosero e inadmisible
intervencionismo de un Estado en la vida de otro. Su objetivo
consiste en "procurar sanciones internacionales contra el
gobierno de Castro en Cuba, (y) planificar el apoyo a un
gobierno de transición que conduzca a un gobierno electo
democráticamente en la isla". En su artículo (sección se le
llama en la formalidad legislativa norteamericana) 102 se
ordena al Presidente "estimular a otros países a que
restrinjan las relaciones comerciales y crediticias con Cuba",
y también a que "adopte medidas inmediatas a fin de aplicar
sanciones... contra los países que ayuden a Cuba".
Los destinatarios principales de esa ley son los
empresarios que realicen comercio con Cuba (lo que era el
contenido principal de su precedente, la ley Torricelli) y,
como adición, los que intenten efectuar inversiones y
financiamiento a Cuba. Se les aplican cuantiosas sanciones por
mantener trato mercantil con ese país. El laboratorio Chiron
Behring GMBH, por ejemplo, fue multado con 168 mil 500 dólares
por exportar vacunas a la isla entre 1999 y 2002. La inversión
mexicana en Cuba ha disminuido, de 700 a 200 millones de
dólares, en menos de 10 años, por diversos factores a los que
no es ajena la presión de esta ley. El grupo regiomontano
Domos, que fundó Javier Garza Calderón, dedicado al
tratamiento de basura y desechos, así como de agua, y a
proyectos inmobiliarios e industriales, sufrió el embate de
esa legislación en su intento de tener intereses en Cuba.
La ley fue firmada por el presidente Clinton en marzo de
1996, pero fue impulsada por dos adversarios suyos, el senador
Jesse Helms ("ultraconservador" lo llama Clinton en sus
memorias) de Carolina del Norte y el
representante (diputado) de un distrito de Illinois, Dan
Burton. Éste había sido un rudo impugnador del Presidente con motivo
del suicidio de
Vince Foster, un amigo de la familia Clinton desde la niñez en
Arkansas. La ultraderecha suscitó la versión de que en
realidad había sido asesinado, y Burton, rabioso expositor de
esa tesis y sin que por supuesto le correspondiera probar
nada, disparó en su patio a una sandía para sostener que
Foster no pudo haberse privado de la vida.
Clinton pretendió, dice en su autobiografía, mejorar las
relaciones con Cuba. Narra que en una cena en la casa del escritor William
Styron, dedicada a Carlos Fuentes, habló con Gabriel García
Márquez -"mi héroe literario", lo llama- sobre el embargo, el
bloqueo a Cuba, al que se ha opuesto el Premio Nobel, "y trató
de convencerme de que lo levantara. Le dije que no lo haría,
pero que apoyaba la Ley de democracia cubana, que otorgaba al
Presidente la autoridad para mejorar las relaciones con Cuba a
cambio de un mayor avance hacia la libertad y la democracia.
También le pedí que dijera a Castro que si el flujo de
refugiados seguía llegando, recibiría de Estados Unidos una
respuesta muy distinta a la que había recibido en 1980,
del presidente
Carter. Castro ya me ha costado una elección -le dije-. No
puede costarme dos... Poco después, Estados Unidos y Cuba
llegaron a un acuerdo por el cual Castro se comprometió a
poner freno al éxodo y nosotros prometeríamos aceptar veinte
mil cubanos más al
año por las vías habituales. Castro respetó fielmente el
acuerdo durante el resto de mi mandato".
Sin embargo, tiempo después el gobierno de Cuba derribó dos
aviones del grupo
anticastrista Hermanos al rescate, que sobrevolaban la isla en
operaciones de propaganda. Cuatro personas murieron en esos
ataques y se recrudeció la protesta anticubana en Miami.
Clinton hizo varios gestos de desagrado a la actitud de La
Habana. Y:
"También acepté firmar una versión de la ley Helms-Burton
que endurecía el embargo contra Cuba y limitaba la autoridad
del Presidente
para levantarlo sin la autorización del Congreso. Apoyar esa
ley era positivo para Florida teniendo en cuenta que era año
de elecciones, pero anulaba cualquier posibilidad, si ganaba
un segundo mandato, de levantar el embargo a cambio de que
Cuba hiciera gestos positivos... Más tarde recibí un mensaje
de Castro, indirectamente por supuesto, en que decía que
derribar los aviones había sido un error. Al parecer, con
anterioridad había dado órdenes de disparar contra cualquier
avión que violara el espacio aéreo cubano, y no las había
anulado cuando los cubanos se enteraron de que se acercaban
los aviones de los Hermanos al rescate".
Una ley así de coyuntural rige desde hace casi 10 años la
operación de empresas norteamericanas. A ella se atuvo la
matriz de Sheraton
al decidir la acción contra sus huéspedes que, por el modo en
que fue practicada, añadió vituperio a la injuria. Sorprende,
por lo demás, la prontitud con que la empresa hotelera cumplió
esa ley si no está habituada a hacerlo en nuestro país, según
comprobó una inspección municipal que siguió al incidente que
no afectó sólo a cubanos sino a ciudadanos norteamericanos
también. De tiempo atrás, ha violado varios reglamentos, como
infringió en el lance del 3 de febrero
legislación civil, de turismo, de protección al consumidor,
contra la discriminación y la que rige a los establecimientos
mercantiles.
El gobierno mexicano podría, y no lo ha hecho, neutralizar
los efectos de la ley Helms-Burton aplicando normas dictadas
específicamente para ser el antídoto de las pretensiones de
extraterritorialidad norteamericanas. En octubre de 1996 el
Congreso mexicano aprobó la Ley de protección al comercio e
inversión de normas extranjeras que contravengan el derecho
internacional. En ella "se prohíbe a las personas físicas o
morales, públicas o privadas que se encuentren en el
territorio nacional, a aquellas cuyos actos ocurran o surtan
efectos total o parcialmente en dicho territorio, así como a
aquellas que se sometan a las leyes mexicanas, realizar actos
que afecten el comercio y la inversión, cuando esos actos sean
consecuencia de los efectos extraterritoriales de leyes
extranjeras". También se les prohíbe "proporcionar cualquier
información, por cualquier medio, que le sea requerida por
tribunales o autoridades extranjeras con base en leyes
extranjeras...". Muy específicamente, la norma mexicana
antiHelms-Burton se refiere a la ley "que pretenda imponer un
bloqueo económico o incluso limitar la inversión hacia un país
para provocar un cambio en su forma de gobierno".
Alegan los secretarios de Relaciones Exteriores y de
Gobernación que no ha sido vulnerada la soberanía. Pero es
claro que ese efecto se produjo, porque el consorcio hotelero
fue forzado a observar una ley extranjera sobre una mexicana.
Ésta dispone que una empresa colocada en la situación de
Sheraton debe
informar a la Cancillería y a la secretaría que en 1996 se
llamaba de Comercio y Fomento Industrial (cuyas funciones
corresponden en ese punto a la actual de Economía) cuando
reciba "requerimientos... emitidos con base en las leyes
extranjeras...". La mexicana ordena a esas dos secretarías
asesorar a las personas afectadas por la pretensión de
extraterritorialidad, pero también establece sanciones a
quienes se sometan a un orden jurídico ajeno al mexicano.
Corresponde a la Cancillería imponer esas sanciones, "sin
perjuicio de la responsabilidad de carácter civil, penal o de
otra índole que pueda generarse" en casos como echar a la
calle a clientes que han cubierto los servicios requeridos. La
sanción consiste en "multa hasta por 100,000 días de salario
mínimo diario (sic) general, vigente en el Distrito Federal",
lo que significa un monto de poco menos de 5 millones de
pesos.
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