Sábado 8 de enero de 2005



Política


Se negó a opinar si esa falla ocasionaría que se rechace la petición de Vicente Fox

Reconoce Ortiz Mayagoitia error en el acuerdo para admitir la controversia

En los convivios entre juristas y el Presidente no se pactan apoyos a nadie, aseguró

GUSTAVO CASTILLO GARCIA

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Guillermo Ortiz Mayagoitia reconoció que existe un error en el acuerdo que facultó a los ministros Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo a aceptar la controversia constitucional enviada por el presidente Vicente Fox respecto del presupuesto.

Ortiz Mayagoitia aceptó que el acuerdo invoca como fundamento una ley inexistente, pero no quiso opinar si a partir de esa aceptación se debería rechazar la controversia planteada por Vicente Fox, pues dijo que eso está en análisis en los estudios que se realizan de los recursos de reclamación presentados por la Cámara de Diputados.

En conferencia de prensa, informó que desde las 9:46 de la mañana de este viernes la Cámara de Diputados fue notificada de que fueron desechados por "notoriamente improcedentes los recursos en los que se solicitó la nulidad de lo actuado por los ministros de la Suprema Corte que integraron la Comisión de Receso, en diciembre pasado", los cuales resolvieron aceptar la controversia planteada por el Ejecutivo.

Sin embargo, quedan pendientes de res olución dos recursos de reclamación que fueron asignados para su estudio a la ministra Olga Sánchez Cordero y que en caso de ser declarados válidos podrían echar atrás todo lo actuado hasta ahora por la Corte.

La aceptación de un error en el acuerdo 12/2004 ocurre luego de varias semanas en las cuales diversos actores políticos y juristas han asegurado que dicho acuerdo, en su parte medular, facultó a las comisiones de receso de la SCJN "para proveer los trámites urgentes de asuntos jurisdiccionales" de manera ilícita, pues está fundamentado en una ley inexistente y, por tanto, las actuaciones que se han realizado en torno a la controversia del Ejecutivo federal en materia de Presupuesto para 2005 deberían declararse nulas.

El acuerdo 12/2004 fue aprobado en noviembre de 2004 por el pleno de la SCJN y entró en vigor en diciembre de ese mismo año.

Ortiz Mayagoitia fue cuestionado en torno a los señalamientos que se hacen desde la Cámara de Diputados de que el máximo tribunal actúa con parcialidad y al respecto señaló: "no hay interés o parcialidad de la Corte". Tampoco, refirió, en convivios entre los ministros y el presidente Fox "se pactan compromisos de ayuda y de apoyo hacia nadie". Ante las presiones políticas "hemos aprendido a vacunarnos", dijo.

Pidió a los medios de comunicación que el "pueblo de México sepa que somos jueces confiables, que no vamos a torcer la vara de la justicia hacia ningún lado".

Sin embargo aceptó: "podemos equivocar criterios, podemos no coincidir con los planteamientos que se hacen, esto de acuerdo con la interpretación personal, el conocimiento derivado de nuestra formación jurídica y del ejercicio profesional que tenemos", pero inmediatamente agregó: "estén, pues, tranquilos en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un juez imparcial, objetivo y profesional".

Luego se le preguntó:

-¿Qué opinión le merece que se cuestione la admisión de la controversia, que se califique de faccioso al ministro Anguiano imputándole que fue diputado panista?

-Mire, lamentablemente el acuerdo número 12/2004 del pleno de la Suprema Corte tiene un error que debió ser motivo de corrección, y que inclusive no se nos debió haber pasado. Es cierto que no existe un código con ese nombre, la verdad es que nos quisimos referir al Código Federal de Procedimientos Civiles, pero hubo un lapsus que se nos pasó a todos, y del cual, pues estamos apenados porque es indicativo de falta de cuidado en la aprobación de un documento tan importante.

-Entonces hay un error.

-Hay un error en el texto formal del acuerdo, en el nombre del ordenamiento al cual nos quisimos referir.

-¿Ese error podría echar atrás las actuaciones de la Corte?

-Este error está argumentado en un medio de defensa (dos recursos de reclamación). No puedo adelantar criterios.

El ministro Ortiz Mayagoitia señaló que "en cuanto a los incidentes de nulidad que se plantearon (por la Cámara de Diputados), uno de ellos tenía la finalidad de invalidar las actuaciones del juicio principal, particularmente el acuerdo dictado por los ministros de la Comisión de Receso, en la que se admitió a trámite la demanda.

"El otro tiene la finalidad de invalidar y que se declare la nulidad del acuerdo que dictaron los propios ministros en la misma controversia decretando la suspensión (de la aplicación) de partidas claramente identificadas. Como ministro instructor, advertí que a través de estos incidentes de nulidad se reprocha al pleno de la SCJN, no a los señores ministros que integraron la Comisión de Receso, el acuerdo general 12/2004, emitido en sesión privada del 29 de noviembre de 2004, por medio del cual se facultó a los ministros que integren las comisiones de receso, para decidir si se debe admitir o no una controversia constitucional y si se debe o no conceder la suspensión.

"En mi óptica personal, como ministro instructor, decidí que los incidentes de nulidad carecen de idoneidad, es decir, no son vías adecuadas para analizar la constitucionalidad de actos de la SCJN; en concreto, el acuerdo que yo he emitido es en esencia muy sencillo, consiste simplemente en decir: a través de un incidente de nulidad no se puede analizar la constitucionalidad ni la legalidad del acuerdo del número 12/2004 del pleno de la SCJN", señaló.