De
adiciones el articulo 115 constitucional, presentada por el diputado Mario
Sandoval Silvera, del grupo parlamentario del PAN, en la sesion del lunes 28 de
abril de 2003
El suscrito diputado Mario
Sandoval Silvera, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción
Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y
por el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración
de esta asamblea la presente iniciativa que adiciona el inciso i) de la
fracción III y la fracción VII del artículo 115 constitucional a fin de que los
municipios puedan desarrollar y promover programas que fomenten la inserción
del joven en el desarrollo municipal y crear, operar y regular organismos
públicos de atención a la juventud, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
El Congreso Constituyente de
1916-17 estableció un precedente muy importante al definir en el texto de la
Constitución General de la República las bases de la organización de los
municipios en México con el fin de garantizar el municipio libre. Con esta
decisión se evitó que las legislaturas locales definieran el piso constitucional
para legislar y desplegar el futuro de la institución municipal, como sucedía
en el tiempo que estuvo vigente la Constitución de 1857.
Con los años, el artículo 115 de
la Constitución federal ha sido objeto de varias reformas, cuando las reformas
de 1933, 1947 y 1977 fueron debatidas en el recinto parlamentario, los
diputados siempre hicieron énfasis en la necesidad de una reforma integral,
mucho más ambiciosa, que realmente garantizara de manera efectiva la libertad
política y económica de los municipios.
Uno de los retos fundamentales en
la reorganización del federalismo en México es fortalecer a los gobiernos
municipales, para convertirlos en agentes capaces de impulsar su desarrollo. En
este sentido, la mejora de sus procedimientos, métodos y esquemas de
funcionamiento así como de los resultados -materializados generalmente en
servicios- se convierte en una área primordial para los decisores y
administradores locales. Partiendo de la faceta de ejecución de tareas básicas
-obligaciones de prestación de bienes y servicios- se persigue un buen uso de
recursos materiales y humanos que, además, se oriente a la satisfacción de
demandas prioritarias de acuerdo con un proceso de planeación y ejecución que
tome en cuenta las particularidades regionales y locales.
La gestión no se reduce
exclusivamente a la aplicación de tecnologías administrativas generales. Las
recetas de valor universal han demostrado su insuficiencia para atacar
problemas y este hecho se agudiza ante los marcados contrastes de la realidad
mexicana. Así, el uso de los esquemas organizacionales se ubica en contextos
claramente distintos social, política y culturalmente. Por ello, resulta
incluso paradójico que el diseño de la institución, las relaciones
intergubernamentales y el orden federal actúen, en muchas ocasiones, sin tener
en cuenta estas disparidades.
La profundidad y el matiz en las
apreciaciones sobre la realidad municipal, dan una dimensión más justa a los
diagnósticos y por supuesto son prerrequisitos para formular e implementar
programas locales. Sin embargo, en la situación actual de los municipios se
plantean serios retos que -aunque naturalmente con intensidades y perfiles
diversos- conforman un contexto más o menos compartido
Es nuestra pretensión, con la
propuesta que se presenta, facilitar a los jóvenes su participación en la vida
pública del municipio; de manera que puedan acceder a los equipamientos, las
infraestructuras y locales que el ayuntamiento y otras instituciones ponen a
disposición de las y los jóvenes y, por otro lado, informar sobre entidades y
asociaciones que están trabajando y desarrollando en la práctica la
participación juvenil.
Estamos convencidos de que la
colaboración y la conexión entre el municipio y los proyectos e iniciativas que
tengan las entidades y asociaciones juveniles provocará que el desarrollo de
nuestro municipio esté muy ligado al trabajo realizado por los jóvenes y, de
esta forma, conseguir que estos jóvenes de hoy sean activos ciudadanos del
actual milenio.
La juventud es, por esencia, el
sector dinámico y particularmente creativo de nuestra comunidad. Por eso,
presentamos esta iniciativa que intenta darles a los jóvenes el lugar que
merecen en la construcción del país que todos queremos.
La promoción de la participación
juvenil puede dar lugar a diversas interpretaciones puesto que el concepto es
muy amplio, pero estamos de acuerdo en entender que promover la participación
de las y los jóvenes pasa por poner a disposición de este importante sector de
la población cauces a través de los cuales puedan expresarse libre y
democráticamente.
Puestos en marcha estos canales de
expresión, que se concretan fundamentalmente en infraestructuras y programas de
actividades, queda por cuenta de los jóvenes su utilización y, por la nuestra,
estar atentos a dichas expresiones y obrar en consecuencia.
Los organismos municipales de
atención a la juventud tendrán como misión formar criterios de actuación
pública en materia de juventud, facilitando la concentración y dinamización de
la oferta pública y privada existentes, con el propósito de brindar a la
población juvenil servicios más coherentes con sus necesidades y tendencias,
procurando mejorar la calidad de vida de los jóvenes del municipio. Su misión
será promover la política pública de juventud en el municipio, que se
constituye en el marco de referencia para la formulación futura de planes,
programas y proyectos, tanto municipales como de las ONG’s la empresa privada,
las instituciones académicas y las organizaciones juveniles, entre otras.
Estos organismos se proyectan como
gestores de un nuevo proceso pedagógico, innovador y futurista hacia un nuevo
modelo de cultura ciudadana liderada por jóvenes que comparten en el entorno en
el cual se desarrollan, con el fin de rescatar los verdaderos valores y
adquirir una entidad cultural propia que derive en una sensibilización para
llevar a los habitantes del municipio a mejorar su calidad de vida pensando en
el bien común.
Así pues, considerando:
1.- Que los jóvenes deben de gozar de garantías especiales
para la realización efectiva de sus derechos económicos, sociales y culturales,
en igualdad de oportunidades; y
2.- Que el Estado, en sus tres niveles de gobierno debe
desarrollar políticas para la juventud que tengan como objetivo prioritario
fomentar su creatividad, responsabilidad y sentido de servicio a la comunidad;
proponemos modificar el texto vigente del artículo 115 constitucional,
agregando un inciso a la fracción III y adicionando la fracción VII al artículo
constitucional mencionado, para quedar como sigue:
“Artículo 115. Los estados
adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano,
representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su
organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las
bases siguientes:
...III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y
servicios públicos siguientes:
i) En el ámbito de su competencia, desarrollar y promover
programas que fomenten la inserción del joven en el desarrollo municipal; y
...VII. Los municipios, en la esfera de su competencia,
podrán crear, operar y regular organismos públicos con personalidad y
patrimonio propios para propiciar la participación, representación y consulta a
los jóvenes en el desarrollo político, y económico, destinados a mejorar su
nivel de vida, así como sus expectativas sociales, culturales y derechos.”
Transitorios
Unico.-
Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, México,
Distrito Federal, a 24 de abril de 2003.
Dip. Mario Sandoval Silvera (rúbrica)
(Turnada a la Comisión
de Puntos Constitucionales. Abril 28 de 2003.)