Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1468-I, jueves 1 de abril de 2004.

QUE DEROGA EL PARRAFO TERCERO DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 74 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA MINERVA HERNANDEZ RAMOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD      Versión para Imprimir

Los que suscribimos, integrantes del grupo parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 71 fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa que deroga el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

México vive uno de los momentos más tensos y definitivos de su historia, agobiado por presiones externas, por injusticias y por rezagos; en los años recientes se ha perdido la dimensión creadora del quehacer político y se ha instalado en su lugar, la arbitrariedad y el oportunismo.

Una de las principales herramientas en la mayoría de los cuerpos legislativos en el mundo es la rendición de cuentas, fundamental en el diseño de las políticas públicas, ya que permite al Estado garantizar a los ciudadanos el acceso a información fidedigna y veraz relacionada con las acciones de gobierno.

Hoy la ciudadanía exige a las instituciones públicas la administración de los recursos materiales, financieros y humanos con transparencia, exige también la demostración precisa de sus logros, del alcance de sus metas, del impacto social o económico de los resultados de su gestión, a través de la evaluación permanente de su desempeño en el ejercicio de atribuciones y facultades que realizan dentro de la esfera jurídica; situación que obedece a que ha venido percibiendo una política de abuso e inequidad que predomina, que resulta subversiva y nos coloca en los linderos de la desconfianza social.

Hoy la rendición de cuentas y la participación son principios del buen gobierno, a la vez que transparencia y responsabilidad son un requerimiento social para explicar y justificar los actos al público, que es el último depositario de la soberanía en la democracia, porque rendir cuentas, es estar por obligación disponible a ser requerido a informar del cumplimiento de responsabilidades.

Las acciones y recursos públicos en nuestro país se sustentan en planes y programas específicos que proporcionan certeza en su ejercicio, es por ello que el Presupuesto de Egresos Federal es un documento susceptible de profundizar en su análisis, cuya base legal se consagra en el artículo 74 constitucional.

Este artículo ha sido modificado a través de diez reformas, que en esencia pretendían lograr una participación política institucional sólida, entre las más importantes destaca la de 1977, en la que se establecieron los lineamientos del proceso presupuestario mediante la adición de seis párrafos a la fracción IV, cuya exposición de motivos no cita justificación clara y precisa a la práctica de asignación financiera a las <<partidas secretas>> dentro del Presupuesto de Egresos, solo refiere la condición de que tendrán que ser autorizadas por el Presidente de la República.

Estas <<partidas secretas>>, se identifican en el glosario de términos más usuales de la administración pública como <<el conjunto de erogaciones que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República>>, no obstante estamos frente a una práctica obsoleta, desfasada en el tiempo, en desuso durante el proceso de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de los últimos años.

Las circunstancias que en el pasado originaron y justificaron el abuso de la figura presidencial llevada al extremo en las últimas décadas, e hicieron del legislativo un poder sumiso, complaciente e incapaz de representar contrapesos y equilibrios, encontraban cauce en la necesidad de dotar al Ejecutivo Federal de facultades que le facilitaran la disposición del erario público para atender de manera eficaz asuntos que se consideraban urgentes y requerían una atención administrativa pronta, haciendo implícitamente permisible el manejo discrecional de las partidas presupuestarias denominadas <<secretas>>, que ya no tienen cabida en la práctica presupuestaria contemporánea.

La discrecionalidad en el ejercicio de la economía pública llegó a los niveles altos, el gobierno intervino en la configuración de un nuevo poder financiero, emprendiendo privatizaciones de gran parte de los activos de la Nación sin apego a la normatividad, ejerciendo grandes cifras presupuestarias bajo el amparo de la <<partida secreta>>.

Más tarde, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de informes oficiales dio a conocer el programa de Erogaciones Contingentes 1993-2000, llámese <<partida secreta>>, en el que más que emprender acciones tendientes a reducir la discrecionalidad en el gasto del Ejecutivo Federal, se registró decremento en su asignación y paulatinamente se convirtió en recursos no ejercidos, hasta culminar en el PEF del año 2000 con la no asignación en este rubro.

Estamos convencidos de que el ejercicio del poder como patrimonio propio suplanta el espíritu de servicio y tiende a convertir al acto de autoridad en fuente potencial de enriquecimiento indebido, es por esto que el concepto de <<partida secreta>> es atrasado, obsoleto y hace indispensable eliminarlo de nuestra Constitución, pues en la práctica actual no se observa, ni se entiende su uso.

Hoy nos enfrentamos a un debate sobre el diseño constitucional de nuevas políticas presupuestarias debido a la escasa interrelación entre el presupuesto y el Plan Nacional de Desarrollo, así como el reducido tiempo para su análisis durante su proceso de construcción, asumiendo diversas implicaciones de índole jurídico, político y económico. Tengamos presente que constitucionalidad es algo más que derecho, es la dinámica entre la normatividad y la normalidad.

La distancia entre la mentira oficial y la realidad reflejan un abismo. Durante estos años hemos presenciado la conversión de una crisis financiera, el mal que padecíamos, se ha extendido a todos los ámbitos del cuerpo social, causando el desplome de la economía, de la política, de la convivencia humana y de la moral pública. Tal parece que el país ha iniciado una involución histórica.

Es por todo ello que esta reforma pretende la desaparición definitiva de las <<partidas secretas>> para coadyuvar con la transparencia del sistema presupuestario, tendiente a la eficaz y eficiente administración de los recursos públicos.

Recientemente en materia de transparencia de las finanzas públicas contamos con un avance significativo, pero estamos ciertos que aún falta mucho para que se abarque al gasto público en su conjunto y comience a ser realmente útil para el ciudadano, es decir, le permita al pagador de impuestos conocer el destino de sus contribuciones; y a quien ejerce el gasto, le facilite la rendición de cuentas.

Compañeras y compañeros:

La pluralidad democrática y la competencia política nos obligan a revisar el sistema presupuestario, en relación a las circunstancias vigentes, tomando en cuenta la participación de los diversos sectores de la sociedad para la realización de este ejercicio democrático.

El Ejecutivo Federal ya no ocupa el papel protagónico de antaño, sino que otros poderes, especialmente el Legislativo, han venido ganando espacio de participación en la toma de decisiones del país, particularmente en la administración de las finanzas públicas y la reducción a su mínima expresión en el ejercicio de la discrecionalidad. Es por esto que las acciones de control y fiscalización atendiendo al espíritu constitucional basado en principios de responsabilidad y disciplina fiscal deben fortalecer el estado de derecho, y en este esquema las <<partidas secretas>> no encajan.

Muchos mexicanos estamos luchando por romper las inercias y abrir espacios democráticos, pues se ha olvidado que la fortaleza de la autoridad reside en su capacidad moral de convocatoria y en su aptitud para movilizar las energías sociales conforme a metas y objetivos trazados con el pueblo.

Por lo expuesto, sometemos a la consideración de ésta Honorable Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74.- ...

...

...

(Derogada)

Transitorios

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los treinta días del mes de marzo de 2004.

Diputados: Minerva Hernández Ramos, secretaria de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Guillermo Huízar Carranza, secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Clara Brugada Molina, integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Angélica Díaz del Campo, integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Víctor Suárez Carrera, integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica).