De decreto que reforma el numeral 1 del articulo 17 de la Ley Organica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para posibilitar los acuerdos parlamentarios respecto a fraccionar los periodos de presidencia de la Mesa Directiva, suscrita por diversos grupos parlamentarios y presentada en la sesion del martes 17 de septiembre de 2002.     Versión para Imprimir

Con el propósito de dar cauce a que la Cámara de Diputados proceda a la elección inmediata de su órgano de dirección legislativa, se propone la reforma del numeral 1 del artículo 17 de la Ley Orgánica, para lograr la flexibilidad requerida, y con ello la posibilidad de acuerdos parlamentarios que tomen los grupos y partidos para fraccionar los periodos de presidencia de la Mesa Directiva, acuerdos que sin duda se traducirán en la unidad que deben revestir las funciones de este órgano de dirección camaral.

Se trata de que la norma mencionada se redacte de tal forma que se entienda que la elección de la Mesa Directiva será por un año, pero que la anualidad es un periodo máximo, de manera que pudieran sus miembros en lo individual o todos en conjunto ser elegidos para periodos menores y que, además, en un mismo acto inicial y en una misma boleta pueda elegirse la directiva o los cargos que funcionarían en todos y cada uno de los lapsos en los que se acuerde dividir el año legislativo.

Por los argumentos anteriormente expuestos y en razón de la inminente solución que reclama la elección de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, se somete a la consideración de la honorable asamblea la presente iniciativa de reforma de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tiempo de rogar se le considere como asunto de urgente resolución, en los términos del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, los suscritos, diputados de la presente LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, proponemos a la honorable asamblea la presente

Iniciativa de decreto que reforma el numeral 1 del artículo 17 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.‑ Se reforma el artículo 17, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

“Artículo 17.

“1. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados será electa por el pleno; se integrará por un presidente, tres vicepresidentes y tres secretarios; podrán durar en sus funciones hasta un año y podrán ser reelectos.”

2. a 7. …”

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación por ambas Cámaras del H. Congreso de la Unión, de conformidad con el párrafo final del artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Cámara de Diputados procederá inmediatamente después de la aprobación de este decreto a la elección de las Mesas Directivas que fungirán durante el tercer año legislativo de la LVIII Legislatura, sujeta a las siguientes bases:

A. Para el año legislativo comprendido del 5 de septiembre de 2002 al 31 de agosto de 2003, incluirá los siguientes lapsos: El primero, del 5 de septiembre al 15 de diciembre de 2002; el segundo, del 16 de diciembre de 2002 al 14 de marzo de 2003; y el tercero, del 15 de marzo al 31 de agosto de 2003.

B. La lista de los legisladores que integrarán las Mesas Directivas durante el tercer año de ejercicio de la LVIII Legislatura según lo expuesto en la base A, será presentada en una sola cédula y será votada en un mismo acto.

C. Por esta única vez, se elegirán para cada lapso cinco secretarios.

D. Las Mesas elegidas conforme a las bases anteriores tomarán posesión de pleno derecho en las fechas previstas en este decreto y ejercerán todas las atribuciones que la ley les confiere.

Tercero. Publíquese en su oportunidad el presente decreto en la Gaceta Parlamentaria de ambas Cámaras y envíese para su publicación al Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 5 de septiembre de 2002.

Diputados: Tomás Torres Mercado (PRD), Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI), Cuauhtémoc Cardona Benavides (PAN) (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Septiembre 17 de 2002.)