DEL DIP.
ALFREDO HERNÁNDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE
C. Presidente de
Comisión
Permanente del H. Congreso de
P r e s e n t e
Iniciativa de Ley
para que el Congreso de
Compañeras Legisladoras y legisladores
El suscrito Diputado Federal, integrante del Grupo Parlamentario del
Partido de
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El financiamiento del sector eléctrico no es un tema reciente en el país.
Desde la nacionalización de la industria eléctrica y hasta fines de la década
de los 80, el financiamiento de la expansión del servicio eléctrico se realizó
con recursos del Gobierno Federal, créditos bilaterales, préstamos de la banca
internacional de desarrollo y créditos de proveedores. Las restricciones
presupuestales, el alto costo de la deuda y nuevas condiciones planteadas por
organismos financieros internacionales obligaron a
Esa nueva situación no fue excepcional para México. Diversos países
latinoamericanos optaron por nuevos esquemas de financiamiento para la
infraestructura eléctrica. En Argentina y Chile, por ejemplo, la alternativa
fue la privatización de los activos y la nueva generación, con resultados poco
alentadores.
México optó en 1992 por cambiar
Sin embargo, esos cambios no dieron el resultado esperado, principalmente
en lo que se refiere a producción independiente. En la realidad, el
financiamiento principal con el que ha venido creciendo el sector eléctrico
mexicano, que por cierto no requería ningún cambio en la citada ley, es el del
mecanismo de contratación-arrendamiento-transferencia. Así se financiaron
desarrollos como las centrales de Petacalco, Tuxpan, Topolobambo, Temascal y
Samalyuca.
Bajo ese mecanismo, los agentes privados financian y construyen las
plantas de generación o las líneas de transmisión y distribución. Al recibir la
planta,
Pero para que éste o cualquier otro tipo de financiamiento resulten
viables para las compañías eléctricas públicas, éstas deberían recuperar,
mediante las tarifas, el monto equivalente a la operación del sistema y al
financiamiento de la inversión. En la actualidad, algunas de las tarifas están
subsidiadas y el peso lo cargan CFE y Luz y Fuerza del Centro. Es claro que si
los subsidios estuviesen clara y responsablemente otorgados por el gobierno
federal o los estatales, las compañías eléctricas públicas podrían operar
manteniendo sus finanzas sanas.
No obstante, no basta con la claridad en el otorgamiento de los
subsidios, es indispensable su revisión. Las tarifas más subsidiadas son las de
riego agrícola y las del sector residencial. En el primer caso, el aumento en
el precio de la electricidad podría implicar un golpe adicional al tan
castigado sector agrícola; sin embargo, sería necesario un estudio que evaluara
a qué tipo de agricultores se otorga el subsidio.
En el caso del sector residencial, es revelador un análisis del Grupo de
Energía y Ambiente del Instituto de Ingeniería de
La política tarifaria para el sector residencial podría ser revisada
considerando tres premisas básicas: garantía del servicio eléctrico a la
población de escasos recursos, eliminación de los subsidios a los sectores de
mayor consumo y promoción de tecnología de uso eficiente de la energía que
permita mantener el nivel de servicio deseado, disminuyendo el consumo.
En otro estudio del Instituto de Ingeniería de
Sin embargo, el Poder Ejecutivo realiza una restructuración contraria al
interés general. Es así que, en comunicado oficial de
De acuerdo con el decreto, el incremento en las tarifas recaerá
principalmente en los rangos de consumo que realiza la clase media baja, que
como se aprecia en la tabla del anexo, sufrirá incrementos de hasta el 80%
Para un consumo de 200 kw/h promedio mensual, el incremento se eleva a
80.88% Para un consumo de 249 kw/h promedio mensual el incremento será de
45.96% Para quienes tienen un consumo de 350 kw/h el incremento se eleva a 39%
Para los usuarios cuyo consumo promedio mensual es superior a 500 kw/h,
el incremento será de tan sólo 16.85%, es decir, que los hogares donde el
consumo de energía es mayor, y que es la franja donde se encuentran los hogares
con mayores ingresos, el incremento será el menor de todos. En síntesis, el
gobierno pretende cobrar tarifas de primer mundo a un país con salarios de
tercer mundo.
Lo que el gobierno deja de percibir al mover el rango del subsidio de
En el decreto tampoco hallamos un compromiso del destino de los ingresos
adicionales, sobre los cuales existe una contradicción entre lo que publica
Con fundamento en lo anteriormente expuesto,
el suscrito, diputado federal del Partido de
PROYECTO DE DECRETO
ARTÍCULO
PRIMERO.- Se
añade una fracción XXI al artículo 73 y se modifica la fracción I del artículo
76 de
ARTICULO 73
EL CONGRESO TIENE FACULTAD:
I.- ...
II.- ...
III.- ...
IV.- ...
V.- ...
VI.- ...
VII.- ...
VIII.- ...
IX.- ...
X.- ...
XI.- ...
XII.- ...
XIII.- ...
XIV.- ...
XV.- ...
XVI.- ...
XVII.- ...
XVIII.- ...
XIX.- ...
XX.- ...
XXI.- ...
XXII.- ...
XXIII.- ...
XXIV.- ...
XXV.- ...
XXVI.- ...
XXVII.- ...
XXVIII.- ...
XXIX.- ...
XXIX-B.- ...
XXIX-C.- ...
XXIX-D.- ...
XXIX-F.- ...
XXIX-G.- ...
XXIX-H.- ...
XXIX-I. ...
XXIX-J. ...
XXX.- ..
XXXI.- Aprobar las tarifas
de uso habitacional por consumo de energía eléctrica.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones
que sean contrarias a lo dispuesto en el Artículo Primero del presente decreto.
ARTÍCULO
TERCERO. El
presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de
Palacio Legislativo de San Lázaro, 7 de agosto de 2002