Con
proyecto con decreto que reforma los articulos 73 y 76 de la Constitucion
Politica de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Miroslava
Garcia Suarez, del grupo parlamentario del PRD, en la sesion de la Comision
Permanente del miercoles 6 de febrero de 2002
Con el permiso de la presidencia,
la suscrita, diputada federal de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de
la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución
Democrática, en ejercicio de la facultad que me concede el artículo 71,
fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el
artículo 55, fracción II, del Reglamento Interior del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de esta asamblea
la siguiente iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Dentro del marco de la reforma del
Estado mexicano, para el Partido de la Revolución Democrática resulta claro que
ningún país puede ni debe permanecer aislado de la dinámica de la economía y
del comercio mundial, pues es una realidad a considerar en cualquier esfuerzo
destinado a elaborar un proyecto de país, si se quieren plantear programas
viables y sustentables. Pero no debemos permitir que el mercado mundial defina,
con la anuencia de los gobiernos, el futuro de nuestros países y de nuestros
pueblos. Según el enfoque dominante de libre mercado, el concierto mundial por
sí mismo asigna y desarrolla las mejores posibilidades para cada país.
De acuerdo con este postulado no
es necesario pensar qué país queremos y podemos ser, simplemente hay que
eliminar cualquier traba al mercado y el propio mercado se encarga de
ofrecernos el mejor de los países. El llamado libre comercio ha producido
exclusión social y económica. Esto ha provocado la estructuración de un
segmento social formado por ciudadanos desvalorizados por el proyecto económico
vigente y por las sociedades que lo respaldan. La exclusión vuelve a la gente
incapaz de insertarse o reinsertarse en el circuito económico; esta
imposibilidad lleva a un proceso de descalificación social y a la pérdida de
una ciudadanía activa.
Las tendencias recientes tienden a
dar libertad absoluta a los capitales, incluidos los especulativos, para mover
el mundo al ritmo de sus intereses. Sin embargo, la historia ha demostrado que
el mercado por sí mismo no genera desarrollo y mucho menos justicia social.
Debemos caminar hacia la construcción de una economía mundial regulada nacional
y supranacionalmente, de tal manera que se aseguren la paz, la democracia, el
desarrollo sustentable y la estabilidad económica con bienestar social tanto
nacional como internacionalmente.
De ahí pugnar por la existencia de
un proyecto nacional de desarrollo para el país y no dejar al mercado la
definición del mismo, así como regular nacional y supranacionalmente al
capital, especialmente al especulativo.
El Estado mexicano debe pugnar en
el concierto internacional por lograr reglas alternativas que regulen la
economía mundial y en nuestro hemisferio basadas en una lógica económica
distinta: el comercio y la inversión no deben ser un fin en sí mismo, sino
instrumentos para el desarrollo justo y sustentable. La propuesta debe
privilegiar una lógica social, e incluir aspectos como los derechos humanos,
laborales, la igualdad de género, el medio ambiente y los derechos de las
minorías.
Dicha propuesta responde también a
un imperativo ético. Debemos negarnos a aceptar al mercado como un dios que
regule nuestras vidas. Debemos negarnos a aceptar como inevitable un modelo
globalizador que excluye a la mitad o más de la mitad de la población mundial
de los beneficios del desarrollo. Debemos negarnos a aceptar que la depredación
de la naturaleza sea inevitable y un mal necesario en aras del crecimiento.
Detrás de las estrategias económicas impuestas en la última década subyace una
concepción inaceptable de la persona humana y una cultura que es necesario
erradicar.
A partir de 1986 México entra al
GATT (OMC) y a partir de ahí inicia un proceso de negociación de acuerdos
comerciales con el exterior, entre los cuales destacan el Tratado de Libre
Comercio de América del Norte (TLCAN) firmado con Estados Unidos y Canadá, el
cual entró en vigor el 10 de enero de 1994, así como el recientemente negociado
con la Unión Europea. Asimismo, se han firmado a la fecha acuerdos con varios
países centroamericanos y otros países del mundo; son 27 acuerdos, la mayoría
de ellos tomando como modelo el TLCAN. Todos estos tratados fueron negociados
por el Ejecutivo y ratificados por el Senado, en el caso del TLCAN en un solo
día, sin discusión alguna. Asimismo, fueron acordados sin tomar en cuenta las
opiniones de sectores de la sociedad mexicana que sintieron vulnerados sus
intereses y derechos, tales como algunas asociaciones de micro y pequeños
empresarios, agricultores, sindicatos, organizaciones de campesinos e
indígenas, etc. En el caso del Acuerdo con la UE, el voto en contra de algunos
legisladores se basó en que deja a discreción del Ejecutivo la terminación de
la negociación en una serie de temas, sin que exista la obligación del mismo de
pasar a ratificación éstos acuerdos. No existen en la legislación actual
mecanismos claros de evaluación de los Tratados, ni formas explícitas para
incorporar a la sociedad civil en éstos procesos.
A casi dos décadas de iniciado
éste modelo de apertura y a seis del TLCAN podemos afirmar que los problemas
económicos y sociales de desigualdad, desempleo y precarización del empleo,
disminución del ingreso per cápita, reducción del mercado interno,
desmantelamiento de la planta productiva nacional, concentración del ingreso,
pobreza y marginación, crecimiento inestable y desequilibrios sectoriales,
incremento de la deuda pública externa e interna, se han profundizado. No
planteamos que sean los acuerdos comerciales los únicos culpables de ésta
situación. Pero éstos acuerdos son parte de una política económica cuyos
resultados están a la vista, y particularmente se trata de instrumentos que han
profundizado o agudizado los problemas, más que tender a resolverlos. Lo que
lleva a considerar que fueron mal negociados o en todo caso, negociados en
contra o al margen de los intereses de los mexicanos. Pero aún cuando los
tratados internacionales en virtud del artículo 133 constitucional son Ley
Suprema de toda la Unión, no son inamovibles o eternos. Pueden renegociarse en
los términos en ellos pactados, y modificarlos para adecuarlos a los planes de
desarrollo nacional.
Con la presente iniciativa de
reformas pretendemos: a) operativizar y asegurar que los tratados
internacionales en materia económica y de comercio que formalizan la
globalización, sean benéficos para el país, asegurando los siguientes cuatro
principios: participar en la economía mundial desde un proyecto nacional
consensado y democráticamente ratificado. La globalización debe ser regulada
nacional e internacionalmente y no dejada simplemente a las fuerzas del
mercado. La globalización debe no sólo globalizar los derechos del capital,
sino también el de la población al desarrollo sustentable y justo. La condición
de posibilidad de los tres anteriores es que la negociación de los acuerdos
internacionales sea de cara a la sociedad y ratificada bajo formas reales de
consulta.
1.‑ El Congreso de la Unión
debe legislar un marco de principios que normen la orientación y parámetros
dentro de los cuales puede negociar los acuerdos económicos y comerciales el
Poder Ejecutivo y no simplemente ratificar al final sus resultados. La ley debe
incluir la obligación del Ejecutivo de pedir autorización al Congreso para
negociar y hacerlo dentro de los lineamientos que le marque la ley y la
autorización del Congreso. Asimismo, debe informar al Congreso y a la población
durante el proceso de la negociación y los resultados al final de la misma. 2.‑
La Cámara de Diputados debe participar en la ratificación de los Tratados
económicos y de comercio. Dichos tratados económico‑financieros tocan tal
cantidad de temas y materias que no se justifica el que se excluya a los diputados
de su discusión y ratificación. 3.‑ Para la ratificación de tratados de
menor jerarquía deben aplicarse los criterios del artículo 26 sobre
procedimientos de participación y consulta popular previstos para el sistema
nacional de planeación democrática y para la formulación, instrumentación
control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. 4.‑ El
Ejecutivo debe considerar en todo momento, las recomendaciones que provengan
del Poder Legislativo, derivadas de estudios de impacto de los tratados
comerciales, y en su caso, iniciar los procesos de renegociación que convengan
al país, poniendo siempre los intereses nacionales por delante.
Con fundamento en lo anteriormente
expuesto, la suscrita, diputada federal del Partido de la Revolución Democrática,
y con fundamento en el artículo del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta soberanía el
siguiente proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 76 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Proyecto de Decreto
ARTICULO
PRIMERO.‑ Se añade una fracción XXXI al artículo 73 y se
modifica la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos para quedar de la siguiente manera:
Artículo
73
El Congreso tiene facultad:
I.- a XXX.‑ ...
XXXI.‑
Aprobar los tratados internacionales que celebre el Ejecutivo de la Unión.
Artículo
76
Son facultades exclusivas del
Senado:
I.‑ Analizar la política exterior desarrollada por el
Ejecutivo federal con base en los informes anuales que el Presidente de la
República y el secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso y las
convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión;
II.- a X.- …
ARTICULO
SEGUNDO.- El presente entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
6 de febrero de 2002.
Dip. Miroslava García Suárez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión
de Puntos Constitucionales. Febrero 6 de 2002.)