De
reformas a diversas disposiciones: de la Constitucion Politica de los Estados
Unidos Mexicanos, del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales, de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnacion en Materia
Electoral y de la Ley Organica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, presentada por el diputado Jose Soto Martinez del grupo
parlamentario del PRI, en la sesion del jueves 18 de octubre de 2001
El suscrito, Diputado José Soto
Martínez, integrante de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 41, 49, 50, 51 y 135 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en ejercicio de la
facultad que me confiere la fracción II del artículo 71 de nuestra Carta Magna,
y con apoyo además en el artículo 55 fracción II del Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
presento ante el Pleno de ésta H. Cámara de Diputados una Iniciativa de Decreto
para reformar los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115, 116, y 122 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 8, 11, 12, 13,
14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 83, 84, 92, 105, 106, 107, 116, 117, 124, 173, 175,
177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261,
262 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;
artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63, 65, 66, 69, 71, 72, 73 y 76 de la Ley
General de Sistemas de Medios de impugnación
en materia Electoral; y artículos
14 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, basándome para ello en la siguiente:
Exposición de Motivos
1.- Considerando que, la soberanía
nacional reside esencial y originalmente en el pueblo; que todo poder público
dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este, y, que el pueblo
tiene, en todo tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar la forma
de su Gobierno;
2.- Considerando que, el supremo
poder de la Federación, se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo
y Judicial; y, que el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se
deposita en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras, una de
diputados y otra de senadores;
3.- Considerando que, el pueblo
ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la
competencia de estos...
4.- Considerando que, las
elecciones son la forma pacífica y democrática de garantizar la participación
de todos los ciudadanos en el ejercicio de la soberanía nacional y la toma de
decisiones en la vida pública; que el voto además de ser el mecanismo por medio
del cual los ciudadanos ejercen la soberanía popular, renovando los órganos de
gobierno y de representación, es una expresión personal de preferencias
políticas que, sumada a las del resto de los ciudadanos, conforman una voluntad
colectiva. Que solo garantizando el respeto a este derecho se asegura la
existencia de un sistema republicano, representativo y democrático, tal y como
lo señala el artículo 40 de nuestra Constitución; y, que para que el gobierno
del pueblo sea realidad, es indispensable la participación del propio pueblo.
Sin ella la democracia es simplemente imposible;
5.- Considerando además que, es
necesario actualizar y perfeccionar, con base en la experiencia y la voluntad
popular, la composición del Congreso Mexicano; que es una tarea impostergable
transformar a este cuerpo colegiado, en consonancia y a la altura de las
expectativas y realidades del pueblo mexicano;
6.- Considerando que, es menester
agilizar y eficientar la tarea que el electorado confirió a cada uno de los
diputados y senadores. Que para ello es necesaria la reducción de miembros en
ambas Cámaras del Congreso, con el fin de facilitar las sesiones, debates,
procedimientos de discusión, y, en general, todo su funcionamiento;
7.- Considerando que, en el ajuste
económico que requiere el país, los gobernantes debemos predicar con el
ejemplo, y, en lugar de aumentar las cargas tributarias a los gobernados,
debemos reducir el gasto público;
8.- Considerando que, los
diputados y senadores estamos obligados a velar por los derechos, no solo de
las mayorías que nos llevaron a ocupar el cargo, sino también de las minorías;
por lo que, sí bien es cierto que los diputados y senadores por el principio de
representación proporcional,
respondieron en su momento, a un determinado período histórico del País, el
momento histórico que ahora vivimos, el cual nos obliga a pensar la política y
la sociedad con un enfoque distinto;
9.- Considerando que, los
Diputados Federales nos debemos a los intereses de la sociedad, en tanto
representantes de la misma.
En mérito de lo anteriormente
expuesto, y con fundamento además en lo dispuesto por el artículo 70 de nuestra
Carta Magna, se presenta la siguiente iniciativa
de decreto para que se reformen los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 60, 77, 115,
116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículos 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 92, 105, 106, 116, 117,
124, 173, 175, 177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253, 255, 256, 257, 258,
259, 260, 261, 262 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales; artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63, 65, 66, 69, 71, 72, 73 y
76 de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral;
y artículos 14 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos:
ARTICULO
PRIMERO.- Se reforman los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 60,
77, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
para quedar como sigue:
TITULO TERCERO
CAPITULO II
Del Poder Legislativo
ARTICULO
50.- ...
SECCION I
De la Elección e Instalación del Congreso
ARTICULO
51.- ...
ARTICULO
52.- La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados
electos según el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de
distritos electorales uninominales.
ARTICULO
53.- La demarcación territorial de los 300 distritos electorales
uninominales será la que resulte de
dividir la población total del país entre los Distritos señalados. La
distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades
federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población,
sin que en ningún caso la representación de un estado pueda ser menor de dos
diputados de mayoría.
ARTICULO
54.- Se deroga.
ARTICULO
55.- Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:
I.- ...
II.- ...
III.- Ser
originario del estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia
efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.
La vecindad
no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección
popular.
IV.- ...
V.- ...
VI.- ...
VII.- ...
ARTICULO
56.- La Cámara de Senadores se integrará por 96 Senadores, tres por cada Estado
y tres por el Distrito Federal, elegidos según el principio de mayoría
relativa. Para estos efectos los Partidos Políticos deberán registrar su
fórmula.
La Cámara de Senadores se renovará
en su totalidad cada seis años.
ARTICULO
57.- ...
ARTICULO
58.- ...
ARTICULO
59.- ...
ARTICULO
60.- El organismo público previsto en el artículo 41 de esta Constitución, de
acuerdo con lo que disponga la ley, declarará la validez de las elecciones de
diputados y senadores en cada uno de los distritos electorales uninominales y
en cada una de las entidades federativas; otorgará las constancias respectivas
a las fórmulas de candidatos que hubiesen obtenido mayoría de votos. Las
Determinaciones ...
Las
Resoluciones ...
SECCION III
De las Facultades del Congreso
ARTICULO
77.- Cada una de las Cámaras puede, sin intervención de la otra:
I.- ...
II.- ...
III.- ...
IV.-
Expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las
vacantes de sus respectivos miembros.
TITULO QUINTO
De los Estados de la federación
y del Distrito Federal
ARTICULO
115.- Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma
de gobierno republicano, representativo,
popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización
política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I.- ...
II.- ...
III.- ...
IV.- ...
V.- ...
VI.- ...
VII.- ...
VIII.- Las
relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por
las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto
en el artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.
ARTICULO
116.- El poder público de los estados.
Los poderes de los estados se
organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las
siguientes normas:
I.- ...
II.- El número de representantes...
Los diputados a las legislaturas...
Las
legislaturas de los estados se integrarán con diputados elegidos según el
principio de mayoría relativa, en los términos que señalen sus leyes;
III .- ...
IV.- ...
V.- ...
VI.- ...
VII.- ...
ARTICULO
122.- Definida por el artículo 44 de este...
Son autoridades locales...
La
Asamblea Legislativa del Distrito Federal se integrará con el número de
diputados electos según el principio de mayoría relativa, en los términos que
señalen esta Constitución y el Estatuto de Gobierno.
El jefe de Gobierno...
El Tribunal Superior de Justicia...
La distribución de competencias
entre los poderes de la Unión y las autoridades locales del Distrito Federal se
sujetará a las siguientes disposiciones:
A.- Corresponde al Congreso de la Unión:
I.- ...
II.- ...
III.- ...
IV.- ...
V.- ...
B.- Corresponde al Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos.
I.- ...
II.- ...
III.- ...
IV.- ...
V.- ...
C.- El Estatuto de
Gobierno del distrito federal se sujetara a las siguientes bases:
BASE
PRIMERA. Respecta a la
Asamblea Legislativa.
I.- ...
II.- ...
III.- Se deroga.
IV.- ...
V.- ...
BASE
SEGUNDA.- ...
BASE
TERCERA.- ...
BASE
CUARTA.- ...
BASE
QUINTA.- ...
ARTICULO
SEGUNDO.- Se reforman
los artículos 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 82, 83, 84, 105, 106, 107,
116, 117, 124, 173, 175, 177, 179, 205, 223, 229, 247, 249, 252, 253, 255, 256,
257, 258, 259, 260, 261, 262 y 263 del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
LIBRO PRIMERO
De la Integración de los Poderes Legislativo
y Ejecutivo de la Unión
TITULO SEGUNDO
De la Participación de los
Ciudadanos en las Elecciones
CAPITULO II
De los Requisitos de Elegibilidad
ARTICULO
7.- ...
ARTICULO
8.- ...
1. ...
2. Se deroga.
TITULO TERCERO
De la Elección del Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos y de los integrantes de la
Cámara de Diputados y de la Cámara de
Senadores
CAPITULO PRIMERO
De los Sistemas Electorales
ARTICULO
9.- ...
ARTICULO
10.- ...
ARTICULO
11.- La Cámara de Diputados se integrará por 300 diputados electos según el
principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales
uninominales.
2. La
Cámara de senadores se integrará por 96 senadores que serán electos según el
principio de votación mayoritaria.
3. Para
cada entidad federativa y para el Distrito Federal los Partidos Políticos
deberán registrar una fórmula con tres candidatos a senadores.
4. Se
deroga.
CAPITULO SEGUNDO
De la Representación proporcional para la
Integración de las Cámaras de Diputados y
Senadores y de las Fórmulas de Asignación
ARTICULO
12 A 18.- Se deroga.
CAPITULO TERCERO
Disposiciones Complementarias
ARTICULO
19.- …
ARTICULO
20.- …
1. …
2. ...
3. Se deroga.
4. Se deroga.
LIBRO TERCERO
Del Instituto Federal Electoral
TITULO SEGUNDO
De los Organos Centrales
CAPITULO SEGUNDO
De las Atribuciones del Consejo General
ARTICULO
82.-
1. El Consejo General tiene las siguientes atribuciones:
a).- a k).- ...
l).- Se deroga.
ll).- a ñ).- ...
o).- Registrar las
candidaturas a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
p).- ...
q).- Se deroga.
r).- Se deroga.
s).- a z).- ...
2. ...
CAPITULO TERCERO
De las Atribuciones de la Presidencia
y del Secretario del Consejo General
ARTICULO
83.-
1. Corresponden al presidente del Consejo General las atribuciones siguientes:
a).- a h).- ...
i).- Recibir de los
Partidos políticos nacionales las solicitudes de registro de candidatos a la
Presidencia de la República y someterlas al Consejo General para su registro;
j).- ...
k).- ...
l).- Dar
a conocer la
estadística electoral, por
sección, municipio, distrito y
entidad federativa, una vez concluido el proceso electoral;
m).- a p).- ...
ARTICULO
84.-
1.
Corresponde al Secretario del Consejo General:
a).- a k).- ...
l).- Se deroga.
m).-
Se deroga.
n).- a q).- ...
CAPITULO SEXTO
De las Direcciones Ejecutivas
ARTICULO
92.-
1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
tiene las siguientes atribuciones:
a).- a h).- ...
i).-
Formular, con base en los estudios que realice, el proyecto de división del
territorio nacional en 300 distritos electorales uninominales.
j).- a o).- ...
TITULO TERCERO
De los Organos en las Delegaciones
CAPITULO TERCERO
De los Consejos Locales
ARTICULO
105.-
1. Los Consejos Locales dentro del
ámbito de su competencia, tienen las siguientes atribuciones:
a).- a i).- ...
j).- Se deroga.
k).- a n).- ...
ARTICULO
106.- Se deroga.
CAPITULO CUARTO
De las Atribuciones de los Presidentes
de los Consejos Locales
ARTICULO
107.-
1.
Los Presidentes de los consejos locales tienen las siguientes atribuciones:
a).- a e).- ...
f).-
Expedir la constancia de mayoría y validez de la elección a las formulas de
candidatos a senadores que hubiesen obtenido la mayoría de votos, e informar al
Consejo General;
g).- a i).- ...
TITULO CUARTO
De los Organos del Instituto en los
Distritos Electorales Uninominales
CAPITULO TERCERO
De los Consejos Distritales
ARTICULO
116.-
1. Los Consejos Distritales tienen, en el ámbito de su
competencia, las siguientes atribuciones:
a).- a h).- ...
i).-
Efectuar los cómputos distritales y la declaración de validez de las elecciones
de diputados por el principio de mayoría relativa:
j).-
Realizar los cómputos distritales de las elecciones de senadores por el
principio de mayoría relativa;
k).- a m).- ...
CAPITULO CUARTO
De las Atribuciones de los Presidentes
de los Consejos Distritales
ARTICULO
117.-
1.- Corresponde a los Presidentes de los Consejos
Distritales:
a).- a g).- ...
h).-
Custodiar la documentación de las elecciones de diputados y de senadores por el
principio de mayoría relativa, y, de Presidente de las Estados Unidos
Mexicanos, hasta que concluya el proceso electoral correspondiente;
i).- a l).- ...
TITULO QUINTO
De las Mesas Directivas de casilla
CAPITULO PRIMERO
De sus atribuciones
ARTICULO
124.-
1.- Son atribuciones de los escrutadores de las mesas
directivas de casilla:
a).- ...
b).- Contar
el número de votos emitidos a favor de cada candidato o fórmula;
c).- ...
d).- ...
LIBRO QUINTO
Del Proceso Electoral
TITULO PRIMERO
Disposiciones Preliminares
ARTICULO
173.-
...
Previo
a que se inicie el proceso electoral, el Consejo General del Instituto determinará la demarcación
territorial a que se refiere el Artículo 53 de la Constitución.
TITULO SEGUNDO
De los actos Preparatorios de la Elección
CAPITULO PRIMERO
Del Procedimiento de Registro de Candidatos
ARTICULO
175.-
1. ...
2. Las
candidaturas a diputados y senadores a elegirse por el principio de mayoría
relativa, se registrarán por fórmulas de candidatos compuestas cada una por un
propietario y un suplente, y serán consideradas, fórmulas y candidatos,
separadamente, salvo para efecto de la votación.
3. ...
4. ...
ARTICULO
176.- ...
ARTICULO
177.-
1. Los
plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en el año de
la elección son los siguientes:
a).- ...
b).- Se deroga.
c).- ...
d).- Se
deroga.
e).- ...
2. ...
ARTICULO
178.- ...
ARTICULO
179.-
1. ...
2. ...
3. Se
deroga.
4. ...
5. ...
6. ...
7. Se
deroga.
8. ...
CAPITULO QUINTO
De la Documentación y el Material Electoral
ARTICULO
205.-
1. ...
2. Las
boletas para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos,
senadores y diputados, contendrán:
a).-
Entidad, Distrito, Municipio o Delegación;
b).- a e).-
...
f).- En el
caso de diputados por mayoría relativa, un solo espacio por cada partido
político para comprender la fórmula de candidatos;
g).-En el
caso de la elección de senadores por mayoría relativa, un solo espacio para comprender
las fórmulas de propietarios y suplentes postulados por cada partido político;
h).- a j).-
...
3. ...
4. ...
5. ...
6. ...
TITULO TERCERO
De la Jornada Electoral
CAPITULO SEGUNDO
De la Votación
ARTICULO
223.-
1. ...
2. Una vez
asentados los datos, a que se refiere el inciso anterior, se observará lo
siguiente:
a).- Si el
elector se encuentra fuera de su distrito, podrá votar para diputado, para
senadores y para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El presidente de
la mesa directiva de casilla le entregara las boletas correspondientes;
b).- Si el
elector se encuentra fuera de su distrito, pero dentro de su entidad federativa
podrá votar para senadores y para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
El presidente de la mesa directiva de casilla le entregará las boletas
correspondientes.
c).- Se
deroga.
d).- Si el
elector se encuentra fuera de su distrito y de su entidad, pero dentro del
territorio nacional, únicamente podrá votar por Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos. El presidente de la mesa directiva de casilla le entregará la
boleta correspondiente.
3. ...
4. ...
ARTICULO
229.-
1. ...
2. Se
deroga.
TITULO CUARTO
De los Actos Posteriores a la Elección
y los Resultados Electorales
CAPITULO TERCERO
De los Cómputos Distritales y de la
Declaración de Validez de las Elecciones de
Diputados de Mayoría Relativa
ARTICULO
247.-
1.
El cómputo distrital de la votación para Diputados se sujetará al procedimiento
Siguiente:
a).- a f).- ...
g).- Se deroga.
h).-
i).-
ARTICULO
249.-
1. El cómputo distrital de la votación para Senadores se
sujetará al procedimiento siguiente:
a).- a c).-...
d).- Se deroga.
e).- ...
ARTICULO
252.-
1. El Presidente del Consejo Distrital deberá:
a).- ...
b).- Se deroga.
c).- ...
d).- Se deroga.
e).- ...
ARTICULO
253.-
1. El
Presidente del Consejo Distrital, una vez Integrados los expedientes se
procederá a :
a).- ...
b).- ...
c).- ...
d).-
Remitir al Consejo local de la entidad el expediente de cómputo distrital que
contiene las actas originales y documentación de la elección de senadores. De
las actas y documentación contenida en dicho expediente enviará copia
certificada al Secretario Ejecutivo del
Instituto Federal Electoral;
e).- Se deroga.
CAPITULO CUARTO
De los Cómputos de Entidad Federativa y de la Declaración de validez de la
Elección de
Senadores por el Principio de Mayoría Relativa
ARTICULO
255.-
1. ...
2. Se
deroga.
ARTICULO
256.-
1. El cómputo de entidad federativa es el procedimiento por el cual
cada uno de los Consejos Locales determina, mediante la suma de los resultados
anotados en las actas de cómputo distrital de la elección de senadores por el
principio de mayoría relativa, la votación obtenida en esta elección en la
entidad federativa. Este cómputo se sujetará a las reglas siguientes:
a).- ...
b).- ...
c).- El
Consejo Local verificará el cumplimiento de los requisitos formales de la
elección y asimismo, que los candidatos
de las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el triunfo por el principio
de mayoría relativa, cumplan con los requisitos de elegibilidad previstos en el
artículo 7 de éste Código;
2. Se
deroga.
ARTICULO
257.-
1. El
presidente del consejo local deberá:
a).-
Expedir, al concluir la sesión de cómputo de entidad federativa y de declaración de
validez de la elección de senadores de mayoría relativa, las constancias de
mayoría y validez a las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el triunfo:
b).- Fijar
en el exterior del local del Consejo los resultados del cómputo de entidad
federativa de esta elección;
c).- Remitir
a la Oficialía Mayor de la Cámara de Senadores, copia certificada de las
constancias expedidas a las fórmulas para senador que hubiesen obtenido el
triunfo de mayoría relativa; así como un informe de los medios de impugnación
interpuestos;
d).- ...
e).- Remitir,
una vez transcurrido el plazo para la interposición del medio de impugnación
correspondiente, al Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, copia
certificada del acta de cómputo de entidad, copia de los medios de impugnación
interpuesto, del acta circunstanciada de la sesión y el informe del propio
Presidente sobre el desarrollo del proceso electoral.
CAPITULO QUINTO
De los Cómputos de Representación
Proporcional en cada Circunscripción
ARTICULO
258 A 261.- Se deroga.
CAPITULO SEXTO
De las Constancias de Asignación proporcional
ARTICULOS
262 y 263.- Se deroga.
ARTICULO
TERCERO.- Se reforma los artículos 50, 52, 54, 55, 56, 61, 62, 63,
65, 66, 69, 71, 72, 73 y 76 de la Ley General de Sistemas de Medio de
Impugnación en Materia Electoral, para quedar como sigue:
LIBRO SEGUNDO
De los Medios de Impugnación y de las Nulidades
en Materia Electoral Federal
TITULO CUARTO
Del Juicio de Inconformidad
CAPITULO I
De la Procedencia
ARTICULO
50.-
Son actos impugnables a través del
Juicio de Inconformidad, en los términos del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales y la presente Ley, los siguientes:
a).- ...
b).- …
c).- Se
deroga.
d).- En la
elección de senadores por el principio de mayoría relativa:
I. Los
resultados consignados en las actas de cómputo de entidad federativa, las
declaraciones de validez de las elecciones y el otorgamiento de las constancias
de mayoría y validez, por nulidad de la votación recibida en una o varias
casillas o por nulidad en la elección;
II. Las determinaciones
sobre el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez; y
III. ...
e).- Se
deroga.
ARTICULO
51.- ...
ARTICULO
52.-
...
Se
deroga.
Se
deroga.
Se
deroga.
ARTICULO
53.- ...
ARTICULO
54.-
...
a).- ...
b).- Los candidatos, exclusivamente cuando por motivos de
inelegibilidad la autoridad electoral correspondiente decida no otorgarles la
constancia de mayoría. En todos los demás casos, sólo podrán intervenir como
coadyuvantes en términos de lo establecido en el párrafo 3 del artículo 12 de la
presente Ley.
CAPITULO V
De los Plazos y de los Términos
ARTICULO
55.-
1. …
a).- ....
b).-
Distritales de la elección de diputados, para impugnar los actos a que se
refiere el inciso b) del párrafo 1 del artículo 50 de este ordenamiento; y
c).- De
entidades federativas de la elección de senadores, para impugnar los actos a
que se refiere el inciso d) del párrafo 1 del artículo 50 de este ordenamiento.
ARTICULO
56.-
1. ...
a).- ...
b).- ...
c).- ...
d).- ...
e).- ...
f).-
Revocar la determinación sobre la declaración de validez u otorgamiento de
constancias de mayoría y validez en las elecciones de diputados y senadores,
según corresponda; y
g).- ...
TITULO QUINTO
Del Recurso de Reconsideración
CAPITULO I
De la Procedencia
ARTICULO
61.-
1.
El recurso de reconsideración solo procederá para impugnar las sentencias de
fondo dictadas por las Salas Regionales en los
juicios de inconformidad
que se hayan promovido en
contra de los
resultados de las
elecciones de diputados y senadores, siempre y cuando se cumplan los
presupuestos y requisitos establecidos en este ordenamiento.
CAPITULO II
De los Presupuestos
ARTICULO
62.-
1. Para el recurso de reconsideración son presupuestos los
siguientes:
a).- Que la sentencia de la Sala Regional del Tribunal:
I.- ...
II.- Haya
otorgado indebidamente la constancia de mayoría y validez; o
III.- ..
b).- Se
deroga.
CAPITULO III
De los Requisitos Especiales del recurso
ARTICULO
63.-
1. Además de los requisitos establecidos por el párrafo 1
del artículo 9 del
presente ordenamiento, con
excepción del previsto en
el inciso f), para
la procedencia del recurso de
reconsideración, se deberán cumplir los siguientes:
a).- ...
b).- ...
c).-Expresar agravios por los que se aduzca que la sentencia
puede modificar el resultado de la elección. Se entenderá que se modifica el
resultado de una elección cuando el fallo pueda tener como efecto:
I.-
II.- ...
III.- ...
IV.- Se
deroga.
V.- Se
deroga.
2. ...
CAPITULO V
De la Legitimación y de la Personería
ARTICULO
65.-
1. La interposición del recurso de reconsideración
corresponde exclusivamente a los partidos políticos por conducto de:
a).- ...
b).- ...
c).- ...
d).- Se
deroga
2. ...
3. ...
CAPITULO VI
De los plazos y de los términos
ARTICULO
66.-
El
recurso de Reconsideración deberá interponerse:
a). ...
b). Se deroga.
CAPITULO OCTAVO
De las Sentencias
ARTICULO
69.-
1. ...
2. Las sentencias que resuelvan el recurso de
reconsideración serán definitivas e inatacables y podrán tener los efectos
siguientes:
a).- ...
b).- ...
c).- Se
deroga.
TITULO SEXTO
De las Nulidades
CAPITULO I
De las Reglas Generales
ARTICULO
71.-
1. Las
nulidades establecidas en este Título podrán afectar la votación emitida en una
o varias casillas y, en consecuencia, los
resultados del cómputo de la elección impugnada; o la elección en un
distrito electoral uninominal para la fórmula de diputados de mayoría relativa.
3. Los
efectos de las nulidades decretadas por el Tribunal Electoral respecto de la votación emitida en una o
varias casillas o de una elección en un distrito electoral uninominal o en una
entidad federativa, se contraen exclusivamente a la votación o elección para la
que expresamente se haya hecho valer el juicio de inconformidad.
ARTICULO
72.-
1. Las elecciones cuyos cómputos, constancias de validez y
mayoría no sean impugnadas en tiempo y forma, se considerarán válidas,
definitivas e inatacables.
ARTICULO
73.- Se deroga.
CAPITULO III
De la Nulidad de la Elección de Diputados
o de Senadores
ARTICULO
76.-
1. Son causales de nulidad de una elección de Diputado de
mayoría relativa en un distrito electoral uninominal, cualesquiera de las
siguientes:
a).- ...
b).- ...
c).- Cuando
los integrantes de la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de
mayoría sean inelegibles.
ARTICULO
CUARTO.- Se reforman los artículos 14 y 58 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
TITULO SEGUNDO
De la Organización y funcionamiento
de la Cámara de Diputados
CAPITULO PRIMERO
De la Sesión Constitutiva de la Cámara
ARTICULO
14
1. ...
2. Los
diputados electos con motivos de los comicios federales ordinarios para la
renovación de la Cámara que hayan recibido su constancia de mayoría y validez,
se reunirán en el salón de
Sesiones de la
Cámara de Diputados el día 29 de
Agosto de ese año a las 11:00 horas,con objeto de celebrar la sesión
constitutiva de la Cámara que iniciara sus funciones el día 1∞ de
Septiembre.
3. ...
4. En los
términos de los supuestos previstos por esta ley para la conformación de los
grupos parlamentarios, los partidos políticos cuyos candidatos hayan obtenido
su constancia de mayoría y validez, comunicarán a la Cámara, por conducto de su
Secretaría General, a más tardar el 28 de agosto del año de la elección, la
integración de su grupo parlamentario, con los siguientes elementos:
a). ...
b). ...
c). ...
TITULO TERCERO
De la Organización y Funcionamiento
de la Cámara de Senadores.
CAPITULO PRIMERO
De la Sesión Constitutiva de la Cámara
ARTICULO
58.
1.- En el año de la elección para la renovación del Senado
de la República, el Secretario General de Servicios Parlamentarios:
a). ...
b).
Entregará, a partir del 20 y hasta el 28 de agosto, las credenciales de
identificación y acceso de los senadores electos a la sesión constitutiva, con
base en las constancias de validez y de mayoría en los términos del inciso
anterior; y
c). ...
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El
presente decreto entrara en vigor al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se
deroga todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan a lo
dispuesto por este decreto.
TERCERO.-
Para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y en relación al artículo primero del presente decreto,
túrnese el mismo al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente, en su
caso, para que hagan el cómputo de los votos de las Legislaturas de los Estados
y la declaración de haber sido aprobadas las reformas a la Carta Magna.
CUARTO.- El
Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, dispondrán de seis meses a partir de la publicación de
éste Decreto, para realizar las reformas legales que se derivan del mismo.
Sala de Sesiones de la Cámara de
Diputados, México, DF, a 18 de octubre del año 2001.
Diputados: José Soto Martínez, Jaime Larrazábal Bretón, Abel Trejo González,
Santiago López Hernández, Cándido Coheto Martínez, Efren Leyva Acevedo, Nabor
Ojeda Delgado, Marco Antonio Dávila Montesinos, Lilia Mendoza Cruz, Jaime
Alcántara Silva, Edilberto Buenfil Montalvo, José Moo y Can (rúbricas).
(Túrnese a las
Comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública, y a
la Comisión de Reforma del Estado para su conocimiento. Octubre 18 de 2001.)