Que modifica diversas disposiciones legales respecto a la conformacion del Poder Legislativo federal, para reducir el numero de diputados, presentada por el diputado Jose Antonio Calderon Cardoso, del PAS, en la sesion del viernes 13 de diciembre de 2002     Versión para Imprimir

Los suscritos diputados federales, Beatriz Patricia Lorenzo Juárez y José Antonio Calderón Cardoso, de la representación parlamentaria del Partido Alianza Social, y con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara baja la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Para el Partido Alianza Social, debido al momento político que vivimos de postransición democrática, de pluralidad política y de una auténtica división de poderes, es necesario realizar ajustes estructurales a las instituciones públicas para que respondan a los retos de la democracia.

En ese sentido, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión ha adquirido un papel de suma importancia en el escenario nacional, puesto que, junto con su colegisladora, es un real contrapeso del Ejecutivo, amén de que, por su conformación, es la Cámara que representa de manera directa la pluralidad social y política del país.

En el Congreso mexicano, pero particularmente en la Cámara baja, empezó la construcción de nuestra democracia. Muchos de sus cambios obedecieron más a legitimar al sistema autoritario imperante que a fortalecer el Legislativo. Esos cambios, aunque tímidos y graduales, fueron decisivos para que el Poder Legislativo, y particularmente la Cámara de los Diputados, tuviera la independencia de la que hoy goza.

Hoy, sin embargo, nuestra realidad avanza a pasos agigantados; y nuestra institucionalidad debe caminar a ese mismo ritmo. Las reformas estructurales deben estar inspiradas, más que por aspectos cuantitativos, por cualitativos. Por ello, hoy tenemos la oportunidad de visualizar y confeccionar una Cámara baja eficaz y eficiente que represente de la mejor manera la pluralidad social y política de nuestra nación.

En ese sentido, consideramos que habría más ventajas si sustituyéramos el sistema electoral mixto, que actualmente tiene México, por uno de representación proporcional puro, toda vez que, por nuestra realidad nacional, este sistema se acomoda de mejor manera a las necesidades nacionales de representación ciudadana.

Veamos primero el marco teórico y la evidencia de que disponemos, para pasar después a relacionarla con el caso concreto de nuestro país. Es sabido que los sistemas electorales establecen normas para cuatro áreas: la distribución de las circunscripciones electorales, las candidaturas, la votación y la conversión de votos en escaños. De esta última, sabemos que existen dos tipos básicos: el sistema de mayoría y el de representación proporcional, además de la categoría denominada “sistema electoral mixto”.

Es importante saber que los sistemas promueven determinados valores. Así, los sistemas mayoritarios parten del principio de que gobierne la mayoría. Su objetivo es alcanzar una mayoría parlamentaria para un partido o una alianza de partidos que se apoye en una mayoría relativa de votos, en tanto que el sistema proporcional busca reflejar con la mayor exactitud posible las fuerzas y los grupos políticos en el Parlamento. Su objetivo es el grado de equivalencia entre el valor numérico y el valor del logro del voto.

Asimismo, los sistemas no pueden extrapolarse arbitrariamente sino que, en todo caso, deben atender las realidades de cada país. Pero, sobre todo, es importante poner atención en las condiciones imperantes en la sociedad para aplicar con éxito determinadas reglas.

Al respecto, es revelador lo dicho por Alexis de Tocqueville sobre tres condiciones de éxito de la representación mayoritaria: igualdad de las condiciones de vida u homogeneidad social, consenso político básico de la población en torno de la fórmula mayoritaria y posibilidad de que la minoría se convierta en mayoría.

Para resolver los problemas de la colectividad, se necesita el trabajo común de todas las fuerzas políticas, ya que sólo así se podrá dar rumbo y futuro a la nación.

Ahora bien, si bien es cierto que nuestro país tiene un sistema mixto, es preponderantemente mayoritario. En los sesenta se introdujo tímidamente a los “diputados de partido” y, poco a poco, se fueron abriendo mayores espacios a la oposición, más por la pérdida de legitimidad del gobierno que por crear una verdadera representación plural en el Congreso.

Era claro que un sistema preponderantemente mayoritario con partido hegemónico y en un régimen presidencialista aseguraba gobiernos “fuertes” basados en mayorías parlamentarias sobrerrepresentadas. Pero esa realidad cambió, en buena medida porque se basaba en mayorías artificiales, que no reflejaban la creciente pluralidad social y política del país.

La defensa de los principios y valores democráticos no termina con la toma del poder; es aquí donde realmente empieza, donde los hombres se enfrentan a sus ambiciones humanas y donde realmente se establece si se buscaba el poder para servir o servirse.

La transición por la que nuestro país atravesó dejó exigencias muy claras de participación plural, que se refleja en los espacios de representación nacional. Por ello resulta absurdo que algunas voces despistadas y mal informadas, bajo el pretexto de que ya hay democracia, pidan que desaparezca la representación proporcional. La democracia electoral es el principio, no el fin del desarrollo democrático de toda nación.

El sistema mayoritario no funciona correctamente en México por las escandalosas desigualdades que padecemos, además de que existen grupos que no se sienten representados adecuadamente, con lo que se incumplen dos condiciones que planteara Alexis de Tocqueville.

Para la actual sociedad mexicana, la democracia se construirá sólo con base en la existencia de una diversidad de posibilidades de elección, donde el compromiso de los partidos políticos con la sociedad no se dé únicamente durante los procesos electorales, con el fin de captar votos, sino se dé en la vida diaria, en la búsqueda constante de soluciones reales a las necesidades de la sociedad.

Además de lo anterior, en el mundo son más los países que apuestan por el sistema de representación proporcional, particularmente en Europa, y sólo seis de los 23 países occidentales industrial izados utilizan el sistema mayoritario. Y es que los sistemas parlamentarios de representación proporcional son los más estables.

Es tiempo de que el sistema electoral deje de sustentarse en prejuicios infértiles, que únicamente evitan el desarrollo político nacional.

La representación proporcional, además de que facilitaría la representación de todos los intereses y opiniones, reflejo del cambio social y el surgimiento de nuevas tendencias políticas, impediría la formación de mayorías artificiales que pudieran degenerar en partido dominante, que tanto daño hizo al país.

Finalmente, para obtener un resultado efectivo de este sistema, si lo combináramos con un régimen parlamentario, podríamos conjurar el error de crear gobiernos inestables, toda vez que podrían generarse las condiciones para negociaciones políticas duraderas y comprometidas, para formar mayorías gobernantes.

En tal virtud y toda vez que con este sistema habría una representación auténtica de las diversas fuerzas políticas, nada impide que reduzcamos el número de legisladores y la propuesta de Alianza Social es que nuestra Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión esté integrada por trescientos legisladores de representación proporcional que, divididos en cinco circunscripciones, reflejarían nítidamente la pluralidad política, además de generar ahorros importantes.

Ahora bien, con la finalidad de evitar que se consoliden partidocracias, la ley implantará el sistema de listas abiertas, con lo que sería el propio electorado quien decidiera en última instancia la colocación y el lugar de los candidatos.

La nivelación de fuerzas, para dar lugar a procesos electorales competitivos y evitar que los grupos de interés apoyen a los institutos políticos a cambio de futuros “cobros” una vez en el poder, es condición indispensable de todo sistema electoral neutral, ya que si existe sesgo alguno en favor de una fuerza política, el principio de neutralidad del financiamiento público pierde todo sentido.

La equidad en la competencia electoral, al impulsar la independencia económica de las fuerzas políticas frente a los grupos de poder económico y limitar con ello la influencia de grupos y elites con intereses particulares, dará sentido a las políticas públicas.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración el siguiente

Proyecto de Decreto

Unico. Por el que se reforman y adicionan los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Artículo 53. Para la elección de los 300 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 300 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley.

I. Derogado.

II. Todo partido político que alcance por lo menos 2% del total de la votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados.

III. Al partido político que cumpla lo anterior le será asignado el número de diputados de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal.

IV. Derogado.

V. Derogado.

VI. Derogado.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF,
a 13 de diciembre de 2002.

Diputados: Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, José Antonio Calderón Cardoso (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Diciembre 13 de 2002.)