Miércoles 5 de enero de 2005



Política


Llama a los ministros a reconocer que actuaron erróneamente

Burgoa: la SCJN "hace el ridículo"

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe derogar el acuerdo 12/2004 -mediante el cual los ministros convalidaron la admisión de la controversia constitucional presentada por el Ejecutivo en contra del presupuesto 2005-, porque además de ser violatorio de la Carta Magna e ilegal, "pone en ridículo" al máximo tribunal del país por lo absurdo de su contenido, según Ignacio Burgoa.

El constitucionalista y representante legal de la Cámara de Diputados en dicha controversiaconvocó a los ministros a reconocer que actuaron erróneamente a que rectifiquen y "reivindiquen el papel de la SCJN" y dejen sin efecto dicho acuerdo, y con ello el auto de admisión y la suspensión otorgada a favor del Ejecutivo por los ministros de la Comisión de Receso, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo.

En entrevista, dijo que la derogación del acuerdo 12/2004 representa la única salida legal para que la Corte ratifique su compromiso con el cumplimiento del estado de derecho.

Indicó que el pleno, con la resolución "obsequiosa" plasmada en dicho acuerdo, se excedió al establecer que los ministros de la Comisión de Receso estaban facultados no sólo para "proveer los trámites administrativos de carácter urgente durante los recesos de la Corte", sino también para "proveer los trámites urgentes en asuntos administrativos y en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad", como ocurrió con la demanda que interpuso el Ejecutivo.

Una vez que el pleno de 11 ministros cumpla con su responsabilidad, añadió, entonces sí la SCJN estaría en condiciones de iniciar los trámites de admisión de la controversia y el análisis de la suspensión solicitada por el Ejecutivo, como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Reglamentaria del Artículo 105 Constitucional.

Cuestionado sobre el error de los ministros al invocar el artículo 134 de un inexistente "código federal de instituciones y procecedimientos federales" en el citado acuerdo, Burgoa señaló que este punto no tiene mayor trascendencia, sino que lo grave es que los ministros hayan asumido además funciones "legislativas" que no les corresponden.