De reformas al articulo 82 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Rosalia Peredo Aguilar, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, en la sesion del miercoles 29 de noviembre de 2000     Versión para Imprimir

Los suscritos, diputados federales a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los Artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción I del Artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El Constituyente Permanente determinó en junio de 1993 modificar el contenido de la fracción I del Artículo 82 de nuestra Norma Fundamental con el propósito de permitir que ciudadanos mexicanos hijos de padre o madre mexicanos, pudieran aspirar a la Presidencia de la República.

Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de junio de 1994, y según se desprende del Transitorio Único entró en vigor el 31 de diciembre del año próximo pasado.

Para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo es pertinente eliminar de nuestro texto constitucional la posibilidad de que algún ciudadano mexicano cuyo padre o madre no sea mexicano, también por nacimiento, pueda acceder a la titularidad del Poder Ejecutivo Federal.

Es necesario mencionar que en el texto original de la Constitución que actualmente nos rige se exigió por vez primera ese requisito de nacionalidad mexicana de ambos padres.

Por supuesto que no debemos soslayar el que en el aspecto político se pretendía evitar que nacionales mexicanos hijos de padre o madre no mexicano pudieran ocupar dicho cargo, tal es el caso de José Ives Limantour, cerebro financiero del Grupo Porfirista.

No es con ánimo de mexicanismo exacerbado por lo que proponemos la reforma en cuestión. Reconocemos las facundas aportaciones que a nuestro país han hecho personas del extranjero y que han arraigado profundamente en nuestra patria, tal es el caso, por citar tan sólo un ejemplo, de los refugiados españoles que fueron generosamente recibidos por México en la gestión presidencial del General Lázaro Cárdenas.

Sin embargo, y no obstante reconocer todas las aportaciones que a favor de México se han hecho por parte de quienes aquí encontraron solidaridad para arraigarse y fundar familia, estamos ciertos que el cargo de Presidente de la República debe ser ejercido únicamente por las personas que acrediten que la nacionalidad de sus padres por nacimiento es también mexicana.

Al iniciar un nuevo siglo y milenio los mexicanos requerimos de servidores públicos que en todos los niveles se encuentran identificados con la idiosincrasia de nuestro pueblo, con lo mejor de nuestras tradiciones y cultura, sólo quien conozca claramente las experiencias de lucha de nuestro pueblo podrá entender la crisis del presente y, en consecuencia, proponer soluciones para el futuro.

A mayor abundamiento recordemos que votar y ser votado es una prerrogativa del ciudadano, que supone la preexistencia de la nacionalidad mexicana, pero que en caso de quien aspire a la Presidencia de la República también se debe acreditar la de ambos progenitores.

Además todos los partidos políticos tendrán que ser más acuciosos para que las postulaciones que realicen recaigan en personas que estén plenamente identificadas con los problemas del país.

De igual forma con el cumplimiento de los requisitos de nacionalidad mexicana tanto del candidato como de sus padres se actualizan los elementos doctrinales del “Ius soli” y del “Ius sanguinis” Esto es, la nacionalidad mexicana del candidato por haber nacido en el espacio territorial de la República Mexicana, a la cual se debe agregar el derecho de sangre que deriva de que sus padres también nacieron en México y cuentan con esta nacionalidad.

Sin lugar a dudas la reforma a la fracción I del Artículo 82 constitucional es una amplia demanda de las mayorías de mexicanos de las cuales el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo se hace eco.

Trescientos años transcurrieron desde la conquista española, estamos a diez años de conmemorar el doscientos aniversario de la lucha por la obtención de nuestra independencia política. Ahora lo que preocupa a los mexicanos es la obtención de la independencia económica y para ellos se requieren personas que compartan plenamente las aspiraciones y el deseo de cambio de nuestro pueblo.

Compañeras y Compañeros Diputados:

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los Artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la H. Cámara de Diputados, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción I del Artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo Primero.- Se reforma el Artículo 82, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 82.- 

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre y madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años.

II. a VII. …

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil.

Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador; José Narro Céspedes, vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar (rúbrica), Jaime Cervantes Rivera (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica), Félix Castellanos Hernández, Jorge Alberto Rodríguez Pasos (rúbrica), Juan Carlos Regis Adame (rúbrica).