Gaceta
Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1476-I, jueves 15 de abril de 2004.
QUE REFORMA Y ADICIONA EL PARRAFO SEXTO DEL ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO EUGENIO MIER Y CONCHA CAMPOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI Versión para Imprimir
El
suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión,
integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional,
con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los
artículos 55, fracción II, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del
pleno de la honorable Cámara de Diputados, el proyecto de reforma
constitucional al artículo 27, párrafo sexto, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
Nuestro
país se caracteriza por su amplia riqueza en recursos naturales, recursos que
en ocasiones no hemos aprovechado al máximo, entre otras cosas por la
imposibilidad derivada de innumerables trámites administrativos, en la excesiva
centralización del Estado, que hoy resulta obsoleta y frena, así mismo, el
desarrollo sustentable de ramas tan importantes para la economía de México,
como la pesca.
Es
en este sector, donde existe uno de los mayores rezagos en materia
administrativa.
Es
imperante fortalecer el federalismo y lograr descentralizar a las entidades
federativas atribuciones específicas en la toma de decisiones a favor de grupos
socialmente vulnerables, ya que de no ser así, lo que se lograría, entre otras
muchas consecuencias más, es perder el todavía existente, aunque debilitado,
espíritu emprendedor característico en los mexicanos.
Se
tienen registradas alrededor de 5 mil 655 organizaciones sociales que
constituyen aproximadamente el 73 por ciento de la población dedicada a la
pesca. Los grupos sociales que actualmente usufructúan la actividad pesquera,
atraviesan una difícil situación de organización, debida en gran medida al
hartazgo que acompaña al burocratismo, lo que conduce a un desmembramiento de
sus organizaciones, falta de orden y deterioro del ambiente donde realizan sus
actividades productivas, lo anterior ha generado problemas en el uso, manejo y
aprovechamiento de los recursos.
Es
necesario revisar el marco jurídico que incide en el sector, dar seguimiento a
las regulaciones, legislar con responsabilidad, para en verdad, tener impacto
en el desarrollo del sector, para asegurar su consistencia con las orientaciones
de política pesquera; que contribuyan a lograr los objetivos necesarios y dar
certeza jurídica a los productores del sector.
Promover
modificaciones al marco legal que permitan una mayor participación de los
estados en la administración y manejo de los recursos pesqueros y acuícolas en
embalses y aguas continentales, así como la creación y fortalecimiento de las
instituciones encargadas de éstas funciones en los estados.
Hoy
el otorgamiento de los permisos de especies de escama está concentrado en los
delegados federales de la Sagarpa, situación que si bien acerca a los grupos
sociales a la explotación racional y sustentable de lo recursos pesqueros de
escama, también los limita al reconocimiento de las actividades que desarrollan
por parte de estas autoridades y los gobiernos estatales no cuentan con la
capacidad de respuesta que les permita orientar de manera pronta y expedita la
generación de actividades económicas alternativas dirigidas al sector social
cooperativo.
Impulsar
el establecimiento o consolidación de estructuras orgánicas que permitan la
participación estatal directa en la administración de los recursos y fomento de
la actividad, es nuestra obligación, así como la desconcentración de
atribuciones y recursos que conduzca a una actuación pública más eficiente,
eficaz y con mejor atención a las necesidades de la ciudadanía resulta un
asunto de verdadera urgencia para el desarrollo de la economía de nuestro país.
Es
por esto que me permito presentar en esta tribuna la siguiente iniciativa con
proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 27 constitucional,
párrafo sexto, para quedar de la siguiente forma:
En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio
de la nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el
aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por
sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse
sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con
las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Sin embargo en materia de
pesca y acuacultura podrán descentralizarse a los gobiernos de los estados las
atribuciones para el otorgamiento de permisos y el aprovechamiento de las
especies de propias de cada entidad federativa, conforme lo que establezca la
legislación de la materia.
Dip.
Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica)