Que
reforma el articulo 89 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos
Mexicanos (para que en los tratados internacionales que celebre nuestro pais,
se observe el principio normativo de la proteccion al medio ambiente para el
desarrollo sustentable), presentada por el diputado Concepcion Salazar Gonzalez
del grupo parlamentario del PVEM, en la sesion del jueves 25 de octubre de 2001
Bernardo de la Garza Herrera,
Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez,
María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo
Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe
Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena,
Juan Ignacio García Zalvidea, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto
Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado,
diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del
grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en
los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
solicitamos se turne a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen
y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima
Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:
Exposición de Motivos
A pesar de los avances en las
políticas generales y en las legislaciones de los países miembros de la
comunidad internacional, encaminados a hacer frente a la degradación del
ambiente planetario, que han tenido lugar en los últimos 30 años, a partir de
la Cumbre de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, celebrada en
Estocolmo en 1972, la situación real de la problemática es hoy mucho más grave
y preocupante que entonces.
La degradación de los elementos
que conforman nuestro entorno material, como lo son el suelo, el aire, el agua,
los bosques y selvas, la fauna y la flora silvestres es altamente preocupante;
y ésta es efecto, sin duda, de las prácticas productivas y comerciales depredadoras
de nuestra civilización, mismas que han provocado traslimitar el equilibrio
ambiental, quizá ya irreversibles, por estas acciones que ponen en peligro la
subsistencia de la humanidad y las demás especies que coexisten con ella en el
planeta tierra.
Los distintos tratados signados
por nuestro país; la mayoría de ellos comerciales, no buscan coordinar los
esfuerzos de una globalización inminente, para beneficio real del medio
ambiente; y realizar con ello, que los países del orbe incluido México, participen
más claramente a favor de los ecosistemas y sus especies.
Por lo que es necesario que
nuestro país asuma una posición clara y firme en este sentido en el concierto
internacional. México ha signado un considerable número de acuerdos y tratados,
los que atañen a las partes a un sin fin de compromisos y beneficios. Motivo
por el cual, en necesario garantizar que la comunidad internacional esté
involucrada en el compromiso ambiental y el desarrollo sustentable.
Ante esta compleja realidad
ambiental el derecho, como instrumento normativo de la sociedad internacional,
juega un papel muy importante para la corrección y prevención de los fenómenos
que han puesto a la humanidad en situación tan crítica. Por ello, las normas
jurídicas de cada país, que tienen como finalidad la protección de su entorno,
también deben constituir instrumentos efectivos que garanticen en la comunidad
de naciones, la defensa y desarrollo pleno de este derecho humano.
Entre los que debemos ubicar, es
el de alcanzar un modelo de desarrollo mundial que sea capaz de satisfacer
adecuadamente las necesidades materiales de la población, de una manera
equitativa y responsable, sin comprometer la posibilidad de satisfacer de igual
manera las necesidades de las generaciones futuras.
En este sentido, el Partido Verde
Ecologista de México, propone que en los tratados internacionales que celebre
nuestro país, se observe el principio normativo de la protección al medio
ambiente para el desarrollo sustentable, lo que constituye un aspecto prioritario
para ser observado por el derecho internacional, que tiene su mejor expresión
en dichos tratados, y debe tender al establecimiento claro, dentro de nuestro
ordenamiento interno, de que el mismo constituye una obligación por parte del
Poder Ejecutivo, para traducirse en la incorporación de adecuados mecanismos,
que tiendan al mantenimiento del equilibrio ambiental que todos necesitamos y
den las bases para la sustentabilidad ambiental en el desarrollo internacional.
Por tanto, aunado al
reconocimiento constitucional del derecho a un medio ambiente adecuado para el
desarrollo y bienestar, que existe en nuestra Carta Magna, deben darse los
mecanismos jurídicos necesarios para establecer que en los tratados
internacionales que signe nuestro país, se consagre el derecho a un ambiente
sano, a efecto de hacerlo acorde con la garantía de nuestro sistema
constitucional.
Por ello, sometemos a esta Cámara
de Diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la
presente iniciativa de decreto mediante el cual se reforma la
fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Articulo
Unico.‑ Se reforma la fracción X del artículo 89 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo
89.‑ ...
I a la IX. ...
X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados
internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de
tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes
principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención;
la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso
de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los
Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; la lucha por la paz y
la seguridad internacionales; y la
protección al medio ambiente para el desarrollo sustentable;
Transitorio
Unico.‑
Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de
San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
de los Estados Unidos Mexicanos, a los 25 días del mes de octubre del 2001.
Diputados: Bernardo de Garza Herrera, coordinador; Francisco Agundis Arias, vicecoordinador, José Antonio Arévalo
González (rúbrica), Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez
(rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Diego Cobo Terrazas
(rúbrica), Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera (rúbrica), Sara
Guadalupe Figueroa Canedo (rúbrica), Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael
García Sainz Arena (rúbrica), Juan Ignacio García Zalvidea, María Cristina
Moctezuma Lule (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González
(rúbrica), Erika Elizabeth Spezia Maldonado.
(Túrnese a las
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores.
Octubre 25 de 2001.)