Lunes 3 de enero de 2005



Política


Al suspender algunas partidas presupuestales se afectará la economía nacional, dice

La Corte provocará daño social en varios estados, asegura la Cámara

Acusa a los ministros que dieron entrada a la controversia de extralimitarse en sus funciones

ENRIQUE MENDEZ

La decisión de la Suprema de Justicia de la Nación (SCJN) de decretar la suspensión de algunas partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación 2005 "afectará a un importante número de grupos sociales y por consiguiente a la economía nacional", y causará un daño social en los estados que se beneficiarían de las obras públicas adicionales autorizadas por la Cámara de Diputados, sostuvo la mesa directiva, que preside Manlio Fabio Beltrones.

En un análisis jurídico de los efectos de los acuerdos asumidos por la Comisión de Receso de la Corte, el órgano legislativo señala que de acuerdo con los informes de la Comisión de Presupuesto, "sólo cuatro programas afectados representan los impactos más graves a la economía y al desarrollo regional de 20 estados, pues importan recursos suspendidos a partir del 1º de enero del orden de 4 mil 955.5 millones de pesos".

También, agrega, habrá un impacto negativo en más de 300 comunidades indígenas del país que, por el acuerdo de los ministros Sergio Salvador Aguirre y José de Jesús Gudiño, "verán cancelados sus proyectos de infraestructura básica o de equipamiento de proyectos ya concluidos, afectando la creación de más de tres mil plazas del Programa de Empleo Temporal y la posibilidad real de alcanzar mejores niveles de desarrollo".

Sólo para este rubro, la mayoría legislativa aprobó en diciembre pasado 2 mil 341.5 millones de pesos, que no podrán ejercerse debido a la suspensión decretada por la Comisión de Receso.

Luego de insistir en que al admitir el recurso del Ejecutivo federal los ministros Aguirre y Gudiño no sólo violaron la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional, sino que excedieron sus funciones al asumir facultades del presidente de la SCJN, la mesa directiva de la Cámara resalta que se otorgó la suspensión a partir de dos argumentos infundados: que el presupuesto 2005 no es una norma de carácter general y que no se afecta la economía nacional.

Las dos hipótesis "carecen de sustento legal y documental", agrega el estudio, pues la primera ha generado controversia inclusive entre los propios ministros de la Corte. "Por ejemplo, en el juicio de acción de inconstitucionalidad 4/98 se dictó un acuerdo de minoría en el que se señala que el Presupuesto de Egresos se considera ley."

En el caso del segundo argumento, que se basó en las ideas de que no se afecta la economía y seguridad nacionales ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano y que no habrá un daño mayor a la sociedad con relación al beneficio, la mesa directiva indica que un reporte de la Comisión de Presupuesto revela que sí habrá un perjuicio social por la decisión de los ministros.

Por su parte, el secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, Arturo Nahle, detalló que con sus cuatro acuerdos del 22 de diciembre los ministros de la Comisión de Receso no sólo se excedieron en sus funciones, sino violaron una serie de artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, además de diversos párrafos de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional.

El diputado Nahle consideró que por la premura con que se atendió la solicitud del Ejecutivo, las decisiones de los ministros rebasan las expectativas en el país de justicia pronta y expedita, pues la notificación del acuerdo se realizó el mismo día en que se admitió el recurso foxista, esto es, el 22 de diciembre. Sólo que al máximo tribunal judicial se le olvidó que el artículo 4 de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional establece que las resoluciones deben notificarse al día siguiente de aquel en que se hayan tomado, comentó.

Ese día, explicó, los ministros adoptaron cuatro acuerdos no de carácter administrativo, sino eminentemente jurisdiccionales, lo cual también constituye una violación legal porque en periodos de receso la Corte sólo podrá conocer de temas administrativos. Además, los cuatro puntos también fueron asumidos en forma irregular, y a partir de facultades exclusivas del presidente de la SCJN.

Detalló por qué: la Comisión de Receso designó al ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia como instructor, pasando por alto lo que se establece en el artículo 29 de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional, donde está claro que esas designaciones le corresponden al presidente de la Corte.

Pero como el ministro Mayagoitia estaba de vacaciones, y esto forma parte del segundo acuerdo, sus compañeros decidieron que en su ausencia ellos mismos tramitarían la controversia en el periodo de receso, con lo cual violentaron la fracción 18 del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Arturo Nahle sostuvo que la principal violación cometida por los ministros se encuentra en el tercer acuerdo, porque admitieron a trámite la demanda del presidente Vicente Fox, determinaron que no hay causa de improcedencia, ordenaron el emplazamiento, fijaron plazo para contestar la demanda y declararon hábil el periodo vacacional.

Y el último de los acuerdos fue conceder la suspensión de obras presupuestada por la Cámara de Diputados por un supuesto monto de 4 mil 195 millones de pesos, cuando el total real de las obras es de 6 mil 775 millones de pesos. También aquí se violó la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional, el cual prohibe expresamente otorgar suspensiones de normas generales, y el presupuesto de Egresos 2005 es, explicó Nahle, una norma general.