Plaza Pública / Más allá del Sheraton



Reforma

(12 Febrero 2006).-

La Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas fue signada en marzo de 1996 por el presidente Clinton e impulsada por dos adversarios suyos, el senador Jesse Helms y el representante Dan Burton

Cuando el hotel María Isabel Sheraton echó el 3 de febrero a empresarios norteamericanos y funcionarios cubanos reunidos en uno de sus salones, y alojados en esa hospedería, no sólo incurrió en un abuso mercantil y una falta de cortesía. Mostró también y sobre todo el dilema que cotidianamente padecen empresas norteamericanas donde quiera que operen, a causa de la pretensión del gobierno de Washington de gobernar al mundo. No es una frase hecha, en el estilo de la vieja retórica izquierdista. Es que ese y no otro es el sentido de la legislación contra Cuba, que para ser eficaz requiere ser aplicada extraterritorialmente, o hacer de todo el mundo territorio norteamericano.

La ley Helms-Burton se llama en realidad Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas. Es una muestra del más grosero e inadmisible intervencionismo de un Estado en la vida de otro. Su objetivo consiste en "procurar sanciones internacionales contra el gobierno de Castro en Cuba, (y) planificar el apoyo a un gobierno de transición que conduzca a un gobierno electo democráticamente en la isla". En su artículo (sección se le llama en la formalidad legislativa norteamericana) 102 se ordena al Presidente "estimular a otros países a que restrinjan las relaciones comerciales y crediticias con Cuba", y también a que "adopte medidas inmediatas a fin de aplicar sanciones... contra los países que ayuden a Cuba".

Los destinatarios principales de esa ley son los empresarios que realicen comercio con Cuba (lo que era el contenido principal de su precedente, la ley Torricelli) y, como adición, los que intenten efectuar inversiones y financiamiento a Cuba. Se les aplican cuantiosas sanciones por mantener trato mercantil con ese país. El laboratorio Chiron Behring GMBH, por ejemplo, fue multado con 168 mil 500 dólares por exportar vacunas a la isla entre 1999 y 2002. La inversión mexicana en Cuba ha disminuido, de 700 a 200 millones de dólares, en menos de 10 años, por diversos factores a los que no es ajena la presión de esta ley. El grupo regiomontano Domos, que fundó Javier Garza Calderón, dedicado al tratamiento de basura y desechos, así como de agua, y a proyectos inmobiliarios e industriales, sufrió el embate de esa legislación en su intento de tener intereses en Cuba.

La ley fue firmada por el presidente Clinton en marzo de 1996, pero fue impulsada por dos adversarios suyos, el senador Jesse Helms ("ultraconservador" lo llama Clinton en sus memorias) de Carolina del Norte y el representante (diputado) de un distrito de Illinois, Dan Burton. Éste había sido un rudo impugnador del Presidente con motivo del suicidio de Vince Foster, un amigo de la familia Clinton desde la niñez en Arkansas. La ultraderecha suscitó la versión de que en realidad había sido asesinado, y Burton, rabioso expositor de esa tesis y sin que por supuesto le correspondiera probar nada, disparó en su patio a una sandía para sostener que Foster no pudo haberse privado de la vida.

Clinton pretendió, dice en su autobiografía, mejorar las relaciones con Cuba. Narra que en una cena en la casa del escritor William Styron, dedicada a Carlos Fuentes, habló con Gabriel García Márquez -"mi héroe literario", lo llama- sobre el embargo, el bloqueo a Cuba, al que se ha opuesto el Premio Nobel, "y trató de convencerme de que lo levantara. Le dije que no lo haría, pero que apoyaba la Ley de democracia cubana, que otorgaba al Presidente la autoridad para mejorar las relaciones con Cuba a cambio de un mayor avance hacia la libertad y la democracia. También le pedí que dijera a Castro que si el flujo de refugiados seguía llegando, recibiría de Estados Unidos una respuesta muy distinta a la que había recibido en 1980, del presidente Carter. Castro ya me ha costado una elección -le dije-. No puede costarme dos... Poco después, Estados Unidos y Cuba llegaron a un acuerdo por el cual Castro se comprometió a poner freno al éxodo y nosotros prometeríamos aceptar veinte mil cubanos más al año por las vías habituales. Castro respetó fielmente el acuerdo durante el resto de mi mandato".

Sin embargo, tiempo después el gobierno de Cuba derribó dos aviones del grupo anticastrista Hermanos al rescate, que sobrevolaban la isla en operaciones de propaganda. Cuatro personas murieron en esos ataques y se recrudeció la protesta anticubana en Miami. Clinton hizo varios gestos de desagrado a la actitud de La Habana. Y:

 

"También acepté firmar una versión de la ley Helms-Burton que endurecía el embargo contra Cuba y limitaba la autoridad del Presidente para levantarlo sin la autorización del Congreso. Apoyar esa ley era positivo para Florida teniendo en cuenta que era año de elecciones, pero anulaba cualquier posibilidad, si ganaba un segundo mandato, de levantar el embargo a cambio de que Cuba hiciera gestos positivos... Más tarde recibí un mensaje de Castro, indirectamente por supuesto, en que decía que derribar los aviones había sido un error. Al parecer, con anterioridad había dado órdenes de disparar contra cualquier avión que violara el espacio aéreo cubano, y no las había anulado cuando los cubanos se enteraron de que se acercaban los aviones de los Hermanos al rescate".

Una ley así de coyuntural rige desde hace casi 10 años la operación de empresas norteamericanas. A ella se atuvo la matriz de Sheraton al decidir la acción contra sus huéspedes que, por el modo en que fue practicada, añadió vituperio a la injuria. Sorprende, por lo demás, la prontitud con que la empresa hotelera cumplió esa ley si no está habituada a hacerlo en nuestro país, según comprobó una inspección municipal que siguió al incidente que no afectó sólo a cubanos sino a ciudadanos norteamericanos también. De tiempo atrás, ha violado varios reglamentos, como infringió en el lance del 3 de febrero legislación civil, de turismo, de protección al consumidor, contra la discriminación y la que rige a los establecimientos mercantiles.

El gobierno mexicano podría, y no lo ha hecho, neutralizar los efectos de la ley Helms-Burton aplicando normas dictadas específicamente para ser el antídoto de las pretensiones de extraterritorialidad norteamericanas. En octubre de 1996 el Congreso mexicano aprobó la Ley de protección al comercio e inversión de normas extranjeras que contravengan el derecho internacional. En ella "se prohíbe a las personas físicas o morales, públicas o privadas que se encuentren en el territorio nacional, a aquellas cuyos actos ocurran o surtan efectos total o parcialmente en dicho territorio, así como a aquellas que se sometan a las leyes mexicanas, realizar actos que afecten el comercio y la inversión, cuando esos actos sean consecuencia de los efectos extraterritoriales de leyes extranjeras". También se les prohíbe "proporcionar cualquier información, por cualquier medio, que le sea requerida por tribunales o autoridades extranjeras con base en leyes extranjeras...". Muy específicamente, la norma mexicana antiHelms-Burton se refiere a la ley "que pretenda imponer un bloqueo económico o incluso limitar la inversión hacia un país para provocar un cambio en su forma de gobierno".

Alegan los secretarios de Relaciones Exteriores y de Gobernación que no ha sido vulnerada la soberanía. Pero es claro que ese efecto se produjo, porque el consorcio hotelero fue forzado a observar una ley extranjera sobre una mexicana. Ésta dispone que una empresa colocada en la situación de Sheraton debe informar a la Cancillería y a la secretaría que en 1996 se llamaba de Comercio y Fomento Industrial (cuyas funciones corresponden en ese punto a la actual de Economía) cuando reciba "requerimientos... emitidos con base en las leyes extranjeras...". La mexicana ordena a esas dos secretarías asesorar a las personas afectadas por la pretensión de extraterritorialidad, pero también establece sanciones a quienes se sometan a un orden jurídico ajeno al mexicano.

Corresponde a la Cancillería imponer esas sanciones, "sin perjuicio de la responsabilidad de carácter civil, penal o de otra índole que pueda generarse" en casos como echar a la calle a clientes que han cubierto los servicios requeridos. La sanción consiste en "multa hasta por 100,000 días de salario mínimo diario (sic) general, vigente en el Distrito Federal", lo que significa un monto de poco menos de 5 millones de pesos.

 

 

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