Gaceta
Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1468-I, jueves 1 de abril de 2004.
QUE DEROGA EL PARRAFO TERCERO DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 74 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA MINERVA HERNANDEZ RAMOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD Versión para Imprimir
Los que
suscribimos, integrantes del grupo parlamentario de la Revolución Democrática,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 71 fracción II, y 135 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II; 56 y 62
del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de
Diputados la presente iniciativa que deroga el párrafo tercero de la fracción IV
del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al
tenor de la siguiente:
Exposición de
Motivos
México vive uno
de los momentos más tensos y definitivos de su historia, agobiado por presiones
externas, por injusticias y por rezagos; en los años recientes se ha perdido la
dimensión creadora del quehacer político y se ha instalado en su lugar, la
arbitrariedad y el oportunismo.
Una de las
principales herramientas en la mayoría de los cuerpos legislativos en el mundo
es la rendición de cuentas, fundamental en el diseño de las políticas públicas,
ya que permite al Estado garantizar a los ciudadanos el acceso a información
fidedigna y veraz relacionada con las acciones de gobierno.
Hoy la ciudadanía
exige a las instituciones públicas la administración de los recursos
materiales, financieros y humanos con transparencia, exige también la
demostración precisa de sus logros, del alcance de sus metas, del impacto
social o económico de los resultados de su gestión, a través de la evaluación
permanente de su desempeño en el ejercicio de atribuciones y facultades que
realizan dentro de la esfera jurídica; situación que obedece a que ha venido
percibiendo una política de abuso e inequidad que predomina, que resulta
subversiva y nos coloca en los linderos de la desconfianza social.
Hoy la rendición
de cuentas y la participación son principios del buen gobierno, a la vez que
transparencia y responsabilidad son un requerimiento social para explicar y
justificar los actos al público, que es el último depositario de la soberanía
en la democracia, porque rendir cuentas, es estar por obligación disponible a
ser requerido a informar del cumplimiento de responsabilidades.
Las acciones y
recursos públicos en nuestro país se sustentan en planes y programas
específicos que proporcionan certeza en su ejercicio, es por ello que el
Presupuesto de Egresos Federal es un documento susceptible de profundizar en su
análisis, cuya base legal se consagra en el artículo 74 constitucional.
Este artículo ha
sido modificado a través de diez reformas, que en esencia pretendían lograr una
participación política institucional sólida, entre las más importantes destaca
la de 1977, en la que se establecieron los lineamientos del proceso
presupuestario mediante la adición de seis párrafos a la fracción IV, cuya
exposición de motivos no cita justificación clara y precisa a la práctica de
asignación financiera a las <<partidas secretas>> dentro del
Presupuesto de Egresos, solo refiere la condición de que tendrán que ser
autorizadas por el Presidente de la República.
Estas
<<partidas secretas>>, se identifican en el glosario de términos
más usuales de la administración pública como <<el conjunto de
erogaciones que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de
la República>>, no obstante estamos frente a una práctica obsoleta,
desfasada en el tiempo, en desuso durante el proceso de aprobación del
Presupuesto de Egresos de la Federación de los últimos años.
Las
circunstancias que en el pasado originaron y justificaron el abuso de la figura
presidencial llevada al extremo en las últimas décadas, e hicieron del
legislativo un poder sumiso, complaciente e incapaz de representar contrapesos
y equilibrios, encontraban cauce en la necesidad de dotar al Ejecutivo Federal
de facultades que le facilitaran la disposición del erario público para atender
de manera eficaz asuntos que se consideraban urgentes y requerían una atención
administrativa pronta, haciendo implícitamente permisible el manejo
discrecional de las partidas presupuestarias denominadas
<<secretas>>, que ya no tienen cabida en la práctica presupuestaria
contemporánea.
La
discrecionalidad en el ejercicio de la economía pública llegó a los niveles
altos, el gobierno intervino en la configuración de un nuevo poder financiero,
emprendiendo privatizaciones de gran parte de los activos de la Nación sin
apego a la normatividad, ejerciendo grandes cifras presupuestarias bajo el
amparo de la <<partida secreta>>.
Más tarde, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de informes oficiales dio a
conocer el programa de Erogaciones Contingentes 1993-2000, llámese
<<partida secreta>>, en el que más que emprender acciones
tendientes a reducir la discrecionalidad en el gasto del Ejecutivo Federal, se
registró decremento en su asignación y paulatinamente se convirtió en recursos
no ejercidos, hasta culminar en el PEF del año 2000 con la no asignación en
este rubro.
Estamos
convencidos de que el ejercicio del poder como patrimonio propio suplanta el
espíritu de servicio y tiende a convertir al acto de autoridad en fuente
potencial de enriquecimiento indebido, es por esto que el concepto de
<<partida secreta>> es atrasado, obsoleto y hace indispensable
eliminarlo de nuestra Constitución, pues en la práctica actual no se observa,
ni se entiende su uso.
Hoy nos
enfrentamos a un debate sobre el diseño constitucional de nuevas políticas
presupuestarias debido a la escasa interrelación entre el presupuesto y el Plan
Nacional de Desarrollo, así como el reducido tiempo para su análisis durante su
proceso de construcción, asumiendo diversas implicaciones de índole jurídico,
político y económico. Tengamos presente que constitucionalidad es algo más que
derecho, es la dinámica entre la normatividad y la normalidad.
La distancia entre
la mentira oficial y la realidad reflejan un abismo. Durante estos años hemos
presenciado la conversión de una crisis financiera, el mal que padecíamos, se
ha extendido a todos los ámbitos del cuerpo social, causando el desplome de la
economía, de la política, de la convivencia humana y de la moral pública. Tal
parece que el país ha iniciado una involución histórica.
Es por todo ello
que esta reforma pretende la desaparición definitiva de las <<partidas
secretas>> para coadyuvar con la transparencia del sistema
presupuestario, tendiente a la eficaz y eficiente administración de los
recursos públicos.
Recientemente en
materia de transparencia de las finanzas públicas contamos con un avance
significativo, pero estamos ciertos que aún falta mucho para que se abarque al
gasto público en su conjunto y comience a ser realmente útil para el ciudadano,
es decir, le permita al pagador de impuestos conocer el destino de sus
contribuciones; y a quien ejerce el gasto, le facilite la rendición de cuentas.
Compañeras y
compañeros:
La pluralidad
democrática y la competencia política nos obligan a revisar el sistema
presupuestario, en relación a las circunstancias vigentes, tomando en cuenta la
participación de los diversos sectores de la sociedad para la realización de
este ejercicio democrático.
El Ejecutivo
Federal ya no ocupa el papel protagónico de antaño, sino que otros poderes,
especialmente el Legislativo, han venido ganando espacio de participación en la
toma de decisiones del país, particularmente en la administración de las
finanzas públicas y la reducción a su mínima expresión en el ejercicio de la
discrecionalidad. Es por esto que las acciones de control y fiscalización
atendiendo al espíritu constitucional basado en principios de responsabilidad y
disciplina fiscal deben fortalecer el estado de derecho, y en este esquema las
<<partidas secretas>> no encajan.
Muchos mexicanos
estamos luchando por romper las inercias y abrir espacios democráticos, pues se
ha olvidado que la fortaleza de la autoridad reside en su capacidad moral de
convocatoria y en su aptitud para movilizar las energías sociales conforme a
metas y objetivos trazados con el pueblo.
Por lo expuesto,
sometemos a la consideración de ésta Honorable Soberanía la siguiente iniciativa
con proyecto de decreto que deroga el párrafo tercero de la fracción IV del
artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para
quedar como sigue:
Artículo 74.- ...
...
...
(Derogada)
Transitorios
Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones
del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los treinta días del mes de marzo de
2004.
Diputados: Minerva Hernández Ramos, secretaria de la Comisión
de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Guillermo Huízar Carranza,
secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica), Clara
Brugada Molina, integrante de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
(rúbrica), Angélica Díaz del Campo, integrante de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública (rúbrica), Víctor Suárez Carrera, integrante de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública (rúbrica).