De reformas a los articulos 3, 102 y 115 constitucionales en materia de fortalecimiento de derechos humanos, presentada por el diputado Jose Manuel del Rio Virgen, de CDPPN, en la sesion del jueves 25 de abril de 2002     Versión para Imprimir

José Manuel del Río Virgen, en mi carácter de diputado federal de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario en el país del Partido Convergencia por la Democracia; con fundamento en los artículos 71 fracción, II, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados y de su soberanía representada por todos y cada uno de ustedes señoras y señores legisladores, la presente iniciativa que reforma los artículos 3º, 102, Apartado B, y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente :

Exposición de Motivos

Convergencia por la Democracia,  es un partido que busca con el concurso de la sociedad en general un nuevo rumbo para la nación. Por ello,  nos pronunciamos por una mayor defensa hacia el respeto, promoción y vigencia de los derechos humanos en el país.

En efecto, en un estado democrático se requiere de mecanismos que permitan vigilar la acción gubernamental y realizar una investigación imparcial, apolítica y apartidista de las quejas de la ciudadanía, porque aparte de impedir y corregir los abusos, la misma vigilancia logra mayor confianza en las instituciones públicas.

Es propósito de nuestro partido pugnar porque en la impartición y procuración de justicia desaparezca la incidencia de prácticas corruptas, a fin de erradicar la impunidad que tanta frustración y malestar causa a la sociedad mexicana.

En este sentido, Convergencia por la Democracia se pronuncia por la extensión constitucional de la competencia legal de los organismos públicos de protección de los derechos humanos hacia otros ámbitos de la vida pública nacional a fin de que los derechos humanos no sean lastimados o vejados por ningún motivo y en ninguna parte el país.

Quiero llamar la atención de todos ustedes para decirles que en este sentido, la universalización de los derechos humanos por su importancia y trascendencia de han convertido en una moda que no debemos permitir desaparezca. Constituyen un hito en la historia internacional y su respeto representa la vigencia del estado de derecho en su más amplia acepción.

En el país, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se ha convertido en el principal obstáculo y enemigo de la impunidad gubernamental que todavía campea en las instituciones públicas. Su trabajo así lo ha demostrado, al emitir indistintamente, con un sentido social y justiciero basado en el respeto a la legalidad,  infinidad de recomendaciones públicas que significa la reivindicación de un derecho humano violado.

Aunque la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la hemos lastimado, al dejarla sin un consistente presupuesto para que realice con mayor autonomía su importantísimo trabajo fiscalizador, goza de un prestigio y reconocimiento internacional, que no deja duda sobre su imparcial desempeño y autonomía.

Esto es ratificado permanentemente por su titular, el Dr. José Luis Soberanes, quien con calidad ética y moral, ha denunciado que, “mientras nos estamos preocupando por defender los derechos humanos de otros países, votando para que se verifique el respeto de los derechos humanos en los mismos, en México la violación de los derechos humanos se ha vuelto nuevamente cosa cotidiana. “Que somos candiles de la calle y obscuridad de la casa”.

Y en este sentido estamos de acuerdo con esta declaración, porque los derechos humanos en el país siguen violándose, principalmente en los sectores más pobres del país y también con diversos luchadores sociales como Digna Ochoa, el General Gallardo y los campesinos ecologistas, sin dejar de mencionar las amenazas a periodistas democráticos como Fausto Fernández Ponte últimamente.

Los derechos humanos en el país vuelven a violarse. No es posible que digamos vivir en un régimen democrático, cuando la principal base de dicho régimen, el respeto a los derechos humanos no existe o se simula respetar.

Propuesta

Por ello creemos, que el respeto de los derechos humanos en el país debe llegar hasta los lugares más apartados y recónditos del país, donde muchas veces los abogados no existe, donde parece que impera la ley del más fuerte, donde los derechos de las niñas y niños son violados, donde el campesino y el obrero no tiene la certeza y seguridad de que tenga derechos. A veces no saben ni siquiera que significa la expresión derechos humanos.

Y aunque tenemos hoy en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos un garante de legalidad, que es secundado por las comisiones estatales y la del Distrito Federal, la figura del ombudsman, defensor del pueblo o el concepto de “derechos humanos” todavía es desconocida como tal, principalmente en las rancherías y comunidades rurales del país.

Se hace indispensable por ende, concretar esa eclosión de los derechos humanos, de la cual por cierto como nación formamos parte, ya que antes de la aparición del ombudsman escandinavo de 1905, México contó con la figura de la Procuraduría de los Pobres de Ponciano Arriaga de 1847.

En este sentido, debemos fortalecer el respeto, promoción y vigencia de los derechos humanos, mediante la creación de comisiones municipales de derechos humanos, propuestas y aprobadas por los propios cabildos municipales, garantizando que la vigencia de los mismos se hará efectiva en todas partes.

En la actualidad las comisiones estatales de los derechos humanos tienen delegados regionales o distritales, llamados subdelegados o responsables de área regionales, pero hace falta la instauración del ombudsman municipal, desburocratizando el trabajo de las instancias estatales y nacionales, a fin de que nada más conozcan éstas, de los casos que por ley las comisiones municipales de los derechos humanos no puedan resolver.

Estas figuras conocerán de actos de autoridad violatorios de derechos humanos en su jurisdicción y serán organismos autónomos, con patrimonio propio, cuyo responsable será surgirá de una terna propuesta por la sociedad y aprobada por el cabildo. Emitirá recomendaciones municipales y promoverá la cultura de respeto a los derechos humanos.

En este sentido, los municipios tienen a su cargo, agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus agua residuales; alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; mercados y centrales de abasto; panteones, rastros, calles, parques y jardines; seguridad pública y las que las legislaturas locales determinen; pero no dice nada la Constitución, respecto a la educación de los derechos humanos y su defensa en los municipios, aunque el país ha tenido una historia de lucha por la defensa de los derechos humanos en general como fue la Independencia, la Reforma y la Revolución.

Se propone por tanto la creación de organismos independientes de los ayuntamientos con las atribuciones necesarias para que sean éstos quienes conozcan no sólo de las solicitudes y requerimientos que las comisiones estatales de derechos humanos les formule, sino también para que en cada municipio tales derechos tengan amplia difusión y protección, a fin de garantizar su respeto. Ampliando las atribuciones de los ayuntamientos y del cabildo, deberán crearse organismos protectores de los derechos humanos en todos los municipios del país, garantizando la vigencia del estado de derecho.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía las siguientes reformas constitucionales. …

Artículo Unico. Se reforma el artículo 3º. Párrafo segundo; se adiciona un párrafo noveno al artículo 102, Apartado B; y se adiciona un párrafo a la fracción 1ª., del artículo 115 de la Constitución Política Mexicana, para quedar en los siguientes términos.

Artículo 3º.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia. Además, promoverá el respeto y fortalecimiento de la cultura de los derechos humanos.

Artículo 102, Apartado B.

Los municipios del país, deberán contar con organismos autónomos protectores de los derechos humanos, en los términos que fije la ley.

Artículo 115.

I. …En cada municipio se creará una Comisión  Protectora de los Derechos Humanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con lo dispuesto por la ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas deberán adecuar sus constituciones y legislación secundaria, para lograr el pleno funcionamiento de los organismos municipales de derechos humanos que se proponen en el presente decreto, en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

México, DF, a 25 de abril de 2002.

Dip. José Manuel del Río Virgen (rúbrica)

 

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Abril 25 de 2002.)