De reformas al articulo 4º de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos (para que toda persona tenga derecho a la alimentacion), presentada por el diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del grupo parlamentario del PRD, en la sesion del martes 6 de noviembre de 2001     Versión para Imprimir

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la siguiente iniciativa de decreto que adiciona el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En nuestra Constitución Política se han roto paradigmas al incorporar antes que ninguna otra legislación de esta naturaleza del mundo, a la par de las garantías individuales de las que goza cualquier persona y la parte organizativa de nuestro Estado, los derechos y garantías sociales, tales como al trabajo, a la salud, a la vivienda, etcétera.

Establecer esos derechos sociales como parte integrante de nuestra Constitución como país, no es fruto de ocurrencias, de afanes declarativos o expresión de buenas intenciones.

Se trató de caracterizar las prioridades que como nación tiene México, fruto de una realidad de desigualdad y pobreza que han acompañado a nuestro país desde su más primaria existencia, y que en los últimos tiempos ha tendido a exacerbarse, por la implementación a rajatabla de una política económica que sirve a la gran empresa transnacional y opera en detrimento de la satisfacción de las necesidades básicas de la mayoría de la población.

Por ello se han establecido menciones a derechos sociales, para que cada poder en sus respectivos campos de competencia atienda y dé viabilidad a dichas prerrogativas.

Desprender de lo privado la atención de las necesidades primarias que son comunes a todos, es la razón del nacimiento de los derechos sociales como ámbito autónomo del derecho, haciéndose especial hincapié con ello en la responsabilidad del Estado en estas áreas en particular, donde el lucro, la ganancia y la rentabilidad privada ceden su paso hacia la satisfacción sin distingo de esas necesidades por parte de todos.

La justicia distributiva, se ejecuta a través del reconocimiento de estos derechos, como un mecanismo para compensar y atenuar las desigualdades que son fruto de las políticas públicas que no cumplen su principal razón de ser.

Sin embargo pasar de lo declarativo a lo programático, resulta en algunos casos todavía una tarea pendiente, pero eso de ninguna manera se debe a su sola mención en la Constitución, sino a la falta de atención por quienes deben hacer efectivos esos derechos sociales.

Corresponde a los tres niveles de gobierno y a los tres poderes públicos ejercer sus atribuciones para hacer asequible el ejercicio de esos derechos.

Al Ejecutivo le corresponde fijar programas con cargo al presupuesto para atender esos derechos fundamentales, de manera amplia y generalizada; al Judicial le corresponde hacer de la impartición de justicia, también un asunto de restitución social, como el que se espera que haga con el caso de los ejidatarios de San Salvador Atenco.

Al Poder Legislativo nos corresponde fundamentalmente dos cuestiones: Vigilar como órgano de control político el exacto cumplimiento de la norma por parte del Ejecutivo y realizar las reformas legales que incluyan a los derechos sociales y hagan efectivo su ejercicio.

En esos esfuerzos se incluye la iniciativa que presento ante esta soberanía.

Propongo adicionar un párrafo al artículo 4º constitucional para establecer el derecho a la alimentación de toda persona, como un dispositivo constitucional que permita, a partir del mismo, establecer las políticas públicas necesarias para satisfacer un reclamo que preocupa en estos tiempos por su poca o nula atención por parte de la autoridad administrativa.

La enumeración de este derecho social en la Constitución, no es una acción enunciativa sino afirmativa, pues buscamos que de ahí se deriven políticas públicas concretas para atender el problema de la desnutrición de las y los mexicanos, por lo que en forma correlativa a la mención, precisamos que el Estado debe proveer lo necesario para garantizar el pleno ejercicio de este derecho.

Pensamos que hacer de la atención a este problema un asunto de Estado, coloca en su justa dimensión la importancia que para el México de ahora y del futuro, representa la alimentación de sus habitantes.

No resulta vano pues, establecer en la Constitución estos derechos, aún y cuando ideológicamente haya quien se incomode ante el punzante compromiso que significa que formen parte de nuestra carta fundamental tales derechos, sólo quien desconoce la historia de México, puede cuestionar la valía de que nuestra Constitución incorpore estas menciones.

El Partido de la Revolución Democrática es pionero en esta solicitud y saludamos, que quienes en su momento se opusieron como partido a ello, hoy recojan y prioricen la propuesta.

Fue desde el 13 de julio de 1994, que presentamos ante esta soberanía una iniciativa de reformas al artículo 4º constitucional, buscando que en concordancia con el ya ratificado Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, se estableciera el derecho a la alimentación, sin embargo a más de seis años de presentada dicha iniciativa, es hasta esta legislatura cuando hay posibilidad de avanzar en ese terreno.

Las circunstancias han cambiado, por lo que saludamos tal disposición.

Para abundar en esta necesaria reforma, es preciso recordar la condición de México como país pobre y que nuestro reto desde ahora en la globalidad es precisamente atacar la marginación en la que viven más de 60 millones de mexicanos.

Según datos de la FAO, el 40% de los mexicanos padece desnutrición, situación que se agrava en más del doble para nuestra población indígena.

Pensamos que el problema de la redistribución de la riqueza, es un asunto también de soberanía.

¿Qué tan libres podemos ser como país, si más de la mitad de nuestra población se debate en niveles de infrasubsistencia, mientras unos cuantos amasan fortunas al amparo de una política económica que se sigue como dogma?

Pensamos que a 19 años de esa política económica, los resultados han sido desastrosos y la polarización económica y social es más marcada que antes, por lo que por gobernabilidad debemos cambiar desde este Congreso ese rumbo.

Esta iniciativa se inscribe desde lo simbólico, y desde lo concreto en ese esfuerzo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno la siguiente reforma constitucional:

Articulo Unico.‑ Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 4º constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 4.‑ ...

Toda persona tiene derecho a la alimentación que le permita un desarrollo integral adecuado a su edad y condiciones especiales. El Estado proveerá lo necesario para garantizar el ejercicio de este derecho.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Artículo Transitorio

Unico.‑ El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 6 de noviembre de 2001.

Atentamente,

Dip. Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica)

 

(Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales. Noviembre 6 de 2001.)