De adiciones el articulo 115 constitucional, presentada por el diputado Mario Sandoval Silvera, del grupo parlamentario del PAN, en la sesion del lunes 28 de abril de 2003     Versión para Imprimir

El suscrito diputado Mario Sandoval Silvera, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y por el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta asamblea la presente iniciativa que adiciona el inciso i) de la fracción III y la fracción VII del artículo 115 constitucional a fin de que los municipios puedan desarrollar y promover programas que fomenten la inserción del joven en el desarrollo municipal y crear, operar y regular organismos públicos de atención a la juventud, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El Congreso Constituyente de 1916-17 estableció un precedente muy importante al definir en el texto de la Constitución General de la República las bases de la organización de los municipios en México con el fin de garantizar el municipio libre. Con esta decisión se evitó que las legislaturas locales definieran el piso constitucional para legislar y desplegar el futuro de la institución municipal, como sucedía en el tiempo que estuvo vigente la Constitución de 1857.

Con los años, el artículo 115 de la Constitución federal ha sido objeto de varias reformas, cuando las reformas de 1933, 1947 y 1977 fueron debatidas en el recinto parlamentario, los diputados siempre hicieron énfasis en la necesidad de una reforma integral, mucho más ambiciosa, que realmente garantizara de manera efectiva la libertad política y económica de los municipios.

Uno de los retos fundamentales en la reorganización del federalismo en México es fortalecer a los gobiernos municipales, para convertirlos en agentes capaces de impulsar su desarrollo. En este sentido, la mejora de sus procedimientos, métodos y esquemas de funcionamiento así como de los resultados -materializados generalmente en servicios- se convierte en una área primordial para los decisores y administradores locales. Partiendo de la faceta de ejecución de tareas básicas -obligaciones de prestación de bienes y servicios- se persigue un buen uso de recursos materiales y humanos que, además, se oriente a la satisfacción de demandas prioritarias de acuerdo con un proceso de planeación y ejecución que tome en cuenta las particularidades regionales y locales.

La gestión no se reduce exclusivamente a la aplicación de tecnologías administrativas generales. Las recetas de valor universal han demostrado su insuficiencia para atacar problemas y este hecho se agudiza ante los marcados contrastes de la realidad mexicana. Así, el uso de los esquemas organizacionales se ubica en contextos claramente distintos social, política y culturalmente. Por ello, resulta incluso paradójico que el diseño de la institución, las relaciones intergubernamentales y el orden federal actúen, en muchas ocasiones, sin tener en cuenta estas disparidades.

La profundidad y el matiz en las apreciaciones sobre la realidad municipal, dan una dimensión más justa a los diagnósticos y por supuesto son prerrequisitos para formular e implementar programas locales. Sin embargo, en la situación actual de los municipios se plantean serios retos que -aunque naturalmente con intensidades y perfiles diversos- conforman un contexto más o menos compartido

Es nuestra pretensión, con la propuesta que se presenta, facilitar a los jóvenes su participación en la vida pública del municipio; de manera que puedan acceder a los equipamientos, las infraestructuras y locales que el ayuntamiento y otras instituciones ponen a disposición de las y los jóvenes y, por otro lado, informar sobre entidades y asociaciones que están trabajando y desarrollando en la práctica la participación juvenil.

Estamos convencidos de que la colaboración y la conexión entre el municipio y los proyectos e iniciativas que tengan las entidades y asociaciones juveniles provocará que el desarrollo de nuestro municipio esté muy ligado al trabajo realizado por los jóvenes y, de esta forma, conseguir que estos jóvenes de hoy sean activos ciudadanos del actual milenio.

La juventud es, por esencia, el sector dinámico y particularmente creativo de nuestra comunidad. Por eso, presentamos esta iniciativa que intenta darles a los jóvenes el lugar que merecen en la construcción del país que todos queremos.

La promoción de la participación juvenil puede dar lugar a diversas interpretaciones puesto que el concepto es muy amplio, pero estamos de acuerdo en entender que promover la participación de las y los jóvenes pasa por poner a disposición de este importante sector de la población cauces a través de los cuales puedan expresarse libre y democráticamente.

Puestos en marcha estos canales de expresión, que se concretan fundamentalmente en infraestructuras y programas de actividades, queda por cuenta de los jóvenes su utilización y, por la nuestra, estar atentos a dichas expresiones y obrar en consecuencia.

Los organismos municipales de atención a la juventud tendrán como misión formar criterios de actuación pública en materia de juventud, facilitando la concentración y dinamización de la oferta pública y privada existentes, con el propósito de brindar a la población juvenil servicios más coherentes con sus necesidades y tendencias, procurando mejorar la calidad de vida de los jóvenes del municipio. Su misión será promover la política pública de juventud en el municipio, que se constituye en el marco de referencia para la formulación futura de planes, programas y proyectos, tanto municipales como de las ONG’s la empresa privada, las instituciones académicas y las organizaciones juveniles, entre otras.

Estos organismos se proyectan como gestores de un nuevo proceso pedagógico, innovador y futurista hacia un nuevo modelo de cultura ciudadana liderada por jóvenes que comparten en el entorno en el cual se desarrollan, con el fin de rescatar los verdaderos valores y adquirir una entidad cultural propia que derive en una sensibilización para llevar a los habitantes del municipio a mejorar su calidad de vida pensando en el bien común.

Así pues, considerando:

1.- Que los jóvenes deben de gozar de garantías especiales para la realización efectiva de sus derechos económicos, sociales y culturales, en igualdad de oportunidades; y

2.- Que el Estado, en sus tres niveles de gobierno debe desarrollar políticas para la juventud que tengan como objetivo prioritario fomentar su creatividad, responsabilidad y sentido de servicio a la comunidad; proponemos modificar el texto vigente del artículo 115 constitucional, agregando un inciso a la fracción III y adicionando la fracción VII al artículo constitucional mencionado, para quedar como sigue:

“Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

...III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

i) En el ámbito de su competencia, desarrollar y promover programas que fomenten la inserción del joven en el desarrollo municipal; y

...VII. Los municipios, en la esfera de su competencia, podrán crear, operar y regular organismos públicos con personalidad y patrimonio propios para propiciar la participación, representación y consulta a los jóvenes en el desarrollo político, y económico, destinados a mejorar su nivel de vida, así como sus expectativas sociales, culturales y derechos.”

Transitorios

Unico.- Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México,
Distrito Federal, a 24 de abril de 2003.

Dip. Mario Sandoval Silvera (rúbrica)

 

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Abril 28 de 2003.)