De reformas al articulo 4º de la Constitucion Politica de los Estados Unidos
Mexicanos (para que toda persona tenga derecho a la alimentacion), presentada
por el diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del grupo parlamentario del PRD,
en la sesion del martes 6 de noviembre de 2001
El suscrito, diputado integrante
del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LVIII
Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el
artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, me permito presentar la siguiente iniciativa de decreto que adiciona
el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al
tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
En nuestra Constitución Política
se han roto paradigmas al incorporar antes que ninguna otra legislación de esta
naturaleza del mundo, a la par de las garantías individuales de las que goza
cualquier persona y la parte organizativa de nuestro Estado, los derechos y
garantías sociales, tales como al trabajo, a la salud, a la vivienda, etcétera.
Establecer esos derechos sociales
como parte integrante de nuestra Constitución como país, no es fruto de
ocurrencias, de afanes declarativos o expresión de buenas intenciones.
Se trató de caracterizar las
prioridades que como nación tiene México, fruto de una realidad de desigualdad
y pobreza que han acompañado a nuestro país desde su más primaria existencia, y
que en los últimos tiempos ha tendido a exacerbarse, por la implementación a rajatabla
de una política económica que sirve a la gran empresa transnacional y opera en
detrimento de la satisfacción de las necesidades básicas de la mayoría de la
población.
Por ello se han establecido
menciones a derechos sociales, para que cada poder en sus respectivos campos de
competencia atienda y dé viabilidad a dichas prerrogativas.
Desprender de lo privado la
atención de las necesidades primarias que son comunes a todos, es la razón del
nacimiento de los derechos sociales como ámbito autónomo del derecho,
haciéndose especial hincapié con ello en la responsabilidad del Estado en estas
áreas en particular, donde el lucro, la ganancia y la rentabilidad privada
ceden su paso hacia la satisfacción sin distingo de esas necesidades por parte
de todos.
La justicia distributiva, se
ejecuta a través del reconocimiento de estos derechos, como un mecanismo para
compensar y atenuar las desigualdades que son fruto de las políticas públicas
que no cumplen su principal razón de ser.
Sin embargo pasar de lo declarativo
a lo programático, resulta en algunos casos todavía una tarea pendiente, pero
eso de ninguna manera se debe a su sola mención en la Constitución, sino a la
falta de atención por quienes deben hacer efectivos esos derechos sociales.
Corresponde a los tres niveles de
gobierno y a los tres poderes públicos ejercer sus atribuciones para hacer
asequible el ejercicio de esos derechos.
Al Ejecutivo le corresponde fijar
programas con cargo al presupuesto para atender esos derechos fundamentales, de
manera amplia y generalizada; al Judicial le corresponde hacer de la
impartición de justicia, también un asunto de restitución social, como el que
se espera que haga con el caso de los ejidatarios de San Salvador Atenco.
Al Poder Legislativo nos
corresponde fundamentalmente dos cuestiones: Vigilar como órgano de control
político el exacto cumplimiento de la norma por parte del Ejecutivo y realizar
las reformas legales que incluyan a los derechos sociales y hagan efectivo su
ejercicio.
En esos esfuerzos se incluye la iniciativa
que presento ante esta soberanía.
Propongo adicionar un párrafo al
artículo 4º constitucional para establecer el derecho a la alimentación de toda
persona, como un dispositivo constitucional que permita, a partir del mismo,
establecer las políticas públicas necesarias para satisfacer un reclamo que
preocupa en estos tiempos por su poca o nula atención por parte de la autoridad
administrativa.
La enumeración de este derecho
social en la Constitución, no es una acción enunciativa sino afirmativa, pues
buscamos que de ahí se deriven políticas públicas concretas para atender el
problema de la desnutrición de las y los mexicanos, por lo que en forma
correlativa a la mención, precisamos que el Estado debe proveer lo necesario
para garantizar el pleno ejercicio de este derecho.
Pensamos que hacer de la atención
a este problema un asunto de Estado, coloca en su justa dimensión la
importancia que para el México de ahora y del futuro, representa la
alimentación de sus habitantes.
No resulta vano pues, establecer
en la Constitución estos derechos, aún y cuando ideológicamente haya quien se
incomode ante el punzante compromiso que significa que formen parte de nuestra
carta fundamental tales derechos, sólo quien desconoce la historia de México,
puede cuestionar la valía de que nuestra Constitución incorpore estas
menciones.
El Partido de la Revolución
Democrática es pionero en esta solicitud y saludamos, que quienes en su momento
se opusieron como partido a ello, hoy recojan y prioricen la propuesta.
Fue desde el 13 de julio de 1994,
que presentamos ante esta soberanía una iniciativa de reformas al artículo 4º
constitucional, buscando que en concordancia con el ya ratificado Pacto
Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU,
se estableciera el derecho a la alimentación, sin embargo a más de seis años de
presentada dicha iniciativa, es hasta esta legislatura cuando hay posibilidad
de avanzar en ese terreno.
Las circunstancias han cambiado,
por lo que saludamos tal disposición.
Para abundar en esta necesaria
reforma, es preciso recordar la condición de México como país pobre y que
nuestro reto desde ahora en la globalidad es precisamente atacar la marginación
en la que viven más de 60 millones de mexicanos.
Según datos de la FAO, el 40% de
los mexicanos padece desnutrición, situación que se agrava en más del doble
para nuestra población indígena.
Pensamos que el problema de la
redistribución de la riqueza, es un asunto también de soberanía.
¿Qué tan libres podemos ser como
país, si más de la mitad de nuestra población se debate en niveles de
infrasubsistencia, mientras unos cuantos amasan fortunas al amparo de una
política económica que se sigue como dogma?
Pensamos que a 19 años de esa
política económica, los resultados han sido desastrosos y la polarización
económica y social es más marcada que antes, por lo que por gobernabilidad
debemos cambiar desde este Congreso ese rumbo.
Esta iniciativa se inscribe desde
lo simbólico, y desde lo concreto en ese esfuerzo.
Por lo anteriormente expuesto y
fundado, someto a la consideración de este pleno la siguiente reforma
constitucional:
Articulo
Unico.‑ Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 4º
constitucional, para quedar como sigue:
Artículo
4.‑ ...
…
…
Toda
persona tiene derecho a la alimentación que le permita un desarrollo integral
adecuado a su edad y condiciones especiales. El Estado proveerá lo necesario
para garantizar el ejercicio de este derecho.
Toda familia tiene derecho a
disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y
apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Los niños y las niñas tienen
derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación
y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios,
tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario
para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus
derechos.
El Estado otorgará facilidades a
los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los derechos de la
niñez.
Artículo Transitorio
Unico.‑ El
presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 6 de noviembre de 2001.
Atentamente,
Dip. Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica)
(Túrnese a la Comisión
de Puntos Constitucionales. Noviembre 6 de 2001.)